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MINSALUD - Acuerdo 401 de 2008

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Acuerdo 401 de 2008
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2008

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL

CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

ACUERDO NÚMERO 401 DE 2008

Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Compensación y Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, para la vigencia fiscal 2008 EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD, en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 12 del artículo 172 de la Ley 100 de 1993, el Decreto 4877 de 2007, el numeral 2º del artículo 6º del Decreto 1283 de 1996, el inciso 2º del artículo 3º de la Ley 1122 de 2007, el Decreto 3990 de 2007 y CONSIDERANDO: Que el Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto 111 de 1996, establece en el artículo 123, que “los recursos que se producen a favor del Fondo de Solidaridad y Garantía en desarrollo del mecanismo de compensación y promoción de que trata el artículo 220 de la ley 100 de 1993, no se constituirán en sujeto de obligación de incluirse en el Presupuesto General de la Nación.” Que conforme al fallo del Consejo de Estado AP-01252, Consejero Ponente Alier E. Hernández Enríquez “(…) los recursos de la Subcuenta de Solidaridad del FOSYGA, en tanto parafiscales, no se encuentran sujetos a apropiación presupuestal en los términos del Artículo 29 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, razón por la cual no deben

incorporarse al presupuesto para efectos de su ejecución. Los criterios para su presupuestación y gasto corresponden de manera exclusiva al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud de conformidad con los artículos 172 numeral 12 y 218 de la Ley 100 de 1993.” Que el numeral 2 del artículo 6º del Decreto 1283 de 1996 establece como función del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud en su calidad del Consejo Administrador de los recursos del FOSYGA la de aprobar el presupuesto anual de ingresos y gastos y sus modificaciones presentados a su consideración por la Dirección General de Gestión Financiera del Ministerio de Salud, hoy Dirección General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social. Que el artículo 46 del Decreto 1283 de 1996, por el cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema General de Seguridad Social en Salud señala que los recursos del FOSYGA que no hagan parte del Presupuesto General de la Nación, se ejecutarán conforme al presupuesto aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.

ACUERDO NÚMERO______401_______ DE 2008____________ HOJA No. 2

Continuación del Acuerdo “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Compensación y Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, para la vigencia fiscal 2008” Que mediante Acuerdo 376 de 2007 el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud – CNSSS aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Solidaridad y Garantía

  • FOSYGA para la vigencia fiscal 2008, el cual ha sido modificado mediante los Acuerdos 383, 397 y 398 de 2008.

Que la Honorable Corte Constitucional a través de la Sentencia T-760 de 2008, impartió una serie de órdenes que buscan optimizar el flujo de recursos de manera oportuna dentro del sistema, a saber: “Vigésimo sexto.- Ordenar al Ministerio de la Protección Social y al Administrador fiduciario del Fosyga que, si aún no lo han hecho, diseñen un plan de contingencia para (1) adelantar el trámite de las solicitudes de recobro que están atrasadas y (2) agilizar los pagos de las solicitudes de recobro en las que se verificó el cumplimiento de los requisitos de las resoluciones vigentes, pero que aún no han sido pagadas, de acuerdo con lo señalado en esta providencia. Este plan deberá contener al menos: (i) metas específicas para el cumplimiento de la presente orden, (ii) un cronograma para el cumplimiento de las metas y (iii) las acciones que se llevarán a cabo para el cumplimiento de las metas, especificando en cada caso el funcionario responsable de su cumplimiento. El Plan deberá ser presentado, antes del 15 de noviembre de 2008 ante el Comité de Verificación creado por el Consejo de Estado y ante la Corte Constitucional y deberá ser ejecutado en su totalidad antes de marzo 15 de 2009. En caso de que en esta fecha (15 de marzo de 2009) no se haya efectuado el reembolso de al menos el 50% de las solicitudes de recobro que están atrasadas en el trámite a 31 de septiembre de

2008, independiente de las glosas que tengan, operará un mecanismo de compensación general para dicho 50%. El 50% restante deberá haber sido cancelado en su totalidad antes del primero (1°) de julio de 2009. En caso de que posteriormente se verifique que el Fosyga no estaba obligado a realizar determinados reembolsos, deberá adoptar las medidas para compensar esos recursos, con la correspondiente EPS. El Ministerio de Protección Social y el administrador del Fosyga, presentarán un informe sobre la ejecución del Plan de Contingencia cada dos meses al Comité de Verificación”. “Vigésimo séptimo.- Ordenar al Ministerio de Protección Social que tome las medidas necesarias para que el sistema de verificación, control y pago de las solicitudes de recobro funcione de manera eficiente, y que el Fosyga desembolse prontamente los dineros concernientes a las solicitudes de recobro. El Ministerio de Protección Social podrá definir el tipo de medidas necesarias. El Ministerio de Protección Social también podrá rediseñar el sistema de recobro de la manera que considere más adecuada, teniendo en cuenta: (i) la garantía del flujo oportuno y efectivo de recursos para financiar los servicios de salud, (ii) la definición de un trámite ágil y claro para auditar las solicitudes de recobro sin que el tiempo que dure el auditaje obstaculice el flujo de los recursos (iii) la transparencia en la asignación de los recursos del Fosyga y (iv) la asignación de los recursos para la atención eficiente de las necesidades y prioridades de la salud. El 1° de febrero de 2009, el Ministerio de Protección Social deberá remitir a la Corte

Constitucional la regulación mediante la cual se adopte este nuevo sistema. El nuevo sistema deberá empezar a ser aplicado en el tercer trimestre del año 2009, en la fecha que indique el propio regulador”. Que en cumplimiento de lo establecido en la Sentencia T-760 de 2008, se prevé un incremento considerable en el número de reclamaciones radicadas ante el Administrador Fiduciario de los recursos del FOSYGA por concepto de recobros de medicamentos No POS y Fallos de Tutela por parte de las EPS y EPS-S.

ACUERDO NÚMERO______401_______ DE 2008____________ HOJA No. 3

Continuación del Acuerdo “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Compensación y Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, para la vigencia fiscal 2008” Que la Dirección General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social señala que conforme a los Estados Financieros del FOSYGA con corte a 31 de diciembre de 2007 dictaminados por la Revisoría Fiscal del FOSYGA, el monto total de los excedentes financieros de la Subcuenta de Compensación ascienden a $930.584.719.914 de acuerdo con la certificación del Consorcio FIDUFOSYGA 2005, de los cuales ya se incorporaron al Presupuesto $286.283.347.892. Que por lo tanto, el saldo de excedentes financieros, una vez descontados los ya incorporados ascienden a $644.301.370.022 en la Subcuenta de Compensación, los cuales permiten financiar la necesidad de adición en esta subcuenta.

Que la Dirección General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social señala que conforme a la ejecución presupuestal de Ingresos con corte a 30 de octubre de 2008 recibida del Consorcio FIDUFOSYGA 2005, el recaudo acumulado de la Subcuenta de Solidaridad en el rubro “Contribución de Solidaridad proveniente de cotizaciones - Fondos Especiales“ refleja un recaudo de $1.242.883.7 millones equivalente al 91.99% de lo apropiado y el rubro “Rendimientos Financieros de Inversiones” refleja una ejecución de $173.741.7 millones equivalente al 147.11% con relación al monto asignado para la vigencia. Que la Dirección General de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social manifiesta que de acuerdo con la información recibida del Consorcio FIDUFOSYGA 2005, administrador de los recursos del FOSYGA, mediante Oficio MYT-3298-08 CD 051007 del 27 de octubre de 2008 en el cual presenta la proyección de recobros de Medicamentos No POS y Fallos de Tutela que pueden ser radicados por parte de las EPS y EPS-S en la vigencia 2008 dando aplicación a lo establecido en las resoluciones expedidas por el Ministerio, se concluye que el valor asignado a los rubros “Otros Eventos y Fallos de Tutela” de la Subcuenta de Compensación y “Apoyo Otros Eventos y Fallos de Tutela” de la Subcuenta de Solidaridad, aprobados mediante Acuerdos 376 y 397 del CNSSS no es suficiente para cumplir los compromisos por estos conceptos, lo que hace necesario adicionar recursos en los rubros mencionados para cubrir el pago de recobros que se

presenten en lo que resta de la vigencia actual. Que conforme a lo anterior, se hace necesario adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos del FOSYGA, para la presente vigencia fiscal en las Subcuenta de Compensación y Solidaridad. Que el presente Acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Acuerdo 31 del CNSSS, cuenta con concepto previo favorable de la Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo del Ministerio de la Protección Social por considerarlo ajustado a las normas vigentes, el cual se anexa al acta correspondiente.

ACUERDA: ARTÍCULO 1o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de

Compensación y Solidaridad, así:

SUBCUENTA COMPENSACIÓN

INGRESOS

EXCEDENTES FINANCIEROS VIGENCIA 2007 355.400.000.000

TOTAL INGRESOS COMPENSACIÓN 355.400.000.000

GASTOS

OTROS EVENTOS Y FALLOS DE TUTELA 350.000.000.000

APOYO TECNICO AUDITORIA Y REMUNERACION FIDUCIARIA 5.400.000.000

TOTAL GASTOS COMPENSACIÓN 355.400.000.000

ACUERDO NÚMERO______401_______ DE 2008____________ HOJA No. 4

Continuación del Acuerdo “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Compensación y Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, para la vigencia fiscal 2008”

SUBCUENTA SOLIDARIDAD

INGRESOS

CONTRIBUCIÓN DE SOLIDARIDAD PROVENIENTE DE COTIZACIONES - FONDOS

20.000.000.000

ESPECIALES

RENDIMIENTOS FINANCIEROS DE INVERSIONES 200.000.000

TOTAL INGRESOS SOLIDARIDAD 20.200.000.000

GASTOS

APOYO OTROS EVENTOS Y FALLOS DE TUTELA 20.000.000.000

APOYO TECNICO AUDITORIA Y REMUNERACION FIDUCIARIA 200.000.000

TOTAL GASTOS SOLIDARIDAD 20.200.000.000

ARTÍCULO 2o. Realizadas las anteriores modificaciones, el Presupuesto del FOSYGA para la vigencia 2008 quedará así:

AMARGORP

AMARGORPBUS

OTCEYORP

OTCEYORPRBUS

SOSRUCER

APROPIACION VIGENCIA

CONCEPTO

2008

SUBCUENTA COMPENSACION

INGRESOS Recaudo Proceso de Compensación UPC - Sin Situación 600210101 de Fondos 6,468,876,177,705.00 Recaudo Proceso de Compensación - Con Situación de 600210102 Fondos 2,337,100,456,366.00 Recursos Subcuenta de Solidaridad para Madres 600210103 Comunitarias y su Núcleo Familiar 31,832,217,297.00 Rendimientos Financieros Subcuenta de Solidaridad y Promoción para el Régimen de Madres Comunitarias y su 600210104 Núcleo Familiar 9,485,715,392.00 600210105 Recaudo Régimen de Excepción 201,862,572,798.00 600210106 Rendimientos Financieros Inversiones 116,164,940,791.00 600210107 Rendimientos Financieros Cuentas Recaudo EPS 24,372,724,394.00

600210108 Excedentes Financieros Vigencia 2007 641,683,347,892.00 Rendimientos Financieros Sin Situación de Fondos 600210109 Cuentas de Recaudo Apropiación EPS 5,418,464,234.00 TOTAL INGRESOS COMPENSACION 9,836,796,616,869.00 630 304 8 GASTOS 630 304 8 1 01 Proceso Compensación Apropiación Directa 5,965,421,609,811.00 630 304 8 2 01 Déficit Proceso Compensación – FOSYGA 2,140,183,830,754.00 Incapacidades por Enfermedad General - Apropiación 630 304 8 3 01 Directa 198,866,824,979.00 Licencias de Maternidad y Paternidad - Apropiación 630 304 8 4 01 Directa 140,711,567,025.00 Régimen Especial Madres Comunitarias Incluido el 630 304 8 5 01 Núcleo Familiar 56,930,879,654.00 630 304 8 6 01 Otros Eventos y Fallos de Tutela 1,139,296,126,820.00 Licencias de Maternidad y Paternidad – Pago a través del 630 304 8 9 01 FOSYGA 163,876,175,890.00 Rendimientos Financieros Cuentas de Recaudo 630 304 8 8 01 Apropiación EPS 5,418,464,236.00 630 304 8 7 01 Apoyo Técnico, Auditoría y Remuneración Fiduciaria 26,044,987,700.00 630 304 8 10 Sentencias y Conciliaciones 46,150,000.00

TOTAL GASTOS COMPENSACION 9,836,796,616,869.00

SUBCUENTA SOLIDARIDAD

INGRESOS Paripassu Nación - Otros Recursos Con Situación de 600210201 Fondos 305,604,945,000.00 600210202 Deuda Nación - Otros Recursos Con Situación de Fondos 377,188,055,000.00 Contribución de Solidaridad Proveniente de Cotizaciones 600210203 - Fondos Especiales 1,371,076,267,799.00 600210204 Cajas de Compensación Familiar 105,309,372,919.00 600210205 Impuesto Social a las Armas 3,198,960,275.00 600210206 Rendimientos Financieros de Inversiones 118,854,908,785.00 600210207 Rendimientos Cuentas de Recaudo EPS 1,130,090,338.00 600210208 Excedentes Financieros 2007 287,866,982,905.03

TOTAL INGRESOS SOLIDARIDAD 2,570,229,583,021.03

GASTOS

ACUERDO NÚMERO______401_______ DE 2008____________ HOJA No. 5

Continuación del Acuerdo “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Compensación y Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, para la vigencia fiscal 2008”

AMARGORP

AMARGORPBUS

OTCEYORP

OTCEYORPRBUS

SOSRUCER

APROPIACION VIGENCIA

CONCEPTO

2008 Ampliación Renovación del Régimen Subsidiado Subcuenta de Solidaridad FOSYGA - Aportes de la

630 304 7 1 10 Nación 550,943,000,000.00 Subsidio a la Demanda - Régimen Subsidiado - Fondos 630 304 7 1 16 Especiales 1,436,255,971,029.00 630 304 7 2 16 Subsidio a la Demanda - Déficit Cajas de Compensación 517,018,645.00 Subsidio a la Demanda Atención en Salud Régimen 630 304 7 3 16 Especial Madres Comunitarias 31,832,217,297.00 Subsidio a la Demanda Atención en Salud Déficit 630 304 7 4 16 Madres Comunitarias - Rendimientos Financieros 8,098,770,373.00 630 304 7 5 16 Apoyo Otros Eventos y Fallos de Tutela 113,437,350,744.00 630 304 7 6 16 Apoyo Otros Eventos de Trauma Mayor por Violencia 3,198,960,275.00 630 304 7 7 16 Apoyo Técnico, Auditoria y Remuneración Fiduciaria 6,229,311,753.00 Subsidio a la Demanda - Régimen Subsidiado - Fondos Especiales - Ampliación de cobertura cumplimiento Fallo 8 16 del Consejo de Estado 287,866,982,905.03 Ampliación Renovación del Régimen Subsidiado Subcuenta de Solidaridad FOSYGA Atención a la Población Desplazada APD a Nivel Nacional - Aportes 630 304 24 10 de la Nación 131,850,000,000.00

TOTAL GASTOS SOLIDARIDAD 2,570,229,583,021.03

SUBCUENTA PROMOCION

INGRESOS Recaudo Proceso Compensación 0.41 puntos del 600210301 Régimen ContributivoSin situación de Fondos 227,864,217,269.00 Recaudo Proceso Compensación 0.41 puntos del 600210302 Régimen ContributivoCon situación de Fondos 104,626,051,938.00 600210303 Recaudo Régimen de Excepción 7,983,373,226.00 Fondos EspecialesImpuesto Social a las Municiones y 600210304 Explosivos 1,300,000,000.00 600210305 Rendimientos Financieros Inversiones 11,880,260,942.00 600210306 Excedentes Financieros Vigencia 2007 16,330,419,808.00 600210307 Rendimientos Financieros Cuentas de Recaudo EPS 815,817,427.00 Recursos Nación Plan Nacional de Salud Pública Art.43 600210314 Ley 1169 10,000,000,000.00

TOTAL INGRESOS PROMOCION 380,800,140,610.00

GASTOS Prevención de la Violencia y Promoción de la 630 304 6 1 16 Convivencia Pacifica 1,300,000,000.00 Programas de Promoción y PrevenciónEjecución 630 304 9 2 01 Directa. Proceso Compensación 248,289,761,493.00 Programas de Promoción y Prevención EPS Déficit 630 304 3 01 Proceso de Compensación – FOSYGA 68,968,280,000.00 630 304 4 01 Programas Nacionales de Promoción y Prevención 50,000,000,000.00 630 304 5 01 Déficit Madres ComunitariasRendimientos Financieros 1,386,945,018.00

8000 304 6 01 Apoyo Técnico, Auditoria y Remuneración Fiduciaria 855,154,099.00 Plan Nacional de Salud Pública. Articulo 67 Ley 1169 de 630 304 26 10 2007 10,000,000,000.00

TOTAL GASTOS PROMOCION 380,800,140,610.00

SUBCUENTA ECAT

INGRESOS 600210401 Fondos Especiales 156,500,000,000.00

TOTAL INGRESOS ECAT 156,500,000,000.00

GASTOS 630 304 5 6 16 Apoyo Técnico, Auditoria y Remuneración Fiduciaria 5,172,349,681.00

MEJORAMIENTO DE LA RED DE URGENCIAS Y

ATENCION DE RIESGOS CATASTROFICOS Y ACCIDENTES DE TRANSITO - SUBCUENTA ECAT DEL 630 304 5 16 FOSYGA 101,327,650,319.00

Implantación de Proyectos Para Atención Prioritaria en Salud Nacional Previo Concepto DNP Art. 43 de la Ley 630 304 25 16 1122 de 2007 y Art.45 de la Ley 1151 de 2007 50,000,000,000.00

TOTAL GASTOS ECAT 156,500,000,000.00

TOTAL FOSYGA INGRESOS 12,944,326,340,500.03

TOTAL FOSYGA GASTOS 12,944,326,340,500.03

ACUERDO NÚMERO______401_______ DE 2008____________ HOJA No. 6

Continuación del Acuerdo “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Subcuentas de Compensación y Solidaridad del Fondo de Solidaridad y Garantía, FOSYGA, para la vigencia fiscal 2008”

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C., a los 24 NOVIEMBRE 2008 DIEGO PALACIO BETANCOURT OSCAR IVAN ZULUAGA ESCOBAR Ministro de la Protección Social Ministro de Hacienda y Crédito Público Presidente del CNSSS CARLOS IGNACIO CUERVO VALENCIA Secretario Técnico CNSSS NOTA AL MEDIO MAGNÉTICO: En el documento original y en las publicaciones oficiales en medio físico, se presentan las firmas originales. El presente Acuerdo se encuentra publicado en el Diario Oficial 47.199 del 10 de Diciembre de 2008.

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