MINRELACIONES - Resolución 15369 de 2025
Ministerio de Relaciones Exteriores
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Detalles
- Título
- MINRELACIONES - Resolución 15369 de 2025
- Autor
- Ministerio de Relaciones Exteriores
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Migratorio
- Año
- 2025
rT. A MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES sesoución nomena 2 B Q DE 02 DIC 2025
Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores”.
EL DIRECTOR PARA EL DESARROLLO Y LA INTEGRACIÓN FRONTERIZA
ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DE LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las previstas en el artículo 208 de la Constitución Política, el literal a) del articulo 61 y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 14 y 17 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016, y CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con base en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Que según lo dispone el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los representantes legales de las entidades públicas podrán crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo. Conforme a lo dispuesto en el citado artículo, en el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 7, numeral 14 del Decreto 869 de
se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento. Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 7, numeral 14 del Decreto 869 de 2016, corresponde al Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores crear, organizar y reglamentar, mediante resolución los, grupos internos de trabajo, con el fin de desarrollar los objetivos, políticas, planes, programas y proyectos del Ministerio. Que acorde con la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, modificada por el artículo 1? del Decreto 1081 de 2025, es necesario actualizar y consolidar su estructura interna, teniendo en cuenta la creación del Viceministerio de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Internacional; Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional; y Dirección de Servicios Consulares, Vinculación de la Diáspora y Retorno.TRA I RESOLUCIÓN NUMERO ñ O Be 7 Ha O RO (amm SS loja número 2 rr” Continuación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.” Que, a través de la Resolución 7810 de 2025, se integraron y actualizaron los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Objeto. De conformidad con los cambios originados en la administración relacionados con la estructura a través del Decreto 1081 de 2025, se hace necesario actualizar la Resolución 7810 de 2025, que integra los Grupos Internos de Trabajo del
Artículo 1. Objeto. De conformidad con los cambios originados en la administración relacionados con la estructura a través del Decreto 1081 de 2025, se hace necesario actualizar la Resolución 7810 de 2025, que integra los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Esta resolución va dirigida a los servidores públicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, y es de obligatorio cumplimiento. Artículo 3. Modificar. Modifíquese el artículo 3 del Capítulo 1 de la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, el cual quedará así: “Artículo 3. Establecimiento de los Grupos Internos de Trabajo. Establézcanse los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo con la siguiente denominación y ubicación:
DEPENDENCIA GRUPO INTERNO DE TRABAJO
Jefatura de Gabinete Prensa y Comunicación Corporativa Control Interno de Gestión Política Exterior Feminista y Asuntos de Género Privilegios e Inmunidades Ceremonial Diplomático Naturalización, Renuncia y Recuperación de la Nacionalidad Consultoría para Asuntos en Derecho Internacional Tratados Asuntos ante la Corte Internacional de Justicia Divulgación y Selección para el Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular Formación y Capacitación Diplomática y Consular Gestión y Proyección Nacional e Internacional Gestión del Conocimiento, Investigación y Biblioteca Despacho del Ministro Dirección de Protocolo Dirección Asuntos Jurídicos Internacionales Dirección Academia Diplomática Dirección de Desarrollo y la Integración Fronteriza Desarrollo Fronterizo
Despacho del Ministro Dirección de Protocolo Dirección Asuntos Jurídicos Internacionales Dirección Academia Diplomática Dirección de Desarrollo y la Integración Fronteriza Desarrollo Fronterizo Integración Fronteriza Dirección de Gestión de Información y Tecnología Sistemas de información Servicios Tecnológicos Gobierno de Tecnologías de la Información Gestión y Desempeño Institucional4 RESOLUCIÓN NÚMERO > DOTA NO pe 0 2 DIC 202 Hoja número 3
Continuación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones
Exteriores.” Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional Estrategia y Proyectos Dirección de América Estados Unidos Mexicanos y Centroamérica | Caribe América del Sur Estados Unidos y Canadá Gabinetes Binacionales Asuntos con Venezuela Dirección de Europa Europa Occidental y Asuntos de la Unión Europea Europa Central, Oriental y Euro-Asía Dirección de Asia, Africa y Oceanía Asia Pacífico África, Medio Oriente y Asia Central Dirección de Soberanía Territorial Fronteras Terrestres y Cartografía Asuntos Marítimos y Aéreos Asuntos de Seguridad, Defensa y Regionales Fronterizos Dirección de Asuntos Políticos Multilaterales Desarme y No Proliferación Asuntos Institucionales ante Organismos Multilaterales | Prevención del Delito Asuntos Relacionados con las Drogas Dirección de Asuntos
Dirección de Asuntos Políticos Multilaterales Desarme y No Proliferación Asuntos Institucionales ante Organismos Multilaterales | Prevención del Delito Asuntos Relacionados con las Drogas Dirección de Asuntos Económicos, Sociales y Ambientales Asuntos Económicos Asuntos Sociales | Asuntos Ambientales Dirección de Derechos Humanos y Derecho internacional Humanitario Atención a instancias Internacionales de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario Asuntos de Protección sobre Derechos Humanos Seguimiento a los Órdenes y Recomendaciones de los Organos Internacionales en Materia de Derechos Humanos Dirección de Cooperación Internacional Cooperación Multilateral Cooperación Bilateral y Asistencia Oficial para el Desarrollo Dirección de Asuntos Culturales Cooperación Sur-Sur y Triangular Programas y Convenios de Cultura, Educación y Deporte | Gestión de Intercambios Acción Cultural UNESCO Dirección de Mecanismos de Concertación e Integración Regionales Mecanismos de Concertación Regionales | Mecanismos de Integración Regionales Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional Política y Asuntos Migratorios Visas e Inmigración Determinación de la Condición de Refugiado Determinación de la Condición de Apátrida | Dirección de Servicios Consulares, Asuntos Consulares y Cooperación Judicial Asistencia a Connacionales en el Exterior |« . . ante £ RESOLUCIÓN NÚMERO | | | | Q 02 DIC Hoja número 4
Dirección de Servicios Consulares, Asuntos Consulares y Cooperación Judicial Asistencia a Connacionales en el Exterior |« . . ante £ RESOLUCIÓN NÚMERO | | | | Q 02 DIC Hoja número 4
Continuación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones
Exteriores.” Vinculación de la Colombia Nos Une Diáspora y Retorno Pasaportes Sede Norte Pasaportes Sede Centro Apostilla y Legalización Viceministerio de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Apoyo Jurídico Internacional Estadística Consular y Análisis de Datos Administración de Personal Carreras Diplomática y Administrativa Dirección de Talento Bienestar, Capacitación, Seguridad y Salud en el Trabajo Humano Nómina Prestaciones sociales : Tiquetes y Viáticos > Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores Servicios al Exterior Financiero Dirección Almacén Administrativa y Archi Financiera pe NO ~~ - Servicios Administrativos | Mantenimiento Transporte Asuntos Legales Conceptos y Regulación Normativa Acciones Constitucionales Licitaciones y Contratos Centro Integral de Atención y Relación con la Ciudadanía Oficina Asesora Jurídica Interna Secretaria General Artículo 4. Modificar. Modifiquese el artículo 24 de la Sección 7, y las secciones 18 a 25 del Capítulo 2, de la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, las cuales quedarán asi: “Sección 7
Artículo 4. Modificar. Modifiquese el artículo 24 de la Sección 7, y las secciones 18 a 25 del Capítulo 2, de la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, las cuales quedarán asi: “Sección 7 OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN Y DESARROLLO ORGANIZACIONAL Artículo 24. Grupo Interno de Trabajo Estrategia y Proyectos. Corresponde al Grupo Interno de Trabajo Estrategia y Proyectos, adscrito a la Oficina Asesora de Planeación y Desarrollo Organizacional, ejercer las siguientes funciones:
1. Asesorar la formulación, ejecución y seguimiento del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, de acuerdo con las políticas de gestión y desempeño institucional asignadas por el jefe inmediato.
2. Asesorar la definición de metodologías, instrumentos y cronogramas para laContinuación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.” formulación, ejecución y seguimiento de los planes, programas y proyectos de la entidad.
3. Estructurar y elaborar los informes de gestión del sector.
4. Operar el banco de proyectos de inversión del sector.
5. Preparar y consolidar el anteproyecto de presupuesto, así como la programación plurianual del presupuesto de funcionamiento y de inversión del
Sector de Relaciones Exteriores.
6. Administrar las herramientas de seguimiento del Plan Nacional de Desarrollo, Plan Sectorial, Plan Estratégico Institucional y demás planes del sector.
7. Programar y preparar los insumos del Comité Institucional de Gestión y
Desempeño.
6. Administrar las herramientas de seguimiento del Plan Nacional de Desarrollo, Plan Sectorial, Plan Estratégico Institucional y demás planes del sector.
7. Programar y preparar los insumos del Comité Institucional de Gestión y
Desempeño.
8. Programar y preparar los insumos del Comité Sectorial de Gestión y
Desempeño.
9. Asesorar la implementación de la estrategia digital y los estándares para la publicación y divulgación. 10.Coordinar la formulación, diseño e implementación del Programa de Transparencia y Etica Pública (PTEP) 11.Administrar la herramienta para el seguimiento de los documentos CONPES y realizar seguimiento a las acciones de responsabilidad del Sector de Relaciones Exteriores. 12.Realizar seguimiento a los compromisos asumidos por el sector ante la Presidencia de la República y demás entidades del Gobierno nacional. 13.Liderar la implementación y seguimiento de la Ley de Protección de Datos Personales en el Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio. 14.Preparar los insumos para la atención y respuesta de los derechos de petición, quejas y reclamos, solicitudes de información, solicitudes internas y requerimientos de entes de control y entidades rectoras de políticas. 15.Remitir oportunamente los insumos y pruebas para la respuesta de las acciones de tutela sobre los temas a su cargo que sean solicitados por el Grupo Interno de Trabajo de Acciones Constitucionales. 16.Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo y conservación. 17.Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.RESOLUCION mend A 4 a Q pe 0 2 DIC 202 Hoja numero 6 i at
conservación. 17.Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.RESOLUCION mend A 4 a Q pe 0 2 DIC 202 Hoja numero 6 i at Continuación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.” Sección 18 DIRECCIÓN DE POLÍTICA, ASUNTOS MIGRATORIOS Y PROTECCIÓN INTERNACIONAL Artículo 57. Grupo Interno de Trabajo de Política y Asuntos Migratorios. Corresponde al Grupo Interno de Trabajo de Política y Asuntos Migratorios, adscrito a la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional, ejercer las siguientes funciones:
1. Asesorar a la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional, y por su intermedio al Viceministro de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Internacional, y al ministro, en la formulación, articulación, ejecución y evaluación de la Ley 2136 de 2021, en materia de política integral migratoria del Estado colombiano y de su implementación en el campo de la política exterior.
2. Elaborar por instrucción de la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional, los documentos o conceptos necesarios para definir la posición del Estado colombiano en los foros multilaterales, mecanismos regionales y/o bilaterales en temas migratorios.
3. Asesorar a la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional, en coordinación con otras entidades competentes del orden nacional, en la elaboración y presentación de propuestas en foros
regionales y/o bilaterales en temas migratorios.
3. Asesorar a la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional, en coordinación con otras entidades competentes del orden nacional, en la elaboración y presentación de propuestas en foros multilaterales, mecanismos regionales y/o bilaterales relacionados con la política migratoria, en concordancia con el ordenamiento jurídico interno.
4. Realizar el seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas en los foros multilaterales, mecanismos regionales y/o bilaterales relacionados con la política migratoria y evaluar su impacto frente a los intereses nacionales, emitir los informes correspondientes y coordinar la implementación de dichas medidas a nivel nacional, en armonía con los estándares internacionales en materia migratoria.
5. Realizar el seguimiento de los compromisos del Estado colombiano en materia migratoria a nivel multilateral, regional y/o bilateral.
6. Acompañar las reuniones y encuentros, así como la negociación de instrumentos que se surtan a nivel multilateral, regional y/o bilateral en materia migratoria.
7. Asesorar a la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional en los asuntos de su competencia.
8. Coordinar con los demás grupos internos de trabajo de la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional, la recopilación de insumos necesarios para atender las solicitudes de información o de otra or Dn DESTE ZAS Se AAARESOLUCION NUMERO pe 0 2 DIC 202Hoja número 7
Continuación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones
Exteriores.”
Continuación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.” índole respecto a temas migratorios.
9. Generar mecanismos de articulación con las diferentes direcciones y grupos internos de trabajo al interior del Ministerio de Relaciones Exteriores para promover una respuesta conjunta y armonizada e institucional en materia de política integral migratoria. 10.Apoyar a la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional en las respuestas a proposiciones y derechos de petición elevados por Congresistas con relación a asuntos migratorios, sin perjuicio de los insumos y obligaciones que correspondan a otras áreas competentes. 11.Atender, asesorar y resolver las solicitudes de los usuarios en temas a cargo dei grupo interno de trabajo. 12.Remitir oportunamente los insumos y pruebas para la respuesta de las acciones de tutela sobre los temas a su cargo que sean solicitados por el
Grupo Interno de Trabajo de Acciones Constitucionales
13. Participar cuando lo disponga la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional en los comités y comisiones de los que sea parte la
Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional.
14. Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional Intersectorial de Migraciones y del Sistema Nacional de Migraciones. 15.Participar en las mesas migratorias y otras instancias de coordinación interinstitucional, del nivel nacional y territorial, en el desarrollo e implementación de la política integral migratoria.
16. Acompañar, cuando se requiera, a la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Presidencial de
interinstitucional, del nivel nacional y territorial, en el desarrollo e implementación de la política integral migratoria.
16. Acompañar, cuando se requiera, a la Dirección de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia (APC), en la gestión de cooperación internacional para implementación de la política integral migratoria. 17.Responder los derechos de petición relativos a los asuntos de competencia del grupo interno de trabajo. 18.Remitir oportunamente los insumos y pruebas para la respuesta de las acciones de tutela sobre los temas a su cargo que sean solicitados por el Grupo Interno de Trabajo de Acciones Constitucionales. 19.Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo, conservación, y respeto a los principios de reserva y confidencialidad. 20.Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.
Artículo 58. Grupo Interno de Trabajo Visas e Inmigración. Corresponde al Grupo4 RESOLUCION NUMERO! pe 0 2 DIC 202 Hoja número 8
Continuación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.” Interno de Trabajo Visas e Inmigración, adscrito a la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacionai, ejercer las siguientes funciones:
1. Estudiar, tramitar y resolver las solicitudes de visas y decidir sobre la expedición, terminación y cancelación, de acuerdo con la normatividad y procedimientos vigentes sobre la materia.
Migratorios y Protección Internacionai, ejercer las siguientes funciones:
1. Estudiar, tramitar y resolver las solicitudes de visas y decidir sobre la expedición, terminación y cancelación, de acuerdo con la normatividad y procedimientos vigentes sobre la materia.
2. Participar en las reuniones y hacer seguimiento a los compromisos internacionales que tengan incidencia en el tema migratorio común.
3. Orientar los pronunciamientos respecto a solicitudes de visas presentadas ante las oficinas consulares de Colombia acreditadas en el exterior, de acuerdo con la normatividad y procedimientos vigentes sobre la materia.
4. Instruir a las misiones diplomáticas y oficinas consulares de Colombia acreditadas en el exterior, en el fiel cumplimiento de las normas y procedimientos sobre expedición de visas.
5. Proponer programas y proyectos que permitan innovar los procedimientos en busca de la agilización y excelencia en la prestación del servicio de visas.
6. Mantener comunicación permanente con las autoridades nacionales en los asuntos de su competencia y coordinar acciones de acuerdo con las instrucciones de la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección
Internacional. N Elaborar informes sobre expedición de visas, cuando corresponda, así como informes sobre recaudos en la plataforma SITAC.
8. Elaborar para consideración de las directivas los proyectos de normas relativos a trámites y procedimientos de visas.
9. Participar en la definición, ejecución, seguimiento y evaluación de políticas, planes y programas relacionados con los temas de su competencia.
10. Responder los derechos de petición relativos a los asuntos de competencia del grupo interno de trabajo.
11. Remitir oportunamente los insumos y pruebas para la respuesta de las acciones de tutela sobre los temas a su cargo que sean solicitados por el
10. Responder los derechos de petición relativos a los asuntos de competencia del grupo interno de trabajo.
11. Remitir oportunamente los insumos y pruebas para la respuesta de las acciones de tutela sobre los temas a su cargo que sean solicitados por el
Grupo Interno de Trabajo de Acciones Constitucionales.
12. Presentar los informes que sean requeridos por el Viceministro de Asuntos Migratorios, Consulares y Protección Internacional, el Director de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional, los organismos de control y demás entidades, relacionados con las funciones asignadas al grupo interno de trabajo.
13. Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo, conservación, y respeto a los principios de reserva y confidencialidad.° RESOLUCION NUMERO 02 DIC Uf bia número 9
Continuación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones
Exteriores.”
14. Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.
Artículo 59. Grupo Interno de Trabajo para la Determinación de la Condición de Refugiado. Corresponde al Grupo Interno de Trabajo para la Determinación de la Condición de Refugiado, adscrito a la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección internacional, ejercer las siguientes funciones:
1. Recibir las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado y demás asuntos relacionados con refugio que cumplan con los requisitos legales de acuerdo con el procedimiento reglamentado por el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
1. Recibir las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado y demás asuntos relacionados con refugio que cumplan con los requisitos legales de acuerdo con el procedimiento reglamentado por el Ministerio de Relaciones
Exteriores.
2. Estudiar y gestionar las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado y demás asuntos relacionados con refugio de conformidad con el procedimiento reglamentado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
3. Realizar las entrevistas a los solicitantes de reconocimiento de la condición de refugiado de acuerdo con el procedimiento reglamentado por el Ministerio
de Relaciones Exteriores.
4. Elaborar los actos administrativos relacionados con el procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado y demás asuntos relacionados con refugio de acuerdo con el procedimiento reglamentado por el Ministerio
de Relaciones Exteriores.
5. Realizar los requerimientos de información necesarios para el estudio de las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado a las autoridades nacionales de seguridad o a las autoridades extranjeras, a través de las misiones diplomáticas o consulares de Colombia en el exterior, tomando las medidas necesarias para salvaguardar la seguridad y confidencialidad de los solicitantes.
6. Tramitar ante la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia la expedición o prórroga de salvoconductos de permanencia a los solicitantes de la condición de refugiado, una vez su solicitud haya sido admitida para estudio.
7. Proyectar los actos administrativos que resuelven los recursos de reposición presentados contra las decisiones del Director de Política, Asuntos
Migratorios y Protección Internacional.
8. Elaborar documentos de análisis de las solicitudes de reconocimiento de la
estudio.
7. Proyectar los actos administrativos que resuelven los recursos de reposición presentados contra las decisiones del Director de Política, Asuntos
Migratorios y Protección Internacional.
8. Elaborar documentos de análisis de las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado y demás asuntos relacionados con refugio.
9. Notificar los actos administrativos que sean de su competencia conforme al procedimiento reglamentado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. 10.Realizar capacitaciones sobre el procedimiento para el reconocimiento de la“Sond x . 95 Dan RESOLUCIÓN sour | ‘ a pe 0 2 DIC 202 Hoja número 10
$ Saad S ES A TAZA Continuación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de 2025, "Por la cual se integran y actualizan los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.” condición de refugiado con autoridades locales y departamentales que tengan contacto con solicitantes de refugio. 11.Coordinar con entidades del orden nacional sobre los temas necesarios para garantizar el acceso a derechos de los solicitantes de la condición de refugiado. 12.Administrar y mantener actualizada la base de datos estadísticos sobre refugio.
13. Responder los derechos de petición relativos a los asuntos de competencia del Grupo Interno de Trabajo. 14.Remitir oportunamente los insumos y pruebas para la respuesta de las acciones de tutela sobre los temas a su cargo que sean solicitados por el
Grupo Interno de Trabajo de Acciones Constitucionales.
15. Comunicar a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, al Grupo Interno de Trabajo de Pasaportes y al Grupo Interno de Trabajo de Visas e
Grupo Interno de Trabajo de Acciones Constitucionales.
15. Comunicar a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, al Grupo Interno de Trabajo de Pasaportes y al Grupo Interno de Trabajo de Visas e Inmigración de este Ministerio las decisiones definitivas sobre las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado y aquellas que decidan sobre el estatuto de protección como persona refugiada. 16.Apoyar a la Secretaría Técnica de la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado en la realización de las siguientes funciones: 16.1. Convocatoria y celebración de las sesiones y de las reuniones virtuales de la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado. 16.2. Preparación del orden del día y elaboración de las actas de cada sesión. 16.3. Difusión de los documentos generados por la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado. 16.4. Elaboración de las comunicaciones que la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado solicite enviar a terceros en desarrollo de sus funciones. 17.Mantener diálogo permanente con la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados — ACNUR para asegurar que la colaboración con la Agencia se enmarque en las directrices de la política de protección internacional del país. | 18.Atender las jornadas de actualización convocadas por ACNUR sobre los temas relacionados con refugio. 19.Participar en los encuentros de orden regional e internacional que se realicen para tratar temas relacionados con refugio. 20.Estudiar los proyectos de ley, decretos o resoluciones y medidas especiales relacionadas con refugio.
19.Participar en los encuentros de orden regional e internacional que se realicen para tratar temas relacionados con refugio. 20.Estudiar los proyectos de ley, decretos o resoluciones y medidas especiales relacionadas con refugio. 21.Proyectar conceptos en materia de refugio.RESOLUCION NUMERO | | ) | | Ou DIC 202 Hoja número 11 Contin 2025, uación de la Resolución: Por la cual se actualiza y adiciona a la Resolución 7810 del 7 de julio de "Por la cual se integran y actualizan los Grupos Internos de Trabajo del Ministerio de Relaciones Exteriores.”
22. Coordinar las acciones y actividades tendientes a la aplicación de los instrumentos internacionales en materia de refugio en Colombia. 23.Mantener actualizada y sistematizada la documentación relativa a los asuntos relacionados con el grupo de trabajo y velar por su correcto archivo, conservación, y respeto a los principios de reserva y confidencialidad. 24.Las demás que le asigne la Comisión Asesora para la Determinación de la Condición de Refugiado o el órgano que hagas sus veces y que por su naturaleza le correspondan. 25.Las demás que le sean asignadas y que por su naturaleza sean afines con las descritas anteriormente.
Artículo 60. Grupo Interno de Trabajo para la Determinación de la Condición de Apátrida. Corresponde al Grupo Interno de Trabajo Determinación de la Condición de Apátrida, adscrito a la Dirección de Política, Asuntos Migratorios y Protección Internacional, ejercer las siguientes funciones: %. Recibir las solicitudes de reconocimiento de la condición de apátrida que cumplan con los requisitos legales, de acuerdo con el procedimiento reglamentado por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
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