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MINSALUD - Concepto Jurídico 202011601600671 de 2020

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Concepto Jurídico 202011601600671 de 2020
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2020

202011601600671 Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 202011601600671

Fecha: 14-10-2020

Página 1 de 4 Bogotá D.C., URGENTE

ASUNTO: Radicado 202042301529872

Respetado señor XXX Hemos recibido traslado del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social de su escrito dirigido al señor Presidente de la República, por medio del cual manifiesta, “No pertenezco al sisben y tampoco tengo seguridad social ni subsidiada ni contributiva soy padre de familia desempleado y no he recibido ninguna ayuda del gobierno además pago arriendo y ya no sé qué hacer, por favor inclúyanme en cualquier proceso de ayuda.” En atención a su solicitud se procede a dar respuesta en los siguientes términos: En primer lugar, es preciso aclarar que para ser beneficiario de los programas que el Gobierno ofrece, debe formar parte de la base de datos del Sistema de Selección de Beneficiarios -SISBEN, para tal fin, debe acudir ante la Oficina del SISBEN o Secretaría u Oficinas de Planeación de su municipio o ciudad y realizar los siguientes paso:

1. Solicitar la visita para la encuesta con su documento de identidad

2. Debe haber al menos una persona que pertenezca a ese hogar mayor de 18 años, con los documentos de identidad de todas las personas que integran ese hogar.

3. Esta persona debe tener conocimiento de situación laboral, de estudios, y características de la vivienda, entre otros.

4. Verificar la información que dio, ya que ésta quedará registrada para conocer su situación socio-económica, lo cual permite calcular el puntaje.

El anterior trámite, lo puede realizar de marea virtual ingresando al siguiente link:

://www.fosyga.in/sisben-afiliacion/ Realizada la visita, el puntaje lo puede conocer de manera muy fácil y sencilla por Internet, Ingresando a la página www.sisben.gov.co., donde encontrará la siguiente información: • Puntaje • Los datos personales (Nombres, apellidos, tipo y número de documento) • Fechas de ingreso, actualización y antigüedad • Estado, si está validado o no. • Dirección de la Oficina SISBEN de su ciudad o municipio. 202011601600671 Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 202011601600671

Fecha: 14-10-2020

Página 2 de 4 Una vez forme parte de la base de datos SISBEN, podrá ser incluido por parte del Gobierno en uno o varios de los 20 programas, a los que pueden acceder las personas más pobres y vulnerables del país, de acuerdo a la información suministrada en el siguiente link: https://www.finanzaspersonales.co/ahorro-e-inversion/articulo/sisben-cuales-son-lossubsidios-que-da-el-gobierno/74131, entre los que destacan los siguientes: 1. “Bienestar Familiar: Primera infancia, Hogares infantiles, Centros de desarrollo infantil y hogares comunitarios.

2. Icetex: Access, Tú Eliges y Subsidio de sostenimiento

3. Minagricultura: Vivienda rural y subsidio integral de tierras

4. Sena: Jóvenes rurales

5. Minsalud: Régimen subsidiado

6. Minvivienda: Vivienda en especie

7. Prosperidad social: Más familias en acción, Jóvenes en acción y Red Unidos

8. Mintrabajo: Colombia mayor

9. Mineducación: Ser pilo paga

10. Ejército Militar: Exención cuota libreta militar

11. DNP: Devolution del IVA

12. DPS: Registro social” Sin embargo, se le aclara que aunque todos pueden estar en el registro del SISBEN no cualquier persona puede acceder a los diferentes beneficios y subsidios que otorga el Gobierno, para ello además, se requiere contar con un puntaje de población con vulnerabilidad, de acuerdo a lo previsto en el artículo 5 de la Resolución 2673 de 20181, el cual reza: “ARTÍCULO 5o. PROGRAMAS SOCIALES. De conformidad con el artículo 94 de la Ley 715 de 2001, modificado por el artículo 24 de la Ley 1176 de 2007, y el Decreto número 1082 de 2015, modificado por el Decreto número 441 de 2017, cada entidad que utiliza el Sisbén como mecanismo de focalización determinará los puntos de corte, los requisitos de acceso, permanencia y salida para cada programa social.

El DNP prestará la asesoría técnica necesaria para que estas entidades puedan definir los procesos y procedimientos a seguir durante la transición del Sisbén.” 1 Por la cual se dictan lineamientos metodológicos, técnicos y operativos para la implementación y operación del Sisbén. 202011601600671 Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 202011601600671

Fecha: 14-10-2020

Página 3 de 4 Ahora bien, en materia de salud el artículo 1 de la Resolución 3778 DE 20112 modificada en algunos apartes por la Resolución 4119 de 20183 establece los puntos que se requieren para

la afiliación a una Entidad Promotora de Salud Subsidiada -EPS-S, así: “ARTÍCULO 1o. PUNTOS DE CORTE DEL SISBÉN METODOLOGÍA III. Establecer como puntos de corte para la afiliación al Régimen Subsidiado de Salud, los siguientes: Nivel Puntaje de Sisbén III 14 ciudades Otras Cabeceras Rural 1 0 - 47.99 0 - 44.79 0 - 32.98 2 48.00 - 54.86 44.80 - 51.57 32.99 - 37.80 (…) En consecuencia, y de acuerdo al principio de libre elección, podrá solicitar su afiliación y la de su familia ante cualquier EPS-S. Así mismo, una vez obtenga la clasificación SISBEN podrá solicitar ante las entidades correspondientes, sea incluido como beneficios de los diferentes programas ya existentes o implementados con ocasión del COVID-19 para la población más vulnerable, entre los que se resaltan: Créditos a independientes para lo cual el Gobierno Nacional expidió el Decreto 444 de 2020 por el cual el Ministerio de Hacienda crea el Fondo de Mitigación de Emergencias -FOME y dictó disposiciones en materia de recursos, dentro del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, con el fin de permitir aliviar con créditos a todos los independientes y pequeñas y medianas empresas que están en dificultades, por causa de la pandemia. Siendo así como, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de Impulsa Colombia y el Fondo Nacional de Garantías, asignarán créditos hasta por $4‘500.000 con condiciones especiales, para tal fin, a través de la plataforma www.avanzalineru.com se están recibiendo,

diligenciando y aprobando las solicitudes, el desembolso se realiza el día hábil después de su aprobación, además, ante cualquier duda pueden escribir al correo independientes@lineru.com Igualmente, el Departamento Nacional de Planeación – DNPinforma en su página web que son beneficiarios de la devolución del IVA, la población del programa Familias en Acción, a quienes se le entregarán los dineros por DaviPlata, puntos Efecty o Baloto, y los del programa Adulto Mayor a ellos se les devolverá en los puntos Efecty. Para tener este derecho debe 2Por la cual se establecen los puntos de corte del Sisbén Metodología III y se dictan otras disposiciones. 3 Por la cual se modifica la Resolución número 3778 de 2011 202011601600671 Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 202011601600671

Fecha: 14-10-2020

Página 4 de 4 hacer pate de uno de estos dos grupos o del Sisbén. El DNP creó el link: https://devolucioniva.dnp.gov.co/ donde puede consultar si es beneficiario de la devolución del IVA. Por su parte el Departamento Administrativo de la Prosperidad Social en la actualidad está a cargo del plan ingreso solidario, creado para la población en condición de pobreza y vulnerabilidad que no reciben ninguna transferencia monetaria de ningún programa social del Estado, apoyo económico que se entrega por el sistema bancario, aclara que para evitar cualquier tipo de fraude o problemas para quienes realicen el trámite virtual, los establecimientos financieros que hacen parte son: Bancolombia (Nequi y Bancolombia A la Mano), Davivienda (Daviplata) y Movii (Movii) y el Banco Agrario, y que quienes no cuentan

con este servicio, a través del celular, mediante mensaje de texto done se informa banco y número de cuenta del depósito, para consultar si es beneficiario del ingreso solidario, ingrese al link: https://ingresosolidario.prosperidadsocial.gov.co/ Finalmente, se le informa que adicionalmente cada municipio cuenta con programas o beneficios, de los cuales puede solicitar información en la respectiva alcaldía o en la página web de la misma. El anterior concepto tiene los efectos determinados en el artículo 284 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituidos en el Título II, por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. Cordialmente, 4“Artículo 28.Alcance de los conceptos. Salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.”

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