MINSALUD - Resolución 1151 de 2022
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 1151 de 2022
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2022
República de Colombia
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
.1151 RESOLUCIÓN NÚMERO ,,· " DE 2022 t 1 JUL2 022 ( ) Por la cual se modifica la Resolución 754 de 2021 en el sentido de sustituir su Anexo Técnico No. 1 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades, en especial las conferidas en el artículo 23 de la Ley 1562 de 2012, y CONSIDERANDO Que el artículo 23 de la Ley 1562 de 2012 facultó a este Ministerio para definir el procedimiento y los requisitos para el otorgamiento y renovación de las licencias en salud ocupacional, hoy de Seguridad y Salud en el Trabajo, a las personas naturales y jurídicas, incluyendo requisitos, experiencia, campo de acción de acuerdo con su profesión, cobertura nacional y departamental, formación académica y vigencia de la licencia. Que, en tal sentido, este Ministerio expidió la Resolución 754 de 2021 a través de la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para la expedición y renovación de la Licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo, disponiendo, entre otros aspectos, la derogatoria de la Resolución 4502 de 2012; vencido el plazo de seis (6) meses contados a partir de la fecha en que este Ministerio disponga de la herramienta tecnológica que permitirá a las secretarias departamentales y distritales de salud o a las entidades que hagan sus veces, gestionar la expedición y renovación de las citadas licencias, previa verificación del cumplimiento de los requisitos y del procedimiento que allí determinó este Ministerio.
Que, atendiendo a las facultades otorgadas, en el parágrafo del artículo 12 ibídem se definieron los campos de acción como: "/as áreas del ejercicio de la seguridad y salud en el trabajo que se otorgan en la correspondiente licencia, de conformidad con el perfil de formación académico presentado en la solicitud.". Que, en su Anexo Técnico No. 1. "CAMPOS DE ACCIÓN PARA PERSONAS NATURALES" se establecieron campos de acción por nivel y perfil de formación académica en seguridad y salud en el trabajo, definiendo en el perfil de profesional, los siguientes: i) higiene industrial, cuando lo acredite en su formación, ii) seguridad industrial, cuando lo acredite en su formación, íii) investigación de accidentes de trabajo, iv) educación, v) capacitación y, vi) diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo. Que teniendo en cuenta que la investigación de la enfermedad laboral e investigación en área técnica resultan relevantes en materia de diseño e implementación de los sistemas de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, se hace necesario incorporarlos a los campos de acción en los que las personas naturales. pueden ·ejercerla licencia de Seguridad y Salud en el Trabajo. 1 2022 1151 , : JUL RESOLUCIÓN ,No, DE 2022 Ho ¡•a No . 2 d e 4 JContinuación de la resolución "Por la cual se modifica la Resolución 754 de 2021 en el sentido de sustituir su Anexo'Técnico No. 1" En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Modificar la Resolución 754 de 2021, el sentido de sustituir el Anexo
Técnico No. 1: "CAMPOS QE ACCIÓN PARA PERSONA NATURALES", por el que hace parte integral del presente acto administrativo. Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C., a los •- 1 2022. 8,A .
Aprobó: • Viceministra de Protección Social ,._.,...,.J ~ Director de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Pensiones y Riesgos Laborale Director de Prest\ti¡ª Servicios y Ate.n ción Primaria,q~ Directora Jurídica . . - 1 JUL2 022
1151 RESOLUCIÓN No., . DE 2022 Hoja No. 3 de 4 Continuaciónd e la resolución" Porl a cual se modifical a Resolución7 54 de 2021 en el sentidod e sustituirs u Anexo Técnico No. 1"
ANEXO TÉCNICO No. 1
CAMPOS DE ACCION PARA PERSONAS NATURALES Perfil Campo de acción
1. Profesional en medicina especialista en 1.1 Medicina del trabajo o en Seguriclad y Salud en el medicina del trabajo o en seguridad y Trabajo salud en el trabajo. • 1.2 Investigación en área técnica. • 1.3 lnvesiigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
1.4 Educación 1.5 Capacitación 1.6 Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seauridad v Salud en el Trabaio
2. Profesional en psicología especialista 2.1. Psicología en seguridad y salud en el trabajo o su
en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente. equivalente. 2.2. Investigación en área técnica. 2.3. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica. 2.4. Educación. 2.5. Capacitación. 2.6. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seauridad v Salud en el Trabaio.
3. Profesional en ingeniería en todas las 3.1. Higiene industrial, cuando lo acredite en su disciplinas, especialista en un área de formación de postgrado. seguridad y salud en el trabajo o su 3.2. Seguridad industrial, cuando lo acredite en su equivalente. formación de postgrado. 3.3. Investigación en área técnica 3.4. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
3.5. Educación 3.6. Capacitación 3.7. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seauridad v Salud en el Trabaio
4. Otros profesionales con especialización 4.1. Higiene industrial en higiene industrial u ocupacional 4.2. Investigación en área técnica 4.3. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica.
4.4. Educación 4.5. Capacitación 4.6. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la SeQuridad y Salud en el Trabajo
5. Otros profesionales con especialización 5.1. Investigación en área técnica. en seguridad y salud en el trabajo o 5.2. Investigación de accidentes de trabajo y
alguna de sus áreas. enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica. 5.3. Educación. 5.4. Capacitación. 5.5. Diseño, administración y ejecución del Sistema de Gestión de la Seauridad v Salud en el Trabaio
6. Profesional en seguridad y salud en el 6.1. Higiene Industrial, cuando lo acredite en su trabajo o su equivalente formación. 6.2. Seguridad Industrial, cuando lo acredite en su formación. 6.3. Investigación de accidentes de trabajo y enfermedad laboral de acuerdo con su competencia según formación académica. 6.4. Investigación en área técnica.
6.5. Educación. 6.6. Capacitación. 6.7. Diseño, administración y ejecución del Sistema de 1 JUL2 022 ~ 1151 RESOLUCIÓNt~~- :. .. .DE 2022 Hoja No. 4 de 4 Continuación de la resolución "Por la cual se modifica la Resolución 754 de 2021 en el sentido de sustituir su Anexo Técnico No. 1" Perfil Campo de acción Gestión de la Seguridad v Salud en el Trabaio.
7. Tecnólogos en Seguridad y Salud en el 7.1. Apoyo en actividades de higiene industrial, cuando Trabajo o alguna de sus áreas. lo acredite en su formación. 7.2. Apoyo en actividades de seguridad industrial, cuando lo acredite en su formación. . 7.3. Acompañamiento en la investigación del accidente ,'., , 1 j de trabajo
7.4. Educación. 7.5. Capacitación 7.6. Ejecución del Sistema de Gestión de la Seguridad
v Salud en el Trabajo