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MINSALUD - Resolución 0246 de 2014

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 0246 de 2014
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2014

REPÚBLICAD E COLOMBIA

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MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN CC u2 4 6

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2014 ( - 3 FEB2. 014 ) Por la cual se define el factor de ajuste que pondere los servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL Y LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN En ejercicio de sus facultades legales, en especial la conferida en el artículo 66 de la Ley 715 de 2001 y, CONSIDERANDO Que el artículo 49 de la Ley 715 de 2001, establece que para distribuir los recursos de participación entre las entidades territoriales, para la prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidios a la demanda, se utilizará un factor de ajuste que pondere los servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud del Régimen Subsidiado. Que el artículo 66 de la Ley 715 de 2001, establece que el factor de ajuste que pondere los servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado, será definido conjuntamente por el Departamento Nacional de Planeación y el hoy Ministerio de Salud y Protección Social. Que mediante el Acuerdo 32 de 2012, expedido por la entonces Comisión de Regulación en Salud -CRES, se concluyó el proceso de unificación del Plan Obligatorio de Salud para los regímenes contributivo y subsidiado a nivel nacional. En merito de lo expuesto,

RESUELVE Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto definir el factor de ajuste que pondere los servicios no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud para distribuir los recursos de participación para la prestación de servicios de salud a la población pobre en lo no cubierto con subsidiados a la demanda entre las entidades territoriales para el año 2014. Artículo 2. Factor No POS. El factor de ajuste que pondere los servIcIos no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado será igual a 100%. - 3 FEB2.0 14 OCJ 24 6 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2014 Página f. de f. Continuación del proyecto de resolución "Por la cual se define el factor de ajuste que pondere los servicios no incluidos en el Plan Obliga/olio de Salud del Régimen Subsidiado" Este factor podrá ajustarse con base en la información que reporten las entidades territoriales al Ministerio de Salud y Protección Social a través de los medios definidos por éste para tal fin. Artículo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE o.e., 3 FEB.0 14

Dada en Bogotá a los _ 2 /nh1o.m D~

TATIANA OROZCO DE LA CRUZ

Directora Departamento Nacional de Planeación -w---

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