🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINSALUD - Resolución 0973 de 2017

Ministerio de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 0973 de 2017
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2017

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2017 ( 1 ) Por la cual se reconoce y paga el beneficio convencional de educación especial a favor de los hijos de los pensionados beneficiarios de unas convenciones colectivas de trabajo de la liquidada empresa Puertos de Colombia y de fallos judiciales EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCION SOCIAL En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 63 del Decreto Ley 4107 de 2011 y en desarrollo del artículo 5 de la Resolución 3125 de 2016 y, CONSIDERANDO Que la Resolución 3125 de 18 de julio de 2016, proferida por este Ministerio establece los requisitos y condiciones para el reconocimiento y pago del beneficio convencional de educación especial a favor de los hijos de los pensionados beneficiarios de unas convenciones colectivas de trabajo de la liquidada empresa Puertos de Colombia y de fallos judiciales. Que el mencionado acto administrativo en el artículo 4, señala las condiciones que deberán acreditar las instituciones educativas que ofrezcan el servicio de educación especial a quienes gozan del beneficio convencional, requisitos que deberán ser aportados a más tardar el quince (15) de diciembre de cada vigencia, al Grupo de Administración de Entidades Liquidadas de este Ministerio. Que el artículo 5 de la citada resolución, establece que previo al pago efectivo del servicio de educación especial que sea prestado, este Ministerio expedirá cada anualidad, el acto administrativo que establezca, entre otros, los beneficiarios, las instituciones educativas y el valor a pagar por tales servicios. Este pago se realizará mensualmente, con sujeción al

Programa Anual Mensualizado de CajaPAC, a través del Grupo de Tesorería. Que el Grupo de Administración de Entidades Liquidadas una vez adelantada la verificación de los documentos allegados por las instituciones educativas, expidió las certificaciones del 21 de febrero y del 7 de marzo de 2017, en las cuales se alude al cumplimiento de los requisitos y condiciones para el reconocimiento y pago del beneficio convencional, haciendo constar que las tarifas se incrementarán en los porcentajes establecidos por las Secretarias de Educación de las ciudades donde se ofrecen los servicios. Que igualmente en la citada certificación del 21 de febrero de 2017, se definió que para las instituciones educativas que no se expidió acto administrativo que fijara tarifas, se aplicarían las ya establecidas para el año 2016. Igualmente, determinó que para aquellas entidades terapéuticas no educativas el ajuste será la variación del IPC del año anterior, por cuanto no se rigen por las tarifas señaladas por las secretarias de educación. 3 1 Mt~R2 017 e RESOLUCIÓN NÚMERO 0 f; 9 7 3 DE 2017 HOJA Nº 2 Continuaciónd e la resolución" Por la cual se reconoce y paga el beneficio convencional de educación especial a favor de los hijos de los pensionados beneficiarios de unas convenciones colectivas de trabajo de la liquidada empresa Puertos de Colombia y de fallos Judiciales" Que el Coordinador del Grupo de Administración de Entidades Liquidadas suscribió la certificación de fecha 17 de marzo de 2017, mediante la cual se hace constar que los

nombres de los destinatarios del beneficio convencional de educación especial de la liquidada empresa Puertos de Colombia, son los 140 relacionados en el proyecto remitido a través de memorando número 201711100060943 de fecha 8 de marzo de 2017, documento con el cual se da cumplimiento a lo señalado en el artículo 3 de la Resolución 3125 de 2016. Que a su vez en esa misma certificación, se señaló que las tarifas de enero a junio de 2017, por los servicios prestados por la fundación educativa para Todos AprendoColegio Cristiano El Shaddai, institución de calendario B -, son las mismas del año 2016 y las tarifas de agosto a diciembre de 2017, se incrementaron con base en la variación anual del Índice de Precios al Consumidor - IPC. Que según reporte del Certificado de Disponibilidad Presupuesta! del SIIF identificado con Nº 73817 del 2 de febrero de 2017, existe apropiación presupuesta! disponible y libre de afectación para garantizar el: "Reconocimiento y pago beneficio convencional de educación especial a favor de los pensionados beneficiarios de unas convenciones colectivas de trabajo de la liquidada empresa Puertos de Colombia y/o fallos judiciales': en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de este Ministerio para la vigencia 2017, catálogo de gastos A-3-5-3-35 correspondiente a la Cuenta 3Transferencias Corrientes; Subcuenta 5 -Transferencias de previsión y seguridad social; Objeto del Gasto 3 - Otras transferencias de previsión y seguridad social; Ordinal 35Prestaciones convencionales

pensionados Puertos de Colombia; Recurso 1O - Recursos corrientes; por valor de ochocientos cincuenta y cinco millones ochocientos cincuenta y cinco mil doscientos ochenta y cinco pesos con ochenta y dos centavos ($855.855.285,82) M/Cte. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Beneficiarios de reconocimiento y pago. Este Ministerio reconocerá y pagará el derecho convencional a los beneficiarios de los pensionados de la empresa Puertos de Colombia, que a continuación se relacionan y que fueron presentados por las instituciones educativas que radicaron los documentos al Grupo de Administración de Entidades Liquidadas de este Ministerio, a saber: INSTITUCION ÍTEM NOMBRE CÉDULA DE NOMBRE CEDULA CIUD. - EDUCATIVA PENSIONADO CIUDAD. BENEFICIARIO TARJETAIDENT 1 Flórez 7.434.183 Flórez Olea 72.243.027 Asociación de

Santiai: ,o Hui:,o Marlon Padres y Amigos 2 Ospino Cueto 3.700.849 Ospino Díaz 1.143.424.013 de Niños Andrés Zullv Patricia Excepcionales del 3 Castrillón Luna 3.707.339 Castrillón 1.002.207.754

Atlántico Apanexda Wilfrido Sarmiento NIT. 890102127-9 Ismael Enrique Fundación Integral 1 Perdomo 51.608.960 Arlex Alejandro 1.013.645.873 Sentir Osuna Maria Valencia NIT. 900188967-9 Melleni Perdomo 1 Aguirre Castilla 9.048.799 Aguirre Colonna 1.007.313.202

Fernando Byron r ~ 1 MAR2 017

RESOLUCIÓN NÚMERO (;['C973' DE 2017 HOJA Nº 3

Continuaciónd e la resolución" Por fa cual se reconoce y paga ef beneficio convencional de educación especial a favor de los hijos de los pensionados beneficiarios de unas convenciones colectivas de trabajo de la liquidada empresa Puertos de Colombia y de fallos judiciales" 2 Albarracín 9.055.574 Albarracín 8.853.746 Posso Martínez Marlon Revnaldo 3 Albarracín 9.055.574 Albarracín Pérez 98.032.657.460 Posso Jesús David Reynaldo 4 Albarracín 9.055.574 Albarracín Pérez 1.001.972.430 Posso Helmer Reynaldo 5 Albarracín 9.055.574 Albarracén 97.011.921.519 Posso Pérez Maria Revnaldo Clara 6 Albornoz 9.069.681 Albornoz 95.112.429.884 Castro Figueroa Jesús Emiliano David 7 Almanza 9.084.181 Almanza León 1.128.056.065 Torres Adolfo Olqa Patricia 8 Arévalo 9.078.866 Arévalo Cañate 98.063.067.989 Sánchez José Andru 9 Arévalo 9.078.866 Arévalo de 10.479.207 Sánchez José Hoyos Maria José 10 Arrieta Cano 9.069.662 Arrieta Mercado 99.080.603.785 Víctor Manuel Adrián David Corporación de 11 Bahoque 9.061.702 Bahoque 1.047.482.106

Educación Especial Herrera Israel Ballestas y Formal Mente Brandon José Activa 12 Bahoque 9.061.702 Bahoque 1.047.466.182 NIT. 806012874-6 Herrera Israel Ballestas Elena Marqarita 13 Barreta 9.087.379 Barreto 1. 143.365.365 Lorduy Arturo González Dilan Jesús 14 Bermúdez 9.084.198 Bermúdez 1142.917.827 Donayer Arellano Isabela Rodrigo Softa Orlando 15 Bermúdez 9.057.995 Bermúdez Juliao 1.043.963.738 Martínez Valeria Gustavo 16 Bermúdez 9.057.995 Bermúdez Juliao 99.062.910.387 Martínez Jesús David Gustavo 17 Cabarcas 73.093.528 Cabarcas 1.041.974.955 González Peñaranda Clovis de Julián Eduardo Jesús 18 Castro Pérez 9.078.076 Castro Cortes 1.001.972.742 Dominao Sherlvs Andrea 19 Céspedes 9.093.181 Céspedes 1.048.437.519 Marrugo Jase Espitia Michelle Guillermo 20 Chico Ojeda 9.049.954 Chico Pupo 1.041.976.084 Alberto Sebastián Enrique Enriaue

21 De Avila 7.460.330 De Avila Turizo 1.128.052.139 Morales Carlos Lilibeth ... 22 Dean Prada 9.071.249 Dean Sarmiento 1007170462 Antonio Jaivder Antonio r 3 \ MAR2 017

RESOLUCIÓN NÚMERO 2017 HOJA Nº 4

Continuaciónd e la resolución "Por la cual se reconoce y paga el beneficio convencional de educación especial a favor de los hijos de los pensionados beneficiarios de unas convenciones colectivas de trabajo de la liquidada empresa Puertos de Colombia y de fallos judiciales" 23 Dean Prada 9.071.249 Dean Sarmiento 1002201756 Antonio Jhon Neider Antonio 24 Del Castillo 3.787.613 Del Castillo 1.001.969.976 Cantillo Jaime Bravo Elvis 25 Del Río Arnedo 73.079.398 Del Río Cantillo 1.047.438.940 Bias Bradis 26 Espitia 15.015.915 Espitia López 50.969.484 Pacheco Gisela Teresa Remberto Luis 27 Fajardo 9.068.119 Fajardo 100.197.950 Orozco Rodríguez Abraham MarQarita 28 Fernández 9.092.630 Fernández 1.043.655. 769 Zapateiro Angulo Samuel Carlos 29 Forero Ruiz 889.852 Forero Polo 1.047.424.803 Didimo Manuel JorQe David 30 Franco Madrid 9.060.045 Franco Ramos 73.190.883 Arturo Arturo 31 Fuentes 9.080.462 Fuentes Medina 104.789.488 García Jesús David Euclides 32 Garcés 9.091.446 Garcés Estrada 1.048.434.946 Morales Camila Andrea Reynaldo Anael 33 Garcés 9.091.446 Garcés Estrada 1. 143.354.960 Morales Royman Alfonso Reynaldo Anael 34 García 9.047.489 García Larios 1.128.057.863

Márquez Luis Maria Mónica Alfredo 35 García 9.047.489 García Larios 9.149.339 Márquez Luis William Alfredo 36 Garay Herrera 9.092.297 Garay Ealo 1.007.126.780 Simón Nicolás de Jesús 37 Gómez 73.083.599 Gómez Figueroa 1.002.249.821 González Luz Dary Eduardo 38 González 9.072.693 González Polo 1001.898.213 Hoyos Hosmin Junior Francisco 39 González 9.072.693 González Polo 97;022.221.829 Hoyos Jase Gregario Francisco 40 González 9.072.693 González 1.043.294.947 Posso Suárez Leda Francisco Milena 41 González 9.072.693 González 1.001.903.586 Posso Suárez Nayelis Francisco Isabel 42 Guerrero 73.087.205 Guerrero 1.001 .901. 740 Barcasnegras Cáceres David Enrique Enrique 43 Guzmán 9.056.524 Guzmán 1.048.454.686 Merlano Jorge Miranda Katerine Paola 3 1 MAR20 17 t.:OC973

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2017 HOJA Nº 5

Continuación de la resolución "Por la cual se reconoce y paga el beneficio convencional de educación especial a favor de los hijos de los pensionados beneficiarios de unas convenciones colectivas de trabajo de la liquidada empresa Puertos de Colombia y de fallos judiciales" 44 Guzmán 9.056.524 Guzmán 1.002.241.475 Merlano Jorge Miranda Belquin Amelia 45 Hernández 3.796.990 Hernández 1.047.451.316

Hernández Sierra Mayerlin Eparquio Andreina Lorenzo 46 Hernández 891.462 Hernández 1.143.375.691 Hernández Beltrán Norelis Felipe Santiago 47 Herrera 9.071.908 Herrera Kando 1.002.201.056 Abraham Abraham 48 Jiménez López 73.084.588 Jiménez Ramos 1.047.472.205 Juan José Jhanoier 49 Jurado Bru 9.082.185 Jurado Ortega 97.101.201. 777 Rafael Dualan Rafael 50 Jurado Bru 9.082.185 Jurado Ortega 94.050.711.557 Rafael Estefani Paola 51 López Aguilar 9.091.200 López Guzmán 1.047.385.988 Carmelo de Carmelo Jesús 52 López Jolianes 9.057.487 López Maria 1.047.485.058 Oswaldo Anqélica 53 López Julianes 9.057.487 López 97.112.825.880 Oswaldo Magallanes Juan Carlos 54 Lorduy Aguilar 73.089.086 Lorduy Guardo 1.007.315.627 Vicente Maria José 55 Malambo 9.051.499 Malambo Arrieta 1.128.057.110 Orozco José EverJosé 56 Malambo 3.791.584 Malambo 1.001.804.870 Valencia Barrios Orlando Stephanv Paola 57 Martínez 9.047.900 Martínez Soto 97.052.724.620 Cabarcas Pedro Jesús Pedro 58 Martínez 9.073.257 Martínez Julio 1.193.572.474 Seraio Antonio Camilo Andrés 59 Malina Barrios 9.055.441 Malina Orozco 10.007.313.151

Eduardo Dilián Eduardo 60 Moreno Torres 9.058.465 Moreno Licona 1.043.296.667 Robinson Marvelin 61 Moreno Torres 9.058.465 Moreno Licona 96.031.620.057 Robinson Zoraida 62 Moreno Torres 9.058.465 Moreno 1.002.412.709 Robinson Robinson de Jesús 63 Navarro Pérez 9.083.822 Navarro 1.010.110.750 Pedro Manuel Morelos Edwin Jesús 64 Palacio Calao 9.070.156 Palacio Muñóz Cyw308018 Jase Joaquln Jase Joaquín 65 Pádilla Torres 9.091.077 Padilla Llerena 1.041.970.348 Manuel Luis Manuel 66 Pádilla Torres 9.091.077 Padilla Llerna 97.072.025.036 Manuel Ellvs Johana 1 3 1 MAR20 171 r C C9 7 3

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2017 HOJA Nº 6

Continuaciónd e la resolución "Porl a cual se reconocey paga el beneficioc onvencionadl e educacióne speciala favord e los hijos de los pensionadosb eneficiariosd e unasc onvencionesc olectivasd e trabajod e la liquidada empresaP uertosd e Colombiay de fallosj udiciales" 67 Padilla 9.049.434 Padilla 1.007.514.882 Valdelamar Rodríguez Antonio Gabriel Antonio 68 Pautt Moor 9.280.653 Pautt Guzmán 1.043.296.355 Alberto Kellv Johana 69 Pérez Mojica 15.240.257 Pérez Correa 1.047.489.211 Calixto Calixto 70 Pitalua Carrillo 73.078.704 Pitalua Navarro 1.047.429.129

Edwin Andrés 71 Polo Castro 3.797.915 Polo Acevedo 22.792.824 Nemecio Astrid 72 Puerta Guardo 879.849 Puerta Guerrero 8.852.582 Antonio Juan Miquel 73 Rebolledo 9.055.517 Rebolledo Chico 99.122.905.884 Schotborgh Marlon Antonio Antonio José 74 Redondo de 3.792.483 Redondo Sandy 1.001.978.690 Avila Luis Milena Felioe 75 Sajonero 9.066.227 Sajonero Utria 1.0 50.948.997 Centeno Juan Gloria Patricia de la Cruz 76 Serna Modelo 3.788.902 Serna 1.041.970.355 Isidoro Simancas Juan Felioe . ··--- 77 Serna Modelo 3.788.902 Serna Simancas 1.041.970.354 Isidoro Ledis María 78 Serna Morelos 3.788.902 Serna Gómez 97.011.418.981 Isidoro Dewis 79 Serna Morelos 3.788.902 Serna Gómez 97.011.418.965 Isidoro Lewis 80 Silva Pardo 9.059.365 Silva Malina 1.007.313.292 Félix Anderson 81 Valdez 9.086.921 Valdez de Alba 1.002.246.486 Herrera Daniel Alejandro Alejandro Martín 82 Vargas 9.089.412 yargas Porras 1.001.978.933 Agámez Angel David William 83 Vargas 9.089.412 Vargas Porras 98.021.622.530 Agámez Daniel William ·--- 84 Vásquez 3.979.131 Vásquez 1.002.249.819 Caraballo Blanquicet

Seraio Manuel Luwinq Manuel 85 Villadiego 9.058.234 Villadiego 1.214.726.913 Cardenas Urzola Eduardo Eduardo Luis -·-· 86 Villadiego 9.058.234 Villadiego 1.143.378.469 Cárdenas Urzola Fernando Eduardo Alfredo ... 87 Zúñiga Puello 9,093.475 Zúñiga 1.001.975.097 Domingo Malvaceda Joan Armando 1 Agámez 9.082.498 Agámez 1.047.427.719 Martelo Andrés Jiménez Andrés Yair 1 1 MAR2 017¡ GCC973

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2017 HOJA Nº 7

Continuaciónd e la resolución "Porl a cual se reconocey paga el beneficioc onvencionadl e educacióne speciala favor de los hijosd e los pensionadosb eneficiariosd e unasc onvencionesc olectivasd e trabajod e la liquidada empresaP uertosd e Colombiay de fallosj udiciales" 2 Arrieta Ramos 9.083.983 Arrieta González 1.047.472.313 Adán Davana Paola 3 Aragón 73.076.992 Aragón 1.043.968.915 Pedrozo Hernández Ricardo Bravan Enrique 4 Bravo Montes 9.063.015 Bravo Méndez 1.043.637.273 Alvaro Brayan Alexander 5 Cardales 9.084.925 Cardales de 1. 143.341.418 Centro Educativo Caraballo Avila Amaury se Nivelación CEN Amaurv NIT. 890481188-8 6 Gelis 9.059.712 Gelis Lloreda 1.043.965.956

Escalan te Danna Carolina Rafael 7 Mendoz:a Silva 9.092.970 Mendoza 1.043.650.066 Bias Ramón Ramlrez Josefina 8 Quintana 73.070.605 Quintana Trujillo 1.143.368.022 Zúñiqa Fredv Fredv Jose 9 Rebolledo 9.055.517 Rebolledo Chico 99.122.904.519 Schotborgh Massiel del Antonio Carmen 10 Valdez Herrera 9.086.921 Valdez Simarra 1.143.390.078 Alejandro Martín Alfonso Martín 1 González 33.148.014 Camacho 33.101.225 Beltrán Dasy González Maria Fundación Instituto Del C. Auxiliadora De Habilitación El 2 Elles Mendoza 9.055.080 Elles González 1.193.582.355 Rosario Carlos Diana Saray NIT. 890480249-4 Auausto 3 Hincapie 4,972.597 Hincapie Otero 3.800.603 Manjarrez Yelson José 1 Reyes Bossio 9.090.159 Reyes Benedetti 1.047.390.646 Nelson Rafael Cristo Javier 2 Luna Martlnez 9.053.483 Luna Castilla 1.143.346.862 Carlos Enrique Yair Antonio 3 Swabys 3.796.339 Swabys 83.041.814.287 Esquivia Angel Barboza Johancil 4 Serrano 9.060.578 Serrano Hurtado 1.143.355.527 Martínez Jesús Jesús Antonio Antonio Fundación Aluna 5 Salcedo Roca 877.949 Salcedo Urueña 1.007.884.824 NIT. 806014972-9

Esteban Emmanuel6 Villareal 3.785.969 Villareal Pérez 99. 030.80ti. U2l Blanco· Neftalv Edv Neftalv 7 Baldiris de 9.086.368 Baldiris López 1.047.471.209 Arco Fredy Andrés Felipe Manuel 8 Martelo 9.081.298 Martelo Salas 1.002.248.408 Galarza Yosuat Camilo Manuel 9 Vásquez 4.029.759 Vásquez Llamas 9.204.459 Vásquez Víctor Manuel Rafael Hernando -· ----- 1 Agular Méndez 4.976.399 Agular Portillo 1.004.424.831 Agusto Shamir Stiven 'f ,. .r • ,. .. ~ 1 MAR2 017 1 07 3 RESOLUCIÓN NÚMERO DE'-' 2017 HOJA Nº 8 '·· - ... v Continuaciónd e la resolución "Porl a cual se reconocey paga el beneficioc onvencionadl e educacióne speciala favor de los hijos de los pensionadosb eneficiariosd e unas convencionesc olectivasd e trabajod e la liquidada empresaP uertosd e Colombiay de fallosj udiciales" 2 Cantillo 5.004.715 Cantillo Ortiz 7.604.184 Angarita Daniel Francisco Daniel 3 Carrera 12.531.129 Carrera Arroyo 10.004.354.191 Henríquez Diego Andrés Alvaro 4 Chales Móvil 12.535.260 Choles Quinto 57.298.261 Jose Braulio Mavuris Liceth 5 Cuadrado Luis 802.162 Cuadrado 1.082.999.575

Alberto Milaaro José 6 Daza Zapata 12 536 953 Daza Gallardo 1.082.949.429 Carlos Emilio Kiara Julesvi 7 Gamero 7.454.956 Gamero Visbal 1.082.841.524 González Juan David Gilberto 8 Gómez Conrado Alfonso 9 Linero Hugo 12.526.174 Linero Granados 1.151.184.044 Luzdalv Esther 10 Meléndez 12.547.833 Meléndez 1.082.925.634 Campo Campo Jesús Marmol David Centro Educativo 11 Mendoza 4.977.476 Mendoza Mejía 1.082.844.776 Oportunidad González lván Jesús NIT.0819006942 Eliécer 12 Mindiola 4.970.758 Mindiola Suárez 1.082.853.87 4 Peralta Adriana María Antonio José 13 Noguera 12.533.160 Noguera Medina 98.082.754.458 Pinedo Jairo Pamela Andrea Luis 14 Pabón 1.701.140 Pabón Bravo 1.082.977.674 Camacho Diego Hernando Huber 15 Pacheco Cera 5.005.380 Pacheco Tache 1.004.351.154 Ernesto Andrés Felipe 16 Palacio Víctor 12.537.290 Palacio Palacio 1.082.874.873 Seaundo Duván Felioe 17 Solano de 26.658.840 Palacio Solano 85.155.565 Palacio Ruth Jhonatan de Jesús 18 Piedradita 2.856.783 Piedradita 1.082.836.520 Rodríguez Luis Jiménez Luis Antonio Antonio 19 Pinedo Fills 12.532.284 Pinedo Rico 1.082.913.758

Armando Franchesco óscar Amilka 20 Silvera Rada 12.539.344 Silvera 1.082.857.352 Miguel Benavides Miouel José 21 Valera Albus 12.541.476 Valera Goenaga 1 082.908.233 Rodolfo Danelis Meriel Enriaue 22 Viana Brito 4.974.139 Viana Racines 1.0 82.973.880 Rafael Grevcv Tatiana ·- ~ 1 M~R2 017 GüC973

RESOLUCIÓN NÚMERO D~ 2017 HOJA Nº 9

Continuaciódne la resolución"P orla cuals e reconocye p agae l beneficicoo nvenciondael e ducacióens peciaal favord el osh ijosd el osp ensionadobse neficiariodse u nasc onvencionceosl ectivadse t rabajod el a liquidada empresPa uertosd e Colombiya d ef a/losju diciales'' Asociación Colombiana de Cortina Padres con Hijos 1 Cortina Cáliz 3.783.550 Fernández Ariel 80.497.483 Especiales, Ubaldo David ACPHES NIT. 800054299-9 1 Alvarado 9.091.121 Alvarado 1.140.835.oou Perdomo Luis Navarro Luis Alberto Alberto Fundación 2 Castro Castro 7.443.945 Castro Escorcia 10.002.211.658 Educación para Antonio HermesA ntonio Todos Aprendo - Hermes Colegio Cristiano 3 Díaz Serrano 3.953.001 Dfaz Contreras 1.044.423.355 El Shaddai. NIT. César Auausto Marcelad e la C

802010543-1 4 Palencia Cerra 7.467.584 Palencia 55.312.185 Jairo Enrique Villafane Martha Lidis Lo anterior, para un total de nueve (9) instituciones educativas y ciento cuarenta (140) beneficiarios, hijos de pensionados de la empresa Puertos de Colombia, listado que fue previamente soportado y respaldado por parte del Coordinador del Grupo de Administración de Entidades Liquidadas según consta en la certificación por él suscrita de fecha 17 de marzo de 2017, de acuerdo con lo señalado en el artículo 3 de la Resolución 3125 de 2016. Artículo 2. Pago de los servicios prestados a las instituciones educativas. Los valores a pagar a las instituciones educativas por los servicios prestados, es la suma de ochocientos cinco millones novecientos catorce mil quinientos once pesos ($805.914.511,00) M/Cte, distribuidos de la siguiente manera: INSTITUTO ALUN Mo N. OS MEN So E S MAV TA RL IO CUR L A V MAL AO TR R ÍT CO UT LA AL VALOR PENSIÓN VAL PO ER N ST IO ÓT NA L VALOR TOTAL EC do urp co ar ca ic ói nó n M ed ne t e 87 10 s 453.200 $ 39.428.400 s 453.200 $ 394.284.000 1 433. 712.400,00 Activa ,. Centro Educativo da 10 10 $ 481.132 s 4.811.320 438.355 s 43.835.500 s 48.646.820,00 Nivelación CEN Fundación Aluna 9 10 $ 771.607 $ 6,944.463 s 771.607 s 69.444.630 $ 78.389.093,00

Fundación Instituto J 10 $ 556.045 s 1.668.135 s 556.045 s 16.681.350 1 18.349.485,00

Rosario Asociac: ón de Padres 3 10 $ 355,440 s 1.066.320 s 320.116 s 9.603.480 $ 10.669.800,00 y Amigos APANEXDA nero~Junio 6 S, 625.214 1 15.005.136 $ 15.005.136,00

Fundación 20171 Educación para ATo pd reo ns do· Dii cA ieg mos bto re 4 4 $ 661.164 s 10.578.624 $ 10.578.624,00 Colegio 2017) Cristíano El Shaddai, matricula s 734.626 s 2.938.504 s 2.938.504,00 osto 20171 Centro Educativo 22 10 $ 698.587 s 15,368.914 ,; 628.208 $ 138.205.760 ;¡, 153.574.674,00 Onortunidad A Cs oo loci mac bió ian n a ACPHES 1 12 ~ 2.069,527 S, 24.834.324 Si 24.834.324,00 Fundadón Integral 1 10 $ 587.781 s 587.781 ' 1.062.787 s. 10.627.870 $ 11.215.651,00 Sentir ..

TOTAL 140 805.914.511,00

Parágrafo 1. El pago de los serv1c1os prestados por tales instituciones, se efectúa de acuerdo a las tarifas establecidas por las secretarias de educación de las ciudades donde se ofrecen los servicios así: 1. Centro Educativo Oportunidad E.U., 7.57%; 2. Centro

de Habilitación y Capacitación ALUNA, 8.57%; 3. Fundación Instituto de Habilitación 3 1 MAR {:{:C973

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2017 HOJA Nº 10

Continuación de la resolución "Por la cual se reconoce y paga el beneficio convencional de educación especial a favor de los hijos de los pensionados beneficiarios de unas convenciones colectivas de trabajo de la liquidada empresa Puertos de Colombia y de fallos judiciales" El Rosario, 7.97%; 4. Asociación de Padres y Amigos de Niños Excepcionales del Atlántico APANEXDA, 7.17%, 5. Centro Educativo de Nivelación CEN, 6.77%, de acuerdo con lo establecido en las certificaciones expedidas por el Coordinador del Grupo de Administración de Entidades Liquidadas de este Ministerio, de fechas 21 de febrero y 7 de marzo de 2017. Parágrafo 2. La Corporación de Educación Especial y Formal Mente Activa continuará con las tarifas del año 2016, por no haberse proferido aún la resolución de costos, según lo señalado en la referida certificación. Parágrafo 3. La tarifa de la Fundación Educativa para Todos Aprendo Colegio Cristiano El Shaddai, institución de calendario B - será la determinada por la Secretaria de Educación de Barranquilla para el año 2016 ° 2017, esto es, 5.16% y las tarifas de agosto a diciembre de 2017, se incrementarán con base en la variación anual del Índice de Precios al ConsumidorlPC, tasada en 5.75%, de acuerdo con la certificación suscrita

por el Coordinador del Grupo de Administración de Entidades Liquidadas de fecha 17 de marzo de 2017. Parágrafo 4. Las tarifas de la Asociación Colombiana de Padres con Hijos Especiales ACPHES y Fundación Integral SENTIR, se incrementarán teniendo en cuenta la variación anual del Índice de Precios al Consumidor IPC, determinado para el año 2016, es decir 5. 75%, por cuanto no se rigen por las tarifas señaladas por las Secretarias de Educación, debido a que el servicio que prestan estas dos instituciones es terapéutica y no educativa. Artículo 3. Destinación. Los recursos entregados serán destinados exclusivamente al reconocimiento y pago del derecho convencional a los beneficiarios de los pensionados de la empresa Puertos de Colombia, relacionados en el artículo 1 de este acto administrativo. Artículo 4. Seguimiento y Control. Este Ministerio a través del Coordinador del Grupo de Administración de Entidades Liquidadas, realizará el seguimiento a la ejecución de los recursos que se asignan a través de esta resolución en especial, a que su destinación corresponda a los usos y rubros definidos en este acto administrativo. Parágrafo. En el evento que alguna de las instituciones educativas señaladas en el artículo 1 de esta resolución, brinde servicios de salud, deberá contar con la habilitación correspondiente, según los servicios que ofrezca, de acuerdo con lo señalado en el parágrafo 1 del artículo 4 de la Resolución 3125 de 2016, condición que también será verificada por el Grupo de Administración de Entidades Liquidadas de este Ministerio. Artículo 6. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá o.e.,a los 3 1 eRIAURIBE o/ o Sa d y Protección Social

Consultar sobre este documento ...