MINSALUD - Resolución 0974 de 2016
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 0974 de 2016
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2016
REPUBLICAD E COLOMBIA
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL G9 7 4
RESOLUCIÓtrl.tJlijV!fflQ DE 2016 ( 18 MAR20I 16 Por la cual se adopta el Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud EL MINISTROD E SALUDY PROTECCIÓNS OCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 2 del Decreto - Ley 4107 de 2011, el parágrafo 4 del artículo 16, y los parágrafos de los artículos 44, 47, 53, 55 y 56 del Decreto 2353 de 2015 y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 2353 de 2015, el Gobierno Nacional unificó y actualizó las reglas de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, creó el Sistema de Afiliación Transaccional y definió los instrumentos para garantizar la continuidad en la afiliación y el goce efectivo del derecho a la salud. Que según lo establecido en el artículo 16 del citado Decreto, la afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud se efectúa con el registro en el Sistema de Afiliación Transaccional y la inscripción a una sola Entidad Promotora de Salud, mediante la suscripción del formulario físico o electrónico que adopte el Ministerio de Salud y Protección Social. Que el parágrafo 4 del precitado artículo dispone que, hasta tanto entre en operación plena,, y el Sistema de Afiliación Transaccional, la afiliación las novedades de traslado y de;; .,, movilidad deberán realizarse en el formulario físico que, para el efecto, adopte el Ministerio •• ',
de Salud y Protección Social. Que se hace necesario adoptar el formulario físico a través del cual se llevará a cabo el proceso de afiliación y registro de novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene como objeto adoptar el Formulario Único de Afiliación y Registro de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud, y las instrucciones para su diligenciamiento contenidos en los Anexos Técnicos No. 1:
"FORMULARIO ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REGISTRO DE NOVEDADES AL SISTEMA
GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD" y No. 2: "INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REGISTRO DE NOVEDADES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD", los cuales forman parte integral de la misma. Igualmente, describir su contenido, establecer su obligatoriedad y transitoriedad para su aplicación en todo el territorio nacional. 18 MAR20 16
RESOLUCIÓN NÚME!i,® e,. ~ (¡ 0 fJ9 7
4DE 2016 Página 2 de 2 • Continuaciódne l a resolució"nP orla cuals ea doptae l FormulariÚo nicod eA filiacióyn Registrod e Novedadeasl SistemaG eneradle SeguridaSdo ciael n Salud"
Artículo 2. Ámbito de aplicación. La presente resolución aplica a las Entidades Obligadas a Compensar-EOC, Entidades Promotoras de Salud-EPS de los regímenes
contributivo y subsidiado, a los empleadores y otros aportantes, entidades responsables de la afiliación colectiva, institucional y de oficio, a las entidades territoriales, a las personas y a los afiliados cuando deban registrar la afiliación o reportar novedades en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, hasta tanto entre en plena operación el Sistema de Afiliación Transaccional. Artículo 3. Obligatoriedad. Las EOC y las EPS de los regímenes contributivo y subsidiado deberán utilizar y disponer obligatoriamente el formulario adoptado con la presente resolución y su contenido no podrá ser modificado ni adicionado con nueva información. Cualquier modificación al contenido del formulario se tendrá por inexistente y no será oponible para el reconocimiento de la unidad de pago por capitación-UPC. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones de inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 4. Contenido del formulario. El formulario contiene los datos organizados en una secuencia que busca facilitar al afiliado su diligenciamiento y se acompaña de un instructivo que orienta el adecuado trámite de la afiliación y de las novedades para su registro y reporte. Artículo 5. Prohibiciones. Bajo ninguna circunstancia las EOC y EPS podrán anexar al Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades al Sistema General de Seguridad Social en Salud, adoptado mediante la presente resolución, declaraciones del estado de salud, so pena de las sanciones a que haya lugar por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 6. Implementación. El Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades
al Sistema General de Seguridad Social en Salud deberá ser implementado por las EOC y EPS de los regímenes contributivo y subsidiado a más tardar el 2 de mayo de 2016. Hasta tanto se implemente el citado formulario, las EOC y EPS podrán utilizar los formularios existentes y para registrar y reportar la novedad de movilidad, deberán identificarla en la casilla de novedades bajo el número "99" o la palabra "MOV". - Artículo 7. Inspección, Vigilancia y Control. Corresponderá a la Superintendencia Nacional de Salud, efectuar la Inspección, Vigilancia y Control a la aplicación de las disposiciones aquí previstas. Artículo 8. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las Resoluciones 5602 de 2015 y 560 de 2016.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los ~- i 1-------------------+--'rt,~J 1 8 MAR20 16 RESOLUCIÓN NúMejiOJ=ooo974 DE 2016 Continuaciódne l a resolució"nP orla cuals e adoptae l FormulariÚon icod eA filiacióyn Registrod e Novedadeasl SistemaG eneradl eS eguridaSdo ciael n Salud" Anexo 1
FORMULARIO ÚNICO DE AFILIACIÓN Y REGISTRO DE NOVEDADES AL SGSSS lago EPS fecha de Radicación
1. DATOSD ELT RAMITE (Lea las instrucciones que se encuentran anexas al formulario antes de diligenciado) Página 1 de 2
l. Tipo de Trámit1 2. Tipo de Afiliación A. Individual: -Cotizante o Cabeza de Familia LJ 3. RE!gimen
D O O D -Benef Oicia rio o afiliado adicionaª A. Contributivo
A. Afiliación B. Reporte de Novedades B. Colectiva C. fnstitucional D. De oficio B. Subsidiado □
4. Tipo de afiliado IS.Tipo de cotizante , Código
A. CotizantQ. Cabeza de familia Q. Beneficiario□ A. DependienteOB. lndependienteQ:. Pensionado O karo,gistrarp or1aEPS(=J
A. AFILIACIÓN 11.D A TOS BÁSICOS DE IOENTiflCACION (del cotizan te o cabeza de familia)
6. Aoe!lidos v nombres Primer apellido 1 Segundo apellido 1 Primer nombre 1 Segundo nombre
7. T1pode documento de identidad 8. NIJmero del documento de identidad 9. Sexo ,........, 1D. Fecha de nacimiento D Femenino! 1 Masculino O 1o ln lMbPIAIAAIIA I
111D. ATOS COMPLEMENTARIOS Datos personales U.Etnia D 112. Discapacidad Tipo~ Condición(r]t:]
113. Puntaje SISBÉN CI 14. Grupo de población espec Dial
15. Administradora de Riesgos Laborales •ARL 116. Administradora de Pensiones 17. Ingreso base de cotización -IBC
18. Residencia 1 1 ' Urbana □ Municipio/Distrito 1 Zona Rural □ 1 Localidad/Comuna 1 Departaniento
IV. DATOS DE IDENTiflCACION DELDSMIEMSROSDEL NÜCLEO FAMILIAR Datos básicos de identificación del cónyuge o compaflero(a) permanente cotlzante
19. Apellidos y nombres 1 1 '
20. Tipo de documento r-1 ¡21. Número de! documento de identidad 22. Sexo 23. Fecha de nacimiento de identidad L___J FemeninoD Masculino O lnlolw:j;vJti.lAIAIAI Dato·báslcos de identifi-ación de los beneficiarlos" de los afiiiadosac:liCionaies
24. Apellidos y nombres
,B. B B 2 . Tioo de documento de identidad 26. Número del documento de identidad 27. Sexo 28. Fecha de nacimiento Femenino Masculino
B DOM:V:AAAA
B DD·ViVAAA.A
B' OOMVAA;.\/.\
CDM'VAA.l\A
B D OiY1:ViA ll; A A. Datoscomr lementarlos
29. Parentesco 30. Etnia 31. Discapacidad i; o - - CondiciónB
B ,B. B
32. Datos de residencia - 33 Valor de la UPC del afiliado adiciona ,. ~."/ai'eci(Siráríx)r1aEPSi ~""!!'F" Mu n ici pío/Distrito na Rura Departamento Teléfono Fijoy/ocelu!ar •,,• v,: .. ··'-'"• ' -~- \,
B B ,B. B Selecclón de la 1PSP rimaria
34. N mbre de la lnstitucion Prestadora de Servicios de Salud -IPS e ~:!.1-l--------------------------------+~,:';'."- '~ '•-~
B
V. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPLEADOR Y OTRDSAPORTANT'ESO DE LAS ENTIDADES RESPONSABLESD E LA AFILIACION COLECTIVA, INSTITUCIONAL O DE OFICIO
35. Nombre o razón social 36. Tipo de documento, 137. Número de! documento de identificación 38. Tlpo de.a portante o pagador r de identificación . ;; perisiones (a~gistrarporla ~S) 1 D 1 ._s i ií:: S:ffi 11:f l''?fi. .ff''
39. Ubicación Dirección 1 Teléfono 1 Correo electrónico 1 Municipio/Distrito 1 Departamento 1 B MAR20 16
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RESOLUCIÓN NÚM~(iqJ[ DE 2016
Continuaciódne l a resolució"nP orla cuals e adoptae l FormulariÚon icod eA filiacióyn Registrod e Novedadeasl SistemaG eneradl eS eguridaSdo ciael n Salud" - Página 2 de 2
B. REPORTED EN OVEDADES
40. Tipo de Novedad
D O l. Modificación de datos básicos de identificación. 11V inculación a una entidad autonzada para rea1izar af1l1aciones colect,vas D D
2. Corrección de datos básicos de identificación. 12.D esvinculación de una entidad autorizada para realizar afiliaciones colectivas
03. Actualización del documento de identidad. D13. Movi1idad:OA. Régimen Contributivo
04. De.
Actualización vcorrección de datos complementarios. Régimen Subsidiado Os. Terminación de la inscripción en la EPS. D14. Traslado: 0A. Mismo Régimen Código {=:J Os. Diferente Régimen □,. Reinscri pción en la EPS. º"· R eporte de fallecimiento.
□,. Inclusión de beneficiarios o de afilia dos a diciona1es. □1,. Reporte del trámite de protección al cesante. Os. Exclusión de beneficiarios o de afiliados adicionales. □11. Reporte de la calidad de Pre-pensionado. º"· O9.lnicio de relación laboral o adquisición de condiciones para cotizar. Reporte de la calidad de Pensionado.
010. Terminación de 1a relación laboral o pérdida de las condiciones para seguir cotizando. '
VI. DATOSP ARA ELR EPORTED ELA NOVEDAD
41. Datos básicos de identificación Primer apellido 1 Segundo apellido 1 Primer nombre 1 Segundo nombre Tipo de documento Ef')j'~ "jmi,a¡o 42 Fecha de identidad [=:J Limero del documento de identidal Sexo FemeninoO Masculino O 1 10:0:M:~:>:AIA 1:A l11II D IMIMIAIAlAl~I
43. EPSanterior 44. Motivo de trasclad:o: ::J1 45. Caja de Compensación Fam iliar o Pagador de Pensiones
Código 1
VII. DECLARACIONESY AUlORIZACIONES
O
46. Declaración de dependencia económica de los beneficiarios y afilia dos adicionales.
O
47. Declaración de I a no obligación de afiliarse al Régimen Contributivo, Especial o de Excepción.
048. Declaración de existencia de razones de fuerza mayor o ceso fortuito que impiden la entrega de los documentos que acreditanl a condición de beneficiarios 049 DeclaracKlnd e no intemeción del co!izante, cabezad e familia, beneficiarios o afiliados adicionales en una Institución Prestadora de Servicios de Salud O 50 Autorización para que la EPS solicite y obtenga datos y copia de la h1stonac línica del co!izanta o cabezad e familia y de sus benef1cianoso afiliados adicionales
O
O 51 Autorización para que la EPS reporte la información que se genered e la afiliación o del reporte de novedades e la bese de datos de afiliados vigente ya las entidades públicas que por sus funciones 1a requieran.
052. Autori~ción para que la EPS meneje los datos personales del cotizante o cabezad e familia y de sus beneficiarios o afiliados adicionales.d e acuerdo con lo previsto en 1a Ley 1581 de 2012 vel Decreto 1377 de 2013. n S3. Autorización para que la EPSe nvíe información al correo electrónico o a I ce1u1arc omo mensajes de texto.
VIII. FIRMAS
55. El empleador. aporta nte o entidad responsable de 1aa filiación colectiva.
54. El cotizante, cabeza de familia o beneficiario 1 lnstituri"nal o de Oficio IX.ANEXOS ose. Anexo copia del documento de identidad· CN Re [i_i] ce PA ~ ~ ~ Cantidad: □ □ □ □ □ □ □ □ Total{=:]
057. Copia del dictamen de incapacidad permanente emitido por la autoridad competente.
O 58. Copia del registro civil de matrimonio, o de la Escritura pública, acta de conciliación o sentencia judicial que declare la unión marital. O 59. Copia de 1ae scritura públicao sentenciaj udicial que declare el divorcio. sentencia judicial que declare la separaciónd e cueii:ios y escritura pública,a cta de conciliación o sentencia judicia I que declare la terminación de la unión ma rita 1.
O6D. Copia del certificado de adopción o acta de entrega del menor. O 61. Copia de la orden judicial o del acto administrativo de custodia.
062. Documento en que conste 1ap érdida de la patria potestad, o el certificado de defunción de los padres o la declaración suscrita por el cot1zantes obre la ausenciad e los dos padres.
063. Copia de ta autorización de traslado por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.
O
64. Certificación de vinculación a una entidad autorizada para realizar afiliaciones colectivas.
065. Copie del ec!o administrativo o providencia de las autoridades competentes en la que conste le calidad de beneficiario o se ordene la afiliación de oficio.
X. DATOSA SERD ILIGENCIADOSP OR LA ENTIDADT ERRITORIAL 66. ldentificaci ón d;1e la Entidad Territorial ,167 ..D a tos del 51SB~N
I
68. Fecha de radicación 69. Fecha de validación ódigo cde :! : =M =un Jicip 1 Código del ¡eparta¡ento N ' umero de ficha DI c:N :iv =el = J 7 1 IDIDIMIMIAIAIAIAI 1 IDlolMIMIAIAIAIAI
70. Datos del funcionario que realiza la validación Primer apellido 1 Segundo apellido 1 Primer nombre 1 Segundo nombre Tipo documento de 1 1 71. Firma del funcionario c::==J identidad Número del documento de identidad Recuerdeq ue con la firma del formulario, el afiliado manir1estala veracidad de la información registraday de las declaraciones contenidas en el capitulo VIId e1f ormu1ario.
1 íl MAR2 016 U ]974
RESOLUCIÓN NÚMERo'..: '.~f } DE 2016
Continuaciódne l a resolució"nP orla cuals e adoptae l FormulariÚon icod eA filiacióyn Registrod e Novedadeasl SistemaG eneradl eS eguridaSdo ciael n Salud" Anexo 2
INSTRUCTIVO PARA EL DILIGENCIAMIENTO DEL FORMULARIO ÚNICO DE
AFILIACIÓN Y REGISTRO DE NOVEDADES AL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD La información que se registre en este formulario es muy importante para el SGSSS, por favor, para su diligenciamiento, utilice tinta de color negro, escriba en tetra de imprenta, sin tachones ni enmendaduras, y siga tas instrucciones de este documento.
ENCABEZADO Logo de la EPS: Espacio destinado a la EPS.
Número de radicación: número que la EPS asigna en forma consecutiva a cada trámite que realizan los cotizantes, cabezas de familia, beneficiarios u otros autorizados.
Fecha de radicación: Este dato corresponde a la fecha en que la EPS recibe físicamente el formulario de afiliación o de reporte de novedades, registrado generalmente con un fechador mecánico o eléctrico. • Quien realiza el trámite debe verificar que la fecha registrada corresponda efectivamente a la fecha en que éste se realiza ante la EPS.
CAPÍTULO l. DATOS DEL TRÁMITE Estos datos se refieren a la descripción de la operación, trámite o transacción que se realiza mediante la suscripción del FORMULARIO UNICO DE AFILIACIÓN Y REPORTE DE NOVEDADES, por tanto, son obligatorios para el colizante, cabeza de familia,
beneficiario, empleador, entidad o institución autorizada, cuando se registre una afiliación o se reporte alguna novedad.
1. Tipo de trámite
A. Afiliación: Aplica cuando se ingresa por primera vez al Sistema General de Seguridad Social en Salud-SGSSS, en condición de cotizante, cabeza de familia, beneficiario o afiliado adicional.
B. Reporte de novedades: Aplica cuando se reporta algún cambio en los datos de identificación, datos complementarios o en la condición de la afiliación del cotizante, cabeza de familia, beneficiarios o afiliado adicional, según el/los tipo (s) de novedades relacionadas en el campo 40.
2. Tipo de afiliación
A. Individual: La opción de afiliación individual aplica cuando el cotizante o el cabeza de familia realizan directamente la afiliación y el reporte de novedades, y no a través de otras personas, entidades o instituciones. 1 8 MAR2 íl1R
(JU,;9, 7 4
RESOLUCIÓN NÚl\llf;R(?< DE 2016
Continuaciódne l a resolució"nP orla cuals e adoptae l FormulariÚon icod eA filiacióyn Registrdoe Novedadeasl SistemaG eneradl e SeguridaSdo ciael nS alud" Se debe colocar una X en la opción que corresponda: cotizante, cabeza de familia o beneficiario.
B. Colectiva: La opción aplica cuando un trabajador independiente o un miembro de una comunidad o congregación religiosa realiza afiliación, reporte de novedades y pago de aportes al SGSSS a través de asociaciones, agremiaciones o congregaciones religiosas autorizadas
para realizar afiliaciones colectivas.
C. Institucional: La opción Institucional aplica cuando la persona que se va a afiliar se encuentra a cargo de una institución de protección y la .institución es responsable de hacer el trámite.
D. De oficio: La opción de oficio aplica cuando la afiliación es realizada por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensiona! y Contribuciones Parafiscales de la Protección SocialUGPP, el empleador o la entidad administradora de pensiones cuando el afiliado no ha hecho la selección, la entidad territorial cuando la persona cumpla los requisitos para pertenecer al régimen subsidiado y se rehúse a ello, y los prestadores de servicios de salud en el caso del recién nacido de padres no afiliados. También aplica cuando la afiliación de los beneficiarios es realizada por las Comisarias de Familia, los defensores de familia, las Personerias Municipales.
3. Régimen: Marque con una X, según si la afiliación o el reporte de la novedad se realiza en el Régimen Contributivo o en el Régimen Subsidiado.
4. Tipo de afiliado: Marque con una X la opción correspondiente a la condición de quien realiza la afiliación o reporta la novedad: Cotizante: Aplica cuando la persona que se afilia o reporta la novedad está obligada a cotizar al Sistema General de Seguridad Social en Salud-SGSSS en el Régimen
Contributivo.
Cabeza de familia: Aplica cuando la persona que se afilia o que reporta la novedad se registra o se ha registrado como cabeza de su núcleo familiar en el Régimen Subsidiado.
Beneficiario: Es la persona que integra el núcleo familiar y reúne las condiciones para
ser inscrito como beneficiario de un cotizante en el Régimen Contributivo o de un cabeza de familia en el Régimen Subsidiado.
5. Tipo de cotizante: Marque con una X la opción que corresponda: Dependiente: Si el cotizante tiene un empleador mediante una relación laboral y comparte con éste el pago de los aportes a salud y pensiones.
Independiente: Si el cotizante no está vinculado a un empleador mediante una relación laboral y por tanto, no comparte el pago de sus aportes sino que los asume en la totalidad. 1 8 MAR2 01fi n r. '· •.9 7 4
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Continuaciódne l a resolució"nP orla cuals e adoptae l FormulariÚon icod eA filiacióyn Registrod e Novedadeasl SistemaG eneradl e SeguridaSdo ciael nS alud" Pensionado: Si el cotizante goza de una pensión y el pago del aporte a salud se encuentra a su cargo.
Código: Este espacio debe ser diligenciado por la EPS, y corresponde al código de cotizante establecido en la base de datos de afiliados vigente.
A. AFILIACIÓN Si la afiliación es individual o colectiva, se debe: Diligenciar los espacios de los capítulos II y 111c, orrespondientes a los datos básicos de identificación y complementarios del cotizante o del cabeza de familia.
Diligenciar los datos del capítulo IV si el cotizante o cabeza de familia tiene beneficiarios, en el mismo trámite de afiliación. Diligenciar los datos del capítulo V, relativos al empleador si el afiliado es
dependiente, y si es un trabajador independiente vinculado a una entidad autorizada para realizar afiliaciones colectivas, registrar los datos de la asociación, agremiación o congregación religiosa. Marcar con una X, en el capítulo VII, las declaraciones y autorizaciones que correspondan. Diligenciar en el capítulo VIII Firmas, los campos 54 y/o 55 según el caso. Marcar con una X, en el capítulo IX, los documentos de identidad de las personas que se afilian y los anexos que acreditan la condición de sus beneficiarios, según corresponda. Si la afiliación es institucional o de oficio, la institución o entidad debe: Diligenciar los espacios de los capítulos II y 11c1o n los datos de la persona que se va a afiliar, en condición de cotizante o cabeza de familia. Los niños de padres no afiliados que afilia la IPS lo hacen en condición de cabeza de familia hasta tanto sus padres realicen la afiliación. Diligenciar los datos del capítulo IV si tiene información de los beneficiarios de la persona que se va a afiliar, o si la persona que se va a afiliar tiene la calidad de beneficiario de un cotizante en el caso de la afiliación de oficio en los términos del artículo 35 del Decreto 2353 de 2015. Diligenciar los datos del capítulo V relativos a la entidad responsable de la afiliación institucional o de oficio. En el caso de Entidades Territoriales estas deberán registrar los datos del capítulo X. Marcar con una X en el capitulo VII las declaraciones y autorizaciones que correspondan. En el caso de las afiliaciones de oficio solo podrán marcar los numerales 51, 52 y 53.
Diligenciar el capítulo VIII Firmas, firmando en el campo 55 "Empleador, Aportante o Entidad responsable para la afiliación colectiva, institucional o de oficio". Marcar con una X, en el capítulo IX, el documento de identidad de la(s) persona(s) que se va(n) a afiliar y los anexos que correspondan. Diligenciar los datos del capítulo X cuando la Entidad Territorial es la que realiza la afiliación. CAPÍTULO 11.D ATOS BÁSICOS DE IDENTIFICACIÓN (del cotizante o del cabeza de familia) Los datos básicos de identificación son aquellos que permiten la plena identificación del cotizante o cabeza de familia y deben coincidir con los del documento expedido por la entidad competente. Estos son: 1 8 MAR2 íl1A OU,1974
RESOLUCIÓN NÚMERQJ - DE 2016
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6. Apellidos y nombres: Estos datos deben ser registrados en las casillas correspondientes, en forma idéntica a como aparecen en el documento de identidad.
Primer apellido Segundo apellido Primer nombre Segundo nombre
7. Tipo de documento de identidad: Debe colocar en el espacio el código que corresponde al documento con el cual se va a
identificar, según la siguiente tabla: [CóDIGO! ÍG .r! DESCRIPCION DEL":TIPOD E DOCUMENTO - ·g¿ CN Certificado de Nacido Vivo, es el documento expedido por la Institución Prestadora de Servicios (IPS) donde nació el
neonato. Solo tiene validez para realizar la afiliación y máximo hasta el tercer mes de vida. Debe ser reemplazado oor el reaistro civil. RC Registro Civil de Nacimiento, es el documento expedido por una notaría pública con el que se identifican los menores de 7 años. Debe ser reemolazado oor la !arieta de identidad. TI Tarjeta de Identidad, es el documento expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil con el que se identifican los menores entre de edad entre 7 y 17 años. Debe ser reemolazada oor la cédula de ciudadanía. ce Cédula de Ciudadanía, es el documento expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil con el que se identifican las oersonas al cumolir 18 años de edad. CE Cédula de Extranjería, es el documento de identificación expedido por Migración Colombia, que se otorga a los extranjeros titulares de una visa superior a 3 meses y a sus beneficiarios, con base en el Registro de Extranjeros. La Vigencia de la Cédula de Extranjería será por un término de cinco /5) años. PA Pasaporte, es el documento que acredita la identidad de un extranjero que cuenta con una visa para trabajar en Colombia y no se encuentra obligado a tramitar una cédula de extraniería, v de los extranieros menores de 7 años. CD Carné Diplomático, es el documento que identifica a extranjeros que cumplen funciones en las embajadas, legaciones, consulados y delegaciones en representación de aobiernos extranieros. se Salvoconducto de Permanencia, es un documento de carácter temporal expedido por la Unidad Administrativa
Especial de Migración Colombia a los extranjeros que deban permanecer en el país mientras resuelven su situación de refugiados o asilados. Tiene una validez de tres meses y debe ser renovado o sustituido oor la cédula de extraniería. 1 8 MAR20 1q 1 [.!; :974
RESOLUCIÓN NÚMl;~OC:'-, DE 2016
Continuaciódne l a resolució"nP orla cuals e adoptae l FormulariÚon icod eA filiacióyn Registrdoe Novedadeasl SistemaG eneradl eS eguridaSdo ciael n Salud"
8. Número del documento de identidad: Es el número con el cual se identifica como persona única y debe registrarlo exactamente como figura en el documento de identidad.
Si se trata del registro civil escriba el número NUIP que aparece en ta parte superior izquierda del documento, no et indicativo serial. Verifique que to ha registrado completo.
9. Sexo: Marque con una X, la opción: femenino o masculino, como aparece en su documento de identidad.
10. Fecha de nacimiento: Registre la fecha de nacimiento como figura en el documento de identidad: día, mes y año.
CAPÍTULO 111.D ATOS COMPLEMENTARIOS Datos personales: Estos datos deben registrarse para el cotizante en el Régimen Contributivo y para el cabeza de familia en el Régimen Subsidiado, según corresponda.
11. Etnia: En este espacio debe registrar el código correspondiente a la etnia, en caso de pertenecer
a alguna de ellas, tal como aparece en la tabla: CODIGO ETNIA . 01 lndíaena. 02 Rrom (aitano).
03 Raizal (San Andrés v Providencia). 04 Palenquero (San Basilio de Palenque). 05 Ne¡¡ro(a), afrocolombiano(a).
12. Discapacidad: Este espacio debe diligenciarse solo en el caso de que el colizante o cabeza de familia tenga una discapacidad reconocida y calificada médicamente.
Tipo de discapacidad: Marque con una X la opción: F: Física N: Neuro-sensorial M: Mental Condición de discapacidad: Marque con una X la opción: T: Temporal P: Permanente.
13. Puntaje SISBÉN: Este dalo aplica solo para el Régimen Subsidiado. Debe registrar el puntaje obtenido en la encuesta Sisbén. 1 B MAR2 016
RESOLUCIÓN NÚ~~8 iéO [ j.;
9 '74 DE 2016 Continuaciódne l a resolució"nP orla cuals e adoptae l FormulariÚon icod eA filiacióyn Registrdoe Novedadeasl SistemaG eneradle SeguridaSdo ciael nS alud"
14. Grupo de población especial: Este dato aplica solo para el Régimen Subsidiado. Si el cabeza de familia pertenece a un grupo de población especial debe colocar en el espacio el código correspondiente según la siguiente tabla. 02 Población infantil abandonada a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. 06 Menores desvinculados del conflicto armado, a cargo del ICBF. 08 Población desmovilizada. 09 Víctimas del conflicto armado. 10 Población infantil vulnerable bajo protección en instituciones diferentes al ICBF. 11 Personas incluidas en el oroarama de orotección a testiaos.
16 Adultos mavores en centros de orotección. 17 Comunidad indíaena. 18 Población Rrom. 22 Población privada de la libertad, que no esté a cargo del Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad. 23 Personas que dejen de ser madres comunitarias y sean beneficiarias del subsidio de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensiona!. 24 Personas incluidas en el Registro Único de Damnificados por la deportación, expulsión, repatriación o retorno desde el territorio Venezolano. Si la afiliación es individual o de oficio seleccione uno de los siguientes códigos: 08, 09, 11, 17, 18, 23, 24. Si la afiliación es institucional seleccione uno de los siguientes códigos: 02, 06, 10, 16, 22.
15. Administradora de Riesgos Laborales - ARL: Este dato aplica sólo para la afiliación en el Régimen Contributivo de los trabajadores dependientes. Registre el nombre de la Entidad Administradora de Riesgos Laborales donde se encuentra afiliado.
16. Administradora de Pensiones: Este dato aplica solo para la afiliación en el Régimen Contributivo. Registre el nombre de la Entidad Administradora de Pensiones donde se encuentra afiliado.
17. Ingreso Base de Cotización - IBC: Este dato aplica solo para la afiliación en el Régimen Contributivo. Registre el valor del salario o del ingreso mensual sobre el cual va a pagar los aportes al SGSSS.
18. Residencia: Diligencie los datos del lugar donde reside el cotizante o cabeza de familia completos.
Dirección de su residencia 1 8 MAR2 01R 974
RESOLUCIÓN NÚME!RO ::. (}U,'. DE 2016
Continuaciódnel a resolució"nP orla cuals ea doptae l FormularÚion icod eA filiacióyn R egistrdoe Novedadeasl S istemaG eneradle SeguridaSdo ciael n Salud" Teléfono (fijo o celular, o ambos) Correo electrónico Ciudad/Municipio o distrito Localidad/comuna si existen en su ciudad, municipio o distrito Zona: urbana o rural donde se ubica su residencia Departamento En el caso de Bogotá, D.G., debe escribir en el campo departamento: Bogotá, D.G. CAPÍTULO IV. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL NÚCLEO FAMILIAR Datos básicos de identificación del cónyuge o compañero (a) permanente cotizante Estos datos deben ser registrados solo cuando el cónyuge o compañero (a) permanente también cotiza al SGSSS. Si éste no cotiza debe registrarse en los espacios de "Datos de identificación de los miembros del núcleo familiar" en el capítulo IV en la fila de primer beneficiario (B1 ). Si al momento de la afiliación del cotizante el cónyuge o compañero (a) permanente está afiliado y cotiza, solo debe diligenciar sus datos básicos de identificación de estos espacios.
19. Apellidos y nombres: Estos dalos deben ser registrados en forma idéntica como figuran en el documento de identidad.
Primer apellido Segundo apellido Primer nombre Segundo nombre
20. Tipo de documento de identidad: Registre el código que corresponde al documento con el cual se va a identificar, según la
tabla de tipos de documentos de identidad que se encuentra en el numeral 7 del capítulo 11d e este instructivo.
21. Número del documento de ide
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