MINSALUD - Acuerdo 193 de 2001
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Acuerdo 193 de 2001
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2001
MINISTERIO DE SALUD
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
ACUERDO NÚMERO 193 DE 2001
Por el cual se asignan recursos de la Subcuenta de Promoción del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA) Vigencia 2001 EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD, En uso de sus facultades legales conferidas en el numeral 12 del artículo 172 de la Ley 100 de 1993, y el numeral 1º del artículo 6º del Decreto 1283 de julio de 1996 y, CONSIDERANDO: Que la población más afectada por enfermedades inmunoprevenibles es la menor de un año, teniendo como consecuencia altas tasas de mortalidad y diversas secuelas permanentes. Que la vacunación es la estrategia costo-efectiva más importante en materia de prevención, teniendo en cuenta que la aplicación del esquema vacunal, es la atención en salud más eficaz para prevenir la carga, por enfermedad, muerte y discapacidad que ocasionan las enfermedades inmunoprevenibles. Que se debe fortalecer la política de vacunación universal contra las enfermedades inmunoprevenibles, teniendo en cuenta los beneficios que se logran en el estado de Salud de toda la población colombiana. Que del rubro de inversión del Presupuesto General de la Nación se han comprometido recursos por valor de Diecisiete mil millones de pesos ($17.000’000.000) para la compra de biológicos en la presente vigencia fiscal los cuales son insuficientes para garantizar el regular abastecimiento de biológicos a las Entidades Territoriales, y por intermedio de estas a las EPS y ARS, para garantizar el cumplimiento de coberturas
universales del Programa Ampliado de Inmunizaciones y que no se cuenta con fuente adicional de financiación diferente a la antes mencionada. Que las coberturas del Programa Ampliado de Inmunizaciones muestran un deterioro significativo, que obliga a incrementar una oferta y disponibilidad permanente de biológicos, que garanticen el cumplimiento de las metas fijadas por el Programa Ampliado de Inmunizaciones a toda la población del país. Que se requiere la adquisición de vacunas para subsanar el déficit, registrado durante el año anterior y para garantizar el esquema de los niños que ingresen al Programa en el año 2001. Que el Ministerio de Salud ha verificado previamente el cumplimiento de las previsiones legales correspondientes, es decir, el ajuste del presente Acuerdo a las normas legales pertinentes.
ACUERDO DE 2000 HOJA N° 2
Por el cual se asignan recursos de la Subcuenta de Promoción del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA), Vigencia 2001
A C U E R D A: ARTÍCULO 1°.- Objeto: El presente Acuerdo tiene por objeto destinar la suma de $35.000.000.000.oo (Treinta y cinco mil millones de pesos) para garantizar el suministro de biológicos del Programa Ampliado de inmunizaciones, con recursos provenientes de la Subcuenta de Promoción de la vigencia de 2001 según disponibilidad presupuestal expedida por la Dirección General de Gestión Financiera del Ministerio de Salud.
ARTÍCULO 2°.- Destinación y distribución de los recursos: Los recursos de que
trata el artículo 1º del presente Acuerdo se destinarán para la adquisición y distribución de los biológicos del Programa Ampliado de Inmunizaciones, en la prevención de enfermedades como: la Poliomielitis, la Difteria, el Tétano Neonatal, la Rubéola, la Tos Ferina, el Sarampión, la Meningitis por Haemophilus Influenzae, la Hepatitis B, la Tuberculosis Menínguea, Paperas, Fiebre Amarilla, que hacen parte de los planes de erradicación, eliminación y control de estas enfermedades. ARTÍCULO 3°.- Adquisición y distribución de los biológicos: El Instituto Nacional de Salud (INS) en virtud de la Resolución No. 228 de marzo 16 de 2001, hará la adquisición y distribución a las Direcciones Territoriales de Salud, quienes a su vez suministrarán el biológico a las Entidades Promotoras de Salud (EPS), Administradoras del Régimen Subsidiado (ARS) y Entidades Adaptadas, de acuerdo con su población afiliada, así como a las Empresas Sociales del Estado. ARTÍCULO 4°.- Informes del Programa Ampliado de Inmunizaciones. Las Entidades Administradoras deberán presentar informes de Programación de actividades de vacunación, de los indicadores de evaluación trimestral y de las coberturas alcanzadas en el desarrollo del Programa Ampliado de Inmunizaciones a las Direcciones Secciónales de Salud, conforme al Acuerdo 117 y a la Resolución 3384 de 2000 y estas deberán enviar el consolidado a la Dirección General de Salud Pública del Ministerio de Salud incluyendo las coberturas obtenidas en la población vinculada. El Ministerio a su vez informará al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud
sobre dicha evaluación y coberturas. ARTÍCULO 5°.- Vigencia: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C., a los
SARA ORDOÑEZ NORIEGA JUAN MANUEL SANTOS
Ministra de Salud Ministro de Hacienda y Crédito Público Presidenta CNSSS
CARLOS MARIO RAMIREZ RAMIREZ
Secretario Técnico CNSSS
ACUERDO DE 2000 HOJA N° 3
Por el cual se asignan recursos de la Subcuenta de Promoción del Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA), Vigencia 2001