MINRELACIONES - Resolución 0634 de 2022
Ministerio de Relaciones Exteriores
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Detalles
- Título
- MINRELACIONES - Resolución 0634 de 2022
- Autor
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- 2022
Libertod y Orden Ministerio de Relaciones Exteriores República de Colombia RESOLUCIÓN NÚMER 7 De | | 6 J Z+ 26 ENE 2072 Por la cual se delega la ordenación del gasto y la competencia contractual para el funcionamiento de la Embajada y Consulados en Venezuela LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES, en ejercicio de las facultades constitucionales conferidas por los artículos 208 a 211, y legales, especialmente las conferidas por el artículo 30 del Decreto 20 de 1992, el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, el artículo 37 del Decreto número 2150 de 1995, el artículo 110 del Decreto número 111 de 1996, el artículo 90 y numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el Decreto número 1083 de 2015, los numerales 10 y 17 del artículo 70 del Decreto 869 de 2016, demás normas concordantes, y CONSIDERANDO: Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, conforme el artículo 209 de la Constitución Política, desarrolla su función administrativa bajo los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización de funciones, correspondiéndole a la ley, fijar las condiciones dentro de las cuales las autoridades puedan delegar en sus subalternos la atención de ciertos asuntos. Que el artículo 211 de la Constitución Política autoriza a los Ministros, para que puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades las funciones que expresamente les señala la Ley. Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993 faculta a los jefes y a los representantes legales
de las Entidades para delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones, en los servidores públicos que desempeñan cargos del nivel directivo. Que el artículo 110 del Decreto número 111 de 1996 dispone que los jefes de cada entidad podrán delegar la capacidad de contratar y ordenar el gasto en funcionarios del nivel directivo, o quien haga sus veces, teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes. Que en desarrollo de lo anterior, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998 dispone que los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes y, en general, los representantes legales de organismos o entidades con autonomía administrativa, podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados, en los empleados públicos de los niveles Directivo y Asesor vinculados al respectivo organismo o entidad. Fºí(zsf 26 ENE 2077 RESOLUCIÓN NUMERO Hoja número 2 Continuación de la Resolución por la cual se delega la ordenación del gasto y la competencia contractual para el funcionamiento de la Embajada y Consulados en Venezuela Que el literal f) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 faculta a los Ministros a Suscribir en nombre de la Nación y de conformidad con el Estatuto General de Contratación y la Ley Orgánica de Presupuesto, los contratos relativos a asuntos propios del Ministerio previa delegación del Presidente de la República. Que el numeral 10 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016, y la Resolución 1580 de 2015,
-Manual de fFunciones y Competencias Laborales establecen como función del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores: “Delegar en los servidores de los niveles directivo y asesor las funciones que se requieran para el óptimo desarrollo de la gestión del Ministerio, así como la asistencia a Comisiones Intersectoriales, Consejos y Juntas Directivas y Comités interinstitucionales de las cuales forme parte por derecho propio”. Que en desarrollo de los principios orientadores de la Función Pública y del Servicio en el Exterior, y con el fin de optimizar el cumplimiento de los mismos, se hace necesario delegar las funciones de ordenación del gasto y la competencia contractual para el funcionamiento de la Embajada y Consulados en Venezuela en un funcionario del nivel directivo. Que sin perjuicio del rompimiento de relaciones diplomáticas y consulares, la República de Colombia continúa atendiendo y brindando asistencia a los connacionales que se encuentran en territorio venezolano, siendo necesario celebrar contratos y ordenar gasto para satisfacer las distintas necesidades que se derivan de dichas actividades. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE: ARTÍCULO 1”%. Delegar en el Embajador LUIS FERNANDO CUARTAS AYALA, Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Asistencia a Connacionales en el Exterior, de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano las
siguientes funciones:
1. Ordenar el gasto y los pagos en nombre del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio correspondientes a los gastos de sostenimiento, servicios, y demás conceptos inherentes a la función consular, para el funcionamiento de la Embajada y
Consulados en Venezuela
2. Celebrar, terminar, modificar, adicionar, prorrogar y supervisar los contratos, en nombre y representación del Ministerio de Relaciones Exteriores y de su Fondo Rotatorio, para el funcionamiento de la Embajada y Consulados en Venezuela, con excepción de los contratos a ser celebrados y ejecutados en el territorio nacional. La presente comprenderá las facultades de celebrar contratos con las personas nacionales o residenciadas de manera permanente en el país en el que se encuentra ubicada la respectiva Embajada o Consulado, suscribir las modificaciones, adiciones, prórrogas, suspensiones temporales de los contratos y declarar la terminación y liquidación de los mismos, de acuerdo con las necesidades del servicio y con sujeción a la legislación laboral del país receptor, así como afiliar a los trabajadores locales al sistema de seguridad social que el país receptor imponga a los empleadores, así como a las normas internacionales y nacionales que definan la materia. ár—e——e&»f RESOLUCIÓN NUMERO ('3 6 3 l'DE 26 ENF 7%anúmero 3
Continuación de la Resolución por la cual se delega la ordenación del gasto y la competencia contractual para el funcionamiento de la Embajada y Consulados en Venezuela
3. Abstenerse de asignar a los contratistas autorizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores, funciones que correspondan a personal de servicio exterior de la República, y todas aquellas actividades que vayan en contra de la naturaleza de dichos contratos.
4. Acudir a los mecanismos alternativos de solución de controversias para dirimir los conflictos que se originen en desarrollo de la relación laboral, previa autorización del
Comité de Conciliación del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio.
5. Ordenar el gasto y los pagos de sentencias y acuerdos de conciliación judicial v extrajudicial, adelantadas en el territorio venezolano, de conformidad con las disposiciones legales que regulan la materia.
ARTÍCULO 2?".Los Encargados de Funciones Consulares de cada uno de los Consulados de la República de Colombia en Venezuela brindarán todo el apoyc requerido por el Coordinador del Grupo Interno de Trabajo de Asistencia a Connacionales en el Exterior, de la Dirección de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano a efectos de cumplir con la delegación establecida en el presente acto administrativo. ARTÍCULO 3”. En virtud de lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Política y el artículo 12 de la Ley 489 de 1998, la Ministra de Relaciones Exteriores podrá, en cualguier momento, reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario, en ejercicio de las funciones delegadas por la presente Resolución. ARTÍCULO 3% DE LA VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a 26 ENE 9077
MARTHA LUCÍA RAMÍREZ BLANCO
Ministra De Relaciones Exteriores
Reviso: Luis Gabriel Fernandez Franco — Secretario General…&q &
Reviso: Eduardo Alexander Franco — Director Administrativo y Fmancieros
Reviso: Solangel Ortiz Mejía — Jefe de Juridica Interna. d%w—
Reviso: Fulvia Elvira Benavides — Directora de Asuntos Consulares. 'F%b_£—.-