🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINSALUD - Resolución 1121 de 2021

Ministerio de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 1121 de 2021
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2021

República de Colombia

MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

RESOLUCIÓN NÚMERO 1121 DE 2021 (28 DE JULIO DE 2021) Por la cual se realiza una tercera distribución y asignación de las vacunas contra el COVID19 entregadas al Estado colombiano los días 10 y 11 de julio de 2021 por el fabricante Sinovac Life Scienses Co., Lid LA VICEMINISTRA DE PROTECCIÓN SOCIAL ENCARGADA DE LAS FUNCIONES DEL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el numeral 3 del artículo 2 del Decreto Ley 4107 de 2011, el parágrafo 8 del artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466 y 630 de 2021 y el el Decreto 808 de 2021 y, CONSIDERANDO: Que el artículo 49 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 2 de 2009 establece que, "la atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad'. Que el articulo 2 de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental a la salud y se dictan otras disposiciones" establece que el derecho fundamental a la salud es autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo, de

tal manera que son titulares del derecho a la salud no sólo los individuos, sino también los sujetos colectivos, anudándose al concepto de salud pública. Que en el artículo 6 de la mencionada Ley Estatutaria 1751 de 2015, se define el elemento de accesibilidad, conforme al cual los servicios y tecnologias de salud deben ser accesibles a todos, en condiciones de igualdad. Que el suministro de la vacuna contra el Covid - 19 se encuentra condicionado por la alta demanda y por las capacidades de producción y distribución de los fabricantes, lo que significa que la vacuna contra el COVID19 es un bien escaso. Que, en ese escenario, el Estado colombiano ha suscrito contratos de compraventa y de suministro con diferentes agentes, indirectamente a través del mecanismo COVAX y directamente por medio de acuerdos con los respectivos fabricantes, y las dosis adquiridas estarán disponibles de manera gradual en la medida en que los diferentes laboratorios avancen en su producción. Que el Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 404, 466, 630 y 744 todos de 2021, adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el COVID - 19, en el que se establecieron las fases y las etapas para la aplicación de la mencionada vacuna, asi como la población que se prioriza en cada una de ellas, es decir, acorde con los objetivos del

RESOLUCIÓN NÚMERO 1121 DEL 28 DE JULIO DE 2021 Hoja No. 2

Continuación de la resolución "Por la cual se realiza una tercera distribución y asignación de las vacunas contra el COVID - 19 entregadas al Estado colombiano los días 1O y 11 de julio de 2021 por el fabricante Sinovac Life

Scienses Ca., Ud" Plan, la población que debe recibir la vacuna primero. Que, de acuerdo con las actas de recepción técnica de biológicos de 1O y 11 de julio de 2021, suscritas por funcionarios de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres y del Ministerio de Salud y Protección Social, se recibieron en esas fechas 2.000.000 dosis de la vacuna contra el COVID - 19 del laboratorio Sinovac Life Scienses Co., Lid denominada CoronaVac, identificadas con los números de lote 2021060590, C202106060O, 202106060P, 2021060620 y 202106058P. Que, de conformidad con las indicaciones del fabricante, las vacunas CoronaVac deben ser usadas en personas mayores de 18 años, pueden ser almacenadas en condiciones de refrigeración entre +2ºC y+ 8ºC. Que mediante Resolución 1018 de 2021, les fueron asignados a los departamentos y distritos que se señalan a continuación, 1.600.830 dosis de la vacuna CoronaVac del fabricante Sinovac Life Sciences Co Lid, para ser aplicadas como segunda dosis, así: Cantidad No, Secretarias de salud o la entidad que hagan sus veces dosis 1 Departamento de Antioquia - Secretaria Seccional de Salud y Protección Social 291.400 2 Departamento de Arauca - Unidad Administrativa Especial de Salud 4.160 3 DePartamento del Atlántico -Secretaria de Salud Departamental 27.440 Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla - Secretaria de Salud 4 47.520 Distrital 5 Distrito Capital de Boqotá - Secretaria Distrital de Salud 386.930

6 Departamento de Bolívar - Secretaria de Salud Departamental 30.240 7 DePartamento de Bovacá - Secretaria de Salud Departamental 50.120 8 Distrito Especial, Industrial, Portuario, Biodiverso v Ecoturistico de Buenaventura 4.080 9 Departamento de Caldas - Dirección Territorial de Salud de Caldas 24.480 10 Departamento de Caquetá - Instituto Departamental de Salud 6.880 Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias - Departamento Administrativo 11 36.480 Distrital de Salud 12 Departamento del Casanare - Secretaria de Salud Departamental 13.840 13 Departamento del Cauca - Secretaria de Salud Departamental 23.840 14 Departamento del Cesar - Secretaria de Salud Departamental 18.880 15 Departamento del Chocó - Secretaria de Salud Departamental 7.680 16 Departamento de Córdoba - Secretaria de Desarrollo de la Salud 31.040 17 Departamento de Cundinamarca -Secretaria de Salud Departamental 139.440 18 DePartamento del Guaviare - Secretaria DePartamental de Salud 1.280 19 Departamento del Huila -Secretaria de Salud Departamental 21.280 20 Departamento de La Guajira -Secretaria de Salud Departamental 23.920 21 Departamento del Magdalena -Secretaria de Desarrollo de la Salud 13.360 22 Departamento del Meta - Secretaria de Salud Departamental 20.880 23 Departamento de Nariño - 1n stituto Departamental De Salud 27.840 24 Departamento de Norte de Santander - Instituto Departamental de Salud. 30.640 25 Departamento de Putumayo - Secretaria de Salud Departamental 5.200

26 DePartamento del Quindio -Secretaria de Salud Departamental 24.480 27 Departamento de Risaralda -Secretaria de Salud Departamental 40.480 28 Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta -Secretaria de Salud Distrital ·~10~ 0·8~0 29 DePartamento de Santander -Secretaria de Salud Departamental 95.980 Departamento de Sucre - Departamento Administrativo de Seguridad Social en 30 15.920 Salud 31 Departamento del Tolima -Secretaria de Salud Departamental 30.000 32 Departamento del Valle Del Cauca - Secretaria Departamental de Salud 93.760 33 Departamento del Vichada -Secretaria Departamental de Salud 1.280 Total asignación 1.600.830 .___ ______________ __¡¡¡¿

RESOLUCIÓN NÚMERO 1121 DEL 28 DE JULIO DE 2021 Hoja No. 3

Continuaciónd e la resolución" Por fa cual se realiza una tercerad istribucióny asignaciónd e las vacunasc ontra el COVIO - 19 entregadas al Estado colombiano los días 1O y 11 de julio de 2021 por el fabricante Sinovac Lile Scienses Co., Ud" Que, mediante la precita resolución también se le asignaron 2.900 y 710 dosis de la vacuna CoronaVac del Fabricante Sinovac Life Sciences Co. Ud, a los departamentos de Amazonas y Vaupés respectivamente, para ser aplicadas como segundas dosis de las personas que recibieron la primera y no pudieron ser vacunadas al momento de disponibilidad del biológico en estos territorios. Que mediante Resolución 1035 de 2021, les fueron asignados a los departamentos y

distritos que se señalan a continuación, 200.000 dosis de la vacuna CoronaVac del Fabricante Sinovac Life Sciences Co Ud, para inmunizar a las personas de sus ciudades capitales, priorizadas en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación, así:

SECRETARIDAE SALUDD EPARTAMENTAOL D ISTRIALO ENTIDADQ UEH AGAS US CANTIDAD

N' VECES DOSIS 1 Departamentdoe AntioquiaSecretaríaS eccíonadle Saludy ProtecciónS ocial 27.680 2 DistritoE speciaIln dustriayl PortuarioD e Barranquill-aS ecretariad e SaludD istrital 12.720 3 DistritoC apitadl e Bogotá- SecretaríaD istritadl e Salud 81.440 4 Departamentdoe CaldasDirecciónT erritoriadl e Saludd e Caldas 5.440 5 Departamentdoe Caquetá- InstitutoD epartamentdael Salud 1.440 6 DistritoT urísticoy Culturadl e Cartagendae IndiasDepartamenAtod ministrativDoi stritadl e Salud 9.520 7 Departamentdoe l CasanareSecretariad e SaludD epartamental 1.440 8 Departamentdoe l CaucaSecretariad e SaludD epartamental 3.520 9 Departamentdoe l CesarSecretaríad e SaludD epartamental 4.320 10 Departamentdoe l Chocó- Secretaríad e SaludD epartamental 960 11 Departamendtoe l GuaviareSecretaríaD epartamentdael Salud 400 12 Departamentdoe l HuilaSecretaríad e SaludD epartamental 3.600 13 Departamentdoe l MetaSecretariad e SaludD epartamental 5.360

14 DistritoT urísticoC, ulturaEl Históricod e SantaM artaSecretariad e SaludD istrital 4.800 15 Departamentdoe Santande-rS ecretaríad e SaludD epartamental 6.640 16 Departamendtoe l TolimaSecretaríad e SaludD epartamental 6.000 17 Departamendtoe l ValleD elC aucaSecretaríaD epartamentdael Salud 24.720

TOTALA SIGNADO 200,000

Que el ritmo de vacunación del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19 ha venido en aumento, alcanzando un promedio de 283,052 dosis diarias aplicadas durante el periodo comprendido entre el 1 y el 26 de julio de 2021, razón por la cual, se estima necesario priorizar la entrega de vacunas a aquellos territorios que cuentan con la capacidad para una aplicación rápida de las mismas, con el fin de reducir el riesgo de morbilidad y mortalidad especifica por la COVID-19 Que, con el propósito de continuar ese ritmo acelerado de vacunación, este Ministerio a través de la Resolución 1022 de 2021, dio apertura a la etapa 5 del Plan Nacional de Vacunación contra la COVID-19, incluyendo el grupo poblacional de 30 años y más. Que las secretarias de salud departamental y distrital de Antioquia, Barranquilla, Bogotá, Boyacá, Caldas, Cesar, Cundinamarca, Huila, Santa Marta, Santander, Nariño y Valle del Cauca, a través de las comunicaciones radicadas con los números 202142401352662, 202142401341392, 202142401331432, 202142401354272, 202142401344482,

202142401345232, 202142401355902, 202142401360432, 202142401360502, 202142401354262, 202142401348952, 202142401343512, respectiva mente, solicitaron a esta Cartera Ministerial la asignación de biológicos, para iniciar con los esquemas de vacunación de la población que se encuentra en la etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación; por lo que es necesario destinar a las precitadas entidades territoriales, 195.500 dosis de las vacunas contra el COVID - 19 denominada CoronaVac, entregadas al Estado colombiano los días 10 y 11 de julio 2021. ,n,1,, ----------------------------'ff':)

RESOLUCIÓN NÚMERO 1121 DEL 28 DE JULIO DE 2021 Hoja No. 4

Continuaciónd e la resolución" Por la cual se realiza una tercera distribucióny asignaciónd e las vacunasc ontra el COV/D - 19 entregadas al Estado colombiano los días 1O y 11 de julio de 2021 por e/fabrican/e Sinovac Lite Scienses Co., Ud" Que algunas personas han recibido la primera dosis de la vacuna disponible en un prestador de servicios de salud habilitado en determinado territorio y al momento de cumplirse el tiempo establecido en el lineamiento del Ministerio de Salud y Protección Social para recibir la segunda dosis se encuentran en otro territorio por diferentes razones, así como casos de personas que han recibido la primera dosis de determinada vacuna en el extranjero y han retornado al país, territorio en donde se cumple el tiempo para recibir la segunda dosis de esa misma vacuna, razón por la cual, se autorizará de manera expresa a los prestadores de servicios de salud y demás agentes habilitados para aplicar

la vacuna contra el COVID-19 a aplicar la dosis faltante. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignación de dosis para inmunizar a personas que pertenecen a las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación. Asignar 195.500 dosis de la vacuna CoronaVac del Fabricante Sínovac Lífe Scienses Co., Lid, entregadas al Estado Colombiano el 1O y 11 de julio de 2021, a los distritos y departamentos que se señalan a continuación, para inmunizar a las personas priorizadas en las etapas abiertas del Plan

Nacional de Vacunación así: CANTIDAD N° SECRETARDIAE S ALUDD EPARTAMENTOA DLI STRIAOL ENTIDADQ UEH AGAS USV ECES DOSIS 1 Departamendtoe Antioquia-S ecretaríSa eccionad!e Saludy ProteccióSn ocial 29.000 2 DistritoE speciaIln dustriayl PortuarioD eB arranquíl•la S ecretarídae SaludD istrital 6.000 3 DistritoC apitadl e Bogotá- SecretaríDa istrítadl e Salud 47.500 4 Departamendtoe Boyacá- Secretarídae SaludD epartamental 21.500 5 Departamendtoe CaldasDirecciónT erritoriadle Saludd e Caldas 7.500 6 Departamendtoe l CesarSecretarídae SaludD epartamental 9.000 7 Departamendtoe Cundinamarc-aS ecretarídae SaludD epartamental 25.000 8 Departamendtoe l HuilaSecretarídae SaludD epartamental 5.000

9 DistritoT urísticoC, ulturaEl Históricod e SantaM artaSecretarídae SaludD istrital 4.000 10 Departamendtoe Santande-rS ecretarídae SaludD epartamental 13.000 11 Departamendtoe NariñoInstitutoD epartamentDael S alud 8.000 12 Departamendtoe lV alleD elC aucaSecretaríDa epartamentdael Salud 20.000

TOTALA SIGNADO 195,500

Para la aplicación de las dosis asignadas mediante la presente resolución, las entidades territoriales tendrán en cuenta: 1.1 . Garantizar la distribución equitativa de los biológicos para todos los grupos especiales contenidos en las etapas abiertas del Plan Nacional de Vacunación al que hace referencia el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466 y 630 de 2021, según directrices impartidas por este Ministerio. 1.2. Hacer uso de las dosis asignadas en la presente resolución para primeras dosis de las personas que pertenezcan a las etapas abiertas de que trata el artículo 7 del Decreto 109 de 2021, modificado por los Decretos 466 y 630 de 2021. 1.3. Las secretarías de salud departamental y distrital o la entidad que haga sus veces, asi como las entidades encargadas del aseguramiento deberán intensificar la búsqueda de las personas de 30 años y más, con el fin de minimizar la incidencia de contagios en el territorio. 1.4. La asignación se realizó en múltiplos de dos, debido a que la vacuna disponible

se encuentra en viales de 2 dosis. ----------------------i;#J

RESOLUCIÓN NÚMERO 1121 DEL 28 DE JULIO DE 2021 Hoja No. 5

Continuaciónd e la resolución" Porl a cual se realiza una tercerad istribucióny asignaciónd e fas vacunasc ontra el COVID - 19 entregadas al Estado colombiano los días 10 y 11 de julio de 2021 por el fabricante Sinovac Life Scienses Co., Ud" Artículo 2. Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, o.e., 2 B JUL2 021 ~OREA GODOY~~~ Viceministra de Protección Social encargada ~~ciones del Despacho del Ministro de Salud y Protección Social Aprobó Viceministrod e Salud Pública y Prestaciónd _eS ervicios o,l7Direcciónd e Promocióny Prevención Dirección Jurídica¡

Consultar sobre este documento ...