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MINSALUD - Resolución 0643 de 2015

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 0643 de 2015
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2015

REPÚBLICA DE COLOMBIA

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMliROiJJJJQ643 DE2015 ( - 5 MAR20 15 ) Por la cual se modifica el presupuesto del mecanismo único de recaudo y giro de los recursos que financian y cofinancian el Régimen Subsidiado de Salud para la vigencia fiscal 2015 EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial, de las conferidas en el parágrafo 4 del articulo 13 de la Ley 1122 de 2007 y en desarrollo del artículo 2 del Decreto 4962 de 2011 y, CONSIDERANDO Que a través de la Resolución 21 O de 2015 se aprobó el presupuesto del mecanismo único de recaudo y giro de los recursosq ue financian y cofinancian el Régimen Subsidiado de Salud para la vigencia fiscal 2015. Que mediante la Resolución 487 de 2015, se efectuó un traslado y distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Salud y Protección Social - Dirección de Administración de Fondos de la Protección Social, para la vigencia fiscal de 2015, que incluyó una partida por valor de

CINCO BILLONES CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS

CUARENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO PESOS M/CTE ($5.197.844. 788.925), correspondiente a las once doceavas para subsidios a la demanda, de conformidad con la distribución de los recursos del Sistema General de

Participaciones en Salud para la vigencia fiscal 2015, aprobada en el Documento CONPES Social 179 de 13 de febrero del presente año, los cuales deben incorporarse en el presupuesto del mecanismo único. Que revisada la apropiación inicial en el recaudo del presupuesto del mecanismo único de recaudo y giro de los recursos que financian y cofinancian el Régimen Subsidiado de Salud para la vigencia fiscal 2015, rubro "Porcentaje del impuesto CREE - Aportes Nación", de conformidad con los porcentajes de distribución previstos en el parágrafo transitorio del artículo 24 de la Ley 1607 de 2012, modificado por el articulo 72 de la Ley 1739 de 2014, se estableció una diferencia por valor de DOS MIL CIENTO OCHENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($2.186.784.749), que debe ser ajustada. Que en mérito de lo expuesto, ,,.. - 5 MAR2 015

RESOLUCIÓN NÚ~~iJ,~'O643 DE2015 HOJANo 2DE2

Continuación de la Resolución "Por la cual se modifica el presupuesto del mecanismo único de recaudo y giro de los recursos que financian y cofinancian el Régimen Subsidiado de Salud para fa vigencia fiscal 2015" RESUELVE Artículo 1. Adicionar el Presupuesto del Mecanismo Único de Recudo y Giro de los recursos que financian y cofinancian el Régimen Subsidiado de Salud para la vigencia 2015, así:

RECAUDO DESCRIPCION 600 21 06 01 Sistema General de Participaciones - Régimen Subsidiado 5.197.844.788.925 600 21 06 12 Porcentaje del impuesto CREE -Aportes Nación 2.186.784.749 GIRO Reconocimiento Unidades de Pago por Capitación 630 304 61 02 liquidación Mensual de Afiliados 5.200.031.573.674 Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente la Resolución 21 O de 2015.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C. a los - 5 MAR2 015 ,/l--¡ ) lÍ\ J<,EJAtjD!fü GAVIRIA URIBE ~ _,J,linistro d<;S_ alud y Protección Social (:F>J(:-, =

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