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MINSALUD - Acuerdo 08 de 2009 - Anexo tecnico

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Acuerdo 08 de 2009 - Anexo tecnico
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2009

Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD -CRES PROYECTO DE CONSULTORIA Y ASISTENCIA TECNICA CON LA COMISIÓN DE REGULACIÓN EN

SALUD -CRES

REVISION DEL ACUERDO 03 DE 2009 – PROPUESTA TECNICA

Informe Final Bogotá, D.C., Diciembre 28 de 2009 1 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES

EQUIPO DE TRABAJO

Director General: Oscar Rodríguez

Director de Proyecto: Carlos Mario Ramírez R

Decsi Arévalo Orlando Castro Mario E Hernández Félix Martínez Felipe Quevedo Juan Manuel Rojas Francisco Rossi Alfredo Rueda Elizabeth Suárez William Vega Pedro Villanueva 2 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES Tabla de contenido

1. PRESENTACION............................................................................................................. 1

2. PROPUESTA DE ANALISIS ............................................................................................... 2 2.1. Propósitos del estudio ........................................................................................... 3 2.2. Metodología ......................................................................................................... 3 2.3. Clasificación de los resultados ................................................................................ 5

3. ASPECTOS RELEVANTES MODIFICADOS O AMPLIADOS DEL ACUERDO 03 DE 2009 ........... 8

3.1. De la claridad de expresiones esenciales: .................................................................... 8 3.2. Impacto en las UPC: .................................................................................................. 8 3.3. De las definiciones: ................................................................................................... 9 3.4. De los principios relevantes: ...................................................................................... 9 3.5. Del Fomento a la Salud y Prevención de la enfermedad, de las Guías de Atención Integral y las Normas Técnicas: ...................................................................................................... 9 3.6. De los Niveles de Atención por procedimientos: .......................................................... 9 3.7. De los medicamentos: ............................................................................................. 10 3.8. De la Atención de urgencias: .................................................................................... 10 3.9. Del transporte: ....................................................................................................... 10 3.10. Del Alto Costo: ...................................................................................................... 10 3.11. De los servicios y medicamentos NO POS o NO POS-S: .............................................. 10 3.12. POS subsidiado: .................................................................................................... 11 3.13. De los períodos mínimos de afiliación al SGSSS: ....................................................... 11 3.14. Tabla de clasificación de resultados ......................................................................... 11

4. PROPUESTA DE ARTICULADO PARA EL NUEVO ACUERDO ............................................... 14

5. RECOMENDACIONES ................................................................................................... 53 5.1. Del proceder hacia futuro: .................................................................................... 53 5.2. De la unificación de ambos planes de beneficios: ................................................... 54 5.3. Procedimientos urgentes a evaluar para su inclusión .............................................. 54 5.4. De la inclusión de nuevos listados: ........................................................................ 55

3 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES

5.7. Papel del sector prestador de servicios en insumos para evaluación de nuevas inclusiones y exclusiones. ............................................................................................... 56

6. RESPUESTA A LOS GRUPOS Y CIUDADANOS QUE ENVIARON COMENTARIOS ................... 56 6.1. Aseguradores y gremios ....................................................................................... 56 6.2. Entidades territoriales.......................................................................................... 74 6.3. Prestadores ......................................................................................................... 75 6.4. Asociaciones científicas ........................................................................................ 76 6.5. Respuesta a observaciones sobre medicamentos ................................................... 77 6.6. Respuesta a observaciones de usuarios ..................................................................... 81

ANEXO No. 1. COMENTARIOS A NIVELES DE COMPLEJIDAD Y ACTIVIDADES DE PROMOCIÓN DE LA SALUD Y PREVENCIÓN DE LA ENFERMEDAD ..................................................................... 89

ANEXO No.2. C.D. ANÁLISIS DE LAS INCLUSIONES DEL ACUERDO 03. Fuente EPS SURA ........... 101

ANEXO No. 3. C.D. CON MATRIZ DE TRABAJO .................................................................... 102

ANEXO No.4. C.D. COMPARATIVO CUPS ........................................................................... 103

ANEXO No. 5. C.D. ........................................................................................................... 104

MEDICAMENTOS POS CUM PLANO ............................................................................. 104

RESPUESTA A ACTORES ACUERDO OO3 – Proyectos de carta para ser firmados por la Dra. Martha Gualteros ............................................................................................................. 104 4 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES

REVISION DEL ACUERDO 03 DE 2009 – PROPUESTA TECNICA

1. PRESENTACION Dentro de las funciones de la Comisión de Regulación en Salud –CRES, asignadas por la Ley 1122 de 2007 y reiteradas en el artículo 7 del Acuerdo 001 de 2009 emanado de la misma Comisión, está la de “Definir y modificar los Planes Obligatorios de Salud (POS), que las Entidades Promotoras de Salud (EPS), garantizarán a los afiliados según las normas de los Regímenes

Contributivo y Subsidiado”. En desarrollo de esta función y como parte del cumplimiento de la Sentencia T-760 de julio de 2008 proferida por la Corte Constitucional, la CRES promulgó el Acuerdo 003 de 2009. En el numeral décimo séptimo de la parte resolutiva la Corte ordenó la aclaración y actualización integral de los planes obligatorios de salud –POS. En el mismo aparte la Corte ordenó que: “Para el cumplimiento de esta orden la Comisión deberá garantizar la participación directa y efectiva de la comunidad médica y de los usuarios del sistema de salud, según lo indicado en el apartado (6.1.1.2.). En dicha revisión integral deberá: (i) definir con claridad cuáles son los servicios de salud que se encuentran incluidos dentro de los planes de beneficios, valorando los criterios de ley así como la jurisprudencia de la Corte Constitucional; (ii) establecer cuáles son los servicios que están excluidos así como aquellos que no se encuentran comprendidos en los planes de beneficios pero que van a ser incluidos gradualmente, indicando cuáles son las metas para la ampliación y las fechas en las que serán cumplidas; (iii) decidir qué servicios pasan a ser

suprimidos de los planes de beneficios, indicando las razones específicas por las cuales se toma dicha decisión, en aras de una mayor protección de los derechos, según las prioridades en materia de salud; y (iv) tener en cuenta, para las decisiones de incluir o excluir un servicio de salud, la sostenibilidad del sistema de salud así como la financiación del plan de beneficios por la UPC y las demás fuentes de financiación.” Adicionalmente, en el mismo fallo de la Corte se estableció que en la definición de los contenidos del POS debería respetarse el principio de integralidad en función de los servicios de salud ordenados y de la atención requerida para las patologías aseguradas, requerimiento que se extiende indefinidamente en el tiempo para el posicionamiento de la CRES con el SGSSS y con el país. Una vez expedido el Acuerdo 03 de 2009, con el cual se iniciaba el proceso de cumplimiento a lo estipulado en la Sentencia T-760, se procedió a invitar a la “comunidad médica” a los agentes del SGSSS y del Sector Salud en general y de manera especial a la ciudadanía, a manifestar sus opiniones respecto al nuevo acuerdo. La recepción que tuvo esta convocatoria -expresada en las comunicaciones de diferentes gremios, organizaciones y ciudadanos-1, dio pie para considerar la realización de un estudio detallado a los contenidos del mencionado acuerdo, con el fin de 1 Anexo 3: “Matriz de Trabajo del Acuerdo 03”. 1 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES

determinar hasta qué punto el significativo avance allí logrado podría satisfacer las observaciones mencionadas, y así cumplir con los propósitos que lo motivaron y los requerimientos de claridad de sus contenidos y precisión de las responsabilidades de los agentes del SGSSS. Para llevar a cabo esta tarea se estableció un contrato interinstitucional entre la Universidad Nacional de Colombia y la CRES, a través del cual el Grupo de Protección Social, adscrito al Centro de Investigaciones para el Desarrollo, de la Facultad de Economía, se encargaría, entre otros proyectos, de la revisión del Acuerdo 03 de 2009, en un lapso que aunque corto, nos enfrentaba al reto de un esfuerzo que parte de estudios y análisis preliminares, contacto con los agentes sumado a la disposición para contactarlos en el transcurso del trabajo y, lo más importante, en acción conjunta con los comisionados de manera que la Universidad entregue su saber y experiencia al servicio de la CRES en términos propositivos y de ganancia en el derecho a la salud de los colombianos. Una premisa básica del presente proyecto es la instrucción de la CRES, según la cual los servicios incluidos en el Acuerdo 03 de julio de presente año, se financian con las UPC vigentes para ambos regímenes y, en consecuencia, este trabajo solo puede actuar en dirección a aclarar y no en incluir nada nuevo en los planes de beneficios2. Situación que el CID no solo acata sino que comparte plenamente, porque sería contradictorio con la lógica del sustento epidemiológico y económico de sus mismas decisiones. En conclusión debe afirmarse que los productos del presente convenio no afectan las UPC.

2. PROPUESTA DE ANALISIS

El sistema de seguridad social puede ser visualizado como una construcción dirigida a atenuar los peligros que entraña la generalización de la exclusión social. Aunque la exclusión social es polisémica, se puede concebir como resultado de un quebrantamiento de los vínculos sociales y simbólicos –con significación económica, institucional e individualque unen al individuo con la sociedad. La exclusión acarrea a la persona el riesgo de quedar privada del intercambio material y simbólico con la sociedad en su conjunto. En esta perspectiva, cobran relevancia las políticas de inserción e integración como soluciones apropiadas para luchar contra la exclusión social. Con esta perspectiva, la formulación de un paquete de servicios de salud, a través de un Plan Obligatorio de Salud, se convierte en un mecanismo que pone en práctica los deberes del Estado consagrados en la norma constitucional. Por ello su función principal es garantizar a la población el acceso a la prestación de servicios de salud. Sin embargo, toda vez que este paquete hace parte integrante de un sistema, es preciso tomar en consideración otros componentes en particular aquellos que participan dentro de la operación del sistema y que en la práctica son quienes brindan el acceso. En esta dirección es preciso entender las relaciones que se tejen entre los participantes del sistema, definiendo claramente sus responsabilidades, el nivel de la delegación de funciones y su capacidad de acción. 2 EL CID de la UNIVERSIDAD NACIONAL ejecuta mediante otro convenio un estudio para la suficiencia de Las UPC, con base en resultados de la gestión del SGSSS del año 2008 2 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID

Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES 2.1. Propósitos del estudio El ámbito del estudio es el análisis del contenido y de las responsabilidades establecidas en el Acuerdo 03 de 2009 con el fin de lograr el mayor nivel de aclaración, de modo que cumpla satisfactoriamente, no sólo con el mandato de la Corte Constitucional, sino con las demandas que tienen cada uno de los grupos afiliados al Sistema General de Seguridad Social en Salud –SGSSS. En esta dirección entre los retos de la investigación se encuentra la búsqueda de la mayor claridad posible, teniendo como horizonte permanente la exhaustividad en la claridad de los contenidos de ambos POS y, en consecuencia, en la precisión de la responsabilidades de los agentes que deben garantizarla, logrando con ello que la judicialización de la salud se reduzca a una magnitud racional, pues este es un propósito, que aunque no se cumpla de manera inmediata el equipo de la Universidad Nacional considera debe ser un eje de las acciones de la CRES como organismo permanente. Igualmente, no se puede perder de vista la esencia que implica el reconocimiento del derecho a la salud, en dos dimensiones: gasto familiar racional y equitativo, y sostenibilidad financiera del Sistema General de Seguridad Social en Salud SGSSS. El medio para acercarse a dicha exhaustividad, exige a su vez, la revisión y actualización permanente de los contenidos, por ello dejamos consignado en este documento, varias recomendaciones sobre la importancia para los colombianos y el SGSSS en que la CRES, se ocupe, en primer lugar, de incluir los insumos necesarios, que garanticen la integralidad de los

procedimientos descritos en el acuerdo 03, con la claridad de que el análisis del mismo no es fruto del presente trabajo. En segundo lugar, de incluir, en caso de no estarlo los servicios diagnósticos que son hoy una limitante para el acceso efectivo a los servicios y en tercer lugar, en asumir el trascendental y delicado reto de acercar el POS-S al POS del contributivo, como una decisión de equidad que regrese una frustración de una década para la población pobre y vulnerable, sin demeritar el beneficio del logro para los menores, en los acuerdos 04 y 05, se resalta la posibilidad de acercar por servicios relevantes en caso de que la sostenibilidad financiera del SGSSS, se vea amenazada . 2.2. Metodología Dos fueron las principales fuentes a partir de las cuales se desarrollo el trabajo de revisión del Acuerdo 03 de 2009. La primera de ellas fue precisamente el mencionado acuerdo y la segunda los múltiples documentos producidos por los gremios, asociaciones y ciudadanos que enviaron sus comentarios a la CRES. Adicionalmente, se recibieron comentarios realizados en el marco de reuniones con operadores del sistema. De la sistematización de la información mencionada se encontró que existían cinco áreas del POS en los cuales existían importantes dificultades en la comprensión del alcance del Acuerdo. Tales áreas son: definiciones, niveles de atención, codificación, inclusiones y exclusiones y medicamentos. 3 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES Definición: Aclaración de una o varias palabras de un articulo; la racionalidad de una definición es

esencia y practica del contenido y de la forma de garantizarlo, de la responsabilidad de ejecución de una actividad o procedimiento en particular por parte de los actores; la responsabilidad de pago o cobro de una actividad o procedimiento en particular por partes de los actores, del límite de cobertura de servicios para ciertos grupos etareos o determinado tipo de usuarios.

Niveles: Hace referencia al nivel asignado a una actividad o procedimiento. En este segmento el grupo adopta la clasificación aplicada por el Ministerio en su sistema de garantía de calidad, en la que la clasificación de los procesos se realiza a través de su nivel de complejidad: alta, media y baja.

Codificaciones: Aclaración y uso de códigos de clasificación de actividades, procedimientos o medicamentos.

Inclusiones/exclusiones: Se refiere a solicitudes de inclusión; solicitud de explicación de cómo realizar la inclusión de ciertas actividades o procedimientos; o solicitud de explicación de no inclusión de alguna actividad, procedimiento o medicamento Medicamentos: Atinente a la manera en que se clasifican los medicamentos y el establecimiento de los listados En estas áreas de análisis se concentró el trabajo del equipo de expertos que participó en la investigación. En el desarrollo del trabajo la estrategia básica fue la realización de un conjunto de reuniones del equipo de expertos en las que sobre la base de borradores previos de la modificación del articulado del Acuerdo 03 de 2009, una vez, analizados los comentarios de los agentes del sistema, se generaba la discusión puntual y se iban concertando paulatinamente los acuerdos. De otra parte, para algunos casos específicos como los de medicamentos, definiciones, promoción y prevención y procedimientos, se contó con documentos síntesis presentados por los

expertos. Documentos que eran presentados y discutidos en las sesiones de debate del equipo de expertos y, posteriormente, transformados para quedar incluidos en la proposición del nuevo articulado. Teniendo en cuenta que el propósito del estudio era dotar de mayor claridad el contenido del Acuerdo 03 de 2009, el equipo de expertos acordó que las aclaraciones propuestas debían cumplir con tres requisitos: el primero, es que no tuvieran un impacto negativo sobre el derecho de los afiliados: segundo, que contribuyera a esclarecer la relación entre los actores de modo que se disminuyera los motivos de conflicto entre ellos; y tercero, que la modificación conservaran la coherencia jurídica. Esta última, es una derivación natural del análisis, toda vez que es preciso que la aclaración de una norma o la elaboración de una nueva no perturbe el orden jurídico sino que ayude a mantener la armonía normativa que tanto requiere el sistema. Así, las recomendaciones plasmadas en el articulado tuvieron como punto de referencia analítica los efectos que las modificaciones en cada una de las áreas podrían tener sobre los derechos de los afiliados, las relaciones entre los actores del sistema y sus efectos en la coherencia jurídica. 4 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES 2.3. Clasificación de los resultados La primera consideración respecto de los resultados del estudio es que la presente actualización y aclaración de los planes obligatorios de salud de los regímenes Contributivo y Subsidiado debe

considerarse como la línea de base para un proceso dinámico, sistemático, participativo, continuo y permanente para el cual se han establecido metodologías y procesos técnicos que garantizan que los Planes Obligatorios de Salud respondan a las necesidades de los afiliados, teniendo en cuenta su financiación con la UPC, la sostenibilidad financiera del Sistema y los recursos existentes en el país. Una mirada comprensiva del articulado resultante de este estudio permite agrupar los cambios en cuatro niveles: Ratificar y consolidar Profundizar y avanzar Aclarar o complementar Suprimir Ratificar y consolidar En este segmento quedan considerados aquellos aspectos en los cuales el equipo investigador concuerda con lo establecido en el Acuerdo 03, de modo que lo ratifica o inserta algunas consideraciones que permiten consolidar el espíritu de la norma. El primero de esos puntos se refiere a determinar el Procedimiento como el “referente básico”. Lo anterior se sustenta en que el procedimiento posee un nivel de consolidación práctico y racional, en comparación con la “actividad” que es “micro” y por ello ineficiente, y la intervención, como nivel superior, que lleva a la ambigüedad del contenido y amenaza la viabilidad de los agentes y la sostenibilidad del mismo SGSSS. Dicho procedimiento como referente deberá: Ser descrito en CUPS exclusivamente Seguir como principio general que lo integral y necesario para un procedimiento es POS, pero lo nuevo será objeto de estudio, análisis, y en caso necesario, de re-cálculo económico de las UPC Adoptar la premisa de que un nuevo procedimiento exige costeo y tiene efectos en las UPC Aceptar decisiones transitorias de “no inclusión” en caso de costo efectividad cuestionada

y del no aval por las sociedades científicas y los prestadores especializados de servicios. 5 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES Ser organizado en listado y codificación. Se pretende dar esta forma a todos los contenidos posibles –no solo a procedimientos y medicamentosasí los elementos sean de modificación frecuente Adicionalmente se recomienda que a futuro lo que se incluya en el POS o POS-S será considerado dentro del paquete así no tenga una actualización de su registro en CUPS, o listado especifico, en caso de no ser del resorte de la CRES, pues la inclusiones deben ser consideradas como competencia autónoma de la CRES, sin demeritar por ello la articulación armónica con el Ministerio de Protección Social como director y también regulador del SGSSS. Profundizar y avanzar En este acápite entran los elementos que el equipo de investigación considera que deben ser profundizados en el acuerdo. Aquí se destacan dos aspectos principalmente, de una parte el concepto de la Corte Constitucional que promulga la igualación de los paquetes de servicios en los dos regímenes: contributivo y subsidiado; de otra, el avance científico y tecnológico. En el primer aspecto esta revisión del Acuerdo 03 de 2009 debe verse en la perspectiva futura de igualación de los POS y la separación de competencias. De ahí que la claridad que se logra en el análisis del Acuerdo 03 –en especial con el POS-Sdebe servir de referente para la igualación de los paquetes, lo que, implicarían un principio de equidad y valoración en los estudios de suficiencia

de la UPC, y que, sin perjuicio del análisis juicioso de la realidad de cada régimen y de la población a ellos afiliada, puede ser expresado en la lógica económica y de mercado, en que iguales contenidos, generalmente llevan a costos similares. De otro lado, se debe reconocer el derecho que tiene la ciudadanía al beneficio de la nueva tecnología y el avance científico, resaltando el propio del país, pero siempre cumpliendo con otra premisa, de su incorporación progresiva, porque no puede ser “automática” y con el recálculo observado, o en su defecto, proyectado3 en las UPC y sus ajustes. Aclarar o complementar Aquí se encuentran aquellos elementos que requiere precisión en su conceptualización o en su redacción. Un punto de arranque en esta sección es superar la ambigüedad de las definiciones, lograr una mejor ubicación de éstas en los capítulos del Acuerdo4 y generar definiciones adicionales cuando ellas son indispensables, a lo anterior se suman principios y enfoque que sirven de referencia para el POS y sus actualizaciones. También se incluye en este segmento lo atinente a la racionalidad en 3 El justo incremento o disminución de la UPC, puede hacerse efectivo hacia futuro en casos del avance científico-tecnológico, entre otros porque en el transcurso de pocos años, sus costos y precios tienden a estabilizarse en sus justas proporciones 4 En general las definiciones se ubicaron en el artículo del Glosario, con precisas excepciones como medicamentos, eventos de alto costo y exclusiones. 6 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES

los niveles de atención5, que como se mencionó en el nuevo texto se explica que corresponden a niveles de complejidad, es decir, tiene como referencia los servicios habilitados y su aplicación a los procedimientos, medicamentos y otros listado. Por último aquí se situaría el tema de la coherencia jurídica también, es decir, cuidando que no haya contradicciones dentro de la norma o con normas superiores. Suprimir En esta sección están los componentes que fue necesario eliminar para lograr mayor claridad. La supresiones se refieren en especial a aquellos artículos que involucran acciones que son competencia de otros entes u organismos estatales, entre otros los que son como normas competencias del Ministerio de la Protección Social o que se operan a través del Fosyga. También se suprimen, aquellos artículos, o contenidos de artículos, que no agregan valor en términos de claridad del articulado, o que si su utilidad estaba para ambos regímenes en los títulos iníciales, era innecesario repetirlos en los títulos específicos de cada régimen.

Presentación del Acuerdo: La presentación en general se conserva, con sus títulos y capítulos. Se propone como en casos similares, para utilización de los agentes en sus diferentes niveles de gerencia dirección y operación, que el listado de medicamentos y procedimientos se anexen como parte integral de la norma.

Se adjunta además en medio magnético al presente informe6: a. Presentaciones de análisis del acuerdo en diferentes abordajes, articulado actual, propuestos y sustento. b. Presentación separada de cada POS. c. Principios relevantes d. Medicamentos su prescripción y su nuevo listado en CUM e. Listado o codificación en CUPS: - Propuesta de nueva nivelación comparada con la actual en diferentes abordajes, por

regímenes y por los mismos niveles - Texto de análisis de los efectos de la nivelación presentada en el acuerdo 03 - Listado único resaltando nueva nivelación, suprimiendo, implantes dentales y coronas (prótesis), así como el trasplante de pulmón. Se aclara la inclusión del transplante hepático como parte de los eventos de alto costo en el POS Contributivo 5 Se adjuntan varios textos con el tema, se propone en general regresar a los niveles en que los contenidos del POS se ubicaban en el MAPIPOS. La propuesta de nivelación protege recursos de las EPS de pagos moderadores, como es el caso de la Unidad de Cuidados intermedios en los eventos de alto costo 6 Los mismos fueron entregados en el transcurso de los análisis con la CRES y Ministerios, salvo el último de los correspondientes al literal f y la ultima versión del literal e. 7 Universidad Nacional de Colombia Facultad de Ciencias Económicas Centro de Investigaciones para el Desarrollo-CID Proyecto de Consultoría y Asistencia Técnica con la Comisión de Regulación en Salud -CRES f. Análisis de nuevo enfoque de los componentes de Fomento a la Salud y Promoción de la enfermedad.

3. ASPECTOS RELEVANTES MODIFICADOS O AMPLIADOS DEL ACUERDO 03 DE 2009

En criterio del grupo de trabajo las modificaciones o adiciones importantes al acuerdo 03 son las siguientes: 3.1. De la claridad de expresiones esenciales: Retomando argumentos de la misma Corte Constitucional, se asume y hace explicita la diferencia entre: - Lo aun “No incluido”, que no impide su inclusión futura, pero expresa la no responsabilidad de las EPS.

  • “Lo excluido” que puede ser desde el inicio del SGSSS, como lo estético o experimental, por ejemplo, y lo que se excluye por una decisión expresa de la CRES, luego de haber hecho parte del POS. - Lo incluido: que debe ser expreso, descrito y concreto.

Con todo lo anterior, se espera lograr el punto justo entre dos posiciones extremas que no son racionales: De un lado LAS EPS aspiran a que todo lo que no está descrito expresamente, se presume excluido, y varios de los agentes restantes, aspiran a que salvo lo expresamente excluido, TODO HACE PARTE DEL POS Y SU INTEGRALIDAD. 3.2. Impacto en las UPC: El convenio parte de la instrucción de no hacer inclusiones en el nuevo acuerdo que solo se ocupa de la aclaración, precisamente porque ello iría en contra de la premisa que proponemos sobre la responsabilidad de no hacerlo sin el sustento económico previo. En conclusión el articulado del nuevo acuerdo y sus anexos no afectan las UPC, su afectación depende de las inclusiones previas ya contenidas en el acuerdo 03 de 2009. No impide lo anterior, resaltar que el acuerdo 03 no presenta el trasplante hepático en el articulo de los eventos de alto costo para el Régimen Contributivo, inc

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