MINSALUD - Circular 28 de 2017
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Circular 28 de 2017
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2017
@MINSALUD CIRCUlAR r0,!)0028 DE 2017
PARA: CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR - CCF QUE ADMINISTRAN,
PARTICIPEN O HAYAN OPERADO EL ASEGURAMIENTO DE SALUD.
DE: MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL.
ASUNTO: IDENTIFICACIÓN Y REPORTE DEL USO DE LOS RECURSOS DEL ARTÍCULO 36 DE LA LEY 1837 DE 2016.
FECHA: 15 AGO2 017
Este Ministerio en su calidad de órgano rector del sector salud y en el marco de las competencias previstas en el Decreto - Ley 4107 de 2011, se permite instruir a las destinatarias de la presente circular lo relacionado con la identificación y reporte del uso de recursos, en aplicación a lo dispuesto en el articulo 36 de la Ley 1837 de 2017, considerando lo siguiente: Con ta expedición de la Ley 1837 de 2017 se efectuaron modificaciones al presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2017, disponiendo al tenor del artículo 36 la reasignación de recursos para garantizar y financiar lós servicios de seguridad social en aseguramiento en salud, así: "Las Cajas de Compensación Familiar que administren programas de Salud o parlicipen en el aseguramiento en salud, podrán usar los recursos destinados al Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC) que a diciembre 31 de 2016 no hayan sido ejecutados, para el saneamiento de pasivos con prestadores de Servicios de salud y/o cumplimiento de condiciones financieras aplicables a las EPS. Así mismo, podrán destinar estos recursos en nuevos
proyectos de aseguramiento en salud". Conforme con lo anterior, las Cajas de Compensación Familiar - CCF que administran, participen o hayan operado el aseguramiento de salud, que tengan recursos del FOSFEC no ejecutados a 31 de diciembre de 2016 y decidan utilizarlos en los términos del articulo 36 de la Ley 1837 de 2017, los deberán identificar y reportar a la Dirección de Financiamiento Sectorial de este Ministerio, en el formato "Recursos a utilizar en el marco del arlícufo 36 de la Ley 1837 de 2017" que hace parte integral de la presente circular, especificando si se destinarán al: i) saneamiento de pasivos con prestadores de servicios de salud, ii) cumplimiento de condiciones financieras aplicables a las EPS, y/o iii) nuevos proyectos de aseguramiento en salud. El formulario deberá ser remitido en medio físico y magnético (Formato Excel), debidamente diligenciado y firmado por el representante legal, por el contador y el revisor fiscal de la CCF, a la Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio d.e Salud y Protección Social con copia a la Superintendencia Nacional de Salud, ·a más tardar el quince (15) de septiembre de 2017.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 15 AGO2 017
A RIA URIBE ud y Protección Soci~ Elaboró: Manuel G y Diana B Re só: Diana C. Lu Gabriel F Aprobó: C. oa'Wj • Carrera 13 No.32-76 -Código Posial 11031';-!B,Áot:i O.C Teléfono.(57-1 ¡3305000 - Línea gratui1ci. 018000952525 Fax: (57-1 )3305050 •·w ww.minsalud.gov.co
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