MINSALUD - Circular 2 de 1998
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Circular 2 de 1998
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 1998
ORGANIZACIÓN ELECTORAL
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REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO CIVIL S.N.I.
CARTA CIRCULAR No. 002
PARA Notarios, Cónsules de Colombia en el exterior, Registradores Especiales, Auxiliares, Municipales, Inspectores de Policía y Corregidores Departamentales. DE Directora Nacional de Registro Civil FECHA Febrero 11 de 1998. Atentamente me permito comunicarles que por disposiciones del Decreto 1171 del 28 de abril de 1997 y la resolución 01346 del 5 de mayo de 1997; el Ministerio de Salud, reglamentó y adoptó los certificados únicos de nacidos vivo y de defunción los cuales serán en adelante los documentos antecedentes para la inscripción en el registro civil; en consecuencia estos certificados, tienen plena validez para efectuar el registro civil de nacimiento y defunción. En cuanto al Registro Civil de Defunción, esta constancia reemplazó el Certificado Individual y no contiene las causas del deceso porque no es requisito esencial para su registro. Artículo 80 Decreto Ley 1260 de 1970 parágrafo II. Cordialmente,
DIRECTORA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL
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