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MINSALUD - Circular 2 de 1998

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Circular 2 de 1998
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
1998

ORGANIZACIÓN ELECTORAL

REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL

DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO CIVIL S.N.I.

CARTA CIRCULAR No. 002

PARA Notarios, Cónsules de Colombia en el exterior, Registradores Especiales, Auxiliares, Municipales, Inspectores de Policía y Corregidores Departamentales. DE Directora Nacional de Registro Civil FECHA Febrero 11 de 1998. Atentamente me permito comunicarles que por disposiciones del Decreto 1171 del 28 de abril de 1997 y la resolución 01346 del 5 de mayo de 1997; el Ministerio de Salud, reglamentó y adoptó los certificados únicos de nacidos vivo y de defunción los cuales serán en adelante los documentos antecedentes para la inscripción en el registro civil; en consecuencia estos certificados, tienen plena validez para efectuar el registro civil de nacimiento y defunción. En cuanto al Registro Civil de Defunción, esta constancia reemplazó el Certificado Individual y no contiene las causas del deceso porque no es requisito esencial para su registro. Artículo 80 Decreto Ley 1260 de 1970 parágrafo II. Cordialmente,

DIRECTORA NACIONAL DE REGISTRO CIVIL

Carrera 8 N° 13-31 Pisos 12,14 y 15 Tel. 2838274 Fax 2838367

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