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MINSALUD - Acuerdo 92 de 1998

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Acuerdo 92 de 1998
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
1998

REPUBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE SALUD

CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

ACUERDO NUMERO 92

Por el cual se declara como evento catastrófico la situación de salud de la población carcelaria del País EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD En ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 167, 172 numeral 12 y 218 de la ley 100 de 1993 y en el artículo 33 del Decreto 1283 de 1996, ACUERDA: ARTICULO 1º.- Declaración de evento catastrófico: Declarar como evento catastrófico las condiciones sanitarias y de salubridad de la población carcelaria del País. ARTICULO 2º.- Atención en Salud a la población carcelaria del País. La población carcelaria tendrá derecho a recibir los servicios de salud integral, necesarios tanto para la prevención como para la atención oportuna de la enfermedad.

PARAGRAFO: El Ministerio de Salud podrá celebrar convenios interadministrativos o contratos con entidades especializadas en aseguramiento y prestación de servicios de salud, con el objeto de garantizar la atención de la población carcelaria.

ARTICULO 3º. - Acreditación de la condición de víctima. Para efectos del presente Acuerdo se entenderá que son víctimas todas las personas que conforman la población carcelaria del País. El INPEC acreditará la condición de víctima mediante la 1

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CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

ACUERDO NUMERO 92

Por el cual se declara como evento catastrófico la situación de salud de la población

carcelaria del País elaboración de un listado censal de la población carcelaria, el cual será avalado por la Defensoría del Pueblo. ARTICULO 4º.- Asignación de Recursos. Se destinan para financiar la atención integral en salud de esta población, la suma de CINCO MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS ($ 5.500.000.000) de la Subcuenta ECAT del Fondo de Solidaridad y Garantía, rubro Reaseguro - Reserva Especial. ARTICULO 5º.- Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín del Ministerio de Salud, Capítulo Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.

NOTA AL MEDIO MAGNETICO: En el documento original y en las publicaciones oficiales en medio físico, fechadas el 26 de Marzo de 1998, se

encuentran las firmas de:

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los

MARIA TERESA FORERO DE SAADE ANTONIO J. URDINOLA URIBE

Presidente CNSSS Ministro de Hacienda y Crédito Público 2

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CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

ACUERDO NUMERO 92

Por el cual se declara como evento catastrófico la situación de salud de la población carcelaria del País

LUIS CARLOS SANDINO RESTREPO

Secretario Técnico CNSSS 3

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