MINSALUD - Acuerdo 94 de 1998
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Acuerdo 94 de 1998
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 1998
REPUBLICA DE COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
ACUERDO NUMERO 94
Por el cual se modifica el Acuerdo No. 86 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD En uso de sus atribuciones legales conferidas por la Ley 100 de 1993, numeral 12 del artículo 172 y el Decreto 1283 de 1996, artículo 6o. Y CONSIDERANDO Que la Ley 418 de 1997 “ por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones“ y en desarrollo del principio de solidaridad social, estableció que las instituciones hospitalarias, públicas o privadas, del territorio nacional, que presten servicios de salud, tienen la obligación de atender de manera inmediata a las víctimas de los atentados terroristas que lo requieran, con independencia de la capacidad socioeconómica de los demandantes de estos servicios y sin exigir condición previa para su admisión. Que con base en lo anterior, la distribución del presupuesto de gastos de la Subcuenta ECAT del Fondo de Solidaridad y Garantía debe ajustarse para fortalecer la capacidad de ejecución del concepto de gasto “Víctimas de atentados y catástrofes” y clasificar el concepto de Atención a la Población Desplazada como un concepto de gasto con destinación específica diferente de programas institucionales. Que de conformidad con el Acuerdo No. 92 del CNSSS, se declaró como evento catastrófico las condiciones sanitarias y de salubridad de la población carcelaria del país.
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CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
ACUERDO NUMERO 94
Por el cual se modifica el Acuerdo No. 86 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. Que se debe precisar el alcance del concepto de Reaseguro Reserva Especial, identificando dentro del presupuesto la destinación de los recursos para atender: el pago de los excedentes a víctimas de eventos catastróficos y terroristas, atención a la población carcelaria y garantizar el pago de indemnizaciones y excedentes a las víctimas de accidentes de tránsito y la atención integral a víctimas de eventos catastróficos y terroristas, una vez agotados los recursos asignados a estos conceptos. Que en virtud de lo anterior se requiere ajustar presupuestalmente la destinación de los recursos al interior de la Subcuenta ECAT. ACUERDA ARTICULO 1o. Ajustar la estructura programática de gastos de la Subcuenta ECAT del Fondo de Solidaridad y Garantía, en los siguientes conceptos: Reserva Especial - Reaseguro Reserva Especial: - Excedentes víctimas de eventos catastróficos y terroristas. - Reserva Especial – Atención población carcelaria - Reserva Especial –Ajuste 2
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ACUERDO NUMERO 94
Por el cual se modifica el Acuerdo No. 86 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. Programa - Atención población desplazada. Artículo 2º. Ajustar el presupuesto de gastos de la subcuenta ECAT del
Fondo de Solidaridad y Garantía, aprobado en el Acuerdo 86 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud así: ( Miles de pesos)
CONTRACREDITO CREDITO
ECAT
GASTOS
PROGRAMAS INSTITUCIONALES 33.616.000
- FORTALECIMIENTO RED DE URGENCIAS 18.616.000
- ATENCIÓN POBLACION DESPLAZADA 15.000.000
REASEGURO –RESERVA ESPECIAL 5.500.000
VICTIMAS DE ATENTADOS Y CATASTROFES 3.420.000
PROGRAMAATENCIÓN POBLACION DESPLAZADA 15.000.000
REASEGURO RESERVA ESPECIAL 20.696.000
- RESERVA ESPECIAL - ATENCION POBLACION
5.500.000
CARCELARIA 15.196.000 - - RESERVA ESPECIAL - AJUSTE TOTAL 39.116.000 39.116.000
ARTICULO 3º. . Efectuadas las anteriores modificaciones y teniendo en cuenta lo aprobado por el CNSSS en el Acuerdo No 93 “ Por el cual se autoriza una destinación de recursos de las subcuentas de Compensación y Promoción y se modifica el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía”, el presupuesto del FOSYGA para el año 1998, quedará así:
SUBCUENTA COMPENSACION
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ACUERDO NUMERO 94
Por el cual se modifica el Acuerdo No. 86 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. (Miles de pesos)
INGRESOS
SUPERAVIT RECAUDO UPC 158.243.000
RENDIMIENTOS FINANCIEROS 35.988.000
TOTAL INGRESOS 194.231.000
GASTOS
PAGO PROCESO COMPENSACION 191.816.000
PAGO OTROS EVENTOS 326.440
PAGO FALLOS DE TUTELAS 173.560
APOYO TECNICO, AUDITORIA Y REMUNERACION
FIDUCIARIA 1.915.000
TOTAL GASTOS 194.231.000
SUBCUENTA PROMOCION
INGRESOS
SUPERAVIT COMPENSACION DEL
0.5 PUNTOS DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO 15.062.000
IMPUESTO A LAS MUNICIONES 1.381.000
RENDIMIENTOS FINANCIEROS 2.528.000
TOTAL INGRESOS 18.971.000
GASTOS
PROGRAMAS DE PROMOCION Y PREVENCION 15.035.559
PREVENCION DE LA VIOLENCIA Y PROMOCION DE LA
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Por el cual se modifica el Acuerdo No. 86 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
CONVIVENCIA PACIFICA 3.601.000
PAGO FALLOS DE TUTELAS 26.441
APOYO TECNICO, AUDITORIA Y REMUNERACION
FIDUCIARIA 308.000
TOTAL GASTOS 18.971.000
SUBCUENTA SOLIDARIDAD
INGRESOS
PUNTO DE COTIZACION 298.249.000
APORTE DEL GOBIERNO NACIONAL 133.371.000
RENDIMIENTOS FINANCIEROS 45.548.000
IMPUESTO A LAS ARMAS 2.587.000
TOTAL INGRESOS 479.755.000
GASTOS
SUBSIDIO A LA DEMANDAREGIMEN SUBSIDIADO 472.510.000
OTROS EVENTOS DE TRAUMA MAYOR POR VIOLENCIA 2.587.000
CAJAS DE COMPENSACION Y CAJA DE PREVISION
SOCIAL SANTAFE DE BOGOTAREINTEGROS 186.000
APOYO TECNICO, AUDITORIA Y REMUNERACION
FIDUCIARIA 4.472.000
TOTAL GASTOS 479.755.000
SUBCUENTA ECAT
INGRESOS
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Por el cual se modifica el Acuerdo No. 86 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
FONSAT 20% 26.582.000
SOAT 50% 62.024.000
RENDIMIENTOS FINANCIEROS 44.031.000
TOTAL INGRESOS 132.637.000
ECAT
GASTOS
VICTIMAS DE ACCIDENTES DE TRANSITO 23.493.000
EXCEDENTES VICTIMAS DE ACCIDENTES DE TRANSITO 4.814.000
VICTIMAS DE ATENTADOS Y CATASTROFES 4.330.000
PROGRAMAS INSTITUCIONALES
- FORTALECIMIENTO RED DE URGENCIAS 50.000.000
PROGRAMA-ATENCION POBLACION DESPLAZADA 15.000.000
REASEGUROS - RESERVA ESPECIAL 30.709.000
- REASEGURORESERVA ESPECIAL-EXCEDENTES VICTIMAS DE 10.013.000
ATENTADOS Y CATASTROFES
5.500.000 - RESERVA ESPECIAL - ATENCION POBLACION CARCELARIA - RESERVA ESPECIAL – AJUSTE 15.196.000
PROCESOS DE REPETICION 1.500.000
APOYO TECNICO, AUDITORIA Y REMUNERACION 2.791.000
FIDUCIARIA
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Por el cual se modifica el Acuerdo No. 86 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
TOTAL GASTOS 132.637.000
TOTAL PRESUPUESTO INGRESOS Y GASTOS FOSYGA 825.594.000
ARTICULO 4o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín del Ministerio de Salud, Capítulo Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
NOTA AL MEDIO MAGNETICO: En el documento original y en las publicaciones oficiales en medio físico, fechadas el 8 de Junio de 1998, se encuentran las
firmas de:
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C. , a los
MARIA TERESA FORERO DE SAADE ANTONIO J. URDINOLA URIBE
Presidente CNSSS Ministro de Hacienda y Crédito Público
LUIS CARLOS SANDINO RESTREPO
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Por el cual se modifica el Acuerdo No. 86 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. Secretario Técnico CNSSS 8