MINRELACIONES - Resolución 5992 de 2025
Detalles
- Título
- MINRELACIONES - Resolución 5992 de 2025
- Autor
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- 2025
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN NÚMERO 5 0 Ed 26 MAY 2025 “Por la cual se hacen unas delegaciones y se deroga la Resolución 2638 de 2019 y sus modificaciones” LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES en ejercicio de las facultades constitucionales previstas en los artículos 208 y 211 de la ConstituciónPolítica y legales, las conferidas por el artículo 9 y el literal a del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, losnumerales 10 y 17 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016, y demás normas concordantes, y CONSIDERANDO Que el ministerio de Relaciones Exteriores, conforme el artículo 209 de la Constitución Política, desarrollasu función administrativa bajo los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,imparcialidad y publicidad, mediante la delegación y la desconcentración de funciones. Que el artículo 211 de la Constitución Política autoriza a las autoridades administrativas para que puedandelegar en sus subalternos o en otras autoridades las funciones que expresamente les señala la Ley. Que mediante el Decreto Ley 20 de 1992 “Por el cual se determina la naturaleza jurídica del Fondo Rotatoriodel Ministerio de Relaciones Exteriores y se asignan sus funciones” estableció en su artículo 3:“REPRESENTACIÓN LEGAL. La representación legal del Fondo Rotatorio del Ministerio de RelacionesExteriores estará a cargo del Ministro de Relaciones Exteriores, quien podrá delegarla en los Viceministros,el Secretario General, el Subsecretario de la Secretaría General o el Subsecretario de AsuntosAdministrativos.”
Que los representantes legales de las Entidades podrán delegar total o parcialmente la competencia paracelebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones, sin consideración a su naturaleza o cuantía,en los servidores públicos que desempeñan cargos del nivel directivo, debiendo ejercer control y vigilanciade la actividad precontractual y contractual, de conformidad con el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 “Por lacual se expide el estatuto general de contratación de la administración pública" y el artículo 37 del Decreto2150 de 1995 “Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesariosexistentes en la Administración Pública” Que el artículo 110 del Decreto 111 de 1996 “Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994y la Ley 225 de 1995 que conforman el estatuto orgánico del presupuesto” permite a quien está en cabezade la ordenación del gasto, delegarla en los funcionarios del nivel directivo o quien haga sus veces, teniendoen cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública yen las disposiciones legales vigentes. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamientode las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para elejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 1 89 de la Constitución Política yse dictan otras disposiciones” dispone que los(as) ministros(as), directores de Departamento Administrativo,superintendentes y, en general, los representantes legales de organismos o entidades con autonomíaadministrativa, podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados, en los empleadospúblicos de los niveles directivo y asesor vinculados al respectivo organismo o entidad.
Que de conformidad con el artículo 32 del DecretoLey 274 de 2000 "Por el cual se regula el Servicio Exteriorde la República y la Carrera Diplomática y Consular”, los funcionarios de Carrera Diplomática y Consulardeben ser evaluadosy calificados por el superior, de manera objetiva y transparente, la eficiencia y eficacia26 MAY 2025 RESOLUCIÓN NUMERO DE Hoja número 2 Continuación de la resolución “Por la cual se hacen unas delegaciones y se deroga la Resolución 2638 de2019 y sus modificaciones” en el cumplimiento de sus funciones y la conducta laboral del funcionario, con referencia al fin social queconstituye la misión del Ministerio de Relaciones Exteriores y a los principios rectores del Servicio Exterior yde la Carrera Diplomática y Consular, entre otros. Que de conformidad con las funciones asignadas al viceministerio de Relaciones Exteriores en el numeral10 del artículo 14 del Decreto 869 de 2016 y a las Direcciones Geográficas en los numerales 3, 4 y 6 delartículo 15 del citado Decreto 869, la evaluación, calificación y entrevista respectiva a los funcionariosinscritos en el escalafón de la carrera diplomática y consular en una categoría diferente a la de Embajadory que actúen como encargados de negocios ad interim en las Misiones Diplomáticas, puede ser delgada enel(la) viceministro(a) de Relaciones Exteriores con el apoyo de las Direcciones Geográficas, dado elrelacionamiento y el desempeño de las funciones.
Que el artículo 80 del Decreto Ley 274 de 2000 establece que el ministro podrá delegar la obtención delpermiso previo escrito para que los funcionarios pertenecientes a la Carrera Diplomática y Consular y, engeneral, los funcionarios del servicio exterior puedan renunciar a los privilegios, fueros e inmunidadesinherentes al diplomático; ser miembro de sociedades de cualquier índole, distinta de la meramente social,científica, literaria o docente y ausentarse por más de tres días laborables de la ciudad sede de larepresentación, entre otros actos que requieren permiso. Que el Decreto 1083 de 2015” Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector deFunción Pública” autoriza la figura de la delegación para la posesión de personas nombradas o encargadasde determinados cargos, la reubicación de personal, la concesión de licencias, permisos remunerados ycomisiones al exterior, entre otras funciones de administración de personal, de conformidad con los artículos2.2.5,.1.8, 2.2.5.4.6, 2.2.5.5:4,2.2.5.5.17 y 2.2.8.5.23 entre otros. Que el artículo 2.2.2.5.3. del Decreto 1072 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto ÚnicoReglamentario del Sector Trabajo” prevé que corresponde al nominador o al funcionario que este delegue,reconocer mediante acto administrativo los permisos sindicales a determinados servidores públicos queintegren las organizaciones sindicales a fin de dar cumplimiento de su gestión.
Que el numeral 1 del artículo 19 del Decreto 869 de 2016, establece que corresponde la Dirección de TalentoHumano la función de dirigir el proceso gerencial del talento humano, en sus componentes de planeación,gestión y desarrollo, por lo que el(la) director(a) de Talento Humano deberá hacer efectivas las situacionesadministrativas en que se puede encontrar el(la) empleado(a) público(a) de los distintos niveles jerárquicosde la entidad durante su relación legal y reglamentaria, a fin que hacerlas más dinámicas y acordes con lasnecesidades de la entidad, conforme al ordenamiento jurídico vigente sobre el empleo público. Que dadas las necesidades de ordenación de gasto y pago de gastos de funcionamiento, contractuales yde posesión de personal al interior de las representaciones de Colombia en el exterior, se hace necesariodelegar ciertas funciones en estas materias en los Jefes de las Misiones Diplomáticas, Jefes deDelegaciones Permanentes y Jefes de Oficinas Consulares de Colombia en el exterior o la personaencargada que haga sus veces, a fin que hacer estas actividades más dinámicas y acordes con lasnecesidades del servicio exterior. Que de acuerdo con el artículo 159 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo ContenciosoAdministrativo, la entidad, órgano u organismo estatal estará representada, para efectos judiciales, por elministro, no obstante, podrá delegar la representación.
Que en desarrollo de los principios orientadores de la función pública y del servicio en el exterior, y con elfin de optimizar su cumplimiento, se hace necesario delegar algunas funciones en áreas del ministerio deRelaciones Exteriores. Que en aras de actualizar y adecuar los procesos administrativos y el desarrollo de las funciones de lasdistintas dependencias del ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, así como evitar laproliferación normativa, se hace necesario derogar la Resolución 2638 del 28-de mayo de 2019, y susmodificaciones; Resoluciones 5771 de 2024; 1707 de 2022; 341 de 2022 y 1651 de 2020, para asegurar elcumplimiento entre otros de los principios de eficacia, economía y celeridad establecidos en elartículo 209 de la Constitución Política. En mérito de lo expuesto,. 26 MAYRESOLUCION NUMERO DE F MAY 2025Hojanumero 3 Continuación de la resolución “Por la cual se hacen unas delegaciones y se deroga la Resolución 2638 de2019 y sus modificaciones” RESUELVE CAPITULO |DE LA ORDENACIÓN DEL GASTO Artículo 1. Deléguese la ordenación del gasto para el presupuesto de funcionamiento del ministeriode Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, así: En el (la) director(a) de Talento Humano, los gastos de personal inherentes a la nómina, contribuciones,prestaciones sociales, vacaciones, acreencias laborales por razones del retiro del servicio del personal delministerio de Relaciones Exteriores, así como los que deban reconocerse por concepto de serviciospersonales de los servidores del MRE, y los gastos asociados a bienestar social, capacitación y estímulos.
En el (la) director(a) de Talento Humano los gastos de viáticos y de desplazamiento a nivel nacional einternacional de los funcionarios(as) y contratistas del ministerio de Relaciones Exteriores. En el(la) secretario(a) General, los(as) viceministros(as) del ministerio de Relaciones Exteriores, en lostemas de competencia de sus despachos y de las dependencias que hagan parte de estos. Para los temas del despacho del ministro(a) de Relaciones Exteriores y de las dependencias adscritas almismo, la ordenación del gasto será asumida por el secretario(a) General. En el(la) secretario(a) General la asignación por rubro presupuestal de los gastos de sostenimiento, serviciosy demás conceptos inherentes a la función diplomática y consular. Lo anterior con excepción de los asuntos delegados a otras dependencias, Embajadas y Oficinas Consularesde la República de Colombia acreditadas en el exterior. Artículo 2. Deléguese la ordenación del gasto para el presupuesto de inversión del Fondo Rotatoriodel Ministerio de Relaciones Exteriores, así: En el (la) secretario(a) General y los(as) viceministros(as) del ministerio de Relaciones Exteriores, los gastosque se deriven de los proyectos de inversión que gerencien de forma directa o por los directores, jefes dedependencia o Coordinadores de Grupos Internos de Trabajo, o quien haga sus veces, que hagan parte delas dependencias de sus respectivos despachos. Para los proyectos de inversión gerenciados por los directores, jefes de dependencia o Coordinadores deGrupos Internos de Trabajo, o quien haga sus veces, que hagan parte de del despacho del ministro(a), laordenación del gasto será asumida por el secretario(a) General.
Lo anterior con excepción de los asuntos delegados a otras dependencias, Embajadas y Oficinas Consularesde la República de Colombia acreditadas en el exterior. CAPITULO IIDE OTRAS DELEGACIONES Artículo 3. Secretaría General. Deléguese en el secretario(a) General del Ministerio de RelacionesExteriores, las siguientes funciones:
1. La Representación Legal del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, exceptuando lodelegado a los Viceministro del Ministerio de Relaciones Exteriores.
2. Asignar los recursos a las Embajadas y Oficinas Consulares, con excepción de los relacionados con elpersonal local del Estado receptor.
3. Adelantar los procesos de contratación, en cualquiera de sus modalidades sin límite de cuantía paralos temas de su competencia, y los del despacho del ministro(a) de Relaciones Exteriores y de lasdependencias adscritas al mismo; con excepción de los asuntos delegados a otras dependencias,Embajadas y Oficinas Consulares de la República de Colombia acreditadas en el exterior.. 5 Q 0 26 MAY 2025RESOLUCION NUMERO Sot : DE Hoja número 4
Continuación de la resolución “Por la cual se hacen unas delegaciones y se deroga la Resolución 2638 de2019 y sus modificaciones” 10. TA 12. Suscribir y modificar los actos que se deriven de la actividad contractual con y sin cuantía, así comosuscribir las liquidaciones si hay lugar a ello para los temas de su competencia, y los del despacho delministro(a) de Relaciones Exteriores y de las dependencias adscritas al mismo; con excepción de losasuntos delegados a otras dependencias, Embajadas y Oficinas Consulares de la República deColombia acreditadas en el exterior
Autorizar y justificar en los términos del inciso 3 del artículo 2.8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015, lacelebración de contratos cuando existan relaciones contractuales vigentes con objeto igual al delcontrato que se pretende suscribir, en los temas de su competencia Solicitar autorización previa a el (la) director(a) del Departamento Administrativo de la Presidencia dela República, para conceder comisiones al exterior de los servidores públicos del Ministerio deRelaciones Exteriores de que trata el artículo 2.2.5.5.23 del Decreto 1083 de 2015, o las normas que loregulen. Ordenar el pago y conferir las comisiones de servicio al interior y exterior del país para el director(a) deTalento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores. Dar posesión a los funcionarios(as) del Ministerio de Relaciones Exteriores del nivel directivo y asesorde libre nombramiento y remoción. Conceder permiso escrito a los funcionarios(as) que pertenezcan a la Carrera Diplomática y Consulary, en general, para los funcionarios del servicio exterior, para ejecutar las disposiciones contenidas enel artículo 80 del Decreto Ley 274 de 2000. Designar o cambiar si hay lugar a ello, la designación de quien hace las veces de Coordinador de GrupoInterno de Trabajo, previa solicitud del jefe inmediato. Autorizar o negar permiso remunerado que soliciten los directores y jefes de oficina a su cargo yaquellos adscritos al Despacho del Ministro (a) de Relaciones Exteriores hasta por tres (3) días hábilesen los términos del artículo 2.2.5.5.17 del Decreto número 1083 de 2015, en el formato y/o aplicativoestablecido para tal fin por la Dirección de Talento Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Autorizar las comisiones de servicio de Colombia al exterior, del exterior al interior de Colombia y entrepaíses y desplazamientos nacionales e internacionales, previo visto bueno del Jefe Inmediato delcomisionado, a los(las) funcionarios(as) y contratistas del ministerio de Relaciones Exteriores deacuerdo con el formato establecido para tal efecto por el ministerio, se exceptúan los Jefes de Misión,los Encargados de Negocios, los Cónsules Generales Centrales, los encargados de funciones deOficinas Consulares, los(as) viceministros(as), cuya autorización será impartida por el Asesor adscritoal Despacho del ministro(a) de Relaciones Exteriores, quien tenga asignadas las funciones decoordinación del Grupo Interno de Trabajo de Jefatura de Gabinete del Ministerio de RelacionesExteriores. Artículo 4. Viceministerios del Ministerio de Relaciones Exteriores. Deléguese en los(as)viceministros(as) del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes funciones: AsLa representación legal del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, en lo relacionadocon la contratación de los temas de competencia de su despacho y de las dependencias que haganparte de estos. Adelantar los procesos de contratación, en cualquiera de sus modalidades sin límite de cuantía paralos temas de competencia de su despacho y de las dependencias que hagan parte de estos, conexcepción de los asuntos delegados a otras dependencias, Embajadas y Oficinas Consulares de laRepública de Colombia acreditadas en el exterior. Suscribir y modificar los actos que se deriven de la actividad contractual con y sin cuantía, así comosuscribir las liquidaciones si hay lugar a ello para los temas de su competencia, con excepción de losasuntos delegados a otras dependencias, Embajadas y Oficinas Consulares de la República deColombia acreditadas en el exterior.26 MAY 2025DE Hoja número 5RESOLUCIÓN NUMERO
Continuación de la resolución “Por la cual se hacen unas delegaciones y se deroga la Resolución 2638 de2019 y sus modificaciones” Para la suscripción de los actos derivados de la actividad contractual sin cuantía, se deberá contar conel visto bueno del secretario(a) general del ministerio de Relaciones Exteriores.
4. Autorizar y justificar en los términos del inciso 3 del artículo 2.8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015, lacelebración de contratos cuando existan relaciones contractuales vigentes con objeto igual al delcontrato que se pretende suscribir, en los temas de su competencia.
5. Autorizar o negar permiso remunerado que soliciten los directores y/o jefes de oficina a su cargo hastapor tres (3) días hábiles en los términos del artículo 2.2.5.5.17 del Decreto número 1083 de 2015, en elformato y/o aplicativo establecido para tal fin por la Dirección de Talento Humano del Ministerio deRelaciones Exteriores.
Artículo 5. Viceministerio de Relaciones Exteriores: Deléguese en el (la) viceministro(a) de RelacionesExteriores(as) del ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes funciones:
1. Realizar la evaluación y calificación a los funcionarios de Carrera Diplomática y Consular que no estáninscritos en la categoría de Embajador y se desempeñan como Encargados de Negocios ad interim enlas Misiones Diplomáticas, conforme a los términos señalados en el artículo 32 del Decreto Ley 274 de2000.
Artículo 6. Grupo Interno de Trabajo de Jefatura de Gabinete: Deléguese en el Asesor adscrito alDespacho del ministro(a) de Relaciones Exteriores, quien tenga asignadas las funciones de coordinacióndel Grupo Interno de Trabajo d Jefatura de Gabinete del Ministerio de Relaciones Exteriores las siguientesfunciones:
1. Autorizar o negar permiso remunerado, previa instrucción del ministro(a) de Relaciones Exteriores, quesoliciten los jefes de Misión, los encargados de Negócios, los cónsules Generales Centrales, losencargados de funciones de Oficinas Consulares, los(as) viceministros(as), hasta por tres (3) díashábiles en los términos del artículo 2.2.5.5.17 del Decreto número 1083 de 2015, en el formato y/oaplicativo establecido para tal fin por la Dirección de Talento Humano del ministerio de RelacionesExteriores.
2. Autorizar, previa instrucción del ministro(a) de Relaciones Exteriores, las comisiones de servicio deColombia al exterior, del exterior al interior de Colombia y entre países y desplazamientos nacionales einternacionales, a los jefes de Misión, los encargados de Negocios, los cónsules Generales Centrales,los encargados de funciones de Oficinas Consulares y los(as) viceministros(as), del ministerio deRelaciones Exteriores de acuerdo con el formato establecido para tal efecto por el Ministerio.
3. Autorizar previa instrucción del ministro(a) de Relaciones Exteriores, las solicitudes de licencia ordinariao su prórroga presentadas por los jefes de Misión, los encargados de Negocios, los cónsules GeneralesCentrales, los encargados de funciones de Oficinas Consulares, los(as) viceministros(as).
Artículo 7. Dirección de Talento Humano. Deléguese en el (la) director(a) de Talento Humano delministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes funciones:
1. Ordenar el pago de los gastos de personal inherentes a la nómina, contribuciones, prestaciones sociales,vacaciones, acreencias laborales por razones del retiro del servicio del personal del ministerio deRelaciones Exteriores, así como los que deban reconocerse por concepto de servicios personales delos servidores del MRE, y los gastos asociados a bienestar social, capacitación y estímulos.
2. Conferir, previo visto bueno del (la) secretario(a) General, las comisiones para desempeñar cargos delibre nombramiento y remoción, a los funcionarios del ministerio de Relaciones Exteriores, cuando a ellohubiere lugar.
3. Asignar los recursos a las Oficinas Consulares y Embajadas para el pago de servicios del personal local.
4. Suscribir con el empleado público al que se le confiera comisión de estudios al interior o al exterior elconvenio de que trata el artículo 2.2.5.5.33 del Decreto 1083 de 2015.
5. Aprobar las pólizas de seguro que deban constituir los funcionarios del ministerio de RelacionesExteriores en comisión de Estudios.$ O 26 MAY 9095RESOLUCIÓN NUMERO > 9 et DE 2025 hoja número 6
Continuación de la resolución “Por la cual se hacen unas delegaciones y se deroga la Resolución 2638 de2019 y sus modificaciones” 10. diz 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. Aprobar y asignar la prima técnica de que trata el Decreto Ley 1661 de 1991, a los empleados públicosdel ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, así comoexpedir los actos administrativos con ocasión de la pérdida de la misma y resolver las solicitudes yrecursos a que haya lugar, previo visto bueno de Secretaria General. Autorizar las prórrogas de los términos para tomar posesión, de acuerdo con las normas legalesvigentes. Autorizar el descanso compensatorio o el pago de horas extras de los funcionarios del ministerio deRelaciones Exteriores, de acuerdo con la normatividad vigente. Dar posesión a los funcionarios del ministerio de Relaciones Exteriores en planta interna, del nivelasesor, profesional, técnico y asistencial. Autorizar y suscribir los actos administrativos de traslado, ubicación y reubicación de personal en lasdependencias de la planta interna. Conceder comisión de estudio a los funcionarios que prestan sus servicios en la planta interna delMinisterio y que deban adelantar los cursos de capacitación y presentar el examen de idoneidad. Conceder comisión para situaciones especiales a los funcionarios que presten sus servicios en elexterior y que deban adelantar los cursos de capacitación y presentar examen de idoneidad profesional,conforme a lo estipulado en el literal f) del artículo 53 del Decreto Ley 274 del 2000.
Convocar a elecciones de los representantes de los empleados ante la Comisión de Personal de CarreraAdministrativa, con una antelación no inferior a treinta días hábiles del vencimiento del respectivoperíodo. Convocar a elecciones del representante de los funcionarios ante la Comisión de Personal de CarreraDiplomática y Consular. Ordenar el pago de los viáticos y servicio de transporte domestico de ida y regreso, y prima de instalaciónque trata el artículo 62 del Decreto Ley 274 de 2000. Certificar, en los términos del artículo 2.8.4.4.5 del Decreto 1068 de 2015, la existencia o no de personalde planta con capacidad para realizar actividades que se requieran contratar a través de contratos deprestación de servicios. Autorizar a través de un acto administrativo, la modificación del horario laboral de los funcionarios quelo soliciten, de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia, previo estudio de la viabilidad paraconcederlo. Adelantar los estudios y demás trámites administrativos ante otras entidades tendientes a modificar laestructura de las plantas de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, en coordinación con laSecretaría General. Velar por la implementación, actualización y mantenimiento del Sistema de Seguridad y Salud en elTrabajo. Conferir, previa autorización del (la) secretario(a) General, las comisiones de servicio de Colombia alexterior, del exterior al interior de Colombia y entre países y aprobar los desplazamientos para losfuncionarios y contratistas del ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio. Tratándosede comisiones de servicio relacionadas con asuntos migratorios y consulares se deberá, además, contarcon la autorización de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y de Servicios al Ciudadano oquien haga sus veces.
Ordenar el pago de los gastos de viáticos y de desplazamiento a nivel nacional e internacional de losfuncionarios(as) y contratistas del ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con las normaspresupuestales vigentes.ne 25 MAY 2025RESOLUCIÓN NUMERO Hoja número 7 Continuación de la resolución “Por la cual se hacen unas delegaciones y se deroga la Resolución 2638 de2019 y sus modificaciones”
22. Adelantar el trámite administrativo, establecido en el artículo 2.2.5.5.56. del Decreto 1083 de 2015,respecto de la inasistencia a laborar de los servidores públicos.
23. Autorizar o negar a los empleados que lo soliciten, permiso remunerado hasta por tres (3) días hábilesen los términos del artículo 2.2.5.5.17 del Decreto 1083 de 2015, previo visto bueno del jefe inmediato ya través del formato y/o aplicativo establecido para tal fin por la Dirección de Talento Humano delMinisterio de Relaciones Exteriores.
24. Identificar los escenarios de aprendizaje disponibles en la entidad, convocar, seleccionar y aprobar losestudiantes que deseen realizar la práctica laboral en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
25. Conceder licencia ordinaria o su prórroga a los funcionarios que la soliciten en los términos establecidosen el artículo 2.2.5.5.5 del Decreto 1083 de 2015. Las licencias ordinarias o su prórroga presentadas porlos Jefes de Misión, los Encargados de Negocios, los Cónsules Generales Centrales, los encargados defunciones de Oficinas Consulares, los(as) viceministros(as), requerirá visto bueno del GIT de Jefaturade Gabinete.
26. Conceder los permisos a los representantes de las organizaciones sindicales de la entidad para eldesarrollo de su gestión.
Artículo 8. Dirección Administrativa y Financiera. Deléguese en el(la) director(a) Administrativo yFinanciero del ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes funciones:
1. Ordenar los pagos del ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio por todo conceptoy cuantía con excepción de lo delegado a otras dependencias.
2. Ordenar el gasto, el pago y demás trámites relacionados con servicios públicos, impuestos, tasas ycontribuciones, de conformidad con las disposiciones en materia tributaria y presupuestal.
3. Ordenar el gasto y los pagos de sentencias y acuerdos de conciliación judicial, extrajudicial y LaudosArbitrales, adelantadas en el territorio nacional, de conformidad con las disposiciones legales queregulan la materia.
4. Expedir los actos administrativos correspondientes a los índices de paridad de poder adquisitivo ytasas de cambio necesarias para calcular la prima de costo de vida.
5. Expedir los actos administrativos correspondientes a la asignación de recursos de funcionamiento alas Embajadas y Oficinas Consulares, con excepción de lo correspondiente al personal local deEstado receptor.
6. Expedir los actos administrativos correspondientes a los multiplicadores de costo de vidaestablecidos por la Organización de las Naciones Unidas para calcular la prima de costo de vida deacuerdo con la normativa vigente.
7. Tramitar todo el proceso contractual de mínima cuantía regulado en el artículo 94 de la Ley 1474 de2011 y demás normas que la modifiquen, adicionen o deroguen, del ministerio de RelacionesExteriores y de su Fondo Rotatorio, así como los actos que se deriven de estos.
8. Llevar el registro de los contratos suscritos por las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares deColombia acreditadas en el Exterior.
9. Efectuar los trámites administrativos ante las Entidades Financieras, en los asuntos e intereses quecorrespondan en representación del Ministerio de Relaciones Exteriores y el Fondo Rotatorio delMinisterio de Relaciones Exteriores.
10. Legalizar y ordenar el reembolso de todas las cajas menores cualquiera que sea su cuantía.26 MAY 2025DE Hoja número 8
F % RESOLUCIÓN NUMERO _4 f° Continuación de la resolución “Por la cual se hacen unas delegaciones y se deroga la Resolución 2638 de2019 y sus modificaciones”
11. Expedir la certificación de obras inconclusas del ministerio de Relaciones Exteriores y su FondoRotatorio, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2020 de 2020, con el fin de hacer el registromensual que ordena la ley en el aplicativo SIRECI de la Contraloría General de la República.
12. Dar de baja los elementos del ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, dentro delterritorio Nacional, previa recomendación formulada por el Comité de Bienes, y en el exterior, previarecomendación del jefe de la Misión y el mismo Comité.
Artículo 9. Delegación en los jefes de Misiones Diplomáticas, en los jefes de DelegacionesPermanentes y en los jefes de Oficinas Consulares de Colombia en el exterior. Deléguese en los jefesde Misiones Diplomáticas, en los jefes de Delegaciones Permanentes y en los jefes de Oficinas Consularesde Colombia en el exterior o quienes hagan sus veces, las siguientes funciones:
1. Ordenar el gasto por objeto, alineado con el monto del rubro presupuestal, así como el pago en nombredel ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio de los gastos de sostenimiento,servicios y demás conceptos inherentes a la función diplomática y consular.
2. Celebrar, terminar, modificar, adicionar prorrogar y supervisar los contratos, en nombre yrepresentación del ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio, con excepción de loscontratos a ser celebrados y ejecutados en el territorio nacional.
3. Ejercer la representación judicial de los procesos ante las diferentes jurisdicciones, así como en lasactuaciones extrajudiciales y administrativas en los cuales sean parte las Misiones Diplomáticas,Delegaciones Permanentes u Oficinas Consulares de Colombia en el exterior, para lo cual podrá otorgarpoderes dentro de la jurisdicción de la Misión u Oficina consular.
4. Celebrar contratos con las personas nacionales o residenciadas de manera permanente en el país enel que se encuentra ubicada la respectiva misión u oficina consular, suscribir las modificaciones,adiciones, prórrogas, suspensiones temporales de los contratos y declarar la terminación y li
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