MINSALUD - Concepto 9279 de 2007
Ministerio de Salud
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINSALUD - Concepto 9279 de 2007
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2007
Ministeriod e la ProteccióSn ocial Repúblicad e Colombia Dirección General de Calidad de Servicios lioortyoO d rden 13100Bogotá, D.C. Señores Gerentes y Juntas Directivas EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO De los niveles Departamental, Distrital y Municipal. República de Colombia. Ref. Alcance del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007. De los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado.
Respetados Señores: En atención a las funciones propias de esta Dirección relacionadas con el mejoramiento de la gestión de los Prestadores de Servicios de Salud de la red pública y teniendo en cuenta las múltiples consultas y solicitudes de asesoría y orientación relacionadas con el alcance del artículo 28 de la Ley 1122 de 2007, y luego de unificar criterios y conceptos con la Oficina Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública, me permito dar a
conocer los siguientes aspectos: l. La provisión de los empleos de Gerentes de las Empresas Sociales del Estado de los niveles Departamental, Distrital y Municipal, cuya vacancia absoluta se haya producido antes del 31 de diciembre del 2006, deberá efectuarse mediante concurso de méritos y su periodo será hasta el 31 de marzo de 2008.
2. Los procesos de selección para conformación de ternas para el nombramiento de los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado de los niveles Departamental, Distrital y Municipal iniciados con anterioridad al 31 de diciembre de 2006, continuarán su curso, siempre que la vacancia se haya producido con anterioridad a dicha fecha. El período
de tales funcionarios será hasta el 31 de marzo de 2008.
3. Por mandato de la Ley 1122 de 2007, los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado de los niveles Departamental, Distrital y Municipal, cuyo periodo de tres (3) años termine durante el año 2007, continuarán ejerciendo el cargo hasta el 31 de marzo del 2008.
4. Los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado de los niveles Departamental, Distrital y Municipal que hayan sido seleccionados por concurso de méritos o reelegidos antes de la vigencia de la Ley 1122 de 2007, y su periodo de tres (3) años termine con posterioridad al 31 de diciembre del 2007, continuarán eJerciéndolo hasta finalizar el periodo para el cual fueron nombrados o reelegidos.
Carrera1 3N o.3 276. PBX:3 305 000E xtensione1s7 00• 1709.F AX 3305050 '!'!fü,minproteccionsocial.gov.cBoo,g otáC. olombia .- 1D Ministeriod e la ProteccióSno cial Repúblicad e Colombia DirecciónG enerald e Calidadd e Servicios Ubertyo Ol rden
S. Los empleos de Gerente de Empresas Sociales del Estado de los niveles Departamentales, Distritales y Municipales que deban ser provistos en forma definitiva con posterioridad al 31 de marzo del 2008, serán nombrados por concurso de méritos por un periodo que culminará el 31 de marzo del 2012.
6. En virtud de lo dispuesto en la Ley 1122 de 2007, los periodos institucionales de los
empleos de gerentes de las Empresas Sociales del Estado de los niveles ° Departamental, Distrital y Municipal, se inician el 1 de abril siguiente a la posesión del Jefe de la Entidad Territorial respectivo y culminan el 31 de marzo siguiente a la posesión del nuevo jefe territorial. Si el nombramiento se produce con posterioridad al ° 1 de abril del inicio del periodo sólo podrá ejercer el cargo hasta el 31 de marzo siguiente a la posesión de nuevo jefe territorial. Cordial saludo,
CARLOS AUGUSTO
Director General (E) Carrera1 3 No.3 2-76.P BX 3305 000E xtension1e7s0 01709.F AX 3305050. 2 www.minprot8ccionsocial.goBv.ocgoo. táC. olombia