MINSALUD - Concepto Jurídico 201811400691781 de 2018
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Concepto Jurídico 201811400691781 de 2018
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2018
201811400691781 Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No.: 201811400691781
Fecha: 18-06-2018
Página 1 de 3 Bogotá D.C., URGENTE Asunto: Concepto sobre vigencia normativa. Radicado No. 201842400728692
Respetado señor: Hemos recibido su comunicación en donde consulta acerca de la vigencia de algunas normas, así: “1. ¿ El Decreto 2257 de 1986 Por el cual se Reglamentan Parcialmente los Títulos VII y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a investigación, Prevención y Control de la Zoonosis. QUEDA DEROGADO, SALVO LOS ARTÍCULOS 10, 11, 12 Y 13. ?.
2. El DECRETO 351 de 2014 Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos generados en la atención en salud y otras actividades. ¿ ¿ QUEDA DEROGADO EN SU TOTALIDAD..?. 3.EL DECRETO 3518 DE 2006 por el cual se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y se dictan otras disposiciones, ¿ ¿ QUEDA DEROGADO EN SU TOTALIDAD..?.” Al respecto, nos permitimos señalar que: En efecto, el Decreto 780 de 2016, Decreto Único Reglamentario del Sector Salud previó lo siguiente: “Artículo 4.1.1. Derogatoria integral. Este Decreto regula íntegramente las materias contempladas en él. Por consiguiente, de conformidad con el artículo 3 de la Ley 153 de 1887, quedan derogados todos los decretos de naturaleza reglamentaria relativos al Sector Salud y
Protección Social que versan sobre las mismas materias. Los actos administrativos expedidos con fundamento en las disposiciones compiladas en el presente decreto mantendrán su vigencia y ejecutoriedad bajo el entendido de que sus fundamentos jurídicos permanecen en el presente decreto. Artículo 4.1.2. Excepción de comisiones y otras instancias. Quedan excluidas de la derogatoria integral prevista en el artículo anterior los decretos relativos a la creación y conformación de comisiones intersectoriales, comisiones interinstitucionales, consejos, comités, sistemas administrativos y demás asuntos relacionados con la estructura, configuración y conformación de las entidades y organismos del sector administrativo de Salud y Protección Social, en particular y de manera enunciativa, las siguientes normas: Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
Teléfono: (57-1)3305000 - Línea gratuita: 018000952525 Fax: (57-1)3305050 - www.minsalud.gov.co
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Radicado No.: 201811400691781
Fecha: 18-06-2018
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TIPO DE Nº AÑO EPÍGRAFE ARTÍCULOS NORMA DECRETO 2257 1986 POR EL CUAL SE REGLAMENTAN 10, 11, 12 Y 13
PARCIALMENTE LOS TÍTULOS VII Y XI DE LA LEY
9ª DE 1979, EN CUANTO A INVESTIGACIÓN,
PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA ZOONOSIS. (…)” De acuerdo con lo anterior, de lo expresado literalmente por el artículo 4.1.2. ibidem, ya transcrito,
los únicos artículos que se consideran en vigor en la actualidad del Decreto 2257 de 1986 son los números 10, 11, 12 y 13. Sin embargo, ello debe ser interpretado en contexto con el artículo 4.1.1. ibidem, es decir, si bien el resto del Decreto 2257 de 19861 quedó derogado, en virtud de la “derogatoria integral”, sus disposiciones fueron compiladas en el DURSector Salud, en los artículos 2.8.5.1.1. y sus subsiguientes. Con relación al Decreto 351 de 20142, fue compilado por el DUR-Sector Salud en los artículos 2.8.10.1. y subsiguientes, por tanto, las disposiciones actualmente vigentes en la materia son las de estos artículos. De igual forma, a raíz de la derogatoria integral del artículo 4.1.1. ibidem, se entiende derogado el Decreto 351 de 2014 en su totalidad. Por último, frente al Decreto 3518 de 20063, fue compilado por el DUR-Sector Salud en los artículos 2.8.8.1.1.1. y subsiguientes, por tanto, las disposiciones actualmente vigentes en la materia son las de estos artículos. Lo anterior, también con ocasión de la derogatoria integral del artículo 4.1.1. ibidem, en consecuencia, se entiende derogado el Decreto 3518 de 2006 en su totalidad. Por otra parte, de las preguntas realizadas en la consulta y frente a la derogatoria integral que ordenó el Decreto 780 de 2016, nos permitimos indicar que precisamente la finalidad de este Decreto Único fue compilar en un solo texto, las numerosas normas vigentes en el sector, así como realizar una depuración de ellas. Por esa razón, los Decretos Reglamentarios compilados
en el DUR-Salud quedaron cubiertos por la “derogatoria integral”, derogatoria expresa que se realizó en su artículo 4.1.1., con las excepciones del artículo 4.1.2. En conclusión, en la actualidad las disposiciones vigentes son las que se encuentran en el DUR, independientemente de que hayan sido compiladas de un Decreto preexistente. 1 “Por el cual se Reglamentan Parcialmente los Títulos VII y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a investigación, Prevención y Control de la Zoonosis.” 2 “Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos generados en la atención en salud y otras actividades.” 3 “Por el cual se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y se dictan otras disposiciones” Carrera 13 No.32-76 - Código Postal 110311, Bogotá D.C
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Fecha: 18-06-2018
Página 3 de 3 El anterior concepto tiene los efectos determinados en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido en su Título II, por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. Cordialmente,
EDILFONSO MORALES GONZÁLEZ
Coordinador Grupo Consultas Dirección Jurídica
Elaboró: Julie Carolina A
Revisó/ Aprobó: E Morales
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