MINSALUD - Acuerdo No 0005 de 2014
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Acuerdo No 0005 de 2014
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2014
REPEMICA DF Conny
CONSEJO NACIONAL DE DISCAPACIDAD ACUERDO NUMERO 005 DE 2014 «23m 204 ) Por el cual se recomienda establecer y otorgar el “Sello Colombia Inclusiva” EL CONSEJO NACIONAL DISCAPACIDAD En ejercicio de las facultades conferidas por los numerales 1, 3 y 12 del artículo 12 de la Ley 1145 de 2007 y, CONSIDERANDO Que la Ley 1145 de 2007, organizó el Sistema Nacional de Discapacidad -SND como el mecanismo de coordinación de los diferentes actores que intervienen en la integración social de la población con discapacidad. Que el Consejo Nacional de Discapacidad —CND, es un organismo del Sistema Nacional de Discapacidad de nivel consultor y de asesoría institucional del Sistema Nacional de Discapacidad, de carácter permanente, para la coordinación, planificación, concertación, adopción y evaluación de las políticas públicas generales y sectoriales de la discapacidad en Colombia. Que el numeral 3 del artículo 12 de la Ley 1145 de 2007 y el numeral 4 del artículo 4 del Acuerdo 001 de 2011, señalan como función de dicho Consejo la de presentar recomendaciones técnicas y las que correspondan para el desarrollo de la política social a favor de las personas con discapacidad. Que el numeral 1 literal c del artículo 8 de la Convención Internacional sobre Derechos de las Personas con Discapacidad -CDPD, aprobada mediante la Ley 1346 de 2009, convoca a los Estados Partes a promover la toma de conciencia, respecto de las capacidades y aportaciones de las personas con discapacidad y como una medida para este fin, la de mantener campañas
efectivas de sensibilización pública que tengan en cuenta a las personas con discapacidad y sus derechos humanos.
ACUERDO No. 005 DE 2014
Por el cual se recomienda establecer y otorgar el "Sello Colombia Inclusiva” 2de3 Que entre las recomendaciones de la evaluación Institucional de la Política Nacional de Discapacidad presentada por el Departamento Nacional de Planeación -DNP en noviembre de 2012, se plantea la necesidad de erradicar las acciones mediáticas que empobrecen la imagen de las personas con discapacidad y las ubican en el escenario social como sujetos de compasión, que requieren de la caridad para subsistir, y remplazarlas por estrategias comunicativas que promuevan capacidades y movilicen imaginarios positivos sobre esta población. Que en la recomendación 7 del informe Mundial de Discapacidad plantea que es fundamental mejorar la comprensión pública de la discapacidad, oponerse a las percepciones negativas y representarla en su justa medida. Que el numeral 6 del artículo 6 de la Ley Estatutaria 1618 de 2013, contempla como deberes de la sociedad promover, difundir, respetar y visibilizar el ejercicio efectivo de todos los derechos de las personas con discapacidad. Que dentro de las recomendaciones a todos los sectores planteadas en el Conpes 166 de 2013, se encuentra la de promover el conocimiento de los derechos y deberes de las PcD a través de estrategias de Información, Educación y Comunicación -IEC, asi como las responsabilidades y obligaciones adquiridas en el marco de la Ley Estatutaria 1618 de 2013, sus decretos reglamentarios y la Política Pública de Discapacidad e Inclusión
Social. Que el Ministerio de Salud y Protección Social ha diseñado e implementado la “Estrategia Colombia Inclusiva” consistente en la generación de espacios de diálogo, concertación y cooperación entre actores públicos y privados con el fin de compartir resultados y experiencias que apoyan la consolidación de la Política Pública Nacional de Discapacidad e Inclusión Social. Que una de las acciones contempladas en la “Estrategia Colombia Inclusiva” es la de realizar actos de reconocimiento que exalte la labor de organizaciones públicas y privadas, así como de la sociedad civil organizada que desarrollan acciones con resultados concretos y replicables en torno a la inclusión de personas con discapacidad. Que en consecuencia, es pertinente establecer el "Sello Colombia Inclusiva” como un reconocimiento público no pecuniario que promueva el desarrollo de la Estrategia Colombia Inclusiva”. Que la Dirección Jurídica del Ministerio de Salud y Protección Social, emitió concepto mediante radicado número 201411400092313 de 2014, recibido en la Oficina de Promoción Social, el cual se anexa y hace parte del presente Acuerdo. Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDO No. 005 DE 2014
Por el cual se recomienda establecer y otorgar el “Sello Colombia inclusiva” 3de3 ACUERDA Artículo 1. Recomendar al Ministerio de Salud y Protección Social, en su calidad de rector de la Política Pública de Discapacidad y de coordinador del Sistema Nacional de Discapacidad, establecer y otorgar el “Sello Colombia Inclusiva”, como un reconocimiento no pecuniario a organizaciones públicas y privadas, así como a la sociedad civil organizada que desarrollan acciones con
resultados concretos y replicables en torno a la inclusión de personas con discapacidad. Artículo 2. Recomendar al Ministerio que el otorgamiento del “Sello Colombia Inclusiva” se haga en el marco del evento central de la “Estrategia Colombia Inclusiva”, que se realiza cada dos años. Artículo 3. Recomendar a toda la institucionalidad que integra el Sistema Nacional de Discapacidad —SND, vincularse al desarrollo de la “Estrategia Colombia Inclusiva”, liderada por el Ministerio de Salud y Protección Social como ente rector del Sistema. Artículo 4. Solicitar al Grupo de Enlace Sectorial -GES, que en el término de (3) tres meses contados a partir de la vigencia del presente acuerdo, defina el cronograma para su implementación, la reglamentación de la convocatoria, las categorías de entrega del “Sello Colombia Inclusiva” y los sectores responsables a los que aplique. Artículo 5. Recomendar a todas las instancias del Sistema Nacional de Discapacidad en el nivel nacional y territorial, realizar la difusión y promoción de la estrategia a través de diferentes medios, bajo condiciones de accesibilidad, así como la motivación para la postulación de las experiencias exitosas en cada una de las categorías establecidas para la entrega del “Sello Colombia Inclusiva”. Artículo 6. Recomendar la difusión de las experiencias ganadoras del “Sello Colombia Inclusiva” a través del Observatorio Nacional de Discapacidad y demás mecanismos de información de los diferentes sectores que integran el Sistema Nacional de Discapacidad.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C., alos)? 3 días del mes de abril de 2014
Y aa ud:
JARIA CRISTINA JILLO DE (974 RTE
Presidente CND