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MINSALUD - Resolución 1208 de 2023

Ministerio de Salud

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Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 1208 de 2023
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2023

REPUBLICADE COLOMBIA

MINISTERIOD E SALUD Y PROTECCIÓNS OCIAL o D1 2 8

RESOLUCIÓN NÚMÉR<5 DE 2023 (28 JUt2 0~ Por la cual se corrige un error de tipo formal en la Resolución 1096 del 06 de julio de 2023 LA DIRECTORA DE REGULACIÓN DE LA OPERACIÓN DEL ASEGURAMIENTO EN SALUD, RIESGOS LABORALES Y PENSIONES En ejercicio de las atribuciones conferidas mediante lasHesoluciones 5513 del 16 de noviembre de 2016 y 2848 del 30 de diciembre de 2022 del Ministerio Salud y Protección Social, y CONSIDERANDO: .Que mediante Resolución No. 1096 del 06 de julio de 2023 se autorizó al MONASTERIO DE MONJAS CARMELITAS DESCALZAS identificada con el NIT. 891.500.241-7 para afiliar en forma colectiva al Sistema de Seguridad Social Integral a sus miembros religiosos. Que en virtud de ello y atendiendo a lo ordenado en el Artículo Segundo de la mencionada Resolución, esta Dirección procedió a efectuar el proceso de notificación a la Representante Legal, la Hna. María Delfina Parapues Canacuan. Para lo cual, de conformidad con lo establecido en los artículos 56 y 67 de la Ley 1437 de 2011 se requirió a la Comunidad Religiosa con el fin de que remitiera autorización, si era su deseo que se le notificara vía electrónica. Que mediante escrito identificado con radicado de entrada No.202342301658802 del 13 de julio de 2023, el Monasterio de Monjas Carmelitas Descalzas autorizó a esta Dirección para

que la notificación se surtiera por medio electrónico. Por consiguiente, aportó los siguientes documentos: • Escrito de autorización • Copia de la Cédula de Ciudadanía • Formato de diligencia de notificación personal o por medios electrónicos debidamente diligenciado Que con ocasión al envío de dichos documentos, esta Dirección evidenció un error de escrituración en el apellido de la Representante legal. En efecto, si bien dentro del trascurso del proceso se acreditó a la Representante Legal como la Hna. María Delfina Parapues Canacuan; los documentos aportados como soporte de autorización para la notificación electrónica, particularmente el correspondiente a la cédula de ciudadanía, la identificaban como María Delfina Tarapues y no Parapues como se dijo en la Resolución 1096 de 2023. Por lo que resulta menester proceder con su corrección. Así pues, el artículo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso

Administrativo ha establecido: NÚ)\JIJ2: B0 8!l RESOLUCIÓN DE 2023 HOJA Nº2 28 JUL2 023 "Por la cual se corrige el error de tipo formal en la Resolución1 096d el 06 de julio de 2023" "Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean ari(méticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección,

esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda. " A su vez, el artículo 3 numeral 11 ibídem, ha precisado que la administración debe actuar bajo el principio de eficacia y para ello "las autoridades buscarán que los procedimientos logreo su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este Código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho material objeto de la actuación administrativa". Sumado a lo anterior, el Decreto 19 de 2012, en su artículo 11 ha dispuesto: "ARTÍCULO 11. De los errores de citas, de ortografía, de mecanografía o de aritmética. Ninguna autoridad administrativa podrá devolver o rechazar solicitudes contenidas en formularios por errores de citas, de ortografía, de mecanografía, de aritmética o similares, salvo que la utilización del idioma o de los resultados aritméticos resulte relevante para definir el fondo del asunto de que se trate y exista duda sobre el querer del solicitante. Cualquier funcionario podrá corregir el error sin detener la actuación administrativa, procediendo en todo caso a comunicar por el medio más idóneo al interesado sobre la respectiva corrección." Por consiguiente, dado que las normas legales y procedimentales aquí expuestas recogen •l a situación fáctica traída a colación; resulta necesario y procedente corregir la Resolución 1096 del 06 de julio de 2023, en el sentido de precisar que la Representante Legal del Monasterio de Monjas Carmelitas Descalzas se apellida Tarapues Canacuan y no

Parapues Canacuan como se dijo inicialmente. Por lo que a través de este acto administrativo se corrige en ese sentido y se indica que la misma se llama María Delfina Tarapues Canacuan. Por otro lado, considerando que la congregación religiosa en su momento autorizó a esta Dirección la notificación por medios electrónicos; notifíquese la presente resolución en los mismos términos. En mérito de lo anteriormente expuesto esta Dirección, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Corregir el error formal de la Resolución No. 1096 del 06 de julio de 2023, "por la cual se autoriza al MONASTERIO DE MONJAS CARMELITAS DESCALZAS identificada con el NIT. 891.500.241-7 para afiliar en forma colectiva a sus miembros religiosos al Sistema de Seguridad Social Integral" e indicar que el apellido correcto de la Representante Legal de dicha congregación, la Hna. María Delfina es Tarapues y no Parapues. ARTÍCULO SEGUNDO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, corrige la parte motiva y resolutiva de la Resolución 1096 del 06 de julio de 2023 expedida por la Dirección de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones y deja incólume las demás decisiones contenidas en el mencionado acto administrativo. ARTICULO TERCERO. Con sujeción a lo previsto en el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011, habida cuenta de la autorización que la entidad confirió en cuanto a las formas de 'Ñ(fMJ:28 c0l 8

RESOLUCIÓN DE 2023 HOJA Nº3 28 JUL2 023

"Por la cual se corrige el error de tipo formal en la Resolución 1096 del 06 de julio de 2023" notificación, notificar el contenido de la presente resolución a la representante legal del MONASTERIO DE MONJAS CARMELITAS DESCALZAS, Hna. María Delfina Tarapues Canacuan identificada con la cédula de ciudadanía Nº 27.175.701, a través del correo electrónico carmelitaspop@gmail.com Dada en Bogotá, D. C , a los, NOTIFÍQUESE Y C MARGARl~S UDERO OSORIO Directora de Regulación de la Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones < Revisó. A. A( /J

Aprobó: M EY!::!ro

Elaboró: Lgonzalezn

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