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MINSALUD - Resolución 0225 de 2015

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 0225 de 2015
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2015

REPUBLICA DE COLOMBIA í'wr

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN Nú~ó:uUOiJ225 DE 2015 ( 2 9 ENE2 015l Por la cual se crea la planilla "K estudiantes" y los tipos de cotizantes 23 "Estudiantes Decreto 055 de 2015" y 55 "Afiliado participe - dependiente" en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas en el numeral 7 del articulo 173 de la Ley 100 de 1993 y 23 del artículo 2 del Decreto - Ley 4107 de 2011 y, CONSIDERANDO Que el Decreto 055 de 2015 tiene por objeto establecer las reglas para la afiliación y el pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales de los estudiantes que cumplen con las condiciones expresamente señaladas en su artículo 2. Que el artículo 6 del mencionado decreto dispone que la cotización y pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales de los estudiantes se realizará a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente (1 smlmv) por lo que es preciso ajustar este mecanismo a las condiciones allí establecidas. Que respecto del afiliado participe en e! contrato sindical, el Ministerio del Trabajo en concepto del 6 de enero del presente año, señaló que: ".. efectivamente el sindicato frente a la responsabilidad de fas cotizaciones de seguridad social actúa como verdadero empleador frente a su afiliado", teniendo en cuenta que en algunos eventos

las organizaciones sindicales pueden estipular obligaciones que impliquen asumir tal condición. Que en virtud de lo anterior y dadas las características especiales que entraña el contrato sindical de que trata el Decreto 1429 de 2010. se hace necesario habilitar otro tipo de cotizante que facilite el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social, complementando así lo dispuesto en la Resolución 2634 de 2014. En mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Modificar el artículo 7 de la Resolución 1747 de 2008, "Descripción Detallada del Registro Tipo 1: Encabezado", modificado a su vez por los artículos 2 de la Resolución 2640 de 2011, 1 de la Resolución 0475 de 2011, 3 de la Resolución 610 de 2012, 13 de la Resolución 3214 de 2012 y 1 de la Resolución 3527 de 2014, en el sentido de adicionar en el campo 7 "tipo de planilla" e! tipo de planilla K, el cual quedará así: 2 9 ENE2 015

RESOLUCIÓN NÚMiiRÓ, U U Ü ;J2 25 DE 2015 HOJA No 2

Continuación de la Resolución "Por la cual se crea la planilla "K estudiantes" y los tipos de cotizantes 23 "Estudiantes Decreto 055 de 2015" y 55 "Afiliado participedependiente" en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA" Campo Long Posición Tipo Descripción Validaciones y Origen de Inicio Fin los Datos 7 1 227 227 A Tipo de planilla Este campo es obligatorio y lo suministra el aportante. E: Planilla Empleados

Y: Planilla Independientes Empresas A: Planilla cotizantes con novedad de ingreso 1: Planilla Independientes S: Planilla Empleados de servicio doméstico M: Planilla Mora N: Planilla Correcciones T: Planilla Empleados entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones F: Planilla pago aporte patronal faltante, de una entidad beneficiaria del Sistema General de Participaciones. J: Planilla para pago seguridad social en cumplimiento de sentencia judicial. X:Planilla para el pago empresa liquidada U:Planilla de uso exclusivo de la UGPP para pago por terceros K: Planilla estudiantes Articulo 2. Modificar el artículo 8 de la Resolución 1747 de 2008, modificada a su vez por las Resoluciones 2377 de 2008, 2640 de 2011, 61 O y 3214 de 2012, 2087 de 2013, 0078, 2634 y 3527 de 2014, en el sentido de modificar la planilla E-"Planifla Empleados" y adicionar la aclaración a la planilla K "Planilla Estudiantes" al Campo 7TIPO DE PLANILLA", de la siguiente forma: "E Planilla Empleados: Este tipo de planilla deberá utilizarse cuando se paguen los aportes de los siguientes tipos de cotizantes: CODIGO DESCRIPCION 1 Oeoendiente 12 Anrendices en etana lectiva 18 Funcionarios públicos sin tone máximo en el IBC 19 Anrendices en etana nroductiva 20 Estudiantes IRéoimen esoecialLev 789/2002), 21 Estudiantes de oostorado en salud !Decreto 2376 de 20101

22 Profesor de establecimiento oarticular 30 Dependiente entidades o universidades públicas con régimen especial en salud 2 9 ENE2 015 2 5

RESOLUCIÓN NÚMERb..; U U Ü ,] Z DE 2015 HOJA No 3

Continuación de la Resolución "Por la cual se crea la planilla "K estudiantes" y los tipos de cotizantes 23 "Estudiantes Decreto 055 de 2015" y 55 "Afiliado participedependiente" en la Planilla Integrada de liquidación de Aportes -PILA" 31 Coonerados o nrecoooerativas de trabaio asociado 32 Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un país extranjero o funcionario de organismo multilateral no sometido a la leaislación colombiana 40 Beneficiario UPC Adicional 44 Cotizante dependiente de empleo de emergencia con duración mayor o iaual a un mes 45 Cotizante dependiente de empleo de emergencia con duración menor a un mes 51 Trabajador de tiempo parcial Decreto 2616 de 2013 afiliado al Réaimen Subsidiado en salud. 55 Afiliado Particioe-deoendiente Este tipo de planilla podrá ser utilizada en los siguientes casos:

1. Para el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral de sus cotizantes, y habrá lugar al pago de intereses de mora si se realiza fuera del plazo establecido en el Decreto 1670 de 2007 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

2. Cuando por razones operativas del aportante o cuando éste tenga varias sucursales y requiera utilizar más de una planilla, podrá hacerlo pagando los intereses de mora si hay lugar a ello, de acuerdo con los plazos establecidos

en el Decreto 1670 de 2007 o las normas que lo modifiquen o sustituyan". ( ...) "K: Planilla estudiantes: Solo puede ser utilizada por las personas jurídicas que establece el artículo 4 del Decreto 055 de 2015, las cuales realizaran aportes al Sistema General de Riesgos Laborales de cotizantes tipo 23 - "Estudiantes Decreto 055 de 2015". El aporte se realizará por períodos mensuales completos, en la modalidad vencida, en los plazos establecidos por el Decreto 1670 de 2007 o la norma que lo modifique o sustituya. Artículo 3. Modificar el articulo 10 de la Resolución 1747 de 2008, modificado a su vez por las Resoluciones 2377 de 2008, 990 y 2249 de 2009, 1004 de 2010, 475, 476 y 993 de 2011, 610 de 2012, 2087, 5094 de 2013, 0078 y 2634 de 2014, en el sentido de adicionar al campo 5 'Tipo de Cotizante", los tipos 23 - "Estudiantes Decreto 055 de 2015" y 55 "Afiliado Participe-dependiente", así: Campo Long Tipo Descripción Validaciones y Origen de los datos 5 2 A Tipo de Obligatorio. Lo suministra el aportante. Cotizante Los valores válidos son:

1. Dependiente.

2. Servicio doméstico.

3. Independiente.

4. Madre comunitaria.

12. Aprendices en etapa lectiva.

15. Desempleado con subsidio de Caja

de Compensación Familiar.

16. Independiente agremiado ó asociado.

18. Funcionarios oúblicos sin toce h 2 9 ENE2 015

RESOLUCIÓN NÚM&«C:Í tJU00225 DE 2015 HOJA No 1

Continuación de la Resolución "Por la cual se crea la planilla "K estudiantes" y los tipos de cotizantes 23 "Estudiantes Decreto 055 de 2015" y 55 "Afiliado participedependiente" en la Planilla Integrada de liquidación de Aportes - PILA" Campo Long Tipo Descripción Validaciones y Origen de los datos máximo en el IBC.

19. Aprendices en etapa productiva

20. Estudiantes (Régimen especialLey

789/2002).

21. Estudiantes de postgrado en salud

(Decreto 2376 de 2010).

22. Profesor de establecimiento particular.

23. Estudiantes Decreto 055 de 2015

30. Dependiente entidades o universidades con régimen especial en salud

31. Cooperados o precooperativas de trabajo asociado.

32. Cotizante miembro de la carrera diplomática o consular de un país extranjero o funcionario de organismo multilateral no sometido a la legislación colombiana.

33. Beneficiario del Fondo de

Solidaridad Pensional.

34. Concejal o edil de Junta Administradora Local del Distrito Capital de Bogotá que percibe honorarios amparado por póliza de salud.

35. Concejal municipal o distrital que percibe honorarios no amparado con póliza de salud.

36. Concejal municipal o distrital que percibe honorarios no amparado con póliza de salud beneficiario del

Fondo de Solidaridad Pensiona!.

40. Beneficiario UPC Adicional.

42. Cotizante pago solo salud. Articulo 2

Ley 1250 de 2008.

43. Cotizante independiente no obligado a cotizar a pensiones con pago por tercero.

44. Cotizante dependiente de Empleo de Emergencia con duración mayor o igual a un mes.

45. Cotizante dependiente de Empleo de Emergencia con duración menor a un mes.

47. Trabajador dependiente de entidad beneficiaria del Sistema General de

Participaciones - Aportes Patronales.

51. Trabajador de tiempo parcial Decreto 2616 de 2013 afiliado al Régimen Subsidiado en salud.

52. Beneficiario del Mecanismo de 2 9 ENE2 015

'.:uuü:.' 225

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2015 HOJA No 5

Continuación de la Resolución 'Por la cual se crea la planilla "K estudiantes" y los tipos de cotizantes 23 "Estudiantes Decreto 055 de 2015" y 55 "Afiliado participe - dependiente" en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes -PILA" Campo Long Tipo Descripción Validaciones y Origen de los datos Protección al Cesante.

53. Afiliado Participe

54. Prepensionado de entidad en liquidación.

55. Afiliado Particioe-deoendiente Articulo 4. Modificar el articulo 11 de la Resolución 1747 de 2008, modificado por las Resoluciones 2377 de 2008, 990 y 2249 de 2009, 1004 de 2010, 475, 476, 993 y 2640 de 2011, 610 de 2012, 2087, 5094 de 2013, 0078 y 2634 de 2014, en el sentido de

adicionar las aclaraciones de los tipos de cotizante 23 "Estudiantes Decreto 055 de 2015" y 55 "Afiliado Participe-dependiente", así: "23 Estudiantes Decreto 055 de 2015 Este tipo de cotizante será utilizado para los estudiantes que cumplan con las condiciones expresamente señaladas en el articulo 2 del Decreto 055 de 2015 y aportarán únicamente al Sistema General de Riesgos Laborales, sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente (1 smlmv) y para el cálculo del monto de la cotización, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 1562 de 2012 y en los Decretos 1772 de 1994 y 1607 de 2002 o en las normas que los modifiquen o sustituyan. Este tipo de cotizante solo puede ser usado en planilla tipo K "Planilla estudiantes" 55 Afiliado Participe-dependiente Es utilizado por el tipo de aportante 9 - "Pagador de aportes contrato sindical", para el pago, a cargo del sindicato, de los aportes a la seguridad social de los afiliados participes en la ejecución de un contrato sindical, cuando por efecto de las obligaciones que haya acordado con sus propios afiliados vinculados a dicho contrato, se asimile a un empleador. El IBC mínimo es de un salario mínimo legal mensual vigente - (1 smmlv). Este tipo de cotizante solo puede ser usado en planilla tipo E - "Planilla Empleados" Artículo 6. Vigencia. Esta resolución rige desde la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los, 2 9 ENE2 015

LEJA DRJ G~IA URIBE

Ministro d Salud y Protección Social¡'

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