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MINSALUD - Circular Externa 015 de 2026

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Circular Externa 015 de 2026
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2026

PARA:

DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL ASUNTO: FECHA: ] Q ® 2026

Páeína I 1 <11 uI En GumplimieníQ de lo anterior, el Ministerio de Salud y Protección Social ha venido elaborando el reporte anual de acciones de tutela en salud, con base en la información recaudada principalmente de los expedientes remitidos a la Corte Constitucional para su eventual revision. Sin embargo, se han identificado limitaciones operativas y administrativas en el proceso de recolección de dicha información, que afectan la oportunidad, completitud y representatividad de los datos requeridos para dar cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional. r

CIRCULAR EXTERNA No. OGÜQ15 DE 2026

El Ministerio de Salud y Protección Social en ejercicio de sus facultades, especialmente, de a consagrada en el articulo 114 de la Ley 1438 de 2011, en virtud del cual, es obligación de os diferentes agentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS proveer la información que esta entidad solicite, de forma confiable, oportuna, clara y dentro de los plazos que se les fije para ello, imparte a los destinatarios de la presente circular las instrucciones que más adelante se detallan, previas las siguientes consideraciones: Mediante la Sentencia T-760 de 2008, la Corte Constitucional impartió una serie de directrices orientadas a superar las fallas estructurales evidenciadas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, dentro de las cuales se encuentra el mandato trigésimo que ordeno al entonces Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social, presentar a dicha Corporación un informe anual de medición de las acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho fundamental a la salud.

ordeno al entonces Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social, presentar a dicha Corporación un informe anual de medición de las acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho fundamental a la salud. SOLICITUD DE INFORMACIÓN DE ACCIONES DE TUTELA INTERPUESTAS PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO FUNDAMENTAL A LA SALUD - ORDEN TRIGÉSIMA DE LA SENTENCIA T-760/08 DE LA CORTE CONSTITUCIONAL Por medio de la Circular Externa No. 001 de 2025, el Ministerio de Salud y Protección Social solicito a los actores en salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud el reporte de información relacionada con las acciones de tutela interpuestas para la protección del

ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD DE LOS REGÍMENES

CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO, ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD

INDIGENAS, ENTIDADES ADAPTADAS, INSTITUCIONES PRESTADORAS

DE SERVICIOS DE SALUD, GESTORES FARMACEUTICOS

OPERADORES LOGISTICOS DE TECNOLOGÍAS EN SALUD Y

ENTIDADES TERRITORIALES.t Página | 2

Salud Por su parte, la Corte Constitucional ha reiterado la necesidad de fortalecer los mecanismos de seguimiento, análisis y caracterización de las acciones de tutela en salud, particularmente en lo relacionado con la identificación del supuesto táctico, el hecho vulnerador, las pretensiones y las causas estructurales, a fin de reunir la información necesaria que permita identificar los factores que originan la judicialización del derecho fundamental a la salud y adoptar medidas para su superación. La información recolectada a través del presente instrumento permitirá al Ministerio de Salud

pretensiones y las causas estructurales, a fin de reunir la información necesaria que permita identificar los factores que originan la judicialización del derecho fundamental a la salud y adoptar medidas para su superación. La información recolectada a través del presente instrumento permitirá al Ministerio de Salud y Protección Social realizar un análisis de carácter descriptivo, explicativo y causal, orientados a identificar fallas estructurales, funcionales y financieras del sistema de salud que inciden en la interposición de acciones de tutela, asi como orientar la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas en salud, en mérito de lo expuesto, se imparten las siguientes instrucciones:

2. De la periodicidad y plazo para el reporte de la información: las entidades a que refiere el numeral anterior, enviarán la información solicitada mediante esta circular por periodos semestrales, dentro del mes siguiente al vencimiento del respectivo semestre.

)15 En este contexto, se hace necesario actualizar y fortalecer el instrumento de recolécción de información sobre acciones de tutela en salud, incorporando variables que permitan mejorar el análisis integral de los casos reportados, incluyendo su trazabilidad, la caracterización de los usuarios, la identificación del problema jurídico, las causas asociadas, las pretensiones y los resultados judiciales, en cumplimiento de la orden trigésima de la Sentencia T-760 de 2008. Las fechas de corte y plazos para el envío de la información se describen en la siguiente tabla: 3 0 ABR 2926 derecho a la salud, con base en esta se construyó el informe correspondiente a la vigencia 2025.

1. De la obligatoriedad del reporte de la información relacionada con las acciones de tutela presentadas para la protección del derecho a la salud, y del mecanismo de reporte: las Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Contributivos y

2025.

1. De la obligatoriedad del reporte de la información relacionada con las acciones de tutela presentadas para la protección del derecho a la salud, y del mecanismo de reporte: las Entidades Promotoras de Salud de los Regímenes Contributivos y Subsidiado, las Entidades Promotoras de Salud Indígenas, las Entidades Adaptadas al Sistema, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, los Gestores Farmacéuticos, los Operadores Logisticos de tecnologías en salud y las Entidades Territoriales, deberán reportar a este Ministerio la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas en su contra para la protección del derecho a la salud, en el anexo técnico que hace parte integral de esta circular y bajo las especificaciones allí previstas. El reporte se hará a través de la Plataforma de Intercambio de Información - PISIS del Sistema Integral de Información de la Protección Social - SISPRO.3 O ABR 2026

Plazo para enviar el archivo plano

Desde: Hasta:

5. Páoína I 01 de julio de cada vigencia 31 de enero de la siguiente vigencia 01 de enero de la siguiente vigencia 5 a Lucí Fecha de corte de la información a reportar Fecha de corte Primer semestre, comprendido entre 01 de enero y el 30 de junio de cada vigencia Segundo semestre, comprendido entre 01 de julio y el 31 de diciembre de cada _________ vigencia 31 de julio de cada vigencia 000015 De la protección de datos personales y tratamiento de la información: Las entidades destmatarias de la presente circular serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos, y demas aspectos relacionados con el tratamiento de la información

31 de julio de cada vigencia 000015 De la protección de datos personales y tratamiento de la información: Las entidades destmatarias de la presente circular serán responsables del cumplimiento del régimen de protección de datos, y demas aspectos relacionados con el tratamiento de la información SonAPllCfble en el marco de las Leyes 1581 de 2012 y 1712 de 2014. el Decreto u/ r de ¿013, y las normas que los modifiquen o sustituyan, respecto de los cuales se naran responsables de la privacidad, confidencialidad y veracidad de la información asi como de los datos a que tengan acceso en virtud de esta circular

4. De las consecuencias del no reporte de información o de las correcciones que se soliciten: El no reporte de información por parte de las entidades a que refiere la presente circular, o de las correcciones que llegaren a solicitarse, será puesto en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud - SNS, por parte de la Oficina de Calidad de este Ministerio, a efecto de que la referida entidad en ejercicio de sus funciones de inspección vigilancia y control, adelante las actuaciones que le correspondan, e informe de ello a este Ministerio, lo cual, se incluirá dentro del respectivo reporte anual de acciones de tutela en salud que se remita a la Corte Constitucional. ' SjESS—ESSs mediante la realización de capacitaciones presenciales o virtuales, previa solicitud a través del correo electrónico reportetutelas@minsalud.qov.co así como mediante tooorte permanente por parte de la Oficina de Calidad y de la m^a de ayuda de la Plataforma Se Intercambio de Información - PISIS, soportepisis@minsalud.gov.co.

3. Uso de la información: La información reportada en el marco de la presente circular será

permanente por parte de la Oficina de Calidad y de la m^a de ayuda de la Plataforma Se Intercambio de Información - PISIS, soportepisis@minsalud.gov.co.

3. Uso de la información: La información reportada en el marco de la presente circular será utilizada por el Ministerio de Salud y Protección Social para la elaboración del informe anual de acciones de tutela en salud requerido por la Corte Constitucional, asi como para d desarrollo de análisis de carácter descriptivo, explicativo y causal orientados a identificar las causas que originan la judicialización del derecho fundamental a la salud detectar fallas estructurales, funcionales y financieras del sistema, y soportar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas, planes y estrategias que contribuyan a garantizar el acceso efectivo, oportuno y de calidad a los servicios de salud.000015 3 0 ABR 2K6

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., Página | 4

7. Vigencia y derogatorias: La presente circular rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Circular Externa No. 01 de 2025.

Vo.Bo. Rodolfo Enrique Salas Figueroa - Director Jurídico (E) GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTÍNEZ Ministro de Salud y Protección Social Aprobó: 1 \ ¡ Ana Milena Montes CruzJefe Oficina de Calidad (E) y——tV Didier BeltránJefe Oficina de Tecnología de la Información y Comunicación - á i Z”' 'i i baiua000015balud 3 o ABR 2026ANEXO TÉCNICO el contenido de los archivos planos deberá cumplir con los criterios

1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS

á i Z”' 'i i baiua000015balud 3 o ABR 2026ANEXO TÉCNICO el contenido de los archivos planos deberá cumplir con los criterios

1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS Estructura y especificación del nombre del archivo.a.

Descripción Requerido IVC 3 SI 170 3 SI

TIDS 4 SI

Pápina I S Tema de información Valores permitidos o formato Longitud fija

1. ESTRUCTURA Y ESPECIFICACIÓN DE LOS ARCHIVOS

2. TABLAS DE REFERENCIA

3. CARACTERÍSTICAS DE LOS ARCHIVOS PLANOS

4. PLATAFORMA PARA EL ENVÍO DE ARCHIVOS

5. PERIODO DE REPORTE Y PLAZO Componente del nombre de archivo Módulo de información Tipo de fuente Inspección, vigilancia y _______ control Entidades obligadas a _______ reportar_______ Tutelas interpuestas para la protección del derecho a la salud - TIDS Para el efecto, ( establecidos en el anexo técnico definido en los siguientes capítulos: Asi mismo, la información reportada deberá guardar coherencia entre las diferentes variables del anexo técnico, en especial entre el problema jurídico, las causas, las pretensiones, el diagnóstico y el tipo de vulneración, conforme a las tablas de referencia definidas por el

Ministerio de Salud y Protección Social. Las entidades objeto del presente reporte enviarán al Ministerio de Salud y Protección Social a través de archivos planos la información de las acciones de tutela para la protección del derecho a la salud interpuestas en su contra.

REPORTE PARA RECOLECCIÓN DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA CON LAS

a través de archivos planos la información de las acciones de tutela para la protección del derecho a la salud interpuestas en su contra. REPORTE PARA RECOLECCIÓN DE LA INFORMACIÓN RELACIONADA CON LAS ACCIONES DE TUTELA INTERPUESTAS PARA LA PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA SALUD Los archivos planos para la recolección de la información relacionada con las acciones de tutela para la protección del derecho a la salud interpuestas en contra de las entidades objeto de reporte, deben cumplir con los siguientes estándares:3 O ABR 20® Descripción Requerido

AAAAMMDD SI8

SI2 999999999999 12 SI

.txt SI4 NOMBRE DEL ARCHIVO Nombre de archivo Longitud IVC170TIDSAAAAMMDDZZ999999999999.TXT 36 Página | 6 Componente del nombre de archivo Tipo de identificación de la entidad reportadora Extensión del archivo Número de identificación de la entidad reportadora Fecha de corte Valores permitidos o formato NI MU DE DI Fecha de corte de la información reportada. Es el último día calendario del periodo de información reportada. No se debe utilizar ningún tipo de separador. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT Longitud fija Salud Tipo de archivo Reporte para la recolección de información de tutelas en salud interpuestas en contra de las

Ejemplo: 20231231

Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Para entidades territoriales > deberá informar sí corresponde a MU= entidad municipal DE: Entidad departamental DI: Entidades distritales NIT de la entidad

Tipo de identificación de la entidad reportadora de la información. Para entidades territoriales > deberá informar sí corresponde a MU= entidad municipal DE: Entidad departamental DI: Entidades distritales NIT de la entidad reportadora, sin dígito de verificación. Se debe usar el carácter CERO de relleno a la izquierda si es necesario para completar el tamaño del campo.

Ejemplol: 000860999123

Ejemplo2: 000000005001 Extensión del archivo plano .TXT 000015i Nombre de archivo Longitud b. Contenido del archivo Tipo 5 Obligatorio b.1. REGISTRO TIPO 1 - REGISTRO DE CONTROL Es obligatorio. Es el primer registro que debe aparecer en los archivos que sean enviados. No. Tipo Valores permitidosRequerido 0 N Si 1 2 A Si Pácnna I 7 Salud Nombre del campo Tipo de registro Tipo de identificación de la entidad reportadora 1: Valor que significa que es el registro ____________ de control______ Tipo de identificación de ¡a entidad reportadora de la información. Se debe especificar NI correspondiente al tipo de identificación NIT Tipo de archivo entidades objeto de reporte Registro Tipo 1 Tipo 2 Tipo 3 Tipo 4 Reporte Obligatorio Obligatorio Obligatorio Obligatorio Longitud máxima del campo 1 000015 3 0 ABR 2026 Descripción Registro de control Registro de detalle de caracterización del beneficiario de"la acción ___ __________ de tutela __ Registro de detalle de los datos generales de la acción de tutela Registro de detalle de la información realizando ¡a medición délas acciones de tutela en salud desde los problemas jurídicos

Registro de control Registro de detalle de caracterización del beneficiario de"la acción ___ __________ de tutela __ Registro de detalle de los datos generales de la acción de tutela Registro de detalle de la información realizando ¡a medición délas acciones de tutela en salud desde los problemas jurídicos Registro de detalle de las causas y las pretensiones asociadas a los problemas jurí d i eos. Cada registro está conformado por campos, los cuales, van separados por el delimitador pipeline o barra vertical (|) Para entidades territoriales deberá informar si corresponde a MU= entidad municipal DE: Entidad departamental DI: Entidades distritales El archivo plano del “reporte para recolección de la información relacionada con las acciones de tutela interpuestas para la protección del derecho a la salud" se estructura de la siguiente manera: comienza con un único registro de control (Registro Tipo 1), el cual, sirve para identificar la entidad que proporciona la información. A continuación, se encuentran diversos registros de detalle, que inician con el Registro Tipo 2 y continúan secuencialmente, cada uno conteniendo los datos específicos solicitados, asi:3 O ABR 2026 No. Tipo Valores permitidosRequerido 2 12 SiA 3 10 F Si 10 F Si4 5 6 N Si Página | 8 A través del Registro Tipo 2, las entidades obligadas a reportar proporcionan los detalles específicos sobre la caracterización del beneficiario de la tutela. Cada registro se distingue de manera única por dos campos: el campo 2, que corresponde al tipo de Identificación del beneficiario de la tutela, y el campo 3, que se refiere al número de Identificación del beneficiario de la tutela. Es imperativo que estas identificaciones sean únicas y no se repitan dentro del archivo para garantizar la precisión y la integridad de la información reportada.

beneficiario de la tutela, y el campo 3, que se refiere al número de Identificación del beneficiario de la tutela. Es imperativo que estas identificaciones sean únicas y no se repitan dentro del archivo para garantizar la precisión y la integridad de la información reportada. b.2 REGISTRO TIPO 2 - REGISTRO DE DETALLE DE CARACTERIZACIÓN DEL BENEFICIARIO DE LA TUTELA Número de identificación de la entidad reportadora Nombre del campo Número total de registros de detalle contenidos en el archivo Fecha inicial del periodo de información reportada Fecha final del periodo de información reportada Debe corresponder a la cantidad total de registros detalle tipo 2, 3, 4, 5 contenidos en el archivo NIT de la entidad reportadora de las acciones de tutela sin dígito de verificación. En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la fecha final del periodo de información reportada y debe concordar con la fecha de corte del nombre del archivo. Último día calendario del mes o periodo que se está reportando. Fecha Válida: 2023-1231 O Salud Para entidades territoriales, Los códigos de Municipios, Distritos y Departamentos permitidos se encuentran en las tablas de referencia de nombre: Municipio, Distrito y Departamento, las cuales se encuentran disponibles en web.sispro.gov.co para su consulta. En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la fecha de inicio del período de información reportada. Fecha válida: 2023-01-01 Longitud máxima del I campo [ 000015000015 3 0 ABR 2026

En formato AAAA-MM-DD. Debe corresponder a la fecha de inicio del período de información reportada. Fecha válida: 2023-01-01 Longitud máxima del I campo [ 000015000015 3 0 ABR 2026 No. Tipo Valores permitidosRequerido 0 1 N Si 1 10 N Si 2 2 A Si 3 17 A Si 4 60 A Si 5 60 A No 6 60 A SI 7 60 A No 8 País de origen3 A No Páoina I Q Salix Primer apellido del beneficiario Primer nombre del beneficiario Segundo nombre del beneficiario de la tutela Tipo de documento de identidad del beneficiario Número de identificación Segundo apellido del beneficiario Consecutivo de registro Nombre del campo Tipo de registro Longitud máxima del campo Número de identificación del usuario, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior. Segundo nombre del beneficiario de la tutela Primer apellido del beneficiario de la tutela Primer nombre del beneficiario de la tutela Corresponde al país de origen del usuario que interpuso la tutela. Ver tabla de referencia País la cual se encuentra disponibles en web.sispro.gov.co Reporte obligatorio para usuarios beneficiarios que reporten ser migrantes regulares o irregulares Segundo apellido del beneficiario de la tutela 2: Valor que significa que es el registro de detalle de caracterización del beneficiario de la acción de tutela _ Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia la numeración en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. ___

de detalle de caracterización del beneficiario de la acción de tutela _ Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia la numeración en 1 para el primer registro de detalle y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo. ___ Corresponde al código del tipo de documento del usuario. Ver tabla de referencia TipolDPNconMS la cual se encuentra disponibles en ............... web.sispro.gov .co.000015 3 0 ABR 2026 No. Tipo Valores permitidosRequerido 9 Migrante1 N Si 10 1 A Si 11 6 A No 12 10 F Si 13 Sexo A1 Si 14 Gestación1 N No Página | 10 Código de la EAPB a la que se encuentra afiliado el usuario Fecha de nacimiento del beneficiario de la tutela Régimen de afiliación del usuario Nombre del campo Longitud máxima del campo 1=Si 2=No 3= desconocido V > í Salud Corresponde al código de la EAPB a la que se encuentra afiliado el usuario al momento de interponer la tutela. Ver tabla de referencia CodigoEAPByNit la cual se encuentra disponibles en web.sispro.gov.co En formato AAAA-MM-DD. Ejemplo de fecha válida: 2015-07-30 Corresponde a la condición en la que se encuentra el migrante en el país.

Los valores permitidos son: 1= Migrante regular 2= Migrante irregular 3= No es migrante 4= Desconocido Corresponde al código del Régimen de afiliación del usuario al momento de interponer la tutela.

Ver tabla de referencia SGDRegimenNominal la cual se encuentra disponibles en

3= No es migrante 4= Desconocido Corresponde al código del Régimen de afiliación del usuario al momento de interponer la tutela. Ver tabla de referencia SGDRegimenNominal la cual se encuentra disponibles en ________ web.sispro.gov.co__________ Reporte obligatorio para usuarios afiliados al sistema de salud. Corresponde al código del sexo biológico. Ver tabla de referencia Sexo la cual se encuentra disponibles en web.sispro.gov.co_________ Requerido solamente cuando en la variable sexo se seleccione la opción M, es decir, si el beneficiario de la tutela corresponde a sexo biológico “Mujer”, deberá registrar si se encontraba en estado de gestación al interponer la tutela. Los valores permitidos son:000015 3 0 ABR 2026 No. Tipo Valores permitidosRequerido 15 Etnia 2 A Si 16 2 N No 17 1 A Si 18 5 A Si 19 1 A Si Página |11 Salud b.3 REGISTRO TIPO 3 - REGISTRO DE DETALLE DE LOS DATOS GENERALES DE LA ACCION DE TUTELA Mediante el registro Tipo 3, las entidades obligadas reportarán los detalles de los datos generales de la acción de tutela interpuesta. Indicador de actualización del registro Municipio de residencia Nombre del campo Población especial Tipo de afiliado Longitud máxima del campo Corresponde al código de la etnia referida por el usuario del servicio de salud. Ver tabla de referencia MDECEtnia la cual se encuentra disponibles en ________ web.sispro.gov.co__________ Corresponde al código de la población especial referida por el usuario del servicio de salud.

referida por el usuario del servicio de salud. Ver tabla de referencia MDECEtnia la cual se encuentra disponibles en ________ web.sispro.gov.co__________ Corresponde al código de la población especial referida por el usuario del servicio de salud. Ver tabla de referencia LCETipoPoblacionEspecial la cual se encuentra disponibles en _________ web.sispro.gov.co______ Corresponde al tipo de afiliado del beneficiario de la acción de tutela:

Los valores permitidos son: 1= Cotizante

2= Beneficiario 3= Adicional 4= No afiliado 5= Titular (aplica para regímenes especiales, de Excepción e INPEC )__ Corresponde al código de Municipio o • Distrito que se encuentran en las tablas de referencia de nombre: Municipio, Distrito, las cuales se encuentran disponibles en web.sispro.gov.co para su consulta correspondiente al municipio o _ distrito de residencia del usuario.____ Corresponde al indicador de actualización del registro. Los valores permitidos son: l= Insertar el registro al sistema A= actualizar un registro reportado en el mismo año000015 3 0 ABR 2026 No. Tipo Valores permitidosRequerido 0 Tipo de registro1 N Si 1 10 N Si 2 2 A Si 3 17 A Si 4 5 N Si 5 1 N Si 6 23 N Si Página | 12 Número de identificación del beneficiario de la tutela Tipo de actor de la entidad en la acción de tutela Número de radicado de la acción de tutela en salud Consecutivo de registro Municipio en el cuál fue interpuesta la tutela Nombre del campo Longitud máxima del campo

acción de tutela Número de radicado de la acción de tutela en salud Consecutivo de registro Municipio en el cuál fue interpuesta la tutela Nombre del campo Longitud máxima del campo Debe reportarse la totalidad de dígitos del radicado O Salud 3= Valor que significa que el registro corresponde al detalle de los datos __ generales de la acción de tutela Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia la numeración con el número siguiente al último que se informó en el registro tipo 2 y va incrementando de 1 en 1, ______ hasta el final del archivo.______ Corresponde al código del tipo de documento del usuario. Ver tabla de referencia TipolDPNconMS la cual se encuentra disponibles en web.sispro.gov.co Número de identificación del usuario, de acuerdo con el tipo de identificación del campo anterior. Corresponde al código de Municipio o Distrito que se encuentran en las tablas de referencia de nombre: Municipio, Distrito, las cuales se encuentran disponibles en web.sispro.gov.co para su consulta correspondiente al municipio o distrito en el cuál fue interpuesta la tutela Corresponde al rol de la entidad dentro de la acción de tutela, de acuerdo con el fallo del juez 1 = entidad accionada ____ 2= entidad vinculada_____ Corresponde al número de radicación de la tutela sin espacios. Tipo de i identificación del ' beneficiario de la tutela En el archivo tipo 3 detalle de las tutelas, los usuarios podrán estar reportados más de una vez, según la cantidad del número de tutelas interpuestas, con sus respectivos números de radicado.

Tipo de i identificación del ' beneficiario de la tutela En el archivo tipo 3 detalle de las tutelas, los usuarios podrán estar reportados más de una vez, según la cantidad del número de tutelas interpuestas, con sus respectivos números de radicado. Para asegurar la unicidad y evitar duplicidades en el archivo, cada registro se identifica de manera exclusiva a través de tres campos: el campo número 2, correspondiente al tipo de identificación del beneficiario: el campo número 3, que es el número de identificación del beneficiario: y el campo número 6, el número de radicación de la tutela.000015 3 0 ABR 2® I No. Tipo Valores permitidosRequerido 7 10 F Si 8 1 N Si 9 Impugnación1 N Si 10 1 N No 11 1 N Si i Página |13 Decisión de la segunda instancia Incidente de Desacato Nombre del campo Fecha de radicado Longitud máxima del campo

Ejemplo de valor permitido: 11001311002220090104600

Salud 1= Si 2= No 9= No se conoce a la fecha si el fallo fue impugnado Requerido cuando en el campo de "Impugnación" respondió "Si”, los valores permitidos son: 1= Confirma el fallo de primera instancia. 2= Revoca el fallo de primera instancia. 3= Modifica el fallo de primera instancia. 9= No se conoce a la fecha la decisión de segunda instancia Se presentó incidente de desacato.

Los valores permitidos son: 1= Si

2= No 9= No se conoce a la fecha si se presentó incidente de desacato Los valores permitidos son: 1= Concede total 2= Concede parcial 3= No concede (No hay vulneración

Los valores permitidos son: 1= Si

2= No 9= No se conoce a la fecha si se presentó incidente de desacato Los valores permitidos son: 1= Concede total 2= Concede parcial 3= No concede (No hay vulneración del derecho fundamental a la salud) 4= Declara hecho superado 5= Declara improcedente (requisitos de procedimiento) 6= No se conoce la decisión de ___ primera instancia ___ Si el fallo de primera instancia fue impugnado o no, seleccione la opción correspondiente: Decisión de primera instancia Corresponde a la fecha en la que fue instaurada la acción de tutela en ______ formato AAAA-M MDD . Corresponde a la decisión dei juez en primera instancia.3 O ABR 2026 No. Tipo Valores permitidosRequerido 12 Si1 A RequeridoValores permitidosTipoNo. i SiTipo de registro N10 SiN101 Si2 A2 SiA173 Página | 14 b.4 REGISTRO TIPO 4 - REGISTRO DE DETALLE DE LA INFORMACIÓN REALIZANDO LA MEDICIÓN DE LAS ACCIONES DE TUTELA EN SALUD DESDE LOS PROBLEMAS JURÍDICOS Mediante el registro Tipo 4 las entidades obligadas, reportarán la información realizando la medición de cada tutela en salud según el problema Jurídico en el que se adecúa. El listado de problemas jurídicos está disponible en la web.sispro.gov.co. Cada uno de estos registros se distingue de manera exclusiva por los campos 4: número de radicado de la tutela y 5: código del problema jurídico, asegurando así que no existan duplicados dentro del mismo archivo. Indicador de actualización del registro Nombre del campo Tipo de

radicado de la tutela y 5: código del problema jurídico, asegurando así que no existan duplicados dentro del mismo archivo. Indicador de actualización del registro Nombre del campo Tipo de identificación del beneficiario de la tutela Número de identificación del Consecutivo de registro Nombre del campo Longitud máxima del campo Longitud máxima del campo 1= Insertar el registro al sistema A= actualizar un registro reportado en el mismo año Corresponde al indicador de actualización del registro. Los valores permitidos son: Salud 4= Valor que significa que es el registro de detalle de la información realizando la medición de cada tutela en salud según el problema jurídico en el que se adecúe Número consecutivo de registros de detalle dentro del archivo. Inicia la numeración con el número siguiente al último que se informó en el registro tipo 3 y va incrementando de 1 en 1, hasta el final del archivo._ Corresponde al código del tipo de documento del usuario. Ver tabla de referencia TipolDPNconMS la cual se encuentra disponibles en ______ web.sispro.gov.co_____ Número de identificación del usuario, de acuerdo con el tipo OGOC'15I. í Salud No. Tipo Valores permitidosRequerido 4 23 N Si 5 4 A Si 6 8 A No 7 8 A No 8 8 A No Página |15 Código del problema jurídico Código de procedimiento 3 Código de procedimiento 2 Código de procedimiento 1 Número de radicado de la acción de tutela en salud Longitud máxima del campo Nombre del campo

Código de procedimiento 3 Código de procedimiento 2 Código de procedimiento 1 Número de radicado de la acción de tutela en salud Longitud máxima del campo Nombre del campo beneficiario de la tutela de identificación del campo anterior. Correspon

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