MINSALUD - Aclaración Resolución 4316 de 2006
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Aclaración Resolución 4316 de 2006
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2006
Ministerio de la Protección Social República de Colombia Dirección General de Planeación y Análisis de Política Libenudy!Wen Bogotá, 13 de diciembre de 2006 Señores Administradoras - RUAF Ciudad A continuación presentamos las siguientes aclaraciones de los anexos técnicos de pensiones y Compensación Familiar de la Resolución 4316 de 2006:
1. Anexo técnico de pensiones En el maestro de afiliados a pensiones, para el caso de los reportes periódicos para la creación de nuevos afiliados a pensiones, el campo afiliado cesante debe venir obligatoriamente con el valor N ( el afiliado no se encuentra cesante), dado que al crear un nuevo afiliado posterior a los cargues iniciales se deben tener los datos del aportante. Por lo tanto dada la condición anterior los campos 19, 20 y 22 correspondientes al aportante serán obligatorios
2. Anexo técnico de Compensación Familiar En cuanto al reporte de los subsidios, se realizan las siguientes aclaraciones respecto de la manera cómo deben reportar el campo identificador único del subsidio. - Se reitera que el campo “identificador único del subsidio” corresponde a un número único consecutivo que identifica el subsidio, el cual es generado por cada Caja de Compensación. - Manejo del identificador único del subsidio en cada tipo de subsidio : Para el subsidio de vivienda, el identificador único del subsidio deberá ser el mismo para el grupo familiar, a nivel de todos los registros que se reporten. Si el
Carrera 13 No. 32 – 76. PBX: 330 5000 Extensiones 1972. FAX: 1844. www.minproteccionsocial.gov.co. Bogotá, Colombia
Ministerio de la Protección Social República de Colombia Dirección General de Planeación y Análisis de Política Libenudy!Wen mismo subsidio es reportado durante varios meses el identificador único debe conservarse. Para el subsidio de desempleo, el identificador único del subsidio deberá ser el mismo para el grupo familiar, a nivel de todos los registros que se reporten. Si el mismo subsidio es reportado durante varios meses el identificador único debe conservarse. Para el subsidio cuota monetaria, el identificador único del subsidio deberá ser el mismo para el grupo familiar, a nivel de todos los registros que se reporten. Si el mismo subsidio es reportado durante varios meses el identificador único debe conservarse. Subsidio en especie el identificador único del subsidio deberá ser el mismo para el grupo familiar, a nivel de todos los registros que se reporten. Si el mismo subsidio es reportado durante varios meses el identificador único debe conservarse. Subsidio de educación, el identificador único del subsidio deberá ser el mismo para el grupo familiar, a nivel de todos los registros que se reporten. Si el mismo subsidio es reportado durante varios meses el identificador único debe conservarse. Para el caso de subsidios a los aportantes, el registro por cada trabajador por el cual se origina la exención, debe llevar un Identificador único del subsidio. Este deberá conservarse a través de todos los meses de reporte del mismo subsidio para el mismo trabajador. - Cuando se necesite realizar una modificación a un subsidio utilizando la novedad C09 modificar subsidio, se debe hacer referencia a este identificador único del subsidio y a los datos del beneficiario sobre el cual se aplicará la modificación. Cordi ~JUP. RO ~· Direc ción y Análisis de Polltica Carrera 13 No. 32 – 76. PBX: 330 5000 Extensiones 1972. FAX: 1844. www.minproteccionsocial.gov.co. Bogotá, Colombia