MINSALUD - Acuerdo 12 de 1994
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Acuerdo 12 de 1994
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 1994
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
ACUERDO NUMERO 012 DE 1994
Por el cual se adopta el perfíl de la capitación para el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias, de conformidad con el Acta No.10 de su sesión de diciembre 9 de 1994. ACUERDA ARTICULO PRIMERO.- Adoptar la estructura poblacional de la Unidad de Pago por Capitación, así : Grupo de Edad Estructura Estructura Costo Valor 0-1 1.80 217.800 14 1.30 157.300 5 -14 0.65 78.650 15-44 0.74 89.540 45-59 1.20 145.200 60 1.90 229.900 La UPC asignada a la mujer del grupo comprendido entre 15 y 44 años será de 1.10 equivalente a ciento treinta y tres mil cien pesos ( $133.100.oo). El Fondo de Solidaridad y Garantía reconocerá a cada Empresa Promotora de Salud - EPS por cada persona afiliada al régimen contritbutivo, el valor respectivo de la UPC. ARTICULO SEGUNDO.- Reconocer una prima adicional la capacitación del treinta y tres por ciento (33%) para los afiliados residenciados en las siguientes zonas : Vichada, Guainìa, Vaupés, Amazonas, Guaviare, Putumayo, Caquetá, Chocó, Arauca,
Casanare y Meta. Las ciudades de Villavicencio, Arauca, Yopal y Florencia, con sus áreas de influencia, no tendrán derecho a esta prima. ARTICULO TERCERO.- El presente Acuerdo deroga los artículos 3, 4, 5, 6 y 7 del Acuerdo 007 de este Consejo. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los 15 días del mes de diciembre de 1994.
ALONSO GOMEZ DUQUE ALVARO GUTIERREZ G.
Presidente Secretario Técnico (E)