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MINRELACIONES - DPR-58162

Ministerio de Relaciones Exteriores

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Detalles

Título
MINRELACIONES - DPR-58162
Autor
Ministerio de Relaciones Exteriores
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Migratorio
Año

DPR No.58162

RE PUBL IC A DE COLOMB IA

MI NISTERIO DE REL ACIONES EXTERIORES DI RECCION GE NE RAL DE L PROTOC OLO El Ministerio de Relaciones Exteriores - Dirección General del Protocolosaluda muy atentamente a las Honorables Misiones Diplomáticas y Representaeiones de Organismos Internacionales acreditadas ante el Gobierno de Colombia y se permite precisar ciertos aspectos, frente a la devolución del Impuesto sobre las ventas - IVA - para el personal diplomático. Sobre el particular, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN - considera imperativo recordar y estipular lo siguiente:

1. Toda Misión Diplomática y Organismo Internacional, al momento de radicar una solicitud de devolución del impuesto en comento, deberá presentar junto con el formato establecido para tal efecto, la relación de cada una de las facturas que le dan derecho a la exención, el número de la misma, razón social, NIT, fecha de expedición, valor totai de la operación, descripción específica o genérica de los artículos vendidos o de los !!ervicios prestados y la discriminación del impuesto aludido.

2. La solicitud deberá ser radicada en ventanilla, en carpetas celuguía vertical sin color. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN - no aceptará carpetas blancas, plastificadas ni a color.

3. Con el fin de agilizar el proceso ·ae .i::.ertificación l'.ie las facturas reportadas, la mencionada entidad, solicitó un formato·anexo, para ser diligenciado y entregado en í!'e(:!!()_magnético, en el !!'omento dE!!adic;¡¡;ión..de_JiJcha solicitud,_J

mencionada entidad, solicitó un formato·anexo, para ser diligenciado y entregado en í!'e(:!!()_magnético, en el !!'omento dE!!adic;¡¡;ión..de_JiJcha solicitud,_J

4. A raíz de los múltiples inconvenientes que se han suscitado por el recibo de copia de las facturas, se comunica a las Honorables Misiones y Representaciones de Organismos Internacionales, que deberán ser presentadas siempre en originales, tal como lo establece el artículo 617, modificado por el artículo 40 de la Ley 223 de

1995.RE PUBLIC A DE COL OMBIA

MINIST ERIO DE RELACIONES EXTERIORES

DIRECCION GENER AL DEL PROTC ,COLO

5. Por lo anterior y de acuerdo con lo informado por la DIAN, se rechazará de plano cualquier factura o documento que no sea en original, como tampoco se aceptará bauchers o documentos diferentes que no constituyan laiactura misma.

6. No serán objeto de aceptación aquellas facturas que tengan enmendaduras, borrones, tachones o muestra de alguna adulteración (artículo 16 del Decreto 1220 de 1996.)

7. Las facturas anexas a la solicitud deben venir a nombre del funcionario beneficiario fi------------ ~- --- de tal exención o de los miembros de su familia debidamente acreditados a;;tfi -ésta' Dirección y ante la DIAN.

8. En el caso de tirillas de máquina registradora, se aceptarán las mismas anexando la factura sustitutiva, para que se dé cumplimiento al requisito preestablecido de la razón social o el NIT.

9. Respecto a los tiquetes aéreos y. las pólizas de seguro de cumplimiento, solo se aceptan aquellos que cumplan con los requisitos para la devolución y no se aceptan

razón social o el NIT.

9. Respecto a los tiquetes aéreos y. las pólizas de seguro de cumplimiento, solo se aceptan aquellos que cumplan con los requisitos para la devolución y no se aceptan las notas de crédito. 1 O. No se tomará como base de devolución en la factura de venta, denominaciones como: descuentos, redescuentos, etc; como tampoco cuenta de cobro, primera cuenta de cobro, recibo de caja, nota débito, precuenta, etc.

11. En el caso de las factfiras que tengan pre impreso Régimen Simplificado por pertenecer a éste, no deben facturar el !VA. \ ·- -- ·

12. En las facturas de suscripción por cab!El, específicamente las de TV CABLE, tendrán derecho al reconocimiento de 'ia devolución, cuando en la respectiva factura se especifique taxativamente •Ia creación del plan prepago."

13. Las facturas de teléfono de los . diferentes operadores que no se encuentren a nombre .del solicitante del impuesto, deberán anexar el correspondiente contrato -· -·----------------fi que así lo acredite.RE PUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DIRE CCION GENERAL DEL PROTOCOLO 14 .. Para el caso de la compra de vehículos en el mercado local, se deberá anexar una certificación expedida por ésta Dirección, donde se acredite que el adquirente tiene el derecho a la devolución del impuesto. Si no se presenta éste documento, la DIAN rechazará la solicitud de devolución.

15. En caso de qull las Misiónés·· Dip)omáticas y las Representaciones de Organismos Internacionales, tengan Agencias en Colombia, las facturas deberán venir a nombre .. de las Misiones Diplomáticas y las Representaciones de Organismos

15. En caso de qull las Misiónés·· Dip)omáticas y las Representaciones de Organismos Internacionales, tengan Agencias en Colombia, las facturas deberán venir a nombre .. de las Misiones Diplomáticas y las Representaciones de Organismos lnternaclonales a las que perteñ"ezcan.

Sobre el particular, la Dirección General del Protocolo, agradece los buenos oficios de las Honorables Misiones Diplomáticas y Representaciones de Organismos Internacionales, frente al asunto en ciernes, con e!. fin de agilizar y optimizar los procesos ante la entidad competente encargada de la devolución del impuesto a las ventas - IVA. El Ministerio de Relaciones Exteriores - Dirección General del Protocolo - se vale de ésta oportunidad para reiterar a las Honorables iones Diplomáticas y Representaciones de Organismos Internacionales acreditadas ante el biemo de la República de Colombia, las seguridades de su más alta consideración A las Honorables ·- : __ , _ _Bogotá, D, c., B de noviembre de 2007 Misiones Diplomáticas y Representaciones eje Organismos Internacionales Ciudad.

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