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MINRELACIONES - Resolución 14008 de 2025

Ministerio de Relaciones Exteriores

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Detalles

Título
MINRELACIONES - Resolución 14008 de 2025
Autor
Ministerio de Relaciones Exteriores
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Migratorio
Año
2025

A A OS SS RESOLUCIÓN NUMERC “Por la cual se reglamenta la Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones”. LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES, en ejercicio Je sus facultades legales y, en especial las que le confieren el literal a) del artículo €1 de la Ley 489 de 1998, los numerales 14 y 17 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016, y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política en los artículos 7 y 8 establece que se reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación, y que es obligación de este y las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la nación. Que, de acuerdo con los artículos 226 y 227 de la Constitución Política, el Estado debe promover la internacionalización de las relaciones políticas, económicas, sociales y ecológicas sobre las bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional, así como la integración económica, social y política con los países. de América Latina y el Caribe mediante la celebración de tratados internacionales que creen organismos supranacionales. Que, en el año 2008 el Estado colombiano se adhirió voluntariamente a la Resolución número 1612 de 2005 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la cual busca atender las violaciones a los derechos de los niños en el marco del conflicto armado, tales como: el reclutamiento y la utilización de la violencia sexual, entre otras, lo cual derivó en la creación de los intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva y en el “Programa Integral Niños, Niñas y Adolescentes con Oportunidades del Ministerio de Relaciones

como: el reclutamiento y la utilización de la violencia sexual, entre otras, lo cual derivó en la creación de los intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva y en el “Programa Integral Niños, Niñas y Adolescentes con Oportunidades del Ministerio de Relaciones Exteriores” mediante el Decreto 2681 de 2012. Que, en mayo de 2025 Colombia inició el proceso de implementación de la Resolución 2250 de 2015 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas por medio de la cual se reconoce la participación de los jóvenes y se garantiza su protección como actores clave en los procesos de construcción de paz, especialmente en los territorios históricamente más afectados por las violencias. Que, mediante la Ley 12 de 1991 el Estado colombiano ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, cuyo Artículo 31 establece que “los Estados respetarán y promoverán el derecho del niño a participar plenamente en la vida cultural y artística y propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la vida cultural, artística, recreativa y de esparcimiento.”Hoja número 2 RESOLUCIÓN NUMERO! | Continuación de la resolución «Por la cual se reglamenta la Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones. » Que, mediante el Decreto 401 de 1983 “Por el cual se adopta el Plan de Promoción de Colombia en el exterior y se crean el Consejo Nacional de Coordinación y las Comisiones Ejecutivas para su cumplimiento” y la Resolución 3304 de 2021 se adoptó el Plan de

Colombia en el exterior y se crean el Consejo Nacional de Coordinación y las Comisiones Ejecutivas para su cumplimiento” y la Resolución 3304 de 2021 se adoptó el Plan de Promoción de Colombia en el Exterior, que tiene como objetivo el afianzamiento de las relaciones del país con sus socios en ámbitos bilaterales y multilaterales. Que, el Decreto 869 de 2016 “Por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones”, modificado por el Decreto 444 de 2022, establece que el Ministerio de Relaciones Exteriores es el organismo rector del Sector Administrativo de Relaciones Exteriores y le corresponde, bajo la dirección del Presidente de la República, formular, planear, coordinar, ejecutar y evaluar la política exterior de Colombia, las relaciones internacionales y administrar el servicio exterior de la República. Que, el artículo 4 del referido Decreto determina que son funciones del Ministerio “Articular las acciones de las distintas entidades del Estado en todos sus niveles y de los particulares cuando sea del caso, en lo que concierne a las relaciones internacionales y la política exterior del país, en los ámbitos de la política, la seguridad, la economía y el comercio, el desarrollo social, la cultura, el medio ambiente, los derechos humanos, el derecho internacional humanitario, la ciencia y la tecnología y la cooperación internacional, con fundamento en principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional.” Que, en virtud del Artículo 24 de la norma antes mencionada corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de las Embajadas de Colombia en el exterior, “identificar los espacios políticos, económicos, culturales, de los países y organismos internacionales correspondientes, que pueden ser aprovechados para la ejecución de la política exterior y

Relaciones Exteriores, a través de las Embajadas de Colombia en el exterior, “identificar los espacios políticos, económicos, culturales, de los países y organismos internacionales correspondientes, que pueden ser aprovechados para la ejecución de la política exterior y para la promoción de los intereses de Colombia” así como “ejecutar la política de promoción de Colombia en el exterior, en coordinación con la Dirección de Asuntos Culturales.” Que, en virtud del Artículo 10 de la Resolución 2839 del 2016, corresponde a la Dirección de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores “Coordinar acciones en el ámbito de la Diplomacia cultural, educativa y deportiva que contribuya a la promoción de Colombia en el exterior y a generar oportunidades de desarrollo, inclusión y convivencia” así como “Identificar contenidos culturales, locales y regionales, para promocionar la diversidad cultural de Colombia en el exterior.” Que, por medio del Artículo 1 de la Resolución 5813 del 2011 se creó el Grupo de Trabajo de Gestión de Intercambios adscrito a la Dirección de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores. Que, el Artículo 52 de la Resolución 7810 de 2025 del Ministerio de Relaciones Exteriores, establece que es función del Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Intercambios “Coordinar la planeación, ejecución y seguimiento de los intercambios en las áreas que lidera la Dirección de Asuntos Culturales, en el marco del Plan de Promoción de Colombia en el Exterior”. Que, desde el año 2011 el Ministerio de Relaciones Exteriores desarrolla la Iniciativa de Diplomacia Cultural y Deportiva como herramienta de Diplomacia Pública para fortalecer

en el Exterior”. Que, desde el año 2011 el Ministerio de Relaciones Exteriores desarrolla la Iniciativa de Diplomacia Cultural y Deportiva como herramienta de Diplomacia Pública para fortalecer las relaciones exteriores de Colombia y promover la construcción de paz territorial, mediante la gestión de intercambios internacionales con jóvenes provenientes de regiones afectadas por el conflicto y el reclutamiento armado de menores. Desde ese año, se han ejecutado 187 intercambios con destino a 60 países, con jóvenes provenientes de 108 municipios de 25 departamentos de Colombia. — aa =RESOLUCIÓN NUMERO Busta MC 6 2 pe bis Hoja número 3 == ot Continuación de la resolución «Por la cual se reglamenta la Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones. » Que, la Diplomacia Pública es “el proceso a través del cual un Gobierno se comunica con el público extranjero en un intento de lograr la comprensión de las ideas de su nación, de sus instituciones y de su cultura, así como de sus metas y políticas nacionales” (Tuch, 1990). Que, de acuerdo con lo anterior resulta necesario reglamentar la Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva del Ministerio de Relaciones Exteriores a fin de asegurar su ámbito de aplicación, competencia y dar mayor dinamismo a su funcionamiento en aras de contribuir al cumplimiento de la política exterior del Estado colombiano. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Reglamentar la Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva del Ministerio de Relaciones Exteriores.

colombiano. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Objeto. Reglamentar la Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2. Ámbito de Aplicación. Las disposiciones previstas en la presente resolución son de obligatorio cumplimiento para los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores que desarrollen la Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva. Artículo 3. Objetivos. La Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva tendrá los siguientes objetivos:

A. Ser una herramienta de diplomacia pública para diversificar y fortalecer la agenda internacional de Colombia con socios tradicionales y emergentes que generen valor agregado para los intereses del Estado y su política exterior.

B. Hacer de los intercambios parte de una iniciativa integral de proyección internacional de Colombia.

C. Contribuir al cumplimiento por parte del Estado de los instrumentos internacionales a los que se ha adherido Colombia relacionados con la protección de adolescentes y jóvenes en contextos de conflicto, vulnerabilidad y violencia.

D. Fortalecer, promover y difundir ante actores y socios estratégicos del nivel internacional la imagen positiva de Colombia.

E. Contribuir a la conformación de alianzas, diálogos y sinergias entre el Gobierno nacional, las entidades territoriales y otros Estados receptores de los intercambios para la generación de lazos de cooperación, retornos y acciones de impacto en beneficio del desarrollo territorial de Colombia.

F. Promover el deporte y la cultura como mecanismos de protección para adolescentes y jóvenes en contextos de vulnerabilidad y violencia.

G. Contribuir a los esfuerzos del Gobierno nacional y de las entidades territoriales del

beneficio del desarrollo territorial de Colombia.

F. Promover el deporte y la cultura como mecanismos de protección para adolescentes y jóvenes en contextos de vulnerabilidad y violencia.

G. Contribuir a los esfuerzos del Gobierno nacional y de las entidades territoriales del orden municipal y departamental frente a la construcción de la paz, la generación de oportunidades en adolescentes y jóvenes y la lucha contra el reclutamiento armado infantil.DE Hoja número 4

Continuación de la resolución «Por la cual se reglamenta la Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.» Artículo 4. Financiamiento. La Iniciativa será financiada por el rubro presupuestal definido dentro del Presupuesto General de la Nación destinado para el Plan de Promoción de Colombia en el Exterior o el que haga sus veces.

A. Los proyectos de intercambio serán formulados por el Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Intercambios, o el que haga sus veces, en coordinación con las Embajadas de Colombia en el Exterior, y serán sometidos a consideración ante el Comité para la Coordinación del Plan de Promoción de Colombia en el Exterior, o el que haga sus veces, instancia decisoria para su aprobación.

B. La ejecución presupuestal de los intercambios será realizada a través de las Embajadas de Colombia en el exterior, las cuales deberán actuar de conformidad con las directrices que para tal fin establezca la Secretaría General y la Dirección

Administrativa y Financiera del Ministerio de Relaciones Exteriores.

C. Los recursos asignados para los intercambios culturales y deportivos deberán destinarse exclusivamente para la financiación de actividades relacionadas con estos.

Administrativa y Financiera del Ministerio de Relaciones Exteriores.

C. Los recursos asignados para los intercambios culturales y deportivos deberán destinarse exclusivamente para la financiación de actividades relacionadas con estos.

Artículo 5. Desarrollo. La Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva será liderada por el Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Intercambios de la Dirección de Asuntos Culturales del Ministerio de Relaciones Exteriores, o el que haga sus veces, con base en los siguientes lineamientos:

A. Población objetivo: Serán partícipes de los intercambios en diplomacia cultural y deportiva adolescentes y jóvenes entre los 12 y los 17 años categorizados en pobreza extrema, moderada y vulnerable por el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales (SISBÉN), quienes participen de manera destacada en semilleros y/o procesos deportivos y/o culturales en los municipios priorizados. La selección se articulará con liderazgos locales, saberes propios y expresiones culturales de base.

B. Territorios priorizados: El Grupo de Gestión de Intercambios realizará la selección de los municipios para cada vigencia, garantizando el equilibrio regional, para lo cual utilizará como base los siguientes criterios y herramientas:

1. Municipios PDET y ZOMAC categorizados como tal por la Unidad para la Implementación del Acuerdo de Paz, o la que haga sus veces;

2. El Informe de Priorización Municipal y el Índice de Probabilidad de Ocurrencia de Reclutamiento (IPOR) elaborados por la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento, Uso, Utilización y la Violencia Sexual contra Niños, Niñas y Adolescentes (CIPRUNNA) y por la Consejería Presidencial para los Derechos

Reclutamiento (IPOR) elaborados por la Comisión Intersectorial para la Prevención del Reclutamiento, Uso, Utilización y la Violencia Sexual contra Niños, Niñas y Adolescentes (CIPRUNNA) y por la Consejería Presidencial para los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, o las que hagan sus veces;

3. Municipios fronterizos clasificados como tal por la Dirección para el Desarrollo y la Integración Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores, o la que haga sus veces, en virtud de la Ley 191 de 1995;

4. El Informe del secretario general de las Naciones Unidas sobre el monitoreo y la aplicación de la Resolución 1612/2005 del Consejo de Seguridad, en el caso en el que se destine un capítulo para Colombia;

5. Municipios que por circunstancias especiales sean priorizados por el ministro de Relaciones Exteriores, o quien haga sus veces.

AA oDEL MiB vos Hoja número 5 RESOLUCIÓN NUMERO: Continuación de la resolución «Por la cual se reglamenta la Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones. »

C. Selección de los países de destino: Al inicio de cada vigencia, la Dirección de Asuntos Culturales solicitará a las direcciones geográficas del Viceministerio de Relaciones Exteriores, un listado de los Estados con los cuales se estima conveniente llevar a cabo intercambios como vehículos para el logro de objetivos estratégicos de política exterior. Se considerarán los siguientes criterios de priorización:

1. Diversificación geográfica y temática de las relaciones exteriores a través de estrategias puntuales contenidas en el Plan Estratégico Institucional y/o el Plan

exterior. Se considerarán los siguientes criterios de priorización:

1. Diversificación geográfica y temática de las relaciones exteriores a través de estrategias puntuales contenidas en el Plan Estratégico Institucional y/o el Plan

Nacional de Desarrollo;

2. Compromisos bilaterales adquiridos al alto nivel en materia de diplomacia cultural y deportiva;

3. Desarrollo de eventos internacionales en los que Colombia sea país expositor;

4. Conmemoraciones de aniversarios de establecimientos de relaciones diplomáticas;

5. Inicio y/o normalización de relaciones bilaterales y/o aperturas de Embajadas;

6. Estados estratégicos con los que Colombia comparta membresía en espacios multilaterales de alto nivel;

7. Estados socios con potencial interés y capacidad de generar retornos a los territorios donde se desarrollan los procesos culturales y deportivos.

D. Disciplinas priorizadas: La Iniciativa se concentrará en exaltar en el exterior los saberes y habilidades de las diversas expresiones que componen la cultura y el deporte en Colombia. Los aprendizajes, redes y colaboraciones obtenidos en el exterior deben convertirse en proyectos concretos de beneficio para las comunidades de origen.

E. Componentes de las agendas: Las agendas de los intercambios se diseñarán de manera conjunta entre las Embajadas de Colombia y el Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Intercambios de la Dirección de Asuntos Culturales, en concordancia con los objetivos trazados en el Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores, e integrarán componentes formativos, culturales, motivacionales y de política exterior.

F. Alianzas: El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Culturales, podrá gestionar los intercambios en alianza con otros gobiernos, entidades

política exterior.

F. Alianzas: El Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Culturales, podrá gestionar los intercambios en alianza con otros gobiernos, entidades territoriales del orden departamental y municipal, actores no gubernamentales nacionales e internacionales, organismos multilaterales, sector privado y organizaciones de la sociedad civil, entre otros.

G. Vigencia: Los intercambios en diplomacia cultural y deportiva serán ejecutados dentro de cada vigencia anual, en las fechas comprendidas entre el 1 de enero y el 30 de noviembre.

H. Planeación: El Grupo Interno de Trabajo de Gestión de Intercambios de la Dirección de Asuntos Culturales, desarrollará y actualizará los lineamientos y documentos necesarios para una adecuada planeación, en concordancia con el Sistema Integrado de Gestión y las directrices que para tal fin establezca la Oficina de Planeación y Desarrollo Organizacional del Ministerio de Relaciones Exteriores.Hoja número 6 RESOLUCIÓN NUMERO eo Continuación de la resolución «Por la cual se reglamenta la Iniciativa de Intercambios en Diplomacia Cultural y Deportiva del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones. » ARTÍCULO 6. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C, a los ‘(OSA YOLANDA VILLAVICENCIO MAPY Ministra de Relaciones Exteriores laude iaa,

en el diario oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C, a los ‘(OSA YOLANDA VILLAVICENCIO MAPY Ministra de Relaciones Exteriores laude iaa, Aprobó: Elvira de las Mercedes Sanabria Salazar - Secretaria on. Revisó: Gesar Andrés Herrera Castro - Asesor Despacho Secretaria General A Aprobó: Mauricio Jaramillo Jassir — Viceministro de Asuntos Multilaterales A) d Revisó: Álvaro Rodriquez de la Hoz — Asesor Despacho Viceministro de Asuytds Multilaterales Je Revisó: Uberney Marín Villada — Jefe Oficina Asesora Juridica Interna 4. Revisó: Maria del Pilar Salcedo Diaz — Coordinadora GIT Conceptos y Regulación Normatival Revisó: Catalina Ceballos Carriazo — Directora de Asuntos Culturales (yy Proyectó: Camilo Vizcaya Rodríguez - Coordinador GIT Gestión de Intercambios OVE

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