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MINSALUD - Concepto Jurídico 202111600518901 de 2021

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Concepto Jurídico 202111600518901 de 2021
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2021

202111600518901 Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 202111600518901

Fecha: 06-04-2021

Página 1 de 2 Bogotá D.C., URGENTE

ASUNTO: SOLICITUD DE COPIA DE RESOLUCIONES RADICADO: 202142400415652.

Respetado Señor xxx: Hemos recibido su comunicación, en la cual usted solicita “copias de las siguientes resoluciones, con su relatoría y notas de vigencia y jurisprudencia: RESOLUCIÓN 7731

DE 1983 RESOLUCIÓN 16040 DE 1988 RESOLUCIÓN 09586 DE 1990” (Sic).

Con relación a su solicitud, en primera instancia nos permitimos anexar a la presente respuesta, las copias de las resoluciones por usted solicitadas. Ahora bien, en lo que refiere a la relatoría y notas de vigencia por usted solicitadas, ha de tenerse en cuenta, que las resoluciones emitidas por esta cartera, y sobre todo del año que usted solicita, no contienen relatorías ni notas de vigencia, no obstante, para efectos de la vigencia de las normas que usted solicita, es pertinente traer a colación lo prescrito en el artículo 50 de la Resolución 5194 de 20101, que dispone lo siguiente: “ARTÍCULO 50. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial las Resoluciones 7731 de 1983, 16040 de 1988, 09586 de 1990 y 1447 de 2009”. Adicionalmente, en referencia a la jurisprudencia solicitada de las normas referidas, me

permito relacionar las siguientes: • Sentencia T 65774 del 04 de abril de 20132, Corte Suprema De Justicia Sala De Casación Penal, Magistrado Ponente Luis Guillermo Salazar Otero. • Sentencia T-741-143 del 8 de octubre de 2014 de la Corte Constitucional, Magistrada Ponente Gloria STELLA ORTIZ DELGADO. 1 “Por la cual se reglamenta la prestación de los servicios de cementerios, inhumación, exhumación y cremación de cadáveres”. 2 Sentencia disponible en http://consultaprovidencias.cortesuprema.gov.co/visualizador/ZmlsZTovLy92YXIvd3d3L2h0bWwvSW5kZXgvMjAxMy9QZW5hbC9Ec i5MdWlzIEd1aWxsZXJtbyBTYWxhemFyIE90ZXJvL0FicmlsL1QtNjU3NzQoMDQtMDQtMTMpIENDLVQgTS5kb2M=/Tutelas/%22519 4%20de%202010%22 3 Disponible en https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2014/t-74114.htm#:~:text=En%20conclusi%C3%B3n%2C%20para%20esta%20Corte,a%20la%20libertad%20de%20culto. 202111600518901 Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 202111600518901

Fecha: 06-04-2021

Página 2 de 2 • Sentencia T 82574 del 11 de noviembre de 20154, Sala De Casación Penal Corte Suprema de Justicia, Magistrado Ponente: Gustavo Enrique Malo Fernández.

Le informamos además, que usted puede consultar y descargar de la página web de este Ministerio, https://www.minsalud.gov.co/Normativa/Paginas/normativa.aspx, las normas emitidas por esta cartera, así como su estado de vigencia y modificaciones. El anterior concepto tiene los efectos determinados en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituidos por el artículo 1 de la Ley 1755 de 20155. Cordialmente, 4 Disponible en http://consultajurisprudencial.ramajudicial.gov.co:8080/WebRelatoria/csj/index.xhtml 5 “Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye el Titulo del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.

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