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MINMINAS - Resolución 90808 de 2013

Ministerio de Minas

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Detalles

Título
MINMINAS - Resolución 90808 de 2013
Autor
Ministerio de Minas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2013

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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Abrir RESOLUCIÓN 90808 DE 2013

(septiembre 27) Diario Oficial No. 48.931 de 2 de octubre de 2013 MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Por la cual se distribuyen recursos para pagos por menores tarifas del sector eléctrico y se dictan otras disposiciones. EL SECRETARIO GENERAL DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA, en ejercicio de las facultades conferidas mediante Resolución número 181506 de 2012, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 368 de la Constitución Política, la Nación, los Departamentos, los Distritos, los Municipios y las Entidades Descentralizadas podrán conceder subsidios, en sus respectivos presupuestos,

para que las personas de menores ingresos puedan pagar las tarifas de los servicios públicos domiciliarios que cubran sus necesidades básicas. Que el Decreto número 2715 de 2012, liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2013 establecido mediante Ley 1593 de 2012, detalla las apropiaciones, clasifica y define los gastos, asignando una partida por valor de $1.621.000.000.000, correspondiente a la distribución de recursos para pagos por menores tarifas sector Eléctrico. Que para efectos de determinar el monto de subsidios para los usuarios del servicio de energía eléctrica en las Zonas No Interconectadas (ZNI), el Ministerio de Minas y Energía mediante Resoluciones números 182138 de 2007 y 180069 de 2008, estableció las condiciones para el otorgamiento de los mismos. Que basados en las cuentas de subsidios reportadas por los prestadores y los análisis efectuados por la Dirección de Energía Eléctrica, se estimaron unos subsidios adicionales para los usuarios de las ZNI, durante el tercer trimestre de 2013, a través de algunas empresas del sector Eléctrico, por valor de $1.138.597.000,00. Que el Director de Energía Eléctrica considera desde el punto de vista técnico, que es procedente el reconocimiento de los subsidios estimados, los cuales deberán ser cubiertos en la medida de la disponibilidad de los recursos. Que mediante Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 44513 del 2013-09-26, expedido por el Jefe de Presupuesto de este Ministerio, se encuentran disponibles recursos por valor de $1.154.389.000, con destinación

a cubrir subsidios estimados adicionales a tercer trimestre de 2013, a través de empresas de las ZNI, del sector Eléctrico. Que por lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. Distribuir la suma de mil ciento treinta y ocho millones quinientos noventa y siete mil pesos ($1.138.597.000) moneda corriente a los prestadores que a continuación se detallan, para cubrir los subsidios estimados a los usuarios, ubicados en las localidades de las Zonas No Interconectadas, relacionadas en el Anexo “Distribución de Recursos de Subsidios ZNI por Localidad y por Prestador”, que hace parte integral de esta resolución, con cargo a distribución de recursos para pagos por menores tarifas sector eléctrico (recurso 10): PARÁGRAFO. Como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo el Grupo de Gestión Financiera y Contable, o la dependencia que haga sus veces, deberá efectuar el registro de dicha operación. Ir al inicio ARTÍCULO 2o. Autorizar al Grupo de Gestión Financiera y Contable, o la dependencia que haga sus veces, para que sitúe los valores a las empresas mencionadas en el artículo 1o de la presente resolución de acuerdo con la disponibilidad asignada de PAC. PARÁGRAFO 1o. Los recursos distribuidos a favor de los prestadores relacionados a continuación, deben ser girados en los montos señalados a los siguientes beneficiarios, en virtud de las correspondientes instrucciones dadas en las comunicaciones radicadas: PARÁGRAFO 2o. Los mencionados recursos se transferirán de acuerdo con el siguiente listado de cuentas bancarias, las cuales se encuentran activas en el Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF):

Ir al inicio ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese y cúmplase. Dada en Bogotá, D. C., a 27 de septiembre de 2013. El Secretario General,

GERMÁN EDUARDO QUINTERO ROJAS.

Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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