MINSALUD - Resolución 1235 de 2025

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 1235 de 2025
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2025

REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO ( 17 JUN 2025 >

EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CONSIDERANDO Que, el Ministerio de Salud y Protección Social, expidió la Resolución 1175 del 06 de junio de 2025, por la cual se modifica la Resolución No. 983 del 22 de mayo de 2025, que exhorta a las entidades públicas del sector salud a otorgar permisos sindicales a los representantes sindicales que participen en. la mesa de negociación sindical unificada en el ámbito sectorial. Que, en el desarrollo de la mesa de negociación sindical, se determinó de común acuerdo modificar la Resolución No. 1175 del 06 de junio de 2025. Que, en la sesión No. 4 de la mesa de negociación sindical unificada en el ámbito sectorial - sector salud, llevada a cabo el día 11 de junio de 2025, se discutió y acordó de igual manera, qué se realizaría el ajuste de la resolución al parágrafo establecido en el artículo 10 de la Resolución No. 1175 del 06 de 2025, en el que se instará a las entidades empleadoras a usar mecanismos propios de la administración pública para el otorgamiento o cubrimiento de gastos de desplazamiento, alojamiento y alimentación, en el marco de la negociación sindical, cuando así se requiera. Que se reitera, y en atención al principio de buena fe y a la normatividad vigente, es indispensable que los representantes legales de las entidades públicas del sector salud y demás entidades públicas que hacen parte de la negociación sindical unificada en el sector salud, a las que pertenecen los empleados públicos que gozan

indispensable que los representantes legales de las entidades públicas del sector salud y demás entidades públicas que hacen parte de la negociación sindical unificada en el sector salud, a las que pertenecen los empleados públicos que gozan de garantías sindicales, implementen los mecanismos adecuados para asegurar el respeto y cumplimiento de los derechos sindicales, incluyendo la asignación de permisos para asistir a las mesas de negociación. En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, y en desarrollo del artículo 2.2.2.4.13 del Decreto 243 de 2024, y el artículo 2.2.2.5.1 del Decreto 1072 de 2015, y, Que, la modificación obedece a la necesidad de ajustar la redacción de algunos de los nombres de los negociadores y asesores de las organizaciones sindicales, para efectos de que puedan identificarlos plenamente y facilitar el otorgamiento de los permisos sindicales. Todo lo anterior, de acuerdo a la última información suministrada por los representantes de las organizaciones sindicales, la cual fue notificada a este Ministerio. Por la cual se modifica la Resolución No. 1175 del 06 de junio de 2025 “Por la cual se modifica la Resolución No. 983 de 2025, que exhorta a las entidades públicas a otorgar permisos sindicales en el marco de la mesa de negociación sindical unificada del sector salud” 00001235 de 2025¿3001235RESOLUCIÓN NÚMERO En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 2. Modificar el artículo segundo de la resolución, respecto del listado de negociadores y asesores de las organizaciones sindicales, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución, el cual quedará de la siguiente manera:

RESUELVE Artículo 2. Modificar el artículo segundo de la resolución, respecto del listado de negociadores y asesores de las organizaciones sindicales, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución, el cual quedará de la siguiente manera: Artículo 1. Modificar el artículo primero de la Resolución No. 1175 del 06 de junio 2025, el cual quedará en los siguientes términos: Parágrafo 1. Los negociadores y asesores por parte de los SINDICATOS dispondrán de permiso sindical remunerado de conformidad con el numeral 4 del artículo 2.2.2.4.13 del Decreto 1072 de 2015, modificado por el decreto 243 de 2024, durante todo el tiempo que dure la discusión del pliego de solicitudes y hasta cuando se resuelva la misma. Artículo 1. Cumplimiento de permisos sindicales. Atendiendo a que la negociación colectiva se extenderá inicialmente por un periodo de veinte (20) días hábiles que inician a partir del día 04 de junio de 2025 hasta el 03 julio de 2025, término que podrá ser prorrogado; se exhorta a los representantes legales del sector salud a cumplir con la obligación legal de otorgar y garantizar los permisos sindicales a los representantes organizaciones sindicales para que participen en la mesa de negociación sindical unificada en el ámbito sectorial, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.2.5.1 del Decreto 1072 de 2015 y demás disposiciones aplicables. 19382393| 79424600 ■■■ _ _______________________________________

NOMBRE________ ___

ELKIN ANDRES CHAPARRO MORENO

LADY ASTRID CAICEDO BARREÑO

MYRIAM FERNANDEZ PEDRAZA

'■ ROL

19382393| 79424600 ■■■ _ _______________________________________

NOMBRE________ ___

ELKIN ANDRES CHAPARRO MORENO

LADY ASTRID CAICEDO BARREÑO

MYRIAM FERNANDEZ PEDRAZA

'■ ROL

NEGOCIADOR

NEGOCIADORA NEGOCIADORA Parágrafo 2. El MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL insta a las entidades empleadoras a usar mecanismos propios de la administración pública como otorgar comisión de servicios de conformidad con lo establecido en el Decreto 1083 de 2015 a los negociadores y asesores de las organizaciones sindicales, con el fin de solventar gastos de desplazamiento, alojamiento y alimentación en el marco de la negociación cuando así se requiera.

HOJA No 2

Continuación de la resolución Porta cual se modifica la Resolución No. 983 de 2025, que exhorta a las entidades públicas a otorgar permisos sindicales en el marco de la mesa de negociación sindical unificada del sector salud. Tjegoc/ado^scgt-utradéc®

CEDULA

80230404 52748429 51975694

DE 17 JUN2025

ASESOR

ASESOR

ASESORES CGT^UTRADEC

JAIME ANTONIO ZUBIETA NIETO

JUAN CARLOS PINZON WILCHESRESOLUCIÓN NÚMERO HOJA No 3

CEDULA ROL

CEDULA

72213784 NEGOCIADOR

73075108 NEGOCIADOR

91488815 Continuación de la resolución Por la cual se modifica la Resolución No. 983 de 2025, que exhorta a las entidades públicas a otorgar permisos sindicales en el marco de la mesa de negociación sindical unificada del sector salud. 52279748 63459024 52714590

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

entidades públicas a otorgar permisos sindicales en el marco de la mesa de negociación sindical unificada del sector salud. 52279748 63459024 52714590

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

MARIA DORIS GONZALEZ

CLARA EDALIA RAMIREZ BUITRAGO

JULIO FERNANDO CASTRO ALFONSO________________________

RICARDO MUÑOZ PUIN____________

SERGIO DELMAR TEJEDA CONSUEGRA_____________________

MARIA ANGELINA QUIÑONES

SANDOVAL

CLAUDIA EDITH FRANCO MARTINEZ

SONIA PATRICIA SANCHEZ ARIAS

FREDDY CAMILO RODRIGUEZ MOLINA__________________________

CARLOTA CASTRO QUINTANA

MARIA ESNEIDA LAVERDE DONATO

MARIA VICTORIA JIMENEZ SALAZAR________________________

MARIA ISABEL SILVA ALTAMIRO

GINNA LISBETH OLAVE CHAVARRO

JORGE ANTONIO VILLADIEGO BELTRAN________________________

YESID HENRNANDO CAMACHO JIMENEZ_________________________

WILFER JHON PINZON FUENTES

HENR Y JA VIER Rl VERA HERNANDEZ_____________________

LUZ STELLA BECERRA CHACON

GUSTAVO SILVA RINCON

79306066 37893854 1053302167 1022377574 36175573 36179752 43541378 31538464 28115899 14228328 91250825 41713286 40017370 91112267 33335737 19326789 79046224

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

- COLOMBIA CUT

NOMBRE

ASESOR

51831391

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

- COLOMBIA CUT

NOMBRE

ASESOR

51831391

41709432 ^NEGOCIADORES CENTRA11UNITARIA DE TRABAJADORES DE L___________~ ~ ' COLOMBIA CUT JS? i.:."

ROL

NEGOCIADOR

NEGOCIADOR

ASESORA

ASESORA

ASESORES■CENtRÁUUNITARIA DEiTRABÁJAbdRÉSOE^l

t - COLOMBIA CUT Í

ABIMELEC GOMEZ BECERRA

NÉGOCIADORES'CONFEDERACION COLOMBIANA'DE

TRABAJADORES - CTC____________ NOMBRE_________

HECTOR FERMIN BADILLO SERRANO_____________________

JULIA ESTHER CASARCAS JULIO _________

ASESORES CONFEDERACION COLOMBIANA DE -.......TRABAJADORES - CTC

LIZ AMANDA SIERRA PINEDA

NANCY WILCHES DE OROZCO

jJ01235 de 1 7 JUN2025RESOLUCIÓN NÚMERO HOJA No 4

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

17 JUN 2025Dada en Bogotá, D. C., a los Artículo 5. La presente resolución entra en vigor a partir de la fecha de su expedición y estará sujeta a las disposiciones contenidas en el Decreto 243 de 2024 compilado en el Decreto 1072 de 2015, así como a las demás normas aplicables en materia de permisos sindicales y negociación colectiva. Artículo 4. Comuniqúese a las centrales obreras que hacen parte de la negociación colectiva de que trata el presente decreto.

permisos sindicales y negociación colectiva. Artículo 4. Comuniqúese a las centrales obreras que hacen parte de la negociación colectiva de que trata el presente decreto. Artículo 3. Las demás disposiciones de la Resolución No. 1175 del 06 de junio de 2025, se mantienen en su integridad. Continuación de la resolución Porta cual se modifica la Resolución No. 983 de 2025, que exhorta a las entidades públicas a otorgar permisos sindicales en el marco de la mesa de negociación sindical unificada del sector salud. GUILLERMO ALFÓNSO JARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de Salud y Protección Social DE 1 7 JUN 2025¿3301235

Aprobó: Rodolfo Enrique Salas Figueroa, Secretario General.

Cristhian Ricardo Abello Zapata, Subdirector de Gestión del Talento Humano (E). '' Revisó: María Camília Huertas Capera, Profesional Especializado Subdirección de Gestión del Talento Humano, -y.

Proyectó: Juan Sebastián Rodríguez Espin, Contratista - Grupo Planta de Personal y Situaciones Administrativas.

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