MINSALUD - Circular Externa 3 de 2024
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Circular Externa 3 de 2024
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2024
COLOMBIA
POTENCDIAe L A
VIDA
CIRCULAR EXTERNA N"10000003
PARA: ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - EPS, ENTIDADES
ADAPTADAS, INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE
SALUD, PROVEEDORES, OPERADORES LOGISTICOS, GESTORES
FARMACEUTICOS, COMUNIDAD MÉDICA O CIENTÍFICA, USUARIOS,
PACIENTES Y DEMÁS ACTORES DEL SISTEMA GENERAL DE
SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD
DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
ASUNTO: INSTRUCCIONES PARA EL REPORTE DE PRESCRIPCIÓN EN LA
HERRAMIENTA TECNOLÓGICA MIPRES DE LOS PROCEDIMIENTOS
ODONTOLÓGICOS INCLUIDOS EN LA FINANCIACIÓN CON RECURSOS DE LA UPC SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LAS RESOLUCIONES 2366 DE 2023 Y 2336 DE 2023
FECHA:
O9 FEB2 024
Mediante la Circular 008 de 2023, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió las instrucciones para el reporte de prescripción de los procedimientos odontológicos a través de la herramienta tecnológica MIP RES, según lo establecido en las Resoluciones 2808 de 2022 y 2775 de 2022, para el año 2023, la cual culminó su efecto en la anualidad 2023 puesto que los actos administrativos en mención, fueron derogados por las Resoluciones 2366 y 2336 de 2023 respectivamente. Teniendo en cuenta que, en el análisis de los datos del monitoreo durante el año 2022 y 2023, la
información reportada no fue suficiente para evidenciar una tendencia en el uso de los procedimientos de odontología y toma de decisiones a corto plazo, se determinó dar continuidad a la prescripción de los siguientes procedimientos de odontología en el aplicativo MIPRES para el año 2024, los cuales se identifican dentro de la Resolución 2336 de 2023 con el siguiente detalle:
CODIGO DESCRIPCION
23.3.1.01 RESTAURACIUN DE DIENTES MEDIANTE INCRUSTACIÓN METALICA
23.3.2.01 RESTAURACIÓN DE DIENTES MEDIANTE INCRUSTACION NO METALICA
23.4.1.01 COLOCACIÓN O APLICACION DE CORONA EN ACERO INOXIDABLE (PARA
DIENTES TEMPORALES)
Ministerio de Salud y Protección Social
Dirección: Carrera 13 No.32 -76, Bogotá D.C., Colombia PBX: (57-601) 3305000FAX: (57-601) 3395959
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LNCiA Lt\ 00000003 Salud
VIDACODIGO DESCRIPCION
23.4.1.02 COLOCACIÓN O APLICACIÓN DE CORONA EN POLICARBOXILATO (PARA
DIENTES TEMPORALES)
23.4.1.03 COLOCACION O APLICACIÓN DE CORONA EN FORMA PLÁSTICA
23.4.1.05 INSERCION O APLICACION DE CORONA 23.4.1.06 COLOCACION O APLICACION DE CORONA PROVISIONAL 23.4.2.01 COLOCACION O INSERCIÓN DE PRÓTESIS FIJA CADA UNIDAD (PILAR Y PONTICOS)
23.4.2 02 RECONSTRUCCIÓN DE MUÑONES
23.4.2.04 REPARACIÓN DE PRÓTESIS FIJA
23.4.2.05 INSERCIÓN DE RETENEDOR INTRARRADICULAR
23.4.3.01 INSERCION, ADAPTACIÓN Y CONTROL DE PRÓTESIS REMOVIBLE PARCIAL
(SUPERIOR O INFERIOR) MUCOSOPORTADA
23.4.302 INSERCION, ADAPTACION Y CONTROL DE PROTESIS REMOVIBLE PARCIAL
(SUPERIOR O INFERIOR) DENTOMUCOSOPORTADA O IMPLANTOSOPORTADA
23.4.3.03 REPARACIÓN DE PRóTESIS REMOVIBLE PARCIAL
23.6.1.00 IMPLANTE ALOPLASTICO CERAMICO SOD
23.6.2.00 IMPLANTE ALOPLÁSTICO METÁLICO SOD 23.6.3.00 IMPLANTE DENTAL ALOPLÁSTICO (OSEOINTEGRACION) SOD 23 7.4.01 CU RETAJE APICAL CON APICECTOMIA Y OBTURACIÓN RETROGRADA (CIRUGÍA PERIRRADICULAR)
23.7.5.01 PROCEDIMIENTO CORRECTIVO EN RESORCION RADICULAR (INTERNA Y EXTERNA)
23.7.5.05 REMOCIÓN DE RETENEDOR INTRARRADICULAR
24.2.1.01 PLASTIA MUCOGINGIVAL CON INJERTOS PEDICULADOS (COLGAJOS PEDICULADOS)
24.2.1.02 PLASTIA MUCOGINGIVAL CON INJERTO GINGIVAL LIBRE
24.2.1.03 PLASTIA MUCOGINGIVAL
24.2.2.01 CURETAJE A CAMPO ABIERTO
24.2.2.04 AUMENTO DE REBORDE PARCIALMENTE EDENTULO (SIN MATERIAL)
24.2.2.05 AUMENTO DE REBORDE PARCIALMENTE EDÉNTULO (CON MATERIAL) 24.2.3.00 PLASTIAS PREPROTESICAS (AUMENTO DE CORONA CLINICA) SOD 24.2.4.00 REPARACIÓN O PLASTIA PERIODONTAL REGENERATIVA (INJERTOS, MEMBRANAS) SOD
24.3.4.00 GINGIVECTOMÍA SOD
24.5.1.00 REGULARIZACIÓN DE REBORDES SOD
24.7.0 01 COLOCACION DE ANCLAJE TEMPORAL ESQUELÉTICO 24. 7.1.01 COLOCACION DE APARATOLOGIA FIJA PARA ORTODONCIA (ARCADA) 24.7.2.01 COLOCACION DE APARATOLOGIA REMOVIBLE INTRAORAL PARA ORTODONCIA (ARCADA) Ministerio de Salud y Protección Social
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POTENCD!AEL A 00000003
VIDA CODIGO DESCRIPCION 24.7.2.02 COLOCACION DE APARATOLOGIA REMOVIBLE EXTRAORAL PARA ORTODONCIA (ARCADA)
24.7.3.00 COLOCACIÓN DE APARATOS DE RETENCI0N SOD
24.8.2.00 AJUSTAMIENTO OCLUSAL SOD
24.8.8.00 MASCARA FACIAL TERAPEUTICA SOD
89.3.1.02 FOTOGRAFIA CLÍNICA EXTRAORAL, INTRAORAL, FRONTAL O LATERAL
89.3.1.03 EVALUACION Y MEDICION ORTODONTICA U ORTOPEDICA ORAL
89.3.1.05 MASCARA FACIAL DIAGNOSTICA
89.3.1.06 CONTROL DE ORTODONCIA FIJA, REMOVIBLE O TRATAMIENTO ORTOPÉ-
DIGO FUNCIONAL Y MECÁNICO
96.1.2.00 INSERCIÓN ADAPTACION DE APARATO ORTOPEDICO ORAL SOD
97.3.3.00 EXTRACCIÓN DE FERULAS DENTALES SOD
97.3.4.00 EXTRACCI0N DE APARATOLOGIA ORTODONTICA FIJA SOD 97.3.5.00 EXTRACCIÓN DE PRÓTESIS DENTAL SOD La Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud de este Ministerio, continuará con el monitoreo de los procesos odontológicos conforme a la información reportada por las EPS y entidades adaptadas de manera trimestral, para lo cual, es necesario contar con la información registrada en tiempo real, que permita tomar decisiones basadas en el reporte efectivo de las frecuencias. En consecuencia, este Ministerio imparte las siguientes instrucciones aplicables a partir del 01 de enero de 2024, para la prescripción y el reporte de suministros a través del aplicativo MI PRES, de los procedimientos de odontología financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capi
tación - UPC incluidos para las vigencias 2023 -2024, así:
1. DE LA PRESCRIPCION DE LOS PROCEDIMIENTOS: 1.1. Corresponde a los prestadores de servicios de salud, continuar con el registro de las prescripciones desde el 01 de enero al 31 de diciembre de 2024, de los procedimien tos de odontología listados previamente en esta circular en aplicación de to previsto en el Titulo 11C, apítulo I de las Resoluciones 1885 y 2438 de 2018 o aquellas que las modifiquen o sustituyan. 1.2. Las entidades promotoras de salud y las entidades adaptadas deberán garantizar a sus afiliados la provisión efectiva de lo prescrito por el profesional de la salud, de acuerdo con lo establecido en el Título 11C, apítulo 11d1e las Resoluciones 1885 y 2438 de 2018 o la norma que las modifique o sustituya, según lo pactado en los acuerdos de voluntades considerando también el contenido del artículo 2.5.3.4. 7.4 del Decreto 780 de 2016 o la norma que modifique o sustituya. En todo caso, en los procesos de auditoría de cuentas médicas y de reconocimiento y pago, considerarán ta prescrip ción efectuada en el aplicativo, como equivalente a la orden o fórmula, por to que no
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Salud VIDA 00000003 podrán formular glosas por el hecho de haber generado la prescrip ción a través de tal aplicativo. 1.3. Con respecto a las prescripciones ordenadas entre el 01 de enero del 2024 y la fecha de publicación de la presente Circular, los prestadores de servicios de salud podrán realizar, a través de MIPRES, la transcripción de los procedimientos de odontología listados previamente en esta circular en aplicación de lo previsto en el Titulo 11C, api tulo I de la Resolución 1885 y 2438 de 2018 o la que la modifique o sustituya. Esta transcripción estará disponible hasta el 28 de febrero de 2024.
2. DEL REPORTE DE SUMINISTROS: 2.1. El reporte de suministros de las prescripciones ordenadas entre el 01 de enero de 2024 y el momento de publicación de la presente circular, deberá ser realizado por las entidades promotoras de salud a través del Reporte de suministros versión 1 O. 2.2. Las prescripciones ordenadas desde la fecha de publicación de la presente circular hasta el 31 de diciembre de 2024 deberán seguir el procedimiento establecido en el Re porte de suministro versión 2.0.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE o.e., Dada en Bogotá a los
O9 FEB2 024
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GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO ' Ministro de alud y Protección Social ./ _ili Vo Bo. Viceministro de Protección Social Director de Regulación de Beneficios. Costos y Tarifa·s.del Asegyramiento en Salud07'~ - Directora de Medicamentos y Tecnologías en Salud b'.,,,/4v,..,,.,.,..
Jefe de la Oficina de Tecnología de la Información y la ComunicaCión - TIC ~(ljf) Director Jurídico ~ f Ministerio de Salud y Protección Social
Dirección: C arrera 13 No.3276, BogotáD .C., Colombia PBX (57-601)3 305000FAX: (57-601)3 395959
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