MINSALUD - Concepto Juridico 201511601354811 de 2015
Ministerio de Salud
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- MINSALUD - Concepto Juridico 201511601354811 de 2015
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2015
201511601354811 Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 201511601354811
Fecha: 12-08-2015
Página 1 de 2
URGENTE
Bogotá D.C., ASUNTO: Respuesta al radicado No. 201442301198042 / CTSSS – Miembros que lo conforman.
Respetada señora: En atención a la comunicación referenciada en el asunto, a través de la cual efectúa consulta relacionada con la elección de los miembros del Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud - CTSSS para el período 2014-2016, dentro de los cuales se encuentra el espacio para el representante del ISS, pero, dado que en el Departamento del Tolima ya no existe esta entidad porque ya fue liquidada en su totalidad, pregunta quién debería llenar este espacio dentro de la conformación del aludido Consejo. Al respecto, me permito manifestar: En cuanto a la conformación del CTSSS, el Acuerdo 57 de 1997, modificatorio del 25 de 1996, expedido por el entonces Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, establece en el artículo 1: “Modificar el artículo 3o. del Acuerdo No. 25 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, que quedará así: ARTICULO 3o.- CONFORMACION. Los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud,
estarán conformados por los siguientes miembros: (…)
8. El Gerente Seccional de la EPS del Instituto de Seguros Sociales en los departamentos donde exista el cargo, o quien haga sus veces. Para el caso de los municipios el representante será el funcionario del ISS con más alto rango en la jurisdicción respectiva. En
caso de duda sobre la escogencia del representante ésta será dirimida por el jefe de la administración territorial respectiva.” (Negrillas subrayadas fuera de texto original)” De acuerdo con el numeral transcrito, el CTSSS debía contar entre sus miembros al “El Gerente Seccional de la EPS del Instituto de Seguros Sociales en los departamentos donde exista el cargo, o quien haga sus veces”, empero, no debe olvidarse que dicho instituto en su componente como EPS, ya no existe Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
Teléfono: (57-1)3305000 - Línea gratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 - www.minsalud.gov.co
201511601354811 Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 201511601354811
Fecha: 12-08-2015
Página 2 de 2 Por lo anterior, se puede concluir que el CTSSS, debería conformarse con los demás miembros señalados en el Acuerdo 57 de 1997, modificatorio del 25 de 1996, ello, a fin de cumplir con sus funciones asignadas en el artículo 65 de la Ley 715 de 2001 y los artículos 7, 62 y 64 de la Ley 1438 de 2011. El anterior concepto tiene los efectos determinados en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido en su título II, por el artículo 1 de la Ley 1755 de 20151. Cordialmente,
EDILFONSO MORALES GONZALEZ
Subdirector de Asuntos Normativos ( E) Dirección Jurídica
Elaboró: Carmen B.
Revisó/Aprobó: Edilfonso M.
Ruta electrónica: C:\Users\cib\Desktop\CIB\Junio 2015\201442301198042 Representante ISS Concejo Territorial Salud.docx 1 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye el Titulo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo.” Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
Teléfono: (57-1)3305000 - Línea gratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 - www.minsalud.gov.co