MINRELACIONES - Resolución 2267 de 2025
Detalles
- Título
- MINRELACIONES - Resolución 2267 de 2025
- Autor
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- 2025
o, RESOLUCIÓN NÚM “Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución 8056 del 30 de agosto de 2024, que convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026 y se deroga la Resolución 0793 del 27 de enero de 2025” EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el numeral 3 del artículo 59 y el literal “a” del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el numeral 17 del artículo 7 y los numerales 1 y 2 del artículo 10 del Decreto 869 de 2016, y CONSIDERANDO Que el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, establece que los Ministros son los jefes de ta administración en su respectiva dependencia y que bajo la dirección del Presidente de la República les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho. Que el artículo 209 de nuestra carta magna establece que, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley. Que de conformidad a la Ley 489 de 1998 "Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y
que se ejercerá en los términos que señale la ley. Que de conformidad a la Ley 489 de 1998 "Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, el Ministerio de Relaciones Exteriores es el organismo rector del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores y le corresponde, entre otras funciones, ejercer las funciones que el Presidente de la República le delegue o la ley les confiera y vigilar el cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a dependencias del Ministerio, así como de las que se hayan delegado en funcionarios del mismo. Que de conformidad al artículo 3” de la Ley 1437 de 2011, señala que todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales. Que en el mismo articulado de la citada Ley establece que las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad,0 / DES 5 FEB 025 Hoja número 2 Continuación de ta resolución «Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución 8056 del 30 de agosto
RESOLUCIÓN NUMERO 4
de 2024, que convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026»
Continuación de ta resolución «Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución 8056 del 30 de agosto
RESOLUCIÓN NUMERO 4
de 2024, que convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026» Que la Carrera Diplomática y Consular es una carrera especial jerarquizada que reguia el ingreso, ascenso, permanencia y retiro de los funcionarios pertenecientes a la misma, cuya administración y vigilancia están a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Ley 274 de 2000 “Por el cuai se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”. Que el ingreso a la Carrera Diplomática y Consular se efectúa exclusivamente por concurso público de méritos abierto, en la categoría de Tercer Secretario, previa aprobación de las fases del concurso y del Curso de Capacitación Diplomática y Consular de la Academia Diplomática Augusto Ramírez Ocampo, de acuerdo con el artículo 14 y el literal c del artículo 16 del Decreto Ley 274 de 2000 “Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”. Que la convocatoria al concurso público se debe llevar a cabo anualmente mediante resolución expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual debe ser divulgada mediante los medios dispuestos en el artículo 18 del Decreto Ley 274 de 2000 “Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”. Que la Dirección de ta Academia Diplomática Augusto Ramírez Ocampo del Ministerio de Relaciones Exteriores tiene la función de realizar los concursos de ingreso a la Carrera Diplomática
Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”. Que la Dirección de ta Academia Diplomática Augusto Ramírez Ocampo del Ministerio de Relaciones Exteriores tiene la función de realizar los concursos de ingreso a la Carrera Diplomática y Consular, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 10 del Decreto 869 de 2016 “Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones”. Que a su vez el artículo 17 del Decreto Ley 274 de 2000 establece “No podrán cambiarse las bases una vez iniciada la inscripción de aspirantes, salvo por violación de normas de carácter legal o reglamentario: y en aspectos tales como sitio y fecha dé recepción de inscripciones, o fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo la aplicación de las pruebas; casos éstos en los cuales deberá darse aviso oportuno a los interesados”. Que en razón a lo anterior el Ministerio de Relaciones Exteriores expidió la Resolución 8056 del 30 de agosto de 2024, “Por la cual se convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026” y en la cual se establece en el el parágrafo del artículo 4 que “En concordancia con el artículo 17 del Decreto Ley 274 de 2000, la Academia Diplomática podrá ajustar, cuando la situación lo amerite, las fechas dispuestas en el cronograrna, previo aviso oportuno a los interesados, a través de la página web de la Academía Diplomática: www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica”. Que mediante la Resolución 0793 del 27 de enero de 2025, publicada en el Diario Oficial N 53015
www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica”. Que mediante la Resolución 0793 del 27 de enero de 2025, publicada en el Diario Oficial N 53015 del 30 de enero de 2025, se modificó el artículo 4 de la Resolución 8056 de 2024, referente al cronograma de las actividades a desarrollar del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular del año 2026. Que en atención a los ajustes administrativos al interior del Ministerio de Relaciones Exteriores y del proceso de empalme entre el Ministro saliente y el nuevo despacho de la Canciller durante los meses de enero y febrero de 2025, los trámites, procedimientos internos y contractuales se vienen ajustando, por lo que es necesario definir y establecer un nuevo cronograma. Que de conformidad a los cambios efectuados, se tiene la imperiosa necesidad de modificar las fechas que se habían fijado en la Resolución 0793 de 2025. Que en consecuencia de lo anterior y con el fin de dar cumplimiento a las actividades del concurso convocado mediante la Resolución 8056 de 2024, se hace necesario modificar nuevamente el cronograma de actividades de que trata el artículo 4 de la citada Resolución, así mismo derogar2 6 FEB 2095 DE Hoja número 3 RESOLUCIÓN NUMERO ¿ess : Continuación € de la resolución «Por la cual 5 se > modifica € el articulo 4 de la Resolución 8056 del 30 de agosto de 2024, que convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026» la Resolución 0793 del 27 de enero de 2025, esto con la finalidad de poder cumplir con cada una de las etapas fijadas dentro del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular del año
la Resolución 0793 del 27 de enero de 2025, esto con la finalidad de poder cumplir con cada una de las etapas fijadas dentro del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular del año 2026, sin cam biar sus bases. Que en fecha 18 de febrero de 2025, en sesión extraordinaria del Consejo Académico se avaló la pertinencia y necesidad de modificar el cronograma del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026, fijado en el articulo 4” de la Resolución 8056 de 2024. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. MODIFICAR. Modifí quese el artículo 4 de la Resolución No. 8056 del 30 de > agosto de 2024, el cual quedará así: . . “Artículo 4, Cronograma. El Concurso de Ingreso ala Carrera Diplomática y Consular del año 2026 se desarrollará de acuerdo con la siguiente programación: ACTIVIDAD 0 FECHA Aviso de convocatoria Lunes 2 de septiem bre de 2024 Inscripciones Desde las 8:00 horas del lunes 2 de diciembre de 2024 hasta las 17:00 horas del : lunes 9 de diciembre de 2024 Verificación de documentos Hasta. el jueves 12 de diciembre de 2024 Subsanación de documentos aportados | Hasta las 17:00 horas del lunes 16 de durante la inscripción al Concurso de | diciembre de 2024 Ingreso a la Carrera Diplomática y É | Consular 2026 Verificación de documentos aportados en | Hasta el viernes 20 de diciembre de 2024 la subsanación E -| Publicación de la lista de admitidos a | Lunes 23 de diciembre de 2024
É | Consular 2026 Verificación de documentos aportados en | Hasta el viernes 20 de diciembre de 2024 la subsanación E -| Publicación de la lista de admitidos a | Lunes 23 de diciembre de 2024 | presentar pruebas escritas Solicitud de revisión de la lista: de | Hasta las 17:00 horas del martes 24 de admitidos a presentar pruebas escritas diciembre de 2024 | Publicación definitiva de la lista “de | Lunes 30 de diciembre de 2024 admitidos a presentar las pruebas escritas Fase | - Presentación de pruebas escritas | Domingo 27 de abril de 2025 Publicación de resultados de las pruebas | Lunes, 26 de mayo de 2025 escritas — Fase | : Solicitud de revisión de puntajes de las | Hasta las 17:00 horas del miércoles 28 de | pruebas escritas — Fase | mayo de 2025 Publicación de resultados finales de la | Martes, 1 de julio de 2025 Fase l y del listado de admitidos a la Fase 1 Fase"I| — Prueba Psicotécnica Desde las 3:00 "horas del viernes 4 de julio : o o de 2025 hasta las 17:00 horas. del. domingo 6 de julio de 20252 6 FEB 2005 DE . RESOLUCIÓN NUMER Hoja púmero 4 Continuación de la resolución «Por la cual s se e modifica e el artículo 4 de la Resolución 8056 del:30 de agosto de 2024, que convoca al. Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026» al Entrevista e Interacción Grupal = Desde las 8:00 horas del lunes 7 de julio de 2025 hasta las 17:00 horas del viernes 11 de
al Entrevista e Interacción Grupal = Desde las 8:00 horas del lunes 7 de julio de 2025 hasta las 17:00 horas del viernes 11 de julio de 2025 Publicación de resultados de la Fase ll Miércoles, 16 de julio de 2025 Solicitud de revisión de los resultados de | Hasta las 17:00 horas del viernes 18 de julio la Fase Il de 2025 Publicación final de la lista de admitidos al | Miércoles 23 de julio de 2025 Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2025 Comunicación de los admitidos que | Desde el miércoles 23 de julio de 2025 las confirman su participación en el Curso de | 17:00 horas del domingo 27 de julio de 2025 Capacitación Diplomática y Consular | : 2025 : Parágrafo. En concordancia con el artículo. 17 del Decreto Ley 274 de 2000, la Academia Diplomática podrá ajustar, cuando la situación lo amerite, las fechas dispuestas en el cronograma, previo aviso oportuno a los interesados, a través de la página web de la Academia Diplomática: www.cancilleria.gov.co/facademia-diplomatica. Artículo 2. Vigencia y derogatoria. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 0793 del 27 de enero de 2025. |
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a 0 DEL ROSARI nd acuogLo 0FEB 205 Directora de Asuntos Económicos, Sociales y Ambientales Encargada de las Funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores
Aprobó: Luz Ángela Cendales Durán, Secretaria General QA
0 DEL ROSARI nd acuogLo 0FEB 205 Directora de Asuntos Económicos, Sociales y Ambientales Encargada de las Funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores Aprobó: Luz Ángela Cendales Durán, Secretaria General QA Revisó: - Camilo Andrés Escobar Gutiérrez, Jefe de la Oficin a Jurídica | Revisó: . Ana María Moreno Fonseca, Directora de la Academia Diplomática (E)
Proyectó: - Daniela Carolina Suárez Mejía, GIT Divulgación y Selección parael Ingreso Aa Carrera Diplomática y Consular sm
Julieth Paola Camargo BarriosDirección Academia Prior