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MINSALUD - Circular Externa 001 de 2025

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Circular Externa 001 de 2025
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2025

Salud ••••11111~.

CIRCULAR EXTERNA No. 00000001 DE 2025

PARA: ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD DE LOS REGÍMENES

CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO, ENTIDADES PROMOTORAS DE

SALUD INDÍGENAS, ENTIDADES ADAPTADAS, INSTITUCIONES

PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD, ENTIDADES

TERRITORIALES, INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y

CARCELARIO— INPEC Y REGÍMENES DE EXCEPCIÓN

DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL (E)

ASUNTO: SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE ACCIONES DE TUTELA

INTERPUESTAS PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO

FUNDAMENTAL A LA SALUD - ORDEN TRIGÉSIMA DE LA SENTENCIA T-760/08, DE LA CORTE CONSTITUCIONAL FECHA: 0 3 ENE 2025

El Ministerio de Salud y Protección Social en ejercicio de sus facultades, especialmente, de la consagrada en el artículo 114 de la Ley 1438 de 2011, en virtud del cual, es obligación de los diferentes agentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud — SGSSS proveer la información que esta entidad solicite, de forma confiable, oportuna, clara y dentro de los plazos que se les fije para ello, imparte a los destinatarios de la presente circular las instrucciones que más adelante se detallan, previas las siguientes consideraciones: Mediante Sentencia T-760 de 2008, la Corte Constitucional impartió una serie de directrices tendientes a superar las fallas evidenciadas en el SGSSS, de las que hace parte el mandato trigésimo, que ordenó al entonces Ministerio de la Protección Social,

Mediante Sentencia T-760 de 2008, la Corte Constitucional impartió una serie de directrices tendientes a superar las fallas evidenciadas en el SGSSS, de las que hace parte el mandato trigésimo, que ordenó al entonces Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social, entre otros, presentar a la citada Corporación un reporte anual de medición de las acciones de tutela incoadas para la protección del derecho a la salud. Dicho reporte se viene elaborando con la información que se recauda directamente en las instalaciones de la Corte Constitucional, producto de los expedientes de tutela que le son enviados para su eventual revisión, sin embargo, se han presentado inconvenientes de carácter administrativo, propios de la operatividad del proceso, Ministerio de Salud y Protección Social

Dirección: Carrera 13 No, 32 - 76, Bogotá D.C., Co(oroh PBX: (+57) 601 330 5000

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 -- vw,7w.rninsalsO, Página 1 100000001 Salud 0 3 ENE 2025 afectando la recolección de la muestra que debe ser objeto de análisis para cumplir con la representatividad exigida por la precitada Corporación.

Conforme con lo expuesto, esta Cartera Ministerial en pro del acatamiento de la mencionada orden trigésima, en su momento expidió la Circular 004 de 2024, mediante la que solicitó a los agentes del SGSSS allí enlistados, enviar la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho a la salud, información conforme con la cual, se construyó el reporte de tutelas de la

mediante la que solicitó a los agentes del SGSSS allí enlistados, enviar la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho a la salud, información conforme con la cual, se construyó el reporte de tutelas de la vigencia 2023, remitido a la Corte Constitucional en cumplimiento de la citada orden trigésima. Que no obstante lo anterior, la precitada Corporación ha enfatizado en la necesidad de que este Ministerio realice el análisis correspondiente en cada caso concreto, de acuerdo con el supuesto fáctico y el hecho vulnerador, independientemente de si la entidad accionada hace o no parte del SGSSS. Que conforme con lo precedente, es menester, progresivamente ampliar la obligatoriedad de reporte, por lo que a través de la presente circular se incluirán entidades no cobijadas en la Circular 004 de 2024, en cuyo marco se imparten las siguientes instrucciones: De la obligatoriedad del reporte de la información relacionada con las acciones de tutela presentadas para la protección del derecho a la salud, y del mecanismo de reporte: las Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, las Entidades Promotoras de Salud Indígenas, las Entidades Adaptadas, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, las Entidades Territoriales, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario — lnpec, y los Regímenes de Excepción, deberán reportar a este Ministerio la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas en su contra para la protección del derecho a la salud, en el anexo técnico que hace parte integral de esta circular y bajo las especificaciones allí previstas. El reporte se hará a través de la Plataforma de Intercambio de Información - PISIS del Sistema Integral de

del derecho a la salud, en el anexo técnico que hace parte integral de esta circular y bajo las especificaciones allí previstas. El reporte se hará a través de la Plataforma de Intercambio de Información - PISIS del Sistema Integral de Información de la Protección Social — SISPRO. De la periodicidad y plazo para el reporte de la información: las entidades a que refiere el numeral anterior, enviarán la información solicitada mediante esta circular por periodos semestrales, dentro del mes siguiente al vencimiento del respectivo semestre, salvo la información correspondiente a la vigencia 2024 que deberá reportarse por toda la anualidad. Las fechas de corte y plazos para el envío de la información se describen en la siguiente tabla: Ministerio de Salud y Protección Socia l

Dirección: Carrera 1:3 No. 32 - 76, Bogotá D.C.. Colombia PBX (+57) 601 330 5000

Línea Gratub: (+57) 01 8000 960020 — Sit)V,(

Página 1 200000001 Salud 03 ENE 2 025 Fecha de corte de la información a reportar Plazo para enviar el archivo plano Fecha de corte Desde: Hasta: Desde 01/01/2024 al 31/12/2024 20/01/2025 20/02/2025 Desde 01/01/2025 al 30/06/2025 01/07/2025 31/07/2025 Desde 01/07/2025 al 31/12/2025 01/01/2026 31/01/2026 Para los siguientes períodos, el envío de los datos se realizará de forma semestral, es decir, dentro de los 30 días del primer mes calendario posterior a la finalización del semestre a reportar,

31/12/2025 01/01/2026 31/01/2026 Para los siguientes períodos, el envío de los datos se realizará de forma semestral, es decir, dentro de los 30 días del primer mes calendario posterior a la finalización del semestre a reportar, De las consecuencias del no reporte de información o de las correcciones que se soliciten: el no reporte de información por parte de las entidades a que refiere la presente circular, o de las correcciones que llegaren a solicitarse, será puesto en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud — SNS, por parte de la Oficina de Calidad de este Ministerio, a efecto de que la referida entidad en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, adelante las actuaciones que le correspondan, e informe de ello a este Ministerio, lo cual, se incluirá dentro del respectivo reporte anual de acciones de tutela en salud que se remita a la Corte Constitucional. De la protección de datos personales y tratamiento de la información: las entidades destinatarias de la presente circular serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos, y demás aspectos relacionados con el tratamiento de la información que les sea aplicable en el marco de las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014, el Decreto 1377 de 2013, y las normas que los modifiquen o sustituyan, respecto de los cuales, se harán responsables de la privacidad, confidencialidad y veracidad de la información, así como de los datos a que tengan acceso en virtud de esta circular. Del soporte y asistencia técnica para facilitar el reporte de la información: este Ministerio por intermedio de las Oficinas de Calidad y de Tecnología de la Información y la Comunicación - OTIC, brindará en sus instalaciones asistencia

Del soporte y asistencia técnica para facilitar el reporte de la información: este Ministerio por intermedio de las Oficinas de Calidad y de Tecnología de la Información y la Comunicación - OTIC, brindará en sus instalaciones asistencia técnica a las entidades obligadas a reportar, de una parte, mediante capacitación presencial, previa citación vía correo electrónico de las entidades que así lo soliciten, y de otra, con soporte permanente por parte de la Oficina de Calidad, y de la mesa de ayuda de la Plataforma de Intercambio de Información PISIS. Ministerio de Salud y Protección Social

Dirección: Carrera 13 No. 3276, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalud.goy.co Página 1 300000001 Salud 3 ENE 2025

6. Vigencia y derogatorias: La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Circular Externa No. 04 de 2024.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., 03 ENE 2025 rwt/a) Rodolfo Salas Figueroa RODOLFO ENRIQUE SALAS FIGUEROA Ministro de Salud y Protección Social (E)

Aprobó: Luz Adriana Zuluaga Salazar - Jefe Oficina de Calidad Jorge Eliecer González — Jefe Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación — OTIC (e)

Nelson David Caro Súa, Asesor Jurídico Externo. Dirección Jurídica. Ministerio de Salud y Protección Social

Jorge Eliecer González — Jefe Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación — OTIC (e) Nelson David Caro Súa, Asesor Jurídico Externo. Dirección Jurídica. Ministerio de Salud y Protección Social

Dirección: Carrera 13 No. 32 - 76, Bogotá D.C.. Colombia PBX: (+57) 601 330 5000

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalud.gov.co Página 1 4GO nogal Salud 03 ENE 2025

ANEXO TÉCNICO: REPORTE PARA RECOLECCIÓN DE LA INFORMACIÓN

RELACIONADA CON LAS ACCIONES DE TUTELA INTERPUESTAS PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA SALUD Las entidades objeto del presente reporte enviarán al Ministerio de Salud y Protección Social a través de archivos planos la información de las acciones de tutela para la protección del derecho a la salud interpuestas en su contra. Para el efecto, el contenido de los archivos planos deberá cumplir con los criterios establecidos en el anexo técnico definido en los siguientes capítulos:

ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS

CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS

PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS

PERIODO DE REPORTE Y PLAZO

1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS

a. Estructura y especificación del nombre del archivo. Los archivos planos para la recolección de la información relacionada con las acciones de tutela para la protección del derecho a la salud interpuestas en contra de las entidades objeto de reporte, deben cumplir con los siguientes estándares: Componente del nombre de archivo Valores permitidos o formato Descripción fija

acciones de tutela para la protección del derecho a la salud interpuestas en contra de las entidades objeto de reporte, deben cumplir con los siguientes estándares: Componente del nombre de archivo Valores permitidos o formato Descripción fija Longitud Requerido Módulo de información IVC Inspección, vigilancia y control 3 SI Tipo de fuente 170 Entidades obligadas a reportar 3 SI Tema de información TIDS Tutelas interpuestas para la protección del derecho a la salud — TIDS 4 SI Fecha de corte AAAAMMDD Fecha de corte de la información reportada. Es el último día calendario del período de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. 8 SI Ministerio de Salud y Protección Social

Dirección: Carrera 13 No. 3276, Bogotá D.C.. Colombia PBX: (+57) 601 330 5000

Linea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalucLgov,co Página 1 500000001 Sa lud 03 ENE 2025

Componente del nombre de archivo Valores permitidos o formato Descripción Longitud fija Requerido

Ejemplo: 20231231

Tipo de identificación de la entidad reportadora NI Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT 2 SI Número de identificación de la entidad reportadora

Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT 2 SI Número de identificación de la entidad reportadora 999999999999 NIT de la entidad reportadora, sin dígito de verificación. Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo.

Ejemplo: 000860999123 12 SI Extensión del archivo .txt Extensión del archivo plano .TXT 4 SI NOMBRE DEL ARCHIVO Tipo de archivo Nombre de archivo Longitud Reporte para la recolección de información de tutelas en salud interpuestas en contra de las entidades objeto de reporte IVC170TIDSAAAAMMODZZ999999999999.TXT 36

b. Contenido del archivo Ministerio de Salud y Protección Social

Dirección: Carrera 13 No. 3276, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000

Linea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalud.gov.co Página I 600000001 satud 1111~~1111111 03 ENE 2025

El archivo plano del "reporte para recolección de la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho a la salud" se estructura de la siguiente manera: comienza con un único registro de control (Registro Tipo 1), el cual, sirve para identificar la entidad que proporciona la información. A continuación, se encuentran diversos registros de detalle, que inician con el Registro

estructura de la siguiente manera: comienza con un único registro de control (Registro Tipo 1), el cual, sirve para identificar la entidad que proporciona la información. A continuación, se encuentran diversos registros de detalle, que inician con el Registro Tipo 2 y continúan secuencialmente, cada uno conteniendo los datos específicos solicitados, así: Registro Descripción Reporte Tipo 1 Registro de control Obligatorio Obligatorio Tipo 2 Registro de detalle de caracterización del beneficiario de la acción de tutela Tipo 3 Registro de detalle de los datos generales de la acción de tutela Obligatorio Tipo 4 Registro de detalle de la información realizando la medición de las acciones de tutela en salud desde los problemas jurídicos Obligatorio Ti 5 po Registro de detalle de las causas asociadas a los problemas jurídicos Obligatorio Ti 6 po Registro de detalle de las pretensiones asociadas a las causas de los problemas jurídicos Obligatorio Cada registro está conformado por campos, los cuales, van separados por el delimitador pipeline o barra vertical ( 1 ) b.1. REGISTRO TIPO 1 — REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. No . Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido O Tipo de registro 1 N 1: Valor que signi fica que es el registro de control Si 1 Tipo de identificación de la entidad reportadora 2 A Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especi ficar NI correspondiente al tipo de identificación NIT Si 2 Número de identificación de la entidad reportadora

dora 2 A Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especi ficar NI correspondiente al tipo de identificación NIT Si 2 Número de identificación de la entidad reportadora 12 A NIT de la entidad reportadora de las acciones de tutela sin dígito de verificación Si 3 Fecha inicial del periodo de información reportada 10 F En formato MM-MM-DO. Debe corresponder a la fecha de inicio del período de información reportada. Fecha válida: 2023-01-01 Si Ministerio de Salud y Protección Social

Dirección: Carrera 13 No. 3276, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalud.gov.co Página 1 700000001 salud 03 ENE 21.12

No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido 4 Fecha final del periodo de información reportada 10 F En formato MM-MM-DO. Debe corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. Último día calendario del mes o periodo que se está reportando. Fecha Válida: 2023-12-31 Si 5 Número total de registros de detalle contenidos en el archivo 6 N Debe corresponder a la cantidad total de registros detalle tipo 2, 3, 4, 5, 6 contenidos en el archivo Si

Si 5 Número total de registros de detalle contenidos en el archivo 6 N Debe corresponder a la cantidad total de registros detalle tipo 2, 3, 4, 5, 6 contenidos en el archivo Si b.2 REGISTRO TIPO 2 — REGISTRO DE DETALLE DE CARACTERIZACIÓN DEL BENEFICIARIO DE LA TUTELA A través del Registro Tipo 2, las entidades obligadas a reportar proporcionan los detalles específicos sobre la caracterización del beneficiario de la tutela. Cada registro se distingue de manera única por dos campos: el campo 4, que corresponde al tipo de Identificación del beneficiario de la tutela, y el campo 5, que se refiere al número de Identificación del beneficiario de la tutela. Es imperativo que estas identificaciones sean únicas y no se repitan dentro del archivo para garantizar la precisión y la integridad de la información reportada. En este registro, la caracterización de los usuarios, solo debe estar reportado el usuario una única vez No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido O Tipo de registro 1 N 2: Valor que significa que es el registro de detalle de caracterización del beneficiario de la acción de tutela Si 1 Consecutivo de registro 10 N Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia la numeración en 1 para el primer registro de detaIle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. Si 2 cación Tipo de identifide la entidad reportadora 2 A Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT

Si 2 cación Tipo de identifide la entidad reportadora 2 A Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT Si 3 Número de identificación de la entidad reportadora 12 A NIT de la entidad reportadora de las acciones de tutela sin dígito de verificación Si Ministerio de Salud y Protección Social Dire.c;ción: Carrera 13 No. 3276, Bogotá D.C., Colombia PBX: (4-57) 601 330 5000

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — www.minsalud.gov.co Página 1 8f y

00000001 Sa'íud 03 ENE No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido 4 Tipo de documento de identidad del beneficiario 2 A Corresponde al código del tipo de documento del usuario. Ver tabla de referencia TipolDPNconMS en web.sispro.gov.co. Si 5 Número de identificación 16 A Número de identificación del usuario, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior. Si 6 Nombre del beneficiario 60 A Nombre del beneficiario de la tutela Si 7 Apellido del beneficiario 60 , A Primer apellido del beneficiario de la tutela SI 8 País de origen 40 A Corresponde al país de origen del usuario que interpuso la tutela. Tabla de referencia disponible en: https://web.sispro.gov.co No

A Primer apellido del beneficiario de la tutela SI 8 País de origen 40 A Corresponde al país de origen del usuario que interpuso la tutela. Tabla de referencia disponible en: https://web.sispro.gov.co No 9 Migrante 1 N Corresponde a la condición en la que se encuentra el migrante en el país.

Los valores permitidos son: 1= Migrante regular 2= Migrante irregular 3= No es migrante

4= Desconocido Si 10 Régimen de afiliación del usuario 1 A Corresponde al código del Régimen de afiliación del usuario. Ver tabla de referencia SGDRe-gimenNomina en web.sispro.gov.co. Si 11 Código de habilitación de la entidad objeto de reporte 12 A Corresponde al código asignado a la EAPB, IPS o entidad que reporta la tutela. No diligenciar si no es asegurado. Ver tabla de referencia CodigoEAPByNit en web.sispro.gov.co. No 12 Fecha de nacimiento 10 0 F F Corresponde a fecha de nacimiento del beneficiario de la tutela. 13 Sexo 1 A Corresponde al código del sexo biológico. Ver tabla de referencia Sexo en web.sispro.gov.co. Si Ministerio de Salud y Protección Social

Dirección: Carrera 13 No. 3270, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000

L. a Gratuita: (+57) 01 7030 960020— www.minsaludeoveo Página i 900000001 Salud 03 ENE 2025 111011.111.

PBX: (+57) 601 330 5000

L. a Gratuita: (+57) 01 7030 960020— www.minsaludeoveo Página i 900000001 Salud 03 ENE 2025 111011.111.

No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido 14 Gestación 1 N Si el beneficiario de la tutela corresponde a sexo biológico "Mujer", registre si se encontraba en estado de gestación al interponer la tutela. Los valores permitidos son: 1=Si 2=No Si 15 Etnia 1 A Corresponde al código de la etnia referida por el usuario del servicio de salud. Ver tabla de referencia MDECEtnia en web.sispro.gov.co . Si 16 Población especial 2 N Corresponde al código de la población especial referida por el usuario del servicio de salud. Ver tabla de referencia LCETi-poPoblacionEspecial en web.sispro.gov.co. No 17 Tipo de afiliado 1 A Corresponde al tipo de afiliado del beneficiario de la. acción de tutela:

Los valores permitidos son: 1= Cotizante

2= Beneficiario 3= Adicional 4= No cotizante 5= Titular (aplica para regímenes especiales, de Excepción e INPEC) Si 18 Municipio de residencia 5 N Corresponde al código DIVIPOLA del municipio de residencia del usuario. Si 19 Indicador de actualización del registro 1 A Corresponde al indicador de actualización del registro. Los valores permitidos son: I= Insertar el registro al sistema

municipio de residencia del usuario. Si 19 Indicador de actualización del registro 1 A Corresponde al indicador de actualización del registro. Los valores permitidos son: I= Insertar el registro al sistema A= actualizar un registro reportado en el mismo año Si b.3 REGISTRO TIPO 3— REGISTRO DE DETALLE DE LOS DATOS GENERALES DE LA ACCIÓN DE TUTELA Mediante el registro Tipo 3, las entidades obligadas reportarán los detalles de los datos generales de la acción de tutela interpuesta. Para asegurar la unicidad y evitar duplicidades en el archivo, cada registro se identifica de manera exclusiva a través de tres campos: el campo número 4, correspondiente al tipo de identificación del beneficiario; el campo número 5, que es el número de identificación del beneficiario; y el campo número 7, el número de radicación de la tutela. Ministerio de Salud y Protección Social

Dirsodón: Carrera 13 No. 32 - 76, Bogotá D.C., Calumnia PBX: (57) 601 330 5000

Linea Gratuita: (+57)01 8000 960020 vw.msaqov,cc Página 1 1000000001 Salud 03 ENE 2025 ••111111 En el archivo tipo 3 detalle de las tutelas, los usuarios podrán estar reportados más de una vez, según la cantidad del número de tutelas interpuestas, con sus respectivos números de radicado.

No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido O Tipo de registro 1 N 3= Valor que significa que es el registro de detalle de los datos generales de la acción de tutela Si Consecutivo de registro 10 N

máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido O Tipo de registro 1 N 3= Valor que significa que es el registro de detalle de los datos generales de la acción de tutela Si Consecutivo de registro 10 N Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia la numeración en 1 para el primer registro de detaIle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. Si 2 Tipo de identificación de la entidad reportadora 2 A Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT Si 3 Número de identificación de la entidad reportadora 12 A NIT de la entidad reportadora de las acciones de tutela sin dígito de verificación Si 4 Tipo de identificación del beneficiario de la tutela 2 A Corresponde al código del tipo de documento del usuario. Ver tabla de referencia Tipol-DPNconMS en web.sispro.gov.co. Si Número de identificación del beneficiano de la tutela 16 A Número de identificación del usuario, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior. Si 6 Municipio en el cuál fue interpuesta la tutela 5 N Corresponde al código DIVIPOLA del municipio en el cuál fue interpuesta la tutela Si 7 Número de radicado de la acción de tutela en salud 23 N Corresponde al número de radicación de la tutela sin espacios.

Ejemplo de valor permitido:

tutela Si 7 Número de radicado de la acción de tutela en salud 23 N Corresponde al número de radicación de la tutela sin espacios.

Ejemplo de valor permitido: 11001311002220090104600

Si 8 Fecha de radicado 10 F Corresponde a la fecha en la que fue instaurada la Acción de tutela en formato AMA-MM-DD. Si Ministerio de Salud y Protección Social

Dirección: Carrera 13 No, 32 - 76, Bogotá D.C., Colornoia PBX: (+57) 601 330 5000

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 960020 — \.(divwsoinsaluii,onv.co Página 1 11ti 00000001 Salud 03 ENE 2025

No. rs l del ombre campo Longitud máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido 9 Decisión de primera instancia 1 N Corresponde a la decisión del juez en primera instancia.

Los valores permitidos son: 1= Concede total 2= Concede parcial 3= No concede (No hay vulneración del derecho fundamental a la salud) 4= Declara hecho superado 5= Declara improcedente (requisitos de procedimiento) 6= No se conoce la decisión de primera instancia Si 10 Impugnación 1 N Si el fallo de primera instancia fue impugnado indique a cuál de los valores

permitidos corresponde: 1= Si 2= No Si 11 Decisión de la segunda instancia 1 N Si en el campo de "Impugnación" respondió "Si", los valores permitidos son:

permitidos corresponde: 1= Si 2= No Si 11 Decisión de la segunda instancia 1 N Si en el campo de "Impugnación" respondió "Si", los valores permitidos son: 1= Confirma el fallo de primera instancia. 2= Revoca el fallo de primera instancia. 3= Modifica el fallo de primera instancia. Si 12 Incidente de Desacato 1 N Se presentó incidente de desacato.

Los valores permitidos son: 1= Si

2= No Si 13 Indicador de actualización del registro 1 A Corresponde al indicador de actualización del registro. Los valores permitidos son: I= .Insertar el registro al sistema A= actualizar un registro reportado en el mismo año Si b.4 REGISTRO TIPO 4 — REGISTRO DE DETALLE DE LA INFORMACIÓN REALIZANDO LA MEDICIÓN DE LAS ACCIONES DE TUTELA EN SALUD DESDE LOS PROBLEMAS JURÍDICOS Mediante el registro Tipo 4 las entidades obligadas, reportarán la información realizando la medición de cada tutela en salud según el problema jurídico en el Ministerio de Salud y Protección Social

Dirección: Carrera 13 No. 3276, Bogotá D.0Colombia PBX: (-57) 601 330 5000

Linea Graluaa: (+57)01 8030 060020 irtarni.rrins Página 1 1200000001 Salud 03 ENE 2025 .«..111•111111 que se adecua. El listado de problemas jurídicos está disponible en la web.sispro.gov.co .

Cada uno de estos registros se distingue de manera exclusiva por los campos 6:

que se adecua. El listado de problemas jurídicos está disponible en la web.sispro.gov.co . Cada uno de estos registros se distingue de manera exclusiva por los campos 6: número de radicado de la tutela y 7: código del problema jurídico, asegurando así que no existan duplicados dentro del mismo archivo No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido 0 Tipo de registro 1 N 4= Valor que significa que es el registro de detalle de la información realizando la medición de cada tutela en salud según el problema jurídico en el que se adecue Si 1 Consecutivo de registro 10 N Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia la numeración en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. Si 2 Tipo de identificación de la entidad reportadora 2 A Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT Si 3 Número de identificación de la entidad reportadora 12 A NIT de la entidad reportadora de las acciones de tutela sin dí- qito de verificación Si 4 Tipo de identificación del beneficiario de la tutela 2 A Corresponde al código del tipo de documento del usuario. Ver tabla de referencia TipolDPNconMS en web.sispro.gov.co. Si 5 Número de identificación del beneficiario de la tutela 17 A

Corresponde al código del tipo de documento del usuario. Ver tabla de referencia TipolDPNconMS en web.sispro.gov.co. Si 5 Número de identificación del beneficiario de la tutela 17 A Número de identificación del usuario, de acuerdo con el tipo de identificación del campo antenor. Si 6 Número de radicado de la acción de tutela en salud 23 N Corresponde al número de radicación de la tutela sin espacios.

Ejemplo de valor permitido: 11001311002220090104600

Si 7 Código del problema jurídico 4 A Corresponde al número del problema jurídico en el que se adecúe la tutela. Si Ministerio de Salud y Protección Social

Dirección: Carrera 13 No. 32 - 76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (+57) 601 330 5000

Linea Gral uta: (+57) 01 8000 960020 -- www.rninsalud Página 1 131200001 Salud 03 ENE 2025

No. Nombre del campo Longitud máxima del campo Tipo Valores permitidos Requerido Ver tabla de referencia ProblemaJuridico en web.sispro.gov.co donde encontrará los valores permitidos, modificados, adicionados o que sustituyan los mencionados en este campo 8 Fuente de financiación 1 N Corresponde a la fuente que financia el servicio o tecnología reclamado en la tutela (No aplica para reporte por entidades de regímenes especiales y de excepción) 1= UPC

financiación 1 N Corresponde a la fuente que financia el servicio o tecnología reclamado en la tutela (No aplica para reporte por entidades de regímenes especiales y de excepción) 1= UPC 2= Presupuestos máximos 3= Recobro • 4= Expresamente excluido de financiación con recursos públicos de la salud No 9 Causa de demora, postergación o negación 1 N Seleccione si la acción de tutela en salud se presentó por causa de demora, negación o ambas. Los valores permitidos son

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