MINSALUD - Circular Externa 020 de 2025

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Circular Externa 020 de 2025
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2025

Sa It id

CIRCULAR EXTERNA No.

PARA:

DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL ASUNTO: 0 6 JUN 2025

FECHA: Pásina I 1

INSTRUCCIONES PARA EL REPORTE DE INFORMACIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE AFILIADOS - RUAF. Y PARA EL RECAUDO DE

APORTES AL SISTEMA DE PROTECCIÓN SOCIAL INTEGRAL PARA LA VEJEZ. INVALIDEZ Y MUERTE DE ORIGEN COMÚN A TRAVÉS DE LA PLANILLA INTEGRADA DE LIQUIDACIÓN DE APORTESPILA, EN CUMPLIMIENTO DE LA LEY 2381 DE 2024

CODIGO

230205 230305_____ 230905_____ 231005 142305

........ NOMBRE DE ENTIDAD PROTECCION ’ PORVENIR ’ .................. ~ SKANDIA ~ ..............

COLFONDOS POSITIVA COMPAÑIA DE SEGUROS El Ministerio de Salud y Protección Social en el marco de sus funciones establecidas en el numeral 23 del articulo 2o y numeral 12 del artículo 6C del Decreto Ley 4107 de 2011, se permite impartir las siguientes instrucciones para el reporte de información en el Registró Único de Afiliados - RUAF, y para el recaudo de aportes al Sistema de Protección Social Integral para la Vejez. Invalidez y Muerte de Origen Común a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, en cumplimiento de la Ley 2381 de 2024. Que. la Resolución 862 de 2025 "Por la cual se modifica la Resolución 1056 de 2015 en relación con el Anexo Técnico 1. Afiliados a Fondos de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en

Que. la Resolución 862 de 2025 "Por la cual se modifica la Resolución 1056 de 2015 en relación con el Anexo Técnico 1. Afiliados a Fondos de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones del Registro Único de Afiliados - RUAF y el Anexo Técnico 4. Pagadores de Pensiones: Subsistema de Seguridad Social en Pensiones, y se adiciona un anexo técnico para el repode de la información de afiliados a pensiones en régimen de Transición", señala en su articulo cuarto que este Ministerio informará los códigos de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual — ACCAI y de Colpensiones para el reporte de información en materia pensional. Mediante la Ley 2381 de 2024, se establece el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común y se dictan otras disposiciones. En su artículo 75. se determina que las personas que, a la entrada en vigencia del sistema (1o de julio de 2025), cuenten con setecientas cincuenta (750) semanas cotizadas para las mujeres y novecientas (900) semanas cotizadas para los hombres, continuarán aplicándose en su totalidad la Ley 100 de 1993 y las normas que la modifiquen o sustituyan. Por lo anterior, y en atención a la comunicación enviada por la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantía - ASOFONDOS mediante radicado número 2025423001335432. con el fin de identificar en el Registro Único de Afiliados - RUAF a las personas a las que no les aplica la transición prevista en el artículo 75 de la Ley 2381 de 2024, las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual - ACCAI deberán

personas a las que no les aplica la transición prevista en el artículo 75 de la Ley 2381 de 2024, las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual - ACCAI deberán reportar las personas vinculadas a este componente bajo los siguientes códigos: □0000020

APORTANTES. ENTIDADES ADMINISTRADORAS Y PAGADORAS

DE PENSIONES Y OPERADORES DE INFORMACIÓN DE LA PLANILLA INTEGRADA DE LIQUIDACIÓN DE APORTES - PILA3300020 0 6 JUN 2025

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C.. a los o 6 JUN 2025 ’t I;,,. Ir • Página | 2 V Salud

___________ NOMBRE DE ENTIDAD

COLPENSIONES |_____ CODIGO | 2514 .........

Por tanto, los Operadores de Información autorizados para el recaudo de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA deberán ajustar sus plataformas tecnológicas para permitir el reporte de estos códigos en los pagos que realicen los aportantes a partir del Io de agosto de 2025, correspondiente al período de cotización a pensiones del mes de julio de 2025. Asimismo, se requiere que. para el pago de aportes de las personas a las que les aplica el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte de Origen Común, los aportantes y pagadores de pensiones reporten en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA estos mismos códigos. De igual manera, se precisa que COLPENSIONES. como Administradora del Componente de Prima Media, mediante comunicación radicada con el número 2025424001500152. manifestó a

  • PILA estos mismos códigos.

De igual manera, se precisa que COLPENSIONES. como Administradora del Componente de Prima Media, mediante comunicación radicada con el número 2025424001500152. manifestó a este Ministerio que para el recaudo de aportes correspondientes a la Ley 2381 de 2024, no requiere de un nuevo código dada la naturaleza de los aportes que recibirá, motivo por el cual seguirá utilizando el siguiente: GUILLERMO ALFONSO^JARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de S^lud y Protección Social Vo 3o. ¿f l Vicornifustro do Protección Social. Dirección do Regulación do la Operación del Asoguraimonto on Salud «Riosgos Laborales y Ponsione^Z/P-''" Jeto Oficina do Tecnología do la Inlorniación y la Comunicación. X. Director Jurídico (E), Rodolfo Enrique Salas Figuotoo7i-~ j A

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