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MINRELACIONES - Resolución 00793 de 2025

Ministerio de Relaciones Exteriores

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Detalles

Título
MINRELACIONES - Resolución 00793 de 2025
Autor
Ministerio de Relaciones Exteriores
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Migratorio
Año
2025

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES RESOLUCIÓN nf) / Q d 2 7 ENE 2025

“Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución 8056 del 30 de agosto de 2024, que convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026” EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el numeral 3 del artículo 59 y el literal “a” del artículo 61 de la Ley 489 de 1998, el numeral 17 del artículo 7 y los numerales 1 y 2 del artículo 10 del Decreto 869 de 2016, y CONSIDERANDO Que el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, establece que los Ministros son los jefes de la administración en su respectiva dependencia y que bajo la dirección del Presidente de la República les corresponde formular las políticas atinentés a su despacho. Que el artículo 209 de nuestra carta magna establece que, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley. Que de conformidad a la Ley 489 de 1998 "Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas

Que de conformidad a la Ley 489 de 1998 "Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, el Ministerio de Relaciones Exteriores es el organismo rector del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores y le corresponde, entre otras funciones, ejercer las funciones que el Presidente de la República le delegue o la ley les confiera y vigilar el cumplimiento de las que por mandato legal se hayan otorgado a dependencias del Ministerio, así como de las que se hayan delegado en funcionarios del mismo.Que de conformidad al artículo 3° de la Ley 1437 de 2011, señala que todas las autoridades deberán interpretar y aplicar las disposiciones que regulan las actuaciones y | a% RESOLUCION NUMERO; DE 2 7 ENE 2025 Hoja número 2 Continuación de la resolución «Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución 8056 del 30 de agosto de 2024, que convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026» procedimientos administrativos a la luz de los principios consagrados en la Constitución Política, en la Parte Primera de este Código y en las leyes especiales. Que en el mismo articulado de la citada Ley establece que las actuaciones administrativas se desarrollarán, especialmente, con arreglo a los principios del debido proceso, igualdad, imparcialidad, buena fe, moralidad, participación, responsabilidad, transparencia, publicidad, coordinación, eficacia, economía y celeridad.

Que la Carrera Diplomática y Consular es una carrera especial jerarquizada que regula el ingreso, ascenso, permanencia y retiro de los funcionarios pertenecientes a la misma, cuya administración y vigilancia están a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Ley 274 de 2000 “Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”. Que el ingreso a la Carrera Diplomática y Consular se efectúa exclusivamente por concurso público de méritos abierto, en la categoría de Tercer Secretario, previa aprobación de las fases del concurso y del Curso de Capacitación Diplomática y Consular de la Academia Diplomática Augusto Ramírez Ocampo, de acuerdo con el artículo 14 y el literal c del artículo 16 del Decreto Ley 274 de 2000 “Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”. Que la convocatoria al concurso público se debe llevar a cabo anualmente mediante resolución expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, la cual debe ser divulgada' mediante los medios dispuestos en el artículo 18 del Decreto Ley 274 de 2000 “Por el cual se regula el Servicio Exterior de la República y la Carrera Diplomática y Consular”. Que la Dirección de la Academia Diplomática Augusto Ramírez Ocampo del Ministerio de Relaciones Exteriores tiene la función de realizar los concursos de ingreso a la Carrera

Diplomática y Consular, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del artículo 10 del Decreto 869 de 2016 “Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones”. Que en razón a lo anterior el Ministerio de Relaciones Exteriores expidió la Resolución No. 8056 del 30 de agosto de 2024, “Por la cual se convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026". Que en el artículo No. 4 de la Resolución antes mencionada, se señala el cronograma del concurso de ingreso a la Carrera Diplomática y consular para el año 2026. Que el artículo 18 de la citada Resolución indica que las pruebas escritas se practicarán de manera presencial en las ciudades capitales de los treinta y dos (32) departamentos y en el Distrito Capital, además de cuatro (4) cuidades en el exterior, Madrid (España), Miami (Estados Unidos), Nueva York (Estados Unidos) y Esmeraldas (Ecuador). Siendo esta la primera vez que se aplicarían las pruebas escritas en todas las ciudades de Colombia, así como en algunas ciudades en el exterior. Que el artículo 17 del Decreto Ley 274 de 2000 ya mencionada establece “No podrán cambiarse las bases una vez iniciada la inscripción de aspirantes, salvo por violación de normas de carácter legal o reglamentario y en aspectos tales como sitio y fecha de2 7 ENE 2025 E Hoja número 3 ewe e peer rr uo NENE TLE Continuación de la resolución «Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución 8056 del 30 de agosto t de 2024, que convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026» |

RESOLUCIÓN NUMERO; 2 Di recepción de inscripciones, o fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo la aplicación de | las pruebas; casos éstos en los cuales deberá darse aviso oportuno a los interesados”. | Que el parágrafo del articulo No 4 de la Resolución No. 8056 del 2024 en cita, indica “En concordancia con el artículo 17 del Decreto Ley 274 de 2000, la Academia Diplomática i podrá ajustar, cuando la situación lo amerite, las fechas dispuestas en el cronograma, | previo aviso oportuno a los interesados, a través de la página web de la Academia Diplomática: www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica”. Que para la correcta organización logística y operacional de las actividades concernientes a la aplicación de las pruebas señaladas en la Resolución 8056 de 2024, entre ellas la | diagramación y ensamblaje de los diferentes cuadernillos, impresión y embalaje del material de aplicación, el desarrollo logístico para el envío de los mismos a las diferentes ciudades del país y a las ciudades del exterior donde se aplicarán las pruebas con la | respectiva cadena de custodia y confidencialidad, organización del personal idóneo para | ser los custodios en los salones de aplicación, adecuación de las instalaciones que se dispondrán para la aplicación de las pruebas escritas, se hace necesario modificar el cronograma del Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular del año 2026, con la finalidad de poder garantizar el cumplimiento de cada una de sus etapas. | Que en fecha 15 de enero de 2025, en sesión extraordinaria del Consejo Académico se avaló la pertinencia y necesidad de modificar el cronograma del Concurso de Ingreso a la | Carrera Diplomática y Consular para el año 2026, fijado en el articulo 4° de la Resolución

8056 de 2024. 1 En mérito de lo expuesto, | RESUELVE { Artículo 1. MODIFICAR. Modifiquese el artículo 4 de la Resolución No. 8056 del 30 de | agosto de 2024, el cual quedará así: “Artículo 4. Cronograma. El Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular del año 2026 se desarrollará de acuerdo con la siguiente programación: | ACTIVIDAD FECHA | Aviso de convocatoria Lunes 2 de septiembre de 2024 Inscripciones Desde las 8:00 horas del lunes 2 de diciembre de 2024 hasta las 17:00 horas del lunes 9 de diciembre de 2024 Verificación de documentos Hasta el jueves 12 de diciembre de 2024Hoja número 4 RESOLUCIÓN women | Q ’ 2 7 ENE 2025 DE eee, £ Continuación de la resolución «Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución 8056 del 30 de agosto de 2024, que convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026» Subsanación de documentos aportados durante la inscripción al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular 2026 Hasta las 17:00 horas del lunes 16 de diciembre de 2024 Verificación de documentos aportados en la subsanación Hasta el viernes 20 de diciembre de 2024 Publicación de la lista de admitidos a presentar pruebas escritas Lunes 23 de diciembre de 2024 Solicitud de revisión de la lista de admitidos a presentar pruebas escritas Hasta las 17:00 horas del martes 24 de diciembre de 2024 Publicación definitiva de la lista de

Lunes 23 de diciembre de 2024 Solicitud de revisión de la lista de admitidos a presentar pruebas escritas Hasta las 17:00 horas del martes 24 de diciembre de 2024 Publicación definitiva de la lista de admitidos a presentar las pruebas escritas Lunes 30 de diciembre de 2024 Fase | - Presentación de pruebas escritas Domingo 30 de marzo de 2025 Publicación de resultados de pruebas escritas — Fase | las Lunes 05 de mayo de 2025 Solicitud de revisión de puntajes de las pruebas escritas — Fase | Hasta las 17:00 horas del miércoles 7 de mayo del 2025 Publicación de resultados finales de la Fase | y del listado de admitidos a la Fase Il Lunes 26 de mayo de 2025 Fase Il — Prueba Psicotécnica '| Desde las 8:00 horas del viernes 30 de mayo hasta las 17:00 horas del domingo 01 de junio de 2025 Entrevista e Interacción Grupal Desde las 8:00 horas del lunes 9 de junio hasta las 17:00 horas del viernes 13 de junio de 2025 Publicación de resultados de la Fase ll Lunes 23 de junio de 2025 Solicitud de revisión de los resultados de la Fase II Hasta las 17:00 del miércoles 25 de junio de 2025 Publicación . final. de la lista de admitidos al Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2025 Martes 01 de julio de 2025 Comunicación de los admitidos que confirman su participación en el Curso de Capacitación Diplomática y

admitidos al Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2025 Martes 01 de julio de 2025 Comunicación de los admitidos que confirman su participación en el Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2025 Desde el martes 01 de julio hasta las 17:00 horas del domingo 6 de julio 2025 Parágrafo. En concordancia con el artículo 17 del Decreto Ley 274 de 2000, la Academia Diplomática podrá ajustar, cuando la situación lo amerite, las fechas dispuestas en elLs) E RESOLUCIÓN NUMERO DE_é 7 ENE 20 Hoja número 5 Continuación de la resolución «Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resoltición 8056 del 30 de agosto de 2024, que convoca al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2026» i cronograma, previo aviso oportuno a los interesados, a través de la pagina web de la Academia Diplomática: www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica Artículo 2. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. |

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE |

Dada en Bogotá D.C. 2 7 ENE 2025 PAOLA ANDREA VÁSQUEZ RESTREPO SecretariafGerteral Encargada de las Funciones el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores Revisó: Camilo Alexander Rincón Escobar, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Kn ) A ¡A 2 \ Aprobó: Lena Yanina Estrada Asito, Directora de la Academia Diplomática Augusto Ramirez Ocampo=

Ministro de Relaciones Exteriores Revisó: Camilo Alexander Rincón Escobar, Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Kn ) A ¡A 2 \ Aprobó: Lena Yanina Estrada Asito, Directora de la Academia Diplomática Augusto Ramirez Ocampo=

Proyectó: Daniela Carolina Suárez Mejía, GIT Divulgación y Selección para el Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular POS

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