MINSALUD - Resolución 118 de 2026
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 118 de 2026
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2026
República de Colombia
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL CONSIDERANDO En ejercicio de sus facultades, especialmente las conferidas por el literal b) del artículo 488 de la Ley 9 de 1979, el numeral 3 del artículo 173 de la Ley 100 de 1993, numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001, los numerales 3, 4 y 9 del artículo 2 del Decreto - Ley 4107 de 2011 y el numeral 19.1 del artículo 19, el artículo 6 del Decreto 109 de 2021, y Que el Ministerio de Salud y Protección Social expidió la Resolución 986 de 2023 por la cual se establecieron los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19, la cual fue modificada por la Resolución 1862 de 2023 y las Resoluciones 592 y 2495 de 2024. Que, de acuerdo con la Organización Mundial de la salud (OMS), para septiembre 28 de 2025, el total acumulado de casos reportados de CO\/ID-19 en el mundo es de 778.741.840, siendo Estados Unidos, China y la India los países con mayor reporte de casos. En Colombia han sido reportados 6.401.281 casos. RESOLUCIÓN NÚMERO 000118 DE 2026 < 2 7 ENE W' Por la cual se modifica el anexo 1 y el anexó 2 de la Resolución 986 de 2023, en virtud de la cual se establecieron los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19 Que, de acuerdo con el número de defunciones por Covid -19, acumuladas para septiembre 28 de 2025, en el mundo, se han presentado 7.102.636, siendo EEUU
contra la COVID-19 Que, de acuerdo con el número de defunciones por Covid -19, acumuladas para septiembre 28 de 2025, en el mundo, se han presentado 7.102.636, siendo EEUU quien presenta mayor número de muertes con 1.2 millones de personas fallecidas, Brasil 703.000, India 534.000, Rusia 404.000, México 335.000, UK 232.000, Perú 221.000 los muertos por COVID-19 a la fecha; después de Italia, Alemania, Francia, Indonesia e Irán está Colombia con 143.000 muertes por COVID-19, la mayoría durante 2020, 2021 y 2022. Que, SARS-CoV-2 continúa evolucionando, y entre enero y mayo de 2025, se produjeron cambios en la dinámica global de las variantes del SARS-CoV-2^ La variante más prevalente rastreada por la QMS a nivel mundial fue la XEC, seguida de la KP.3.1.1. En febrero, la circulación de la XEC comenzó a disminuir, mientras que la de la LP.8.1 aumentó, convirtiéndose esta última en la variante más detectada a mediados de marzo. Desde mediados de abril, la circulación de la LP.8.1 ha disminuido ligeramente, a medida que aumenta la detección de la NB. 1.8.1. Que, el Convenio de Cooperación 275 de 2011, en su cláusula segunda, Características técnicas de las vacunas, jeringas y otros insumos relacionados a adquirir, en el numeral 2. Registro Sanitario, refiere: “Las vacunas, jeringas y otros insumos relacionados deben contar, de preferencia con registro sanitario vigente expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos de
adquirir, en el numeral 2. Registro Sanitario, refiere: “Las vacunas, jeringas y otros insumos relacionados deben contar, de preferencia con registro sanitario vigente expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos de Colombia INVIMA. Si las vacunas, jeringas y otros insumos no cuentan con el referido registro sanitario, el Ministerio de la Protección Social deberá aceptar las vacunas, jeringas y otros insumos siempre y cuando hayan sido registrados ante una autoridad competente equivalente en el país de fabricación u origen”.2026 HOJA No 2 Que, los países de la Región de África, la Región de Europa y la Región de las Américas informan actualmente de bajos niveles de actividad del SARS-CoV-2, con un porcentaje de positividad en centros de vigilancia virológica centinela o sistemática que oscila entre el 2 % y el 3 %. Sin embargo, algunas zonas, en particular las subregiones del Caribe y la Región Andina de la Región de las Américas, mostraron tendencias crecientes de positividad en las pruebas de detección del SARS-CoV-2 al 11 de mayo de 2025. Los datos de monitoreo de aguas residuales disponibles públicamente de los países de la Región de Europa y la subregión de América del Norte siguen siendo bajos y, por el momento, no indican una tendencia al alza en la actividad del SARS-CoV-2 al 11 de mayo de 2025. Que, según la Organización Mundial de la Salud, el virus SARS-CoV-2, sigue en circulación y no para de evolucionar. Sus cambios genéticos y antigénicos provocan alteraciones importantes en la proteína S. La modificación de la composición antigénica de las vacunas contra la COVID-19, puede mejorar las respuestas
circulación y no para de evolucionar. Sus cambios genéticos y antigénicos provocan alteraciones importantes en la proteína S. La modificación de la composición antigénica de las vacunas contra la COVID-19, puede mejorar las respuestas inmunitarias contra las variantes circulantes del virus. Dado que se espera que el virus continúe evolucionando a partir de la subvariante JN.1 Que, el Grupo Técnicos Asesor sobre la composición de la vacuna COVID-19 de la QMS (TAG-CO-VAC), por sus siglas en inglés, en su declaración del 15 de mayo de 2025, ha considerado la vacuna monovalente LP.8.1. como un antígeno adecuado. La actualización de la composición antigénica de las vacunas contra Covid-19, es crucial para mejorar las respuestas inmunitarias frente a las variantes circulantes. Estudios no clínicos han demostrado que las vacuna disponibles mRNA y proteicas, adaptada a LP.8.1., produce respuestas neutralizantes adecuadas y mejoradas contra las variantes actualmente dominantes y emergentes, en comparación con las vacunas adaptadas a KP.2 y JN.1 Que, la variante LP.8.1 es la recomendada en la composición de vacunas para Europa y EEUU a partir de septiembre de 2025, hecha también para Latinoamérica, en Que, la vacunación sigue siendo efectiva para prevenir complicaciones, y se recomienda que las personas con inmunosupresión o mayores de un año desde su última dosis se apliquen refuerzos. En resumen, la variante “Frankenstein” (XFG) es una cepa en vigilancia que, por ahora, según información de QMS, no presenta mayor riesgo de gravedad, pero se mantiene bajo monitoreo para detectar cualquier cambio en su comportamiento. La vacunación continúa siendo una herramienta clave para
una cepa en vigilancia que, por ahora, según información de QMS, no presenta mayor riesgo de gravedad, pero se mantiene bajo monitoreo para detectar cualquier cambio en su comportamiento. La vacunación continúa siendo una herramienta clave para protegerse. Que, en consonancia, el grupo de trabajo de Emergencia de la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) ha recomendado actualizar las vacunas contra la COVID-19 para dirigirse a la variante LP.8.1. para la campaña de vacunación 2025/2026. La EMA ha indicado que LP.8.1 ha superado a JN.1 como la vahante más circulante a nivel mundial y que el objetivo de esta actualización es mantener la efectividad de las vacunas a medida que el virus evoluciona. Por su parte, la Agencia de Medicamentos y Alimentos de los Estados Unidos (FDA), con fecha del 26 de junio de 2025, también ha recomendado una fórmula de vacuna monovalente del linaje JN.1 para el uso en Estados Unidos a partir del otoño de 2025, con una preferencia por la subvariante LP.8.1. 27 ENE Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica el anexo 1 y el anexo 2 de la Resolución 986 de 2023, en virtud de la cual se establecieron los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19". Que, las vacunas contra la COVID-19, actualmente aprobadas siguen brindando protección contra la enfermedad grave y la muerte. Para garantizar que las vacunas aprobadas sigan siendo eficaces, el Grupo Técnico Asesor de la QMS sobre la Composición de las Vacunas contra la COVID-19 (TAG-CO-VAC), sigue monitoreando y revisando el impacto de la evolución del SARS-CoV-2 en el
aprobadas sigan siendo eficaces, el Grupo Técnico Asesor de la QMS sobre la Composición de las Vacunas contra la COVID-19 (TAG-CO-VAC), sigue monitoreando y revisando el impacto de la evolución del SARS-CoV-2 en el rendimiento de las vacunas disponibles.
RESOLUCIÓN NÚMEF&O 0118 DE8 DE HOJA No 3;2026
Que, según datos de SIVIGILA, a corte 11 de octubre del 2025 (semana epidemiológica 41) y según la fecha de inicio de síntomas, se han notificado al SIVIGILA un total de 6.791 casos de COVID-19 (6.770 de procedencia Colombia y 21 casos del exterior). En las últimas cuatro semanas epidemiológicas (38 a 41 del 2025), se ha observado una disminución del 33,4%, con 499 casos registrados en comparación con el periodo epidemiológico esperado (semanas epidemiológicas 34 a 37 del 2025), en el cual se reportaron 749 casos. En las hospitalizaciones se presentó una disminución del 29,9%, pasando de 448 casos reportados con requerimiento de hospitalización a 314 casos. Que, durante el 2025, en Colombia se han notificado 119 fallecimientos asociados a COVID-19 (116 con procedencia nacional y 3 del exterior), lo que corresponde a una tasa de mortalidad de 0,2 fallecimientos por cada 100.000 habitantes. En el período analizado, se reportaron tres fallecimientos en Bogotá D. C. y un fallecimiento en Huila. El 69,7 % de los casos (85 fallecimientos) correspondió a personas de 60 años o más. Que, en Colombia el Instituto Nacional de Salud (INS), en su programa de caracterización genómica de SARSCoV-2, mantiene el seguimiento detallado de la
El 69,7 % de los casos (85 fallecimientos) correspondió a personas de 60 años o más. Que, en Colombia el Instituto Nacional de Salud (INS), en su programa de caracterización genómica de SARSCoV-2, mantiene el seguimiento detallado de la circulación de variantes de preocupación y sus sublinajes, circulación de las variantes de SARCoV2, que produce la COVID-19. Que, es posible la coadministración de los biológicos contra la COVID con todos los biológicos del Programa Ampliado de Inmunización - PAI de manera simultánea o con cualquier intervalo de tiempo, de acuerdo con lo señalado por el referido Comité Asesor en su sesión No. 77, el Comité Nacional de Prácticas de Inmunización - CNPI, en decisión del 31 de julio 2023, así como las revisiones y recomendaciones de expertos, sociedades científicas y académicas como la Sociedad Colombiana de Pediatría - SCP, Asociación Colombiana de Infectología ACIN, entre otras, en estos últimos años 2024 y 2025. relación con las vacunas contra la COVID-19 para último trimestre de 2025 y para
2026. Las personas inmunocompetentes y susceptibles, durante un período de múltiples linajes cocirculantes de Ómicron del SARS-CoV-2, al recibir una dosis actualizada de la vacuna COVID-19, están mayormente protegidas, evitando consultas, hospitalizaciones y atención de urgencias asociada a la COVID-19, en comparación con no recibir una dosis de vacuna actualizada.
Que, los linajes virales detectados en Colombia también han venido circulando en los últimos meses a nivel mundial y periódicamente van cambiando estas variantes que son clasificadas como “bajo seguimiento" pero que rápidamente son reemplazadas
Que, los linajes virales detectados en Colombia también han venido circulando en los últimos meses a nivel mundial y periódicamente van cambiando estas variantes que son clasificadas como “bajo seguimiento" pero que rápidamente son reemplazadas por otras, que al final, no se han visto relacionados a infecciones graves en la comunidad; la clasificación de las variantes se actualiza periódicamente con base en la inteligencia epidemiológica, el análisis genómico continuo, y la literatura científica nacional e internacional. En caso de identificar una variante con características de alto impacto, el INS activa los protocolos de alerta y notificación a través del Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública (Sivigila) y coordina acciones con el Ministerio de Salud y Protección Social y demás actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Además, Colombia contribuye al monitoreo regional mediante el intercambio de datos genómicos y epidemiológicos con plataformas internacionales como GISAID, y participa en espacios de coordinación técnica con la OPS/OMS y redes latinoamericanas de vigilancia genómica. 2 7 ENE Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica el anexo 1 y el anexo 2 de la Resolución 986 de 2023. en virtud de la cual se establecieron los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19".
RESOLUCIÓN NÚMEI0$O11
Que teniendo en cuenta que, el Plan Nacional de Vacunación - PNV contra la COVID19 se estructura y opera conforme a los lineamientos técnicos, logísticos y operativos del Programa Ampliado de Inmunizaciones - PAI, la adquisición de la vacuna contra la COVID-19 de uso estacional y/o de refuerzo, requerida para garantizar la
19 se estructura y opera conforme a los lineamientos técnicos, logísticos y operativos del Programa Ampliado de Inmunizaciones - PAI, la adquisición de la vacuna contra la COVID-19 de uso estacional y/o de refuerzo, requerida para garantizar la continuidad de la estrategia nacional de inmunización, se realizará a través del2 7 ENE ~2026 HOJA No 4 En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
"3. VACUNAS CONTRA LA COVID-19
Plataforma Comirnaty LP.8.1 Pfizer Inc y BioNTech ARN mensajero Spikevax LP8.1 ARN mensajero “4.1 Esquema de vacunación primario La indicación de la vacuna para gestantes incluyendo mayores de 12 años, así: Población Dosis Observaciones Artículo 1. Modificar el numeral 3 del anexo 1 “Lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra la COVID-19”, de la Resolución 986 de 2023, modificado por la Resolución 1862 de 2024 y Resoluciones 592 y 2495 de 2024. el cual quedará así: Artículo 2. Modificar el numeral 4.1 del anexo 1 "Lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra la COVID-19’', de la Resolución 986 de 2023, modificado por la Resolución 1862 de 2024 y Resoluciones 592 y 2495 de 2024, el cual quedará así: El país contará con vacunas de plataforma ARNm, de acuerdo con las dosis adquiridas a distribuir en los puntos de vacunación que defina cada entidad territorial, como son: Estas vacunas cuentan con especificaciones técnicas e indicaciones particulares las cuales, deben ser revisadas en los insertos de cada biológico de acuerdo con el laboratorio productor.
en los puntos de vacunación que defina cada entidad territorial, como son: Estas vacunas cuentan con especificaciones técnicas e indicaciones particulares las cuales, deben ser revisadas en los insertos de cada biológico de acuerdo con el laboratorio productor. Asi como tener en cuenta los actos normativos que en esta materia se han expedido desde el Ministerio de Salud y Protección Social”. El esquema de vacunación contra la COVID-19, estará dado de acuerdo con los biológicos disponibles en el país y según la indicación del laboratorio fabricante, así: Gestantes incluyendo a mayores de 12 años MODERNA SWITZERLAND GMBH 0,3 mi con 30 microgramos de (nucleósido modificado) ARm que codifica LP 8.1 por vía intramuscular en una dosis única de 0,3 mi. Comirnaty LP.8.1 Pfizer 30 microgramos/dosis se administra por vía intramuscular en una dosis única de 0,3 mi, indicada para individuos de 12 años de edad y mayores incluyendo gestantes (para Colombia en Gestantes se aplica después de la semana 12 de gestación), de esta vacuna se debe administrarse al menos 6 meses después de la dosis más reciente de una vacuna
COVID-19.
Que, a la luz de lo anterior, se hace indispensable modificar el anexo 1 “Lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra la COVID-19”, y anexo 2 “Consentimiento informado para la aplicación de la vacuna contra el SARSCoV-2/ COVID-IQ”, de la Resolución 986 de 2023, en virtud de la cual se estableció los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19.
AVacuna RESOLUCIÓN NÚMERO Q £ j g DE
COVID-IQ”, de la Resolución 986 de 2023, en virtud de la cual se estableció los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19. AVacuna RESOLUCIÓN NÚMERO Q £ j g DE Continuación de la resolución: “Por la cual se modifica el anexo 1 y el anexo 2 de la Resolución 986 de 2023, en virtud de la cual se establecieron los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19’: Convenio de Cooperación No. 275 de 2011 suscrito con la Organización Panamericana de la Salud - OPS, instrumento vigente que habilita la compra de vacunas y demás insumos estratégicos. Fabricante2 7 ENE8 DE 2026 HOJA No 5
Nota: 1: Conservación de la vacuna:
Moderna Spikevax LP.8.1 Edad (es) Dosis Los viales sin abrir Comirnaty LP.8.1 Pfizer, descongelados se pueden conservar al interior del refrigerador entre 2°C y 8°C hasta por 10 semanas. Conserve la vacuna en su empaque original.
Continuación de la resolución: “Por la cual se modifica el anexo 1 y el anexo 2 de la Resolución 986 de 2023. en virtud de la cual se establecieron los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-IO".
La vacuna Comirnaty LP.8.1 Pfizer se recibirá ultracongelada dentro del rango de temperatura entre -OO'C y -60°C, en el Almacén General del Ministerio de Salud y Protección. La vacuna ultracongelada se puede conservar entre ~90°C y -QO'C hasta su fecha de vencimiento registrada en cada vial y empaque secundario. Se deberá monitorear y registrar la temperatura máxima, mínima y actual dos veces al día, todos
ultracongelada se puede conservar entre ~90°C y -QO'C hasta su fecha de vencimiento registrada en cada vial y empaque secundario. Se deberá monitorear y registrar la temperatura máxima, mínima y actual dos veces al día, todos los días mientras esté almacenada en ultracongelación y refrigeración, tal como aparece en los lineamientos del PAI. A partir de este eslabón de la cadena se entregará en descongelación a los municipios e IPS según sea el caso, para una vida útil posterior de 10 semanas sin superar la fecha de vencimiento. Personas de 65 años de edad y mayores Personas de 12 años de edad y mayores, con o sin vacunación previa Dos dosis de 0,25 mi cada una, administrada vía intramuscular Posología de Moderna Spikevax LP.8.1 Recomendaciones adicionales Puede administrarse una dosis adicional en Colombia como mínimo 6 meses después de la dosis más reciente de una vacuna de COVID-19. Después de la primera punción y conservando el vial entre 2°C y 8°C dentro del termo diario, se debe descartar al cabo de 12 horas. Los viales de Comirnaty LP.8.1 Pfizer pueden permanecer en el rango de temperatura entre 8°C a 30°C hasta un máximo de 12 horas antes de la primera punción (incluido el tiempo de descongelación). El Ministerio de Salud enviará la vacuna en estado de ultracongelación entre -90°C y -60°C a las entidades territoriales departamentales y distritales, para ser almacenada en ultracongeladores con un set point ajustado a -70°C, según el centro de acopio y de esta manera
las entidades territoriales departamentales y distritales, para ser almacenada en ultracongeladores con un set point ajustado a -70°C, según el centro de acopio y de esta manera prolongar la vida útil. A las entidades que no cuenten con ultracongelador, se les enviará la vacuna con una periodicidad que no supere las 10 semanas. Niños de 6 meses a 4 años de edad, sin vacunación previa y sin antecedentes conocidos de infección por
SAPSCoV-2
Administrar la segunda dosis 28 días después de la primera dosis. Si un niño ha recibido una dosis previa de cualquier vacuna Spikevax, se le deberá administrar una dosis de Spikevax LP.8.1 para completar la serie de dos dosis. Spikevax LP.8.1 debe administrarse como mínimo en Colombia mínimo 6 meses después de la dosis más reciente de una vacuna de COVID-19. Una dosis de 0,25 mi, administrada vía intramuscular Una dosis de 0,5 mi, administrada vía intramuscular Una dosis de 0,25 mi, administrada vía intramuscular Una dosis de 0,5 mi, administrada vía intramuscular Nota 2: Presentación del biológico: Comirnaty LP.8.1 Pfizer viene en vial por 6 dosis que no requiere dilución y cada dosis de (0,3 mi) contiene 30 microgramos de (nucleósido modificado) ARm que codifica LP.8.1, empaque primario 6 dosis por vial y empaque secundario 10 viales en caja plegadiza. Niños de 6 meses a 4 años de edad, con vacunación previa o antecedentes
ARm que codifica LP.8.1, empaque primario 6 dosis por vial y empaque secundario 10 viales en caja plegadiza. Niños de 6 meses a 4 años de edad, con vacunación previa o antecedentes conocidos de infección por SARS-CoV-2_____________ Niños de 5 a 11 años de edad, con o sin vacunación previa
RESOLUCIÓN NÚMERglO gj jRESOLUCIÓN NÚMEI&0 0118 DE 27 ENE 2026 HOJA No 6
Edad (es) Dosis Recomendaciones adicionales Niños (varias) Nota:1: Conservación de la vacuna: “4.3 Grupos príorizados para dosis adicional Artículo 3. Modificar el numeral 4.3 del anexo 1 “Lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra la COVID-19”, de la Resolución 986 de 2023, modificado por la Resolución 1862 de 2024 y Resoluciones 592 y 2495 de 2024, el cual quedará así: La vacuna Spikevax LP.8.1 Moderna, se recibirá congelada dentro del rango de temperatura entre -50°C y-15OC, en el Almacén General del Ministerio de Salud y Protección. La vacuna congelada se puede conservar entre -50°C y-159C, hasta su fecha de vencimiento registrada en cada vial y empaque secundario. El Ministerio de Salud enviará la vacuna en estado de congelación entre -50°C y-15aC a todas y cada una de las 38 entidades territoriales departamentales y distritales, para ser almacenada en congeladores convencionales ajustados a -20°C y ultracongeladores ajustados a -45OC que
y cada una de las 38 entidades territoriales departamentales y distritales, para ser almacenada en congeladores convencionales ajustados a -20°C y ultracongeladores ajustados a -45OC que garanticen las temperaturas de dicha vacuna, según disponibilidad del centro de acopio y de esta manera prolongar la vida útil. Si tiene Moderna y Pfizer, el ultracongelador se dejará para almacenar únicamente Pfizer a -70°C. Se deberá monitorear la temperatura máxima, mínima y actual dos veces al día, todos los días mientras esté almacenada en congelación, tal como aparece en los lineamientos del PAL A partir de este eslabón de la cadena se entregará en descongelación a los municipios e IPS según sea el caso, para una vida útil posterior de 60 días calendario sin superar la fecha de vencimiento. Los viales sin abrir Spikevax LP. 8.1 Moderna, descongelados se pueden conservaren el interior del refrigerador entre 2°C y S'C hasta por 60 días. Conserve la vacuna en su empaque original. Después de la primera punción y conservando el vial entre 2°C y 8°C se debe descartar al cabo de 24 horas". Posología de Moderna Spikevax LP.8.1 para personas inmunocomprometidas Una dosis de 0,25 mi, administrada vía intramuscular En personas gravemente inmunocomprometidas puede administrarse una tercera dosis como mínimo 28 días después de la segunda dosis. En personas gravemente inmunocomprometidas puede administrarse una (varías) dosis adicionales) acorde a la edad como mínimo 2 meses después de la dosis más reciente de una vacuna de COVID-19 a juicio del profesional sanitario, teniendo en cuenta las circunstancias clínicas de la
adicionales) acorde a la edad como mínimo 2 meses después de la dosis más reciente de una vacuna de COVID-19 a juicio del profesional sanitario, teniendo en cuenta las circunstancias clínicas de la persona. inmunocomprometidos de Dos dosis de 0,25 mi, administrada vía intramuscular Una dosis de 0,25 mi, administrada vía intramuscular Una dosis de 0,5 mi, administrada vía intramuscular 6 meses a 4 años de edad, sin vacunación previa._____ Niños inmunocomprometidos de 6 meses a 4 años de edad, con vacunación previa. Niños inmunocomprometidos de 5 a 11 años de edad, con o sin vacunación previa. Personas inmunocomprometidas de 12 años de edad y mayores, con o sin vacunación previa.
Continuación de la resolución: "Por la cual se modifica el anexo 1 y el anexo 2 de la Resolución 986 de 2023. en virtud de la cual se establecieron los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19'’.RESOLUCIÓN 2 7 ENE HOJA No 72026DE "12. SEGUIMIENTO A DOSIS NO USADAS DE VACUNAS CONTRA LA COVID-19: Continuación de la resolución: “Por la cual se modifica el anexo 1 y el anexo 2 de la Resolución 986 de 2023. en virtud de la
cual se establecieron los lineamientos para la aplicación de las vacunas contra la COVID-19" Artículo 4. Modificar el numeral 12 del anexo 1 “Lineamientos técnicos y operativos para la vacunación contra la COVID-19", de la Resolución 986 de 2023, modificado por la Resolución 2495 de 2024, el cual quedará así: Nota 1: Se pueden coadministrar todos los biológicos contra la Covid -19 con todos los biológicos del Programa Ampliado de Inmunización de manera simultánea o con cualquier intervalo de tiempo. Mayores de 60 años: La dosis adicional se debe administrar después que hayan pasado al menos 6 meses de la última dosis contra la Covid-19. (Puede administrarse simultáneamente con una dosis de la vacuna influenza).
Población con comorbilidades: La población con comorbilidades que generan susceptibilidad a complicaciones por la Covid-19, debe recibir una dosis adicional al menos 6 meses luego de su última dosis contra la Covid-19.
Talento Humano de Salud: La dosis adicional se debe administrar después que hayan pasado al menos 6 meses de la última dosis contra la Covid-19.
Nota 5: El diligenciamiento del consentimiento informado como parte fundamental del proceso de vacunación contra la Covid-19, el personal de salud que realiza la vacunación deberá suministrar la información suficiente frente a la aplicación de la vacuna para que el usuario pueda comprender las implicaciones de la intervención terapéutica, teniendo en cuenta el inserto del biológico. Si la persona que requiere la vacuna no acepta la aplicación del biológico, se hará firmar el disentimiento y se registrará en PAIWEB el motivo de no vacunación". Teniendo en cuenta que la pandemia por la COVID-19 continúa y según recomendación de la CMS es necesario para la aplicación de dosis adicional priorizarlos siguientes grupos de riesgo,
firmar el disentimiento y se registrará en PAIWEB el motivo de no vacunación". Teniendo en cuenta que la pandemia por la COVID-19 continúa y según recomendación de la CMS es necesario para la aplicación de dosis adicional priorizarlos siguientes grupos de riesgo, así: Gestantes: La dosis adicional se debe administrar cuando hayan pasado mínimo 6 meses de la última dosis contra la Covid-19. Se debe garantizar una dosis por cada embarazo en mayores de 12 años. La vacunación de gestantes debe ser de ARNm Comirnaty LP.8.1 Pfizer (Puede utilizarse durante la lactancia). Nota 3: La vacunación con biológico Moderna Spikevax LP.8.1 disponible en el país, debe centrar su aplicación en los grupos de riesgo priorizados o por prescripción médica: sin embargo, para optimizar el uso de este biológico, una vez abierto el vial, teniendo en cuenta su vida útil, las dosis restantes se pueden utilizar en población mayor de 6 meses que demande su uso. Nota 2: La vacuna Pfizer Comirnaty LP.8.1 disponible en el país, debe centrar su aplicación en los grupos de riesgo priorizados o por prescripción médica; sin embargo, para optimizar el uso de este biológico, una vez abierto el vial, teniendo en cuenta su vida útil, las dosis restantes se pueden utilizaren población mayor de 12 años que demande su uso. Nota 4; Las personas que han presentado la enfermedad de Covid-19 o Covid prolongado, una vez se recuperen se pueden vacunar con el biológico disponible en el país, ninguna dosis debe ser retrasada. Adicionalmente, tener en cuenta que su aplicación se debe realizar una vez se recupere la persona. Tener síntomas prolongados de Covid-19 no es una contraindicación para recibirla vacuna Covid-19.
ser retrasada. Adicionalmente, tener en cuenta que su aplicación se debe realizar una vez se recupere la persona. Tener síntomas prolongados de Covid-19 no es una contraindicación para recibirla vacuna Covid-19. En caso de materializarse la pérdida o no uso de vacunas se debe diligenciar el acta en la que se documente la situación ocurrida que incluya: tipo de vacuna o insumo, número de unidades/dosis afectadas, lote, fecha de vencimiento, laboratorio productor, posible causa por la cual ocurrió el no uso de la vacuna. De igual manera, la Ley 190 de 1995, establece que los servidores públicos deben informar de deterioro, daño o pérdida de bienes públicos conforme a lo definido en los artículos 21 22 24 y 25. Las vacunas e insumos para la vacunación contra la COVID-19 son catalogados como bien público, por lo cual se ubican en el contexto del artículo 63 y 102 de la Constitución Política Colombiana de 1991; y artículo 24 de la Ley 1952 de 2019.DE 2026 HOJA No 8 5 >■-
1 SI SI NO
la2 SI SI SI
de.3 SI SI SI
4 SI SI SI 5 SI SI SI 6 Error en la dosificación SI SI SI 7 SI SI SI 8 SI SI SI 9 Frasco vial roto SI SI SI
10 SI SI NO
Siniestro/Accidente11 SI SI SI 12 Robo/hurto biológico SI SI SI
1. En el caso de excursiones de temperatura fuera del rango descrito en el literal Conservación de la Vacuna de esta Resolución, estas deben ser conservadas en el rango de temperatura entre 2°C y 8°C y seguir el procedimiento establecido por el INVIMA, para lo cual se deben
1. En el caso de excursiones de temperatura fuera del rango descrito en el literal Conservación de la Vacuna de esta Resolución, estas deben ser conservadas en el rango de temperatura entre 2°C y 8°C y seguir el procedimiento establecido por el INVIMA, para lo cual se deben notificar el evento a los correos dclopeza@minsalud.gov.co y rnvera@minsalud.gov.co.
Para el manejo de las dosis no usadas de vacunas contra la Covid-19 se debe tener en cuenta los niveles jerárquicos departamento, distrito, municipio e IPS vacunadora, así: Error en la manipulación Contaminación biológico Vacuna que excede el tiempo de almacenamiento en refrigeració
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