MINSALUD - Circular Externa 7 de 2015
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Circular Externa 7 de 2015
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2015
TODOSP OR UN
C: NUEVOPAÍS CIRCULAR E.X-.i~Rb1Al~JQQQ'7 DE 2015 26 FEB2 015
PARA: GOBERNADORES, ALCALDES, ENTIDADES TERRITORIALES DE SALUD
DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y MUNICIPALES, INSTITUCIONES
PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICAS Y PRIVADAS,
ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOS DE
RÉGIMEN CONTRIBUTIVO, SUBSIDIADO Y DE EXCEPCIÓN Y ENTIDADES
ADAPTADAS.
DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
ASUNTO: ACTUALIZACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS PARA EL MANEJO PROGRAMÁTICO DE TUBERCULOSIS Y LEPRA EN COLOMBIA En desarrollo de las disposiciones legales contenidas en las Leyes 100 de 1993. articulo 173 numeral 2, 715 de 2001 articulo 42 numerales 1, 3 y 6, y 1438 de 2011. los Decretos 2323 de 2006 y 3518 de 2006, las Resoluciones 412 de 2000 y 1841 de 2013, y las Circulares Externas 058 de 2009 y 01 de 2013, en el marco de las competencias señaladas en el Decreto 4107 de 2011, y en ejercicio de sus funciones de rectoría, dirección. orientación y conducción del sector salud, el Ministerio de Salud y Protección Social establece ajustes a los lineamientos actuales para el manejo programático de Tuberculosis y Lepra. con el fin de fortalecer algunos aspectos
operativos del programa de prevención y control de dichas enfermedades. en los siguientes términos: PRIMERO: Adoptar las nuevas definiciones programáticas para Tuberculosis formalizadas en 2013 por la Organización Mundial de la Salud OMS-, de conformidad con el Anexo 1 que hace parte integral del presente acto.
SEGUNDO: Actualizar los esquemas de tratamiento contenidos en la Guía de Atención Integral de Tuberculosis Pulmonar y Extrapulmonar definidas en la Resolución 412 de 2000. así como los establecidos en el numeral 5 de la Circular Externa 058 de 2009. de conformidad con los Anexos 2 y 3 que hace parte integral del presente acto.
TERCERO: Proveer directrices técnicas para la implementación de las acciones colaborativas TBNIH, de conformidad con el Anexo 4 que hace parte integral del presente acto.
CUARTO: El Instituto Nacional de Salud INS. a través de los protocolos de vigilancia de Tu berculosis y Lepra, divulgará periódicamente los lineamientos y algoritmos para el uso de prue bas de susceptibilidad a fármacos.
PJ:JPD~NO O 0 0 O7
TODOS ·e_ _ NuEv Po A 1s 26 FEB2 015
Continuación de la Circular Externa No. de 2015. Actualización de los lineamientos para el manejo programático de tuberculosis y lepra en Colombia ------------------------- -- ---------------.-..-.- ----------------------------- -- .-. .-. -------------------- -- -.-. -..-. ----------------- QUINTO: Proveer directrices técnicas para la implementación de las acciones colaborativas TBNIH (Anexo 5. Actividades colaborativas TB/VIH). Por lo anterior, el Ministerio de Salud y Protección Social insta a todos los integrantes del
Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSSS-, a adoptar e implementar los lineamientos contenidos en los Anexos Técnicos que hacen parte integral de la presente Circular. como instrumento técnico y científico de apoyo al fortalecimiento de la gestión técnica a los Programas departamentales, distritales y municipales de prevención y control de Tuberculosis y Lepra.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a los 26 FEB2 015 Anexos 1 , 2. 3 y 4 ,.,.e."u J eo ~ e) , 2 6 FEB 2o 1 5 @
MINSALUD
Anexo Técnico 1 Definiciones programáticas para Tuberculosis adaptadas del documento "Definitions and reporting framework for tuberculosis", actualizado en diciembre de 2014 Carrera 13 No.32-76Código Postal 110311, Bogotá D.C
Teléfono: (57-1)3305000 - Línea gratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 -www.minsalud.gov.co ..,.,,"O J CO D O 7 2 6 FEB 2o 1 5
~¡ CID MINSALUD DEFINICIONES Las nuevas definiciones que a continuación se presentan son la adaptación del documento "De finitions and reporting framework for tuberculosis - 2013 (actualizado en Diciembre de 2014)" publicado por la Organización Mundial de la Salud.
1. Definiciones de caso por ingreso a tratamiento: Caso de TB bacteriológicamente confirmado: Es aquel con muestra biológica positiva por baciloscopia, cultivo o prueba molecular.
Caso de TB clínicamente diagnosticado: Es aquel caso que no cumple con los criterios para
la confirmación bacteriológica, pero ha sido diagnosticado con tuberculosis activa por un médi co, quien ha decidido dar al paciente un ciclo completo de tratamiento antituberculosis. Esta definición incluye casos diagnosticados sobre la base de anomalías de rayos X y/o histopatolo gía sugestiva y/o tiene nexo epidemiológico (contacto con un caso de tuberculosis confirmado). Si estos casos clínicamente diagnosticados posteriormente resultan ser bacteriológicamente positivos (antes o después de comenzar el tratamiento) deben ser reclasificados como bacterio lógicamente confirmados. Todos estos casos deben ser notificados al SIVIGILA y al Programa de TB. A su vez deben ser ingresados al libro de pacientes, ingresados en los informes programáticos y evaluados en la cohorte, independientemente si inició tratamiento o no. Los casos bacteriológicamente confirmados o clínicamente diagnosticados de TB también se clasifican por: Localización anatómica de la enfermedad; Historia de tratamiento previo; Resistencia a los medicamentos; Condición de VIH.
2. Clasificación basada en la localización anatómica de la enfermedad a) Tuberculosis pulmonar (TBP) Se refiere a cualquier caso bacteriológicamente confirma do o clínicamente diagnosticado de TB, que implica el parénquima pulmonar o el árbol traqueo bronquial. La TB miliar se clasifica como TBP porque hay lesiones en los pulmones. Las Linfoa denopatías tuberculosas intratoráxicas (mediastínicas y / o hiliares) o derrame pleural tubercu loso, sin alteraciones radiológicas en los pulmones, constituye un caso de TB extrapulmonar.
b) Tuberculosis extrapulmonar (TBE): Se refiere a cualquier caso bacteriológicamente con firmado o clínicamente diagnosticado de TB que involucra otros órganos que no sean los pul mones, por ejemplo, pleura, ganglios linfáticos, abdomen, tracto genitourinario, piel, articulacio nes, huesos y meninges. Un paciente con TB pulmonar y extrapulmonar debe notificarse y clasificarse como un caso de TBP. Carrera 13 No.32-76Código Postal 110311, Bogotá D.C
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3. Clasificación basada en la historia de tratamiento de TB previo a) Paciente nuevo: Paciente que nunca ha sido tratado por TB o que ha recibido medicamentos anti TB por menos de un mes. b) Paciente previamente tratado: Paciente que ha recibido 1 mes o más de los medicamen tos anti-TB en el pasado. Se clasifica además por los resultados de su más reciente ciclo de tratamiento (ver tabla 1) de la siguiente manera: i) Tras Recaída: Paciente que ha sido previamente tratado por TB, fue declarado cu rado o tratamiento terminado al final de su último ciclo de tratamiento, y ahora es diag nosticado con un episodio recurrente de TB (ya sea una verdadera recaída o un nuevo episodio de TB causado por reinfección). ii) Tras Fracaso: Paciente previamente tratado por TB, cuyo tratamiento fracasó (ver definición de fracaso) iii) Recuperado tras pérdida de seguimiento: Paciente que ha sido tratado previa
mente por TB y declarado pérdida al seguimiento al final de su tratamiento más reciente. iv) Otros pacientes previamente tratados: son aquellos que han sido previamente tratados por TB, pero cuyo resultado después del tratamiento más reciente es descono cido o indocumentado.
4. Clasificación basada en el estado de VIH a) Paciente con TB y VIH: Se refiere a cualquier caso bacteriológicamente confirmado o clínicamente diagnosticado de TB y que tienen un resultado positivo de la prueba del VIH reali zado al momento del diagnóstico de TB u otra evidencia documentada de inscripción a la aten ción de VIH, tales como la inscripción en el registro de pre-TARV o en el registro de TARV una vez que el TARV se ha iniciado. b) Paciente con TB y sin VIH: Se refiere a cualquier caso bacteriológicamente confirmado o clínicamente diagnosticado de TB y que tiene un resultado negativo de la prueba del VIH reali zada al momento del diagnóstico de la TB. Cualquier paciente con TB y sin VIH que posterior mente se encuentra que tiene VIH debe ser reclasificado. c) Paciente con TB y estado de VIH desconocido: Se refiere a cualquier caso bacteriológi camente confirmado o clínicamente diagnosticado de TB que no tiene ningún resultado de la prueba del VIH y no hay otra evidencia documentada de inscripción a la atención del VIH. Si posteriormente se determina el estado de VIH del paciente, este debe ser reclasificado.
5. Clasificación basada en la resistencia a medicamentos a) Monorresistencia: Resistencia a solo un medicamento anti-TB de primera línea. b) Polirresistencia: Resistencia a más de un medicamento de primera línea anti-TB (que no
sea lsoniazida y Rifampicina a la vez). Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
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Estas categorías no son todas mutuamente excluyentes. Al enumerar la TB resistente a la Ri fampicina (TB-RR), por ejemplo, también se incluyen la tuberculosis multidrogorresistente (TB M DR) y la tuberculosis extensamente resistente (TB-XDR). A pesar de la práctica actual de limi tar las definiciones de monorresistencia y polirresistencia sólo a fármacos de primera línea, los futuros esquemas de medicamentos pueden hacer importante clasificar a los pacientes por los patrones de resistencia de sus cepas a las fluoroquinolonas, los inyectables de segunda línea y cualquier otro medicamento anti-TB para los que haya disponibilidad de PSF confiable.
6. Definiciones de caso por resultado al tratamiento a) Pacientes tratados por TB sensible a los medicamentos b) Pacientes tratados por TB resistente a medicamentos con tratamiento de segunda línea.
Los dos grupos son mutuamente excluyentes. Cualquier paciente que tiene TB resistente y es puesto en tratamiento de segunda línea es retirado de la cohorte de resultado de la TB sensible. Esto significa que el manejo del registro estándar de TB y el registro de tratamiento de TB con segunda línea necesita ser coordinado para garantizar la adecuada contabilidad de los resulta dos del tratamiento. Resultados del tratamiento de pacientes con TB (excluye pacientes tratados por TB-RR o TB-MDR) Todos los casos de TB bacteriológicamente confirmados y clínicamente diagnosticados deben ser asignados a un resultado de esta lista, excepto aquellos con TB-RR o TB-MDR, que se co locan en un esquema con medicamentos de segunda linea. a) Curado: Paciente con TB pulmonar con bacteriología confirmada al inicio del tratamiento y que tiene baciloscopia o cultivo negativo en el último mes de tratamiento. b) Tratamiento terminado: Paciente con TB que completo el tratamiento sin evidencia de fra caso, PERO sin constancia que muestre que la baciloscopia o el cultivo del último mes de tratamiento, ya sea porque las pruebas no se hicieron, o porque los resultados no estén dis ponibles. c) Fracaso: Paciente con TB cuya baciloscopia o cultivo de esputo es positivo en el mes 4 o posterior durante el tratamiento. Carrera 13 No.32-76Código Postal 110311, Bogotá D.C
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@MINSALUD d) Fallecido: Paciente con TB que muere por cualquier razón antes de comenzar o durante el curso del tratamiento. e) Pérdida en el seguimiento: Paciente con TB que no inició tratamiento o interrumpió el tra tamiento durante 1 mes o más. f) No evaluado: Paciente con TB que no se le ha asignado el resultado de tratamiento. Inclu ye los casos «transferidos» a otra unidad de tratamiento y también los casos cuyo resultado del tratamiento se desconoce en la unidad que reporta. g) Tratamiento exitoso: La suma de curados y tratamientos terminados. Si se encuentran en cualquier momento pacientes que tienen una TB-RR o TB-MDR, deben comenzar con un esquema adecuado con medicamentos de segunda línea. Estos casos son excluidos de la cohorte principal de TB cuando se calculen los resultados del tratamiento (estos eran los antiguos fracasos) y se los incluye sólo en el análisis de cohorte de tratamiento de TB con medicamentos de segunda línea. Tabla No. 1 Resultados de pacientes con TB-RR/MDR/XDR tratados con tratamiento de segunda linea Resultado Definición Curado Tratamiento completo según lo recomendado por la política nacional sin eviciencia de fracaso Y tres o más cultivos negativos consecutivos con intervalo de por lo menos 30 días entre ellos, después de la fase intensiva. Tratamiento completo según lo recomendado por la política nacional sin eviTratamiento ciencia de fracaso, PERO sin constancia de tres o más cultivos negativos terminado consecutivos con al menos 30 días de intervalo después de la fase intensiva. Fracaso al traTratamiento suspendido o necesidad de cambio permanente de esquema o tamiento por lo menos de dos fármacos anti-iliB debido a:
Falta de conversión al final de la fase intensiva a, o 1~ Reversión bacteriológica en la fase de continuación después de con- !versión a negativo, o 1, O Evidencia de resistencia adicional adquirida a las fluoroquinolonas o medicamentos inyectables de segunda línea; o, o Reacciones adversas a medicamentos ~M); Fallecido Un paciente que muere por cualquier razón durante el curso del tratamiento. Rérdida en el l!!ln p~acientec uyo tratamiento fue interrumpido durante i meses con~secutis~g_yimi ,en_to vo~ o más. --,~ ~~- No evaluado Un paciente al que no se le ha asignado ningún resultado del tratamiento. (Esto incluye los casos "transferidos a" otra unidad de tratamiento y cuyos resultados del tratamiento se desconocen). flTratami ento Lhas uma de curados y tratamientosc ompletos. ~ Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
Teléfono: (57-1)3305000 - Línea gratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 - www.minsalud.gov.co @MINSALUD 1 exitoso Fuente: Adaptado de "Definitions and reporting framework for tuberculosis - 2013 (actualizado en Diciembre de 2014)" Organización Mundial de la Salud.
Para el fracaso al tratamiento, la falta de conversión al final de la fase intensiva implica que el paciente no convierte dentro de la duración máxima de la fase intensiva aplicada por el progra ma. Los términos "conversión" y "reversión" del cultivo tal como se utiliza aquí se definen como si gue:
Conversión (a negativo): la conversión negativa del cultivo se considera cuando dos cultivos consecutivos, tomados al menos con intervalo de 30 días. se encuentran negativos. En tal caso, la fecha de recolección de la muestra del primer cultivo negativo se usa como la fecha de conversión. Reversión (a positivo): se considera que el cultivo revierte a positivo cuando, después de una conversión inicial, se encuentran dos cultivos consecutivos positivos, tomados al menos con intervalo de 30 días. Para el propósito de definir el fracaso al tratamiento, la reversión se consi dera sólo cuando se produce en la fase de continuación. Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
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@MINSALUD
Anexo Técnico 2 Directrices y recomendaciones del Comité Nacional Asesor para el tratamiento de la enfermedad tuberculosa activa Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
Teléfono: (57-1)3305000 - Línea gratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 -www.minsalud.gov.co u L :JC O · _/_7 2 6 FEB 2O 1 5 j
@ M!NSALUD Directrices y recomendaciones del Comité Nacional Asesor para el tratamiento de la enfermedad Tuberculosa activa El tratamiento del enfermo con tuberculosis debe hacerse de manera ambulatoria, la hospitalización se realiza sólo en casos especiales según el criterio médico y/o la condición del
paciente en relación con su enfermedad. Previo al inicio del tratamiento, todo paciente debe ser evaluado por el médico quien diligenciará la tarjeta individual del paciente y la ficha de notificación del SIVIGILA en sus partes correspondientes, incluyendo el esquema de tratamiento. La administración del tratamiento debe ser supervisado (el paciente toma los medicamentos bajo estricta observación).
1. CONSIDERACIONES EN EL TRATAMIENTO En pacientes nuevos que tengan baciloscopia positiva al final del segundo mes de tratamiento, se deberá solicitar cultivo y pruebas de sensibilidad a fármacos (PSF) y continuar con los medicamentos de primera fase (fase intensiva) hasta obtener los resultados de las PSF. Si el cultivo es negativo o positivo pero con susceptibilidad a los medicamentos, se pasa a segunda fase hasta completar un esquema total de 9 meses de tratamiento. Si la prueba de sensibilidad demuestra resistencia, el paciente debe ser evaluado por el especialista y se debe instaurar un esquema de acuerdo con los parámetros y lineamientos para el manejo de personas con Tuberculosis con farmacorresistencia. Si durante el seguimiento el paciente presenta baciloscopia o cultivo positivo en alguno de sus controles se deberá realizar PSF.
2. ESQUEMAS DE TRATAMIENTO a) ADULTOS: Las siguientes son las dosis recomendadas de los medicamentos de primera línea utilizados para el tratamiento de la tuberculosis en adultos:
Tabla No. 1 Medicamentos, dosis y esquemas para el tratamiento de tuberculosis sensi ble en adultos y niños con peso mayor o igual a 25 kg. Dosis diaria Dosis 3/semana (mglkg) Dosis Medicamento (mg/kg) Rango entre pamáxima/día Rango entre paréntesis réntesis
·- Giaria: 300mg; ~o lsoniazida (~~ ! 5 (4 a 6) 1 (8 a 12) 3/semanal 900mgRifampicina (R) 10 (8 a 12) 10 (8 a 12) Diaria: 600mg; Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
Teléfono: (57-1)3305000 - Líneag ratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 -www.minsalud.gov.co @MINSALUD Dosis diaria
Dosis 3/semana (mglkg) Dosis Medicamento (mg/kg) Rango entre pamáxima/día Rango entre paréntesis réntesis 3/semanal 600mg 35 (30 a 40) Pirazinamida {Z) 25 (20 a 30) .. 30 (25 a 35) Etambutol (E) 15 (15 a 20) ..
Fuente: Treatment of tuberculosis Gu1del1nes.F ourth ed1t1onW. orld Heallh Orgarnzatron 2010
Tabla No. 2 Recomendaciones para el tratamiento de tuberculosis en adultos y niños con peso mayor a 30 kg, usando dosis fija combinada - DFC -de RHZE 150/75/400/275 y RH 150/150. Número de tabletas Fase intensiva Fase de continuación Rango de peso en diaria, lunes a sábado (56 tres veces por semana Kg dosis) (56 dosis)
RHZE RH 150/150 150/75/400/275 30-39 2 2 - ~· ~·- -~ •T ,_. ~- --· 40-54 3 3
- - 55 Kg o más 4 4
..
Fuente: Adaptado de ManagIng pharmaceullcals and commod1tIes for tuberculosis: a gu1de for nat1onal tuberculo sis programs. Arlington, VA, Management Sciences for Health, 2005.
Recuerde • En cada control verificar el peso del paciente y ajustar las dosis del medicamento acorde al peso. • En personas con pesos extremos verifique las dosis/peso Kg para evitar subdosificación o sobredosificación. Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
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Tabla No. 3 Recomendaciones para el tratamiento de tuberculosis en adultos con TBNIH utilizando dosis fija combinada -DFC - de RHZE 150/75/400/275, RH 150/150 y RH 150/75 Número de tabletas ·- .. Fase intensiva Fase de continuación Rango de Diaria de lunes a sábado Diaria de lunes a sábado, peso en Kg (56 dosis) (196 dosis) RHZE RH 150/75 150/75/400/275 - - .. - ....... 30-39 2 -· 2 40-54 3 3 55 o más 4 4 ..
Fuente: Adaptado de Manag1ng pharrnaceut1cals and commod1lles for tuberculosis: a gu1de for nat1onal tuberculosis programs. Arlington. VA, Management Sciences for Health, 2005. Para los pacientes con peso entre 30-39 kg puede utilizarse la presentación RH 150/150 de manera diaria en la fase de continuación, ya que no supera las dosis diarias máximas permiti
das de lsoniazida. En caso de no contar con la presentación RH 150/75 se utilizará la presentación RH 150/150 trisemanal.
Consideraciones: ✓ En personas con tuberculosis e insuficiencia renal que se encuentran en terapia dialítica, se recomienda administrar la dosis del esquema estándar posterior a la diálisis. ✓ En las personas con tuberculosis e insuficiencia renal que no se encuentran en terapia dialítica, se recomienda ajustar las dosis de Etambutol de acuerdo a los resultados de las prue bas de función renal. ✓ Casos especiales de personas con tuberculosis y otras comorbilidades como insuficiencia hepática deberán ser evaluados con el especialista con dosificación individualizada. b) NIÑOS: Las siguientes son las dosis recomendadas de medicamentos antituberculosis para uso diario en el tratamiento de la tuberculosis en los niños (peso menor a 25kg):
Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C Línea gratuita: Fax: www.minsalud.gov.co
Teléfono: (57-1)3305000 - 018000952525 (57-1)33050501 \.,,', •1.).· .: ._: ;( 'O· ~J ... : 7 2 6 FEB2 015 @MINSALUD Dosis diaria (mg/kg) Medicamento Dosis máxima Rango entre paréntesislsoniazida (H) 10 mg/kg (7 - 15 mg/kg) 300 mg /día Rifampicina (R) 15 mg/kg (10 - 20 mg/kg) 600 mg /día Pirazinamida (Z) 35 mg/kg (30 a 40 mg/kg) Etambutol (E) 20 mg/kg (15 a 25 mg/kg)
..
Fuente: Gu1dance for nallonal tuberculosis programmes on the management of tuberculosis In children 2nd ed. World
Health Organization, 2014.
Nota: Una vez que los niños alcancen un peso de 25 Kg, se utilizaran las dosis de medicamentos para adultos.
Tabla No. 4 Directrices provisionales para el tratamiento de la tuberculosis en niños (con peso menor de 30 kg) usando las dosis fija combinada - DFC -actualmente disponibles (RHZ 60/30/150) y las dosificaciones alcanzadas por peso: Número de tabletas Fase intensiva Rango de peso en Kg diaria de lunes a sábado (56 dosis) RHZ (60/30/150) Etambutol (100 mg) 4-6 1 1 7-10 2 2 .. ·- -~ 11-14 3 2 15-19 4 3 20-24 5 425-29 5 5 ..
Fuente: Adaptado de Gu1dance for nat1onal tuberculosis programmes on the management of tuberculosis tn children 2nd ed. World Health Organization, 2014. Anexo 5: lnterim guidelines for treatment of TB in young children (less than 25 kg) using currently available FDCs (RHZ 60/30/150) and dosages achieved per weight. Esta presentación de Etambutol no se encuentra disponible en el país. Durante el año 2015 el Ministerio gestionará la adquisición de la misma. Mientras tanto se deberá calcular el número de tabletas a administrar de acuerdo al peso y la presentación disponible. El número de tabletas para los niños de 25-29 kg están calculadas con base en las dosis de adultos, pero administradas en presentaciones pediátricas. Esto siguiendo las recomendacio nes del documento Guidance for national tuberculosis programmes on the management of tu
berculosis in children 2nd ed. World Health Organization, 2014. Para los niños con 30 Kg o más utilice la tabla de adulto con las dosis y presentaciones de adul tos. Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
Teléfono: (57-1)3305000 - Línea gratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 -www.minsalud.gov.co u o o i ; J G· , . 7 2 6 FEB 2 15 ,,_m" Para la fase de continuación, se recomienda utilizar la siguiente tabla:
Tabla No. 5 Fase de continuación con la presentación RH 60/30 o con la presentación RH 150/150 RH (60/30) Rango de peso Esquema recomendado RH (150/150) en Kg diario de lunes a sábado Diario (112 dosis) (112 dosis) 4-6 1 -·-- 7-10 2 -·-- 11-14 3 --- 15-19 4 --- 20-24 5 --- 25-29 --- 2
Fuente: Adaptado de Gu1dance for nat1onal tuberculosis programmes on the management oí tuberculosis In children 2nd ed World Health Organization. 2014. Esta presentación no se encuentra disponible en el país. Durante el año 2015 el Ministerio gestionará la adquisición de la misma. El número de tabletas administradas para los niños de 25-29 kg están calculadas con base en las dosis de adultos. Esto siguiendo las recomendaciones del documento Guidance for national tuberculosis programmes on the management of tuberculosis in children 2nd ed. World Health
Organization, 2014. Tabla No. 6 Fase de continuación con la presentación RH 60/60 RH (60/60) Rango de peso
tres veces por semana en Kg. (56 dosis) 4-6 1 7-11 2 12-15 3 16-19 4
'20-24 525-29 5 El número de tabletas administradas para los niños de 25-29 kg están calculadas con base en las dosis de adultos. Esto siguiendo las recomendaciones del documento Guidance for national Carrera 13 No.32-76Código Postal 110311, Bogotá D.C Línea gratuita: Fax: www.minsalud.gov.co
Teléfono: (57-1)3305000 - 018000952525 (57-1)33050502 6 FEB2 015 @MINSALUD tuberculosis programmes on the management of tuberculosis in children 2nd ed. World Health
Organization, 2014.
Recuerde: • Se debe pesar a los niños en cada consulta y ajustar el esquema de tratamiento de acuerdo al peso. • En casos excepcionales en que se ha descartado coinfección con VIH y no sea posible la administración diaria del medicamento, se puede considerar la administración trise manal del tratamiento con la presentación RH 60/60 como lo indica la siguiente tabla: Recomendaciones específicas: ✓ Debido a que Colombia presenta una prevalencia superior al 5% de VIH entre los casos con TB se recomienda que los niños con TB pulmonar o linfadenitis tuberculosa periférica sean tratados con un régimen de cuatro fármacos (HRZE) por 2 meses seguidos de un régimen de dos fármacos (HR) durante 4 meses en las dosificaciones determinadas 1 . ✓ Los niños de O - 3 meses de edad con TB pulmonar o linfadenitis tuberculosa periférica
presunta o confirmada, deben tratarse con prontitud con los regímenes de tratamiento descritos. El tratamiento puede requerir ajuste de dosis para mediar el efecto de la edad y la posible toxi cidad en lactantes. La decisión de ajustar la dosis debe tomarse por un médico con experiencia en el manejo de la TB pediátrica2 . ✓ Los niños con sospecha o confirmación de meningitis tuberculosa o TB osteoarticular deben ser tratados con un régimen de cuatro fármacos (HRZE) por 2 meses, seguido de un régimen de dos fármacos (H R) durante 1O meses, la duración total del tratamiento es de 12 meses. Las dosis recomendadas para el tratamiento de la meningitis tuberculosa son iguales a las descritas para tuberculosis pulmonar. ✓ Se recomienda que los niños con tuberculosis e infección por VIH confirmada no sean tratados con regímenes intermitentes (3 veces por semana) en la fase de continuación4 Sin . embargo, su aplicación está sujeta a las presentaciones de medicamentos disponibles en el país. La duración de la fase de continuación será de 98 dosis en esquemas trisemanales y 196 dosis en esquemas diarios para este tipo de casos. 1 Guidance for national tuberculosis programmes on the management of tuberculosis in children 2nd ed. Worfd Health Organization, 2014 2 Recommcndation 14. Guidance for national tuberculosis programmes on tho management ol tuberculosis In children 2nd ed. Wor1d Health Organization. 2014 3 Recommendation 14. Guidance for national tuberculosis programmes on the management of tuberculosis in children 2nd ed. World Health Organization, 2014 4 Recommendation 26. Guidance for national tuberculosis programmes on the management of tuberculosis in children 2nd ed. World
Health Organization, 201 Carrera 13 No.32-76Código Postal 110311, Bogotá D.C
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BIBLIOGRAFÍA
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4. Recommendation 11. Guidance far national tuberculosis programmes on the management of tuberculosis in children 2nd ed. World Health Organization, 2014
5. Recommendation 14. Guidance far national tuberculosis programmes on the management of tuberculosis in children 2nd ed. World Health Organization, 2014
6. Recommendation 26. Guidance for national tuberculosis programmes on the management of tuberculosis in children 2nd ed. World Health Organization, 2014
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Anexo Técnico 3 Directrices y recomendaciones del Comité Nacional Asesor para el diagnóstico y tratamiento de la infección tuberculosa latente Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
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1. GRUPOS PRIORITARIOS PARA LA BÚSQUEDA DE INFECCIÓN TUBERCULOSA LATENTE: Teniendo en cuenta las recomendaciones de la OMS en su documento: "Directrices sobre la atención de la infección tubercul
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