MINSALUD - Acuerdo 109 de 1998
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Acuerdo 109 de 1998
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 1998
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
ACUERDO NUMERO 109
Por el cual se modifica parcialmente el Articulo 2º. del Acuerdo 37 EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales conferidas por el artículo 172 en su numeral 12, y el artículo 218, de la Ley 100 de 1993
ACUERDA: ARTÍCULO 1º.- Modificar parcialmente el Artículo 2º. del Acuerdo No. 37 en el sentido de autorizar al Ministerio de Salud para que, con arreglo a la figura jurídica que corresponda, entregue cinco carrotanques, con sus remolques y sus plantas potabilizadoras de agua a los Departamentos de Santander, Magdalena, Norte de Santander, Cundinamarca y el Distrito de Barranquilla, y uno a los bomberos de Chinchiná ( Caldas ) para desarrollar programas de salud pública que garanticen la disponibilidad inmediata del agua potable en las zonas afectadas.
ARTÍCULO 2º.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín del Ministerio de Salud, Capítulo Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
NOTA AL MEDIO MAGNETICO: En el documento original y en las publicaciones oficiales en medio físico, fechadas el 6 de Agosto de 1998,
se encuentran las firmas de:
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los
MARIA TERESA FORERO DE SAADE ANTONIO J. URDINOLA URIBE
Presidente CNSSS Ministro de Hacienda y Crédito Público
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
ACUERDO NUMERO 109
Por el cual se modifica parcialmente el Articulo 2º. del Acuerdo 37
LUIS CARLOS SANDINO RESTREPO
Secretario Técnico CNSSS