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MINRELACIONES - Resolución 2127 de 2022

Ministerio de Relaciones Exteriores

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Detalles

Título
MINRELACIONES - Resolución 2127 de 2022
Autor
Ministerio de Relaciones Exteriores
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Migratorio
Año
2022

m E II / -6 ENEO RESOLUCIÓN NUMERO: .. eJ 2 DE _ Por la cual se modifican los artículos 4,16, 17, 18, 20, 22, 24 y 26 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021 LA MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, el numeral 3 del artículo 59 y el artículo 61 de la Ley 489 de 1998, los artículos 18 y 21 del Decreto-Ley 274 de 2000 y el numeral 17 del artículo 7 del Decreto 869 de 2016, y

CONSIDERANDO

Que la Carrera Diplomática y Consular es una carrera especial jerarquizada que regula el ingreso, ascenso, permanencia y retiro de los funcionarios pertenecientes a la misma, y cuya administración y vigilancia están a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con el artículo 13 del Decreto-Ley 274 de 2000. Que el ingreso a la Carrera Diplomática y Consular se efectúa exclusivamente por concurso público de méritos abierto, en la categoría de Tercer Secretario, previa aprobación del Curso de Capacitación Diplomática y Consular, de acuerdo con el artículo 14 del Decreto-Ley 274 de 2000. Que la convocatoria al concurso público se debe llevar a cabo anualmente mediante resolución expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, de conformidad con los artículos 17 y 18 del Decreto-Ley 274 de 2000. Que el Ministerio de Relaciones Exteriores expidió la Resolución 3898 del 11 de

agosto de 2021, mediante la cual convocó al Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2023. Que, con el fin de garantizar el principio de publicidad, permitir un mayor tiempo de divulgación al público y lograr mayor participación en el Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular, se expidió la Resolución 5016 del 23 de septiembre de 2021, mediante la cual se modificaron los artículos 4,5,10,15,16,17,18,20 y 22 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021. Que el Ministerio de Relaciones Exteriores dio apertura al proceso contractual de mínima cuantía MC 019 de 2021 a fin de satisfacer la necesidad derivada de la “Prestación de servicios para calificar, registrar las notas en la plataforma de la Cancillería y revisar la prueba escrita en español para el Concurso de Ingreso a la A e FO e

RESOLUCIÓN NUMERO._ .

IT DE E EXNC 9097 Hoja número 2 [ r 4 Continuación de la Resolución «Por la cual se modifican los artículos 4,16, 17, 18, 20, 22, 24 y 26 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021» Carrera Diplomática y Consular para el año 2023” el cual fue declarado desierto mediante el Acto Administrativo de Declaratoria de Desierto expedido el 17 de diciembre de 2021 por el Director Administrativo y Financiero del Ministerio de Relaciones Exteriores. Que con el fin de continuar con el desarrollo del concurso del ingreso a la Carrera Diplomática y Consular para el año 2023, y garantizar el cumplimiento de los

principios de legalidad, transparencia y publicidad, es necesario modificar el cronograma establecido, mediante Resolución 3898 de 2021 y modificado mediante Resolución 5016 de 2021. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Modificar el artículo 4 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021, el cual quedará asií: Artículo 4. Cronograma. El Concurso de Ingreso a la Carrera Diplomática y Consular del año 2023, se desarrollará de acuerdo con la siguiente programación: FECHA ACTIVIDAD Inscrinciones revisión de Lunes 8 de noviembre al L , miércoles 17 de documentos noviembre de 2021 Publicación de la lista de admitidos a Viernes 19 de noviembre presentar pruebas de conocimiento de 2021 Presentación de pruebas de Sábado 18 de diciembre conocimiento de 2021 Publicación de resultados de las Lunes 21 de febrero de pruebas de conocimiento 2022 Solicitud de revisión de puntajes de Martes 22 y miércoles 23 las pruebas de conocimiento de febrero de 2022 Publicación de resultados finales de Lunes 14 de marzo de la Fase | y del listado de admitidos a 2022 prueba psicotécnica y entrevista Presentación de la prueba Miércoles 23 de marzo de psicotécnica 2022 7 ¿GE S11 d T y . E m ñ RESOLUCIÓN NUMERO E Y — E DE _ R E'JE ?_ÍL?2ljoja número 3 Continuación de la Resolución «Por la cual se modifican los artículos 4,16, 17, 18, 20, 22, 24 y 26 de la Resolución 3898

del 11 de agosto de 2021» Lunes 4 de abril al martes Presentación de entrevistas 19 de abril de 2022 Publicación de resultados de las pruebas de la Fase l|l y de la lista de | Viernes 22 de abril de admitidos al Curso de Capacitación | 2022 Diplomática y Consular 2022 Confirmación de los aspirantes sobre su participación en el Curso de | Lunes 25 de abril al Capacitación Diplomática y Consular | martes 26 de abril de 2022 2022 Parágrafo. En concordancia con el artículo 17 del Decreto — Ley 274 de 2000, la Academia Diplomática podrá ajustar las fechas dispuestas en el cronograma, previo aviso oportuno a los interesados. Artículo 2. Modificar el artículo 16 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021, el cual quedará así: Artículo 16. Publicación de resultados de la Fase | (pruebas de conocimiento). Los resultados de las pruebas de conocimiento se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web de la Cancillería: www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica, el lunes 21 de febrero de 2022. Artículo 3. Modificar el artículo 17 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021, el cual quedará así: Artículo 17. Revisión de los puntajes de las pruebas de conocimiento. Los aspirantes podrán solicitar la revisión del puntaje obtenido en las pruebas de conocimiento. La revisión consistirá en la relectura óptica de las hojas de respuesta para las pruebas de Colombia y Contexto Internacional y la relectura de los textos de la prueba de Español por el calificador.

La solicitud de revisión se debe formular mediante comunicación dirigida a la Academia Diplomática, al correo concursoacademia(Dcancilleria.gov.co el día martes 22 y miércoles 23 de febrero de 2022. Contra el resultado de dicha revisión no procede recurso alguno. Artículo 4. Modificar el artículo 18 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021, el cual quedará así: Artículo 18. Publicación de resultados finales de la Fase | y del listado de aspirantes admitidos a entrevista y prueba psicotécnica. Los resultados finales de las pruebas de conocimiento se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web — ; EO º' 6 ENC IN RESOLUCIÓN NUMERO - m Hoja número 4 T7 D = p — Continuación de la Resolución «Por la cual se modifican los artículos 4,16, 17, 18, 20, 22, 24 y 26 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021» www.cancilleria.dov.co/academia-diplomatica, el lunes 14 de marzo de 2022, junto con la lista de admitidos a presentar entrevista. Parágrafo. La lista de admitidos a presentar entrevista y prueba psicotécnica estará conformada por aquellos aspirantes que hayan alcanzado o superado el porcentaje al que hace referencia el artículo 14 de la presente resolución. Artículo 5. Modificar el artículo 20 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021, el cual quedará así: Artículo 20. Prueba Psicotécnica. Es un instrumento que permite medir, diferenciar y valorar tanto las habilidades cognitivas como los rasgos de

personalidad del aspirante, de acuerdo con el perfil esperado para el futuro funcionario de la Carrera Diplomática y Consular de la República. Esta prueba busca determinar la idoneidad o aptitud del aspirante con miras a ingresar a la Carrera Diplomática y Consular. Parágrafo. A elección de la Academia Diplomática, la prueba psicotécnica podrá llevarse a cabo de manera presencial o virtual, previo aviso oportuno a los aspirantes. La prueba tendrá lugar el día miércoles 23 de marzo de 2022. Artículo 6. Modificar el artículo 22 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021, el cual quedará así: Artículo 22. Lugar y fecha de la entrevista. La entrevista se realizará en Bogotá D.C., en las instalaciones de la Academia Diplomática Augusto Ramírez Ocampo del lunes 4 de abril al martes 19 de abril de 2022. El horario de la entrevista se publicará oportunamente en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web www.cancilleria.gov.co/academiadiplomatica Artículo 7. Modificar el artículo 24 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021, el cual quedará así: Artículo 24. Publicación de resultados de la Fase ll y lista de admitidos al Curso de Capacitación Diplomática y Consular. Los resultados de la Fase || y la lista de aspirantes admitidos al Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2022 se publicarán en la cartelera de la Academia Diplomática y en la página web www.cancilleria.gov.co/academia-diplomatica el viernes 22 de abril de 2022. Contra la lista de admitidos no procede recurso

alguno. Artículo 8. Modificar el artículo 26 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021, el cual quedará así: Artículo 26. Confirmación. Los aspirantes seleccionados deberán confirmar, mediante escrito entregado en la Academia Diplomática o remitido al correo concursoacademia(Dcancilleria.gov.co, su participación en el

N Fe H 3€ z ¿ 7 E A RESOLUCIÓN NUMERO +7 _“ — =5 =» DE - 5 ENE 207 Moja número 5

Continuación de la Resolución «Por la cual se modifican los artículos 4, 16, 17, 18, 20, 22, 24 y 26 de la Resolución 3898 del 11 de agosto de 2021» Curso de Capacitación Diplomática y Consular 2022, entre el lunes 25 de abril y el martes 26 de abril de 2022. Parágrafo. Si un aspirante seleccionado no confirma su participación dentro del plazo establecido, será convocado el siguiente aspirante en estricto orden descendente, de acuerdo con el puntaje obtenido, siempre que haya cumplido los requisitos y alcanzado los puntajes mínimos establecidos en el artículo 14 de la presente resolución. En este caso, el nuevo aspirante tendrá tres (3) días hábiles para confirmar su participación, a partir del día siguiente a la comunicación en la que se informe de su selección. De no cumplir este plazo, se procederá de igual manera con el siguiente aspirante en orden descendente. Artículo 9. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica los artículos 4, 16, 17, 18, 20, 22, 24 y 26 de la Resolución 3898 del 11 de

agosto de 2021.

PUBLÍQUESE Y CÓÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a | M —

MARTHA LUCÍA RAMÍREZ BLANCO

MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES

Aprobó: Luis Gabriel Fernández Franco Secretario General : f Revisó: Rubén Darío Useche Cárdenas Director de la Academig Diplomática Revisó Solangel Ortiz Mejía Jefe Oficina Asesora Jurídica Intern Y" - Revisó: John Alexander Serrano Bohórguez ' Coordinador G.I.T. de Conceptos y Regulación Normativa?r — Revisó: Martha Patricia Medina González Coordinadora - G.I.T. Selección y Capacitación para el Servicio Exterior Proyectó: Santiago José Rodríguez Burgos. Tercer Secretario - G.I.T. Selección y Capacitación para el Servicio Exterior

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