MINSALUD - Circular Externa 5 de 2017
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Circular Externa 5 de 2017
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2017
~;~;y~:~,; MINSALUD 0 OO 5
CIRCULAR EXTERNA No. {) Ü
Para: Prestadores de Servicios de Salud De: Ministro de Salud y Protección Social Asunto: Inicio de operación de la plataforma para el reporte de la atención en salud brindada a víctimas de accidentes de tránsito
Fecha: 3 O ENE2 017
El Ministro de Salud y Protección Social, en el marco del Decreto 4107 de 2011 que le asigna funciones de rectoría y orientación y con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en la Resolución 3823 del 24 de agosto de 2016, mediante la cual se estableció el mecanismo para que los prestadores de servicios de salud efectúen el reporte de la atención en salud brindada a las víctimas de accidentes de tránsito, informa a los prestadores de servicios de salud lo siguiente: El artículo 11 de la precitada resolución estableció un término de cinco (5) meses a partir de su entrada en vigencia para que las compañías aseguradoras autorizadas para operar el SOAT dispusieran del sistema de información centralizado, momento a partir del cual se haría exigible el cumplimiento de la obligación de reporte por parte de los prestadores de servicios de salud. En cumplimiento de dicha norma y de lo señalado en los artículos 3 y 4 de la Resolución 3823 de 2016, las compañías aseguradoras autorizadas para operar el SOAT desarrollaron el Sistema de Información de Reporte de Atenciones en Salud a víctimas de accidentes de tránsito -SIRAS, el cual inició operación el 25 de enero de
2017, por lo que a partir de esta fecha se hace exigible la obligación de los prestadores de servicios de salud, de informar las atenciones en salud brindadas a las víctimas de accidentes de tránsito, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al inicio de la atención. Para efectos del reporte de esta información, los prestadores de servicios de salud deben acceder a la página web www.siras.com.co e ingresar al módulo IPS, utilizando el usuario y contraseña asignado a cada prestador, los cuales se enviaron desde dicha plataforma a la dirección de correo electrónico registrada por el prestador en la base de datos del Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud - REPS. ('qr era 11 No.32-76 - Código Postal 110311 Bogotá C 1')
Teléfono: (57-1)3305000 fnea gratuita 018000952525 Fax (57 1) 330:050 www , ,, IJd gov co @MINSALUD Los requerimientos que puedan presentarse en la transmisión de la información, serán atendidos por las compañías aseguradoras autorizadas para operar el SOAT, en los canales dispuestos en la página web.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
30f~W2017 Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
Teléfono: (57-1)3305000 Linea gratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 www minsalud gov.co