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MINRELACIONES - Convenio de cooperación económica y técnica entre Colombia y China - Español de 2025

Ministerio de Relaciones Exteriores

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Detalles

Título
MINRELACIONES - Convenio de cooperación económica y técnica entre Colombia y China - Español de 2025
Autor
Ministerio de Relaciones Exteriores
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Migratorio
Año
2025

CONVENIO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA Y TÉCNICA

ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA El Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Popular China, con el objetivo de desarrollar aún más las relaciones amistosas y la cooperación económica y técnica entre ambos países, han llegado al siguiente acuerdo: Artículo | Atendiendo las necesidades del Gobierno de la República de Colombia, el Gobierno de la República Popular China proporcionará al Gobierno de la República de Colombia una donación de cien millones (¥100.000.006) de Yuanes de Renminbi, con el propósito de estudiar e implementar los proyectos acordados por ambos Gobiernos. Los asuntos detallados se concretarán por otros convenios entre las dos Partes, Artículo Il El Banco de Desarrollo de China y la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia abren de forma reciproca una cuenta de registro de ayuda sin interés ni costo, a nombre de la otra parte. La cuenta de registro de ayuda se cuenta en Yuanes de Renminbi y se denomina “Cuenta de Registro de Ayuda 2025/1”. Es obligatorio realizar trámites de contabilidad según procedimientos estipulados por ei Banco de Desarrollo de China al usar el capital en la Cuenta. El Banco de Desarrollo de China y la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia deben informar de forma rutinaria a ambos Gobiernos sobre el uso del capital en la Cuenta. Artículo III El presente Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y se mantendrá hasta el día en que ambas Partes hayan cumplido con todas las obligaciones establecidas en el mismo.

Artículo III El presente Convenio entrará en vigor a partir del día de su firma y se mantendrá hasta el día en que ambas Partes hayan cumplido con todas las obligaciones establecidas en el mismo. Hecho y firmado en Bogotá D.C., el día 05 de agosto de 2025, en dos ejemplares originales, uno para cada parte y cada uno de los cuales está escrito en idiomas español y chino, siendo ambos textos igualmente válidos. . > Por el Gobierno de Por el Gobierno de la República de Colombia... . - la República Popular China

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