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MINRELACIONES - Circular 49 de 2015

Ministerio de Relaciones Exteriores

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Detalles

Título
MINRELACIONES - Circular 49 de 2015
Autor
Ministerio de Relaciones Exteriores
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Migratorio
Año
2015

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Retroalimentación Normativa Ocultar anotaciones  Buscar  Índice  CIRCULAR 49 DE 2015 (julio 27) <Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores>

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

PARA: MISIONES EN EL EXTERIOR DE: ARAMINTA DEL ROSARIO BELTRAN URREGO ASUNTO: Socialización Formato GH-FO-110 para personal adscrito a las misiones diplomáticas yconsulares de la República Respetados Jefes de Misión,Teniendo en cuenta que los beneficios para importación de vehículo y menaje otorgados por los Decretos 2148 de 1991 y 379 de 1993, no solo cobijan a los funcionarios de la Planta Global del Ministerio de Relaciones Exteriores adscritos a las diferentes misiones diplomáticas y consulares de Colombia en el exterior, la Dirección de Talento Humano ha implementado el formato GH-FO-110, disponible en el Sistema Maestro, con el fin de que mediante su diligenciamiento, cada Jefe de Misión haga constar que el personal especializado o

administrativo adscrito a la Misión que no tiene el carácter de funcionario, desempeñó las funciones otorgadas en comisión. Será objeto del mencionado formato, para la obtención de los privilegios, el personal establecido en el Artículo 3, numeral 3 del Decreto 2148 de 1991, al término de su misión: “ARTICULO 3o. CLASIFICACIÓN DE LOS BENEFICIARIOS. Las normas del presente Decreto, se aplicarán a:

3. Funcionarios colombianos que regresan al país: c) Personal especializado adscrito a las misiones diplomáticas y consulares de la República; (...) e) Personal administrativo que no tenga el carácter de local, adscrito a las misiones diplomáticas y consulares. (...) Personal especializado Se considera personal especializado, según el Artículo 83 del Decreto 274 del 2000, aquel que se designa para prestar servicios de la misma índole a las Misiones en el exterior, dentro de las siguientes categorías:

a. Agregado b. Consejero Especializado c. Adjunto d. Asesor Así mismo, de acuerdo con el Decreto 018 del 9 de enero de 2014, quienes desempeñen el cargo de Consejero Judicial, en los términos previstos en los Decretos 018 de 2014 y 1239 de 2014. Para el personal mencionado anteriormente, a partir de la publicación de la presente Circular, el Formato hará parte de los requisitos para la obtención de los beneficios de vehículo y menaje. Cordialmente, ARAMINTA DEL ROSARIO BELTRAN URREGO Secretaria Genral encargada Ir al inicio Logo de Avance Jurídico Compilación Jurídica de la Cancillería

ISSN : [2256-1633 (En línea)] Última actualización: Manual de uso Créditos y reserva de derechos de autor

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