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MINSALUD - Resolución 0167 de 2010

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 0167 de 2010
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2010

REPÜBLICA DE COLOMBIA

COMISIÓN DE REGULACIÓN EN SALUD

1 6 RESOLUCIÓN NÚMERO 7DE 124 SETp.n "l > Por la cual se modifica la Resolución 150 de 2010 y se dictan otras disposiciones dentro del procedimiento de socialización y Participación Ciudadana EL COMISIONADO EXPERTO VOCERO En ejercicio de las competencias que /e confiere el Artículo 13, numeral 7° del Acuerdo 001 de 2009 de la GRES ffReglamento de la Unidad Administrativa Especial Comisión de Regulación en Salud", y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución No. 150 de 09 de septiembre de 2010 se implementó el procedimiento y se definieron otras actividades de socialización y Participación Ciudadana de la Comisión de Regulación en Salud CRES para el desarrollo de la metodología y los estudios necesarios para actualizar el Plan Obligatorio de Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) en Colombia, establecido mediante el Acuerdo 008 de 2009 de la Comisión de Regulación en Salud, así como los estudios técnicos y documentos necesarios que soporten las decisiones de la Comisión de Regulación en Salud - GRES, respecto a la definición del valor de la Unidad de Pago por Capitación (UPC), para los regímenes Contributivo y Subsidiado (pleno y parcial) de salud, cuotas moderadoras y copagos Que el artículo sexto del mencionado acto administrativo implementó la metodología propuesta en el proyecto Participación Ciudadana para la inclusión de las distintas organizaciones representantes de pacientes, veedurías ciudadanas, usuarios y/o COPACOS interesados, según convocatoria a realizarse por la GRES, sin establecer la fecha limite para

su inscripción. Que el artículo noveno ibídem seleccionó a la comunidad científica y a las distintas asociaciones de profesionales de la salud, invitándolas a designar sus representantes de manera previa, a más tardar el 1º de Octubre de 201 O. Que se hace necesario determinar y ampliar el plazo de inscripciones en aras de garantizar a todos los interesados su participación en el proceso. Que en merito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.~ Modifíquese el artículo sexto de la Resolución No. 150 de 2010, que quedará así: "lmpleméntese la metodología propuesta en el proyecto Participación Ciudadana para los usuarios, de acuerdo con la convocatoria de la GRES publicada en el r sitio web www.cres.gov.co, con el fin de que las distintas organizaciones representantes de \¡; pacientes, veedurías ciudadanas, usuarios y/o COPACOS interesados, se inscriban en el !ffe,· tf\'---------__J 1_6_7_ 4 SEl2 010 RESOLUCION NÚMEROlt_ __ DEl2 HOJANo_2_ Por la cual se modifica la Resolución 150 de 2010 y se dictan otras disposiciones dentro del procedimiento de socialización y Participación Ciudadana proceso de selección de sus representantes para participar con sus aportes en el tema a regular, a más tardar el 7 de octubre de 2010. Para ello deberán realizar fa inscripción acompañada de los siguientes documentos: constitución y gerencia o representación legal, - en el caso de las Asociaciones de Pacientes, acreditación de la representatividad dentro de la patología correspondiente -, informe de actividades del último año y declaración de

conflicto de interés, que solo se predica del tema particular en el cual se presenta tal situación". Las reuniones y el desarrollo del proyecto Participación Ciudadana, se adelantarán en algunas ciudades como Bogotá, Cali, Medellín, Barranquilla, Bucaramanga, Pereira y Villavicencio, para \o cual se harán de manera previa, las respectivas convocatorias y la consulta posterior en el sitio www.cres.gov.co. ARTÍCULO SEGUNDO.- Modifíquese el artículo noveno de la Resolución 150 de 2010, que quedará así: "Selecciónese a la comunidad científica de manera directa a través de las distintas asociaciones de profesionales de la salud, invitándolas a designar sus representantes previamente, a más tardar el 7 de Octubre de 2010, enviando a la CRES la comunicación con los nombres de quienes participarán en las mesas de trabajo que se realizarán en las distintas ciudades. Las reuniones y el desarrollo del proyecto Participación Ciudadana, se adelantarán en algunas ciudades como Bogotá, Cali, Medellin, Barranquilla, ' Bucaramanga, Pereira y Villavicencio, para lo cual se harán de manera previa, las respectivas convocatorias y la consulta posterior en el sitio www.cres.gov.co. ARTÍCULO TERCERO.- Para todos los efectos relacionados con los términos, plazos, requisitos, programación, convocatoria y demás actividades y sus modificaciones dentro del proceso de Participación Ciudadana, téngase como válida la información que publique la Comisión de Regulación en Salud - CRES, en el sitio web oficial www.cres.gov.co. ARTÍCULO CUARTO.- El presente acto administrativo rige a partir de su publicación. Dada en Bogotá O.C., a los 24 días del mes de Septiembre de 2010.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

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