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MINSALUD - Concepto Jurídico 201611601461951 de 2016

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Concepto Jurídico 201611601461951 de 2016
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2016

201611601461951 Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 201611601461951

Fecha: 09-08-2016

Página 1 de 2 Bogotá D.C., URGENTE ASUNTO: Respuesta radicado 201642401533572 – Consulta vigencia Resolución 2266 de 1998

Respetado señor: Hemos recibido su correo electrónico, por medio del cual consulta acerca de la vigencia de la Resolución 2266 de 19981 y si un médico puede expedir una incapacidad mayor a 30 en un solo formato. Al respecto, se informa lo siguiente: En primer lugar, vale la pena resaltar que la Resolución 2266 de 1998, fue expedida por el entonces Instituto de Seguros Sociales – ISS, con el fin de reglamentar el proceso propio de expedición, reconocimiento, liquidación y pago de las prestaciones económicas por incapacidades y licencias de maternidad, sin embargo, ante la falta de regulación específica en la expedición de incapacidades y licencias de maternidad dentro Sistema General de Seguridad Social – SGSSS; en la práctica y a pesar de que el ISS se encuentra liquidado, las EPS han continuado aplicando el criterio que frente al particular estableció en su momento el artículo 10 de la mencionada resolución, así: “ARTICULO 10. DE LA EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE INCAPACIDAD. El médico u odontólogo tratante y competente para expedir certificados de incapacidad determina el período de incapacidad y expide el respectivo certificado inicial hasta por un máximo de treinta (30) días, los cuales puede prorrogar, según su criterio clínico, hasta un total de ciento ochenta (180) días -por

períodos de máximo treinta (30) días cada unoy de conformidad con las normas que rigen para cada tipo de riesgo, contenidas en los respectivos capítulos de la presente resolución.” El presente concepto tiene los efectos determinados en el artículo 21 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido en su título II por el artículo 1 de la Ley 1755 de 20152. 1 “Por la cual se reglamenta el proceso de expedición, reconocimiento, liquidación y pago de las prestaciones económicas por incapacidades y Licencias de Maternidad en el Instituto de Seguros Sociales.” 2 Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye el Titulo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C

Teléfono: (57-1)3305000 - Línea gratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 - www.minsalud.gov.co

201611601461951 Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 201611601461951

Fecha: 09-08-2016

Página 2 de 2 Cordialmente,

EDILFONSO MORALES GONZALEZ

Coordinador Grupo de Consulta Dirección Jurídica

Proyectó: O.F. Cetina Revisó: E. Morales C:\Users\ocetina\Documents\conceptos\(RAD.201642401533572) VIGENCIA RESOLUCION 2266 DE 1998 - MIGUEL ANGEL CASTRO

FLORIAN.docx Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C

Teléfono: (57-1)3305000 - Línea gratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 - www.minsalud.gov.co

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