MINRELACIONES - Circular 61 de 2015
Ministerio de Relaciones Exteriores
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINRELACIONES - Circular 61 de 2015
- Autor
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- 2015
Gov.co Gobierno de Colombia Buscar
INICIO
TRANSPARENCIA
ATENCIÓN Y SERVICIO AL CIUDADANO
POLÍTICA EXTERIOR
SALA DE PRENSA
EL MINISTERIO
EL MINISTRO PARTICIPA Menú principal Inicio Transparencia Atención y servicio al ciudadano Política exterior Sala de prensa El ministerio El Ministro Participa
Usted está en: Inicio
Documento
Usted está en: Inicio Documento Circular 61 de 2015 MR
Retroalimentación Normativa Ocultar anotaciones Buscar Índice CIRCULAR 61 DE 2015 (octubre 28) <Fuente: Archivo Ministerio de Relaciones Exteriores> MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES PARA MISIONES EN EL EXTERIORCONSULADOS EN EL EXTERIORDELEGACIONES EN EL EXTERIOREMBAJADAS EN EL EXTERIOR DE: LUIS FERNANDO CRIALES GUTIERREZ ASUNTO: CIERRE DE VIGENCIA FISCAL 2015 – MISIONES DIPLOMATICAS YOFICINAS CONSULARESDe la manera más atenta y para tener en cuenta, a continuación relaciono los procedimientos obligatorios de carácter financiero y contable, que se deben llevar a cabo en cada una de las misiones y oficinas consulares de Colombia en el Exterior, con motivo del cierre de la vigencia fiscal de 2015.
1. GIROS Solo serán atendidas las solicitudes recibidas con la documentación completa para asignación de recursos para el
exterior hasta el 18 de diciembre de 2015
2. DISPOSICIONES VARIAS Todas las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares a 31 de diciembre de 2015, deben: Tener incorporados en el SISE, todos los movimientos financieros (facturas de legalización de gastos, reintegros y movimientos bancarios a que haya lugar).
Haber efectuado las conciliaciones bancarias hasta el mes de noviembre de 2015. La conciliación bancaria del mes de diciembre de 2015, se debe efectuar a más tardar el 8 de enero de 2016. Verificar que se hayan pagado todas las facturas por bienes y servicios y cubierto todos los compromisos adquiridos a 31 de diciembre de 2015, por cuanto no se pueden atender compromisos adquiridos en el año 2015 con el presupuesto de la vigencia 2016, ya que se incurre en incumplimientos del estatuto Orgánico del Presupuesto y serian objeto de sanciones disciplinarias.
Nota: Se exceptúa de lo anterior el pago de facturas de servicios públicos y comunicaciones y transportes correspondientes al último trimestre del año 2015
Haber efectuado en el SISE la legalización de los gastos de representación del último cuatrimestre. Es importante, con el fin de evitar inconvenientes con los entes de control, que antes del cierre verifiquen que todas las relaciones de gastos estén clasificadas en el concepto correspondiente, puesto que una vez cerrado el mes de diciembre, el sistema no permitirá hacer reclasificaciones de relaciones de gastos de meses anteriores, por
lo tanto en caso de clasificaciones erróneas, la única opción será el reintegro de los dineros.
3. REGISTRO DE INFORMACIÓN EN EL SISE Antes de efectuar el cierre del mes de diciembre de 2015 en el SISE, deben verificar que se haya efectuado el pago de todas las relaciones de gastos en el menú "Consultas y Reportes" en la opción "Rel, de gastos por pagar".
Todas las observaciones efectuadas en el SISE por el Grupo de Trabajo de Servicios al Exterior y Estadística deben quedar resueltas a 31 de diciembre de 2015. Confrontar que el libro de bancos en moneda de giro, sea igual al saldo total del reporte de tasas de cambio de la cuenta en moneda de giro. Que el saldo de libro de bancos en moneda local, sea igual al saldo total del reporte de tasas de cambio de la cuenta moneda local. Una vez efectuadas las anteriores confrontaciones, los saldos en cada rubro presupuestal del Informe General Consolidado tanto en la moneda de giro (dólares americanos o euros) como en moneda local debe resultar el saldo de los sobrantes que deben ser reintegrados al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores. Si se generan ajustes por diferencial cambiario, estos pueden ser registrados en el - MENU DE GASTOS – SUBMENU – AJUSTE POR DIFERENCIAL CAMBIARLO, en cada uno de los conceptos en que se hayan generado.4. DEVOLUCIONES POR CONCEPTO DE GIROS EFECTUADOS POR EL FONDO ROTATORIO DEL
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Los dioneros sobrantes y no comprometidos y que resulten en el Informe General de Cuentas Consolidado del Sistema SISE, se deben transferir, sin importar la cuantia a las cuentas bancarias que para tal fin tiene el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, a más tardar el día 31 de diciembre de 2015. Las devoluciones de dineros no comprometidos se deben hacer únicamente a través de transferencia de fondos a nombre del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, teniendo en cuenta la moneda de giro en una de las cuentas que se relacionan a continuación: Datos de la Cuenta Cuenta para devoluciones en: DÓLARES AMERICANOS EUROS Número de Cuenta: 36784898 11813684
Código Swift: CITIUS33 CITIGB2L Código Aba: 21000089 185008
Código IBAN: - GB52CIT118500811813684
Banco: CITIBANK NEW YORK CITIBANK LONDON Cuando se realice el reintegro, se debe diligenciar de manera obligatoria el siguiente cuadro con la información allí solicitada (todos los campos son obligatorios) y copia de la transferencia bancaria, de manera inmediata a la Dirección Administrativa y Financiera por escrito, o vía correo electrónico a las siguientes direcciones:
andrea.caicedo@cancilleria.gov.co y edwin.pineda@cancilleria.gov.co
FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
REINTEGROS VIGENCIA 2015
NOMBRE DE MISION U OFICINA CONSULAR Concepto del gasto segúnSISE
Saldo atrasladar enmonedaLocalsegúnSISE TasadecambioSegunSISE Saldo areintegrarenmonedade GirosegúnSISE Tasa decambio deventa para laTransferenciaal FRMRE SaldoreintegradoaCancilleríaenmoneda deGiro
SUBTOTALES 0,00
(MENOS) COMISION BANCARIA DELREINTEGRO 0,00
TOTAL A REINTEGRAR 0,00
Los montos a devolver se deben registrar en el SISE, en el MENU – BANCOS – SUBMENU – TRANSACCIONES BANCARIAS, realizando el movimiento de egreso como reintegro a Cancillería, señalando el valor de la comisión bancaria correspondiente al reintegro, en el campo establecido para tal efecto. Después de realizar esta operación, se debe verificar que el saldo en los Informes General de Cuentas Consolidado y Detallado sea CERO (0). Finalmente proceder al cierre del mes de diciembre de 2015, y firmar digitalmente el Informe de rendición de cuentas tanto en moneda de giro como en moneda local y el reporte de conciliación bancaria tanto en moneda degiro corno en moneda local, a más tardar el día 8 de enero de 2016. Para el respectivo registro contable y de tesorería, cuando se realice la transferencia de fondos, se debe enviar adicionalmente la información del valor reintegrado, la vigencia a la que corresponde y la fecha de la transferencia de fondos, vía correo electrónico a las siguientes direcciones de correo electrónico: johanv.mesa@cancilleria.gov.co y edwin.pineda@cancilleria.gov.co
5. DEVOLUCIONES POR CONCEPTO DE GIROS EFECTUADOS POR EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Si se generan devoluciones por conceptos de salarios, honorarios, personal de apoyo, personal local y/o gastos de representación, éstas deben ser reintegradas dentro de ios cinco (5) primeros días del mes de enero de 2016.
El respectivo reintegro debe efectuarse mediante transferencia de fondos a nombre del Ministerio de Relaciones Exteriores, en la moneda de giro y, según esta, se hará en una de las cuentas relacionadas a continuación: DoralesAmericanos Euros LibrasEsterlinas FrancosSuizos YenesJaponeses Acct Number 36009912 8546118 603422 10659401 221835409 Acct Name CitibankColombia CitibankColombia CitibankColombia CitibankColombia CitibankColombia Currency Donar - USD EUR GBP CHF JPY Bank Citibank NewYork Citibank LondresCitibankLondres CitibankLondres CitibankTokio, JA
Swift Code CITIUS33 CITIGB2L CITIGB2L CITIGB2L CITIJPJT
Aba Code 021000089 Iban Code GB2ICITI1850 08085461 18 Sort Code 185008 185008 En todos los casos, en la línea de observaciones deberán escribir: BENEFICIARIO FINAL MINRELACIONES
EXTERIORES BOGOTA, CUENTA 0060622019.
Una vez realizada la transferencia de fondos, deberá informarse vía correo electrónico a la Coordinación Financiera del Ministerio de Relaciones exteriores, detallando el concepto y el monto por cada rubro
presupuestal, a las siguientes direcciones: angela.acosta@cancilleria.qov.coy john.cardozo@cancilleria.govco.
6. INVENTARIOS Teniendo en cuenta que es necesario incorporar las cifras reales de los bienes muebles a los Estados Financieros del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, los inventarios de bienes muebles deben ser actualizados anualmente, cada Misión Diplomática u Oficina Consular debe efectuar el informe con base a los parámetros estipulados en la Resolución 0213F del 23 de febrero de 2013 y la Circular C-DSG-GAM-15-000047 del 17 de julio de 2015, la cual determina que se deben elaborar el inventario de bienes muebles de cada una de las oficinas y residencias, conforme con lo establecido en el aplicativo SÍGUEME que será enviado a la Dirección Administrativa y Financiera con fecha límite del 27 de noviembre del ario en curso.
Es pertinente anotar que el cumplimiento de los plazos indicados en la presente circular es imperativo, puesto que la información debe ser incluida en la contabilidad del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores al cierre de la vigencia fiscal 2015. Lo anterior para dar cumplimiento a lo establecido por la Contaduría General de la Nación, la Contraloría General de la Republica y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.El no cumplimiento de las fechas y parámetros aquí establecidos, serán causal de sanciones e investigaciones disciplinarias. Cordialmente, LUIS FERNANDO CRIALES GUTIERREZ Secretario General Ir al inicio Logo de Avance Jurídico Compilación Jurídica de la Cancillería
ISSN : [2256-1633 (En línea)] Última actualización: Manual de uso Créditos y reserva de derechos de autor Cancillería - DRA © 2018 a 2024
Logo de Avance Jurídico Compilación Jurídica de la Cancillería
ISSN : [2256-1633 (En línea)] Última actualización: Manual de uso Créditos y reserva de derechos de autor Cancillería - DRA © 2018 a 2024
Correo de la Cancilleria Twitter de la Cancillería Facebook de la Cancilleria Instagram de la Cancilleria Youtube de la Cancilleria Flickr de la Cancilleria
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Palacio de San Carlos: Calle 10 # 5-51 Bogotá D.C., Colombia Horarios y puntos de atención: ingrese a este enlace Conmutador: (+57-601) 3814000 - Fax. (57-1) 3814747
Información de trámites y servicios: (+57-601) 3826999
Correo institucional: contactenos@_MRE.gov.co
Correo físico: Carrera 5 # 9-03, Bogotá Código postal: 111711
Peticiones, quejas, reclamos, sugerencias, denuncias y felicitaciones - 24 horas Consulta procesos disciplinarios Listas emitidas por los Comités de Sanciones de las Naciones Unidas Políticas de Privacidad y Condiciones de Uso Mapa del sitio Escríbanos
SERVICIOS AL CIUDADANO
Pasaportes VisaApostilla Legalización Nacionalidad Política de Tratamiento de Datos Personales Aviso de privacidad
DIRECTORIO EQUIPO DIRECTIVO EMBAJADAS Y
CONSULADOS EN EL EXTERIOR
Equipo Directivo Embajadas y Consulados en el Exterior Cuerpo Diplomático Acreditado en Colombia Servidores públicos, Funcionarios y Contratistas del MRE Base de datos del sector Buzón de notificaciones judiciales
Logo Gov.co InicioInicio MÓDULOS Opción documentos Decreto Único Reglamentario VER MÁS Opción documentos
Servidores públicos, Funcionarios y Contratistas del MRE Base de datos del sector Buzón de notificaciones judiciales
Logo Gov.co InicioInicio MÓDULOS Opción documentos Decreto Único Reglamentario VER MÁS Opción documentos Herramientas de búsqueda VER MÁS Opción documentos Compilación del Sector Relaciones Exteriores VER MÁS Opción documentos Normativa organizacional de la Cancillería VER MÁS Opción documentos Índice por temas misionalesVER MÁS Opción documentos Normativa común a las entidades públicas VER MÁS Opción documentos Doctrina VER MÁS Opción documentos Jurisprudencia VER MÁS Opción documentos Novedades VER MÁS Tú opinión vale Recuerda que puedes copiar el texto de este mensaje para enviarlo por correo electrónico a la dirección contactenos@cancilleria.gov.co Asunto: Retroalimentación Normativa de la [OBRA TRATADA MRE] Ministerio de Relaciones Exteriores. 1. ¿Considera usted que la disposición normativa es clara? R/ta: 2. ¿Considera usted que la disposición normativa es concreta? R/ta: 3. ¿Considera usted que la disposición normativa es comprensible? R/ta: 4. ¿Tiene usted algún comentario, duda o pregunta respecto a esta disposición normativa? R/ta: Cerrar × Contraste Contraste | Modo oscuro Reducir Reducir letra (16px) Aumentar Aumentar letra (16px) Centro de relevo Centro de relevo Volver arriba