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MINSALUD - Acuerdo 014 de 2010

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Acuerdo 014 de 2010
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2010

REPÚBLICA DE COLOMBIA

COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD O 1 4

ACUERDO NÚMERO DE 8 ABR20. 10 ( 'O Por el cual se corrigen algunos yerros en el Acuerdo 008 de 2009. LA COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren el numeral 1 del artículo 7° de la Ley 1122 de 2007, el Decreto 131 de 2010 y el Artículo 7 del Acuerdo 001 de 2009 de la Comisión de Regulación en Salud, y CONSIDERANDO: Que en ejercicio de las competencias otorgadas por la Ley 1122 de 2007, la Comisión de Regulación en Salud CRES expidió el Acuerdo 008 de 2009. Que una vez expedido y publicado el Acuerdo 008 de 2009, se estableció que contiene algunos yerros que no inciden en el sentido del mismo, por lo que se hace necesario realizar los ajustes y correcciones pertinentes. Que en mérito de lo expuesto la Comisión de Regulación en Salud, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. Las facultades invocadas en el Acuerdo 008 de 2009 se refieren al numeral 1 del Artículo 7 de la Ley 1122 de 2007 y no al 1O como allí aparece. ARTÍCULO SEGUNDO. El Artículo a que hace referencia el numeral 25 del Artículo 8 que define la Ortesis, es el Artículo 15 del Acuerdo 008 de 2009. ARTÍCULO TERCERO. El Artículo de la Ley 100 de 1993 a que hace referencia el numeral 4 del Artículo 9 del Acuerdo 008 de 2009, es el numeral 9 del Artículo 153.

ARTÍCULO CUARTO. Léase como Artículo 9 el mencionado en el Artículo 13 del Acuerdo 008 de 2009. ARTÍCULO QUINTO. Léase como Artículo 10 el mencionado en el Artículo 54 del Acuerdo 008 de 2009. ARTÍCULO SEXTO. Léase que la pericardiectomía mencionada en el literal a), numeral 3) del Artículo 61 no corresponde al procedimiento de cardiectomía para la obtención de órganos, sino a la obtención del corazón (donante) SOD, identificado en la Clasificación Única de Procedimientos en Salud - CUPS con el código 375200. ARTÍCULO SÉPTIMO. El Acuerdo 008 de 2009 no contiene en su texto Artículo 62, de manera que la secuencia del articulado es del artículo 61 al 63 y así consecutivamente. ARTÍCULO OCTAVO. Aclárese que los numerales y los Artículos a que hace referencia el Artículo 67 que indica la atención integral de Alto Costo, se refieren al alto costo en Régimen Subsidiado mencionado en los literales a, b, c, d, e, f, g y h, del numeral 3 del ·s ABR2U i0 ACUERDO NÚMERO-------'----- DE ' HOJANo._2_ Por el cual se corrigen algunos yerros en el Acuerdo 008 de 2009. Artículo 61 del Acuerdo 008 de 2009 y no a la atención integral de alto costo. ARTÍCULO NOVENO. La descripción del código 359404 de CUPS quedará así: "derivación cavo superior correspondiente a arteria pulmonar (Glenn clásico o bidireccional o de Patiño)".

El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos a partir del 1º de enero de 201 O. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 18 ABR20. 10 El Presidente de la Comisión de Regulación en Salud, Diego Palacic Betancourt. El Comisionada Experta Vocera,

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