MINSALUD - Resolución 1288 de 2016
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 1288 de 2016
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2016
MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL i~l 2 8 8
RESOLUCIÓN NÚMEfiO ·.=_. ( DE 2016 1 3 ABR2 016 ( ) Por la cual se efectúa una asignación de recursos de la vigencia fiscal 2016, para el programa de promoción, prevención y control de las ETVy Zoonosis EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de sus facultades legales, en especial, de las conferidas por el artículo 11O del Estatuto Orgánico del Presupuesto, compilado en el Decreto 111 de 1996, y en desarrollo del numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001 y, CONSIDERANDO Que el numeral 5 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998 establece como función de los Ministerios "Coordinar la ejecución de sus planes y programas con las entidades territoriales y prestarles asesoría, cooperación y asistencia técnica"; en tal sentido, la Ley 715 de 2001 señala que corresponde a la Nación, la dirección del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud• SGSSS en el territorio nacional, de acuerdo con la diversidad regional y el ejercicio de sus competencias, dentro de las cuales está la de cofinanciar programas en materia de salud con recursos diferentes al Sistema General de Participaciones. Que a partir de lo previsto en la citada Ley 715 de 2001, corresponde a este Ministerio garantizar la adecuada ejecución del programa de promoción, prevención y control de las ETV y Zoonosis liderado por la autoridad sanitaria nacional o territorial. Que en el marco del Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021 - PDSP, adoptado
mediante Resolución 1841 de 2013 de este Ministerio, se contempla la Dimensión Vida Saludable y Enfermedades Transmisibles, marco técnico que establece como metas del componente, la implementación de la Estrategia de Gestión Integrada - EGI ETV y Zoonosis la cual pretende: "Contribuir a la reducción de la carga de las Enfermedades Transmitidas por Vectores (Malaria, Dengue, Leishmaniasis, Enfermedad de Chagas), producto de su discapacidad, morbilidad y mortalidad, que afecta a la población colombiana, a través de la implementación, monitoreo, evaluación y seguimiento de la estrategia de gestión integral para las ETV" y "Contribuir mediante acciones de promoción, prevención, vigilancia y control, en la reducción de la carga de las enfermedades transmitidas por animales vertebrados (Encefalitis, Rabia, Leptospirosis, Brucelosis, Toxoplasmosis y otras), producto de sus complicaciones y mortalidad en los humanos". Que la Resolución 5514 de 2013 estableció que los actos administrativos que soporten la ejecución de recursos a través del mecanismo de transferencia o asignación directa de los mismos a entidades territoriales y sus entes adscritos o vinculados, deberán enmarcarse en los requisitos allí previstos y atender a la planeación que la dependencia responsable de la ejecución efectúe para dicha vigencia.
RESOLUCION N~ERO f ~:1 288 DE 2016 HOJA No 2
Continuación de la Resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos de la vigencia fiscal 2016, para el programa de promoción, prevención y control de las ETVy Zoonosis''
Que en cumplimiento de dichos requisitos este Ministerio expidió la Resolución 999 de 2016 y determinó que la distribución y asignación de los recursos de inversión para el programa de promoción, prevención y control de las ETV y Zoonosis busca intervenir los componentes de fortalecimiento institucional, promoción y prevención y asignaciones especiales conforme con los ejes temáticos de vida saludable y enfermedades transmisibles así como de las condiciones y situaciones endemo epidémicas de acuerdo con la Estrategia de Gestión Integrada - EGI ETV y Zoonosis. en el marco de acción del Plan Decenal de Salud Pública - PDSP, la Política de Atención Integral en Salud - PAIS y la Gestión de la Salud Pública y Plan de Intervenciones Colectivas -PIC. Que en consonancia, la Dirección de Promoción y Prevención emitió en marzo de 2016, "el lineamiento para la ejecución de transferencias nacionales de funcionamiento e inversión, 2016 y otras consideraciones para la operación del programa en el marco de la estrategia de gestión integrada" el cual define la metodología para la distribución y asignación de los recursos objeto del presente acto administrativo; de tal suerte, que el numeral 5.3 indica que las intervenciones frente a los componentes de fortalecimiento institucional, promoción y prevención y asignaciones especiales obedecen a los elementos constitutivos de la EGI-ETV socializado al país en el año 2012, ajustado y armonizado con el PDSP en 2013. Que conforme con el capítulo 6 del lineamiento en mención, las acciones a desarrollar por las entidades beneficiarias de la presente asignación responden al eje temático de
la EGI ETV - Zoonosis, así como al marco de acción de la Gestión de la Salud Publica y el Plan de Intervenciones Colectivas -PIC. Que la Ley 1769 de 2015 ''por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2016" asignó a este Ministerio en el Presupuesto de Inversión el valor de cuatro billones seiscientos cuarenta y nueve mil ciento setenta millones doscientos setenta y cuatro mil cuarenta y cinco pesos ($4.649.170.274.045) m/cte, de los cuales el Decreto 2550 de 2015, "por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2016, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos" apropió en el Presupuesto de Gastos de Inversión, cuarenta y cinco mil setecientos ochenta y dos millones doscientos sesenta y cuatro mil doscientos veintiún pesos ($45.782.274.221) m/cte para efectuar asignaciones por concepto de implementación de las estrategias de promoción salud y prevención enfermedad. Que atendiendo a los documentos técnicos definidos por la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio y a los criterios adoptados por medio de la Resolución 999 de 2016, es necesario efectuar la asignación del presupuesto de inversión, con el fin de cumplir los indicadores de propósito establecidos en el programa de promoción, prevención y control de las ETV y Zoonosis y el plan de acción territorial.
Que según Certificados de Disponibilidad Presupuesta! No. 83416 y 83516 del 19 de febrero de 2016 expedidos por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto, existe apropiación disponible y libre de afectacíón en el Presupuesto de Gastos de Inversión de este Ministerio para la vigencia 2016, catálogo de gasto C-320-301-10 Programa 320Protección y Bienestar Social del Recurso Humano, Subprograma 301Prevención y Promoción en Salud, Proyecto 10-Implementación de las Estrategias de Promoción Salud y Prevención Enfermedad Nacional; Recurso 1O - Recursos RESOLUCION NÚME~O e ~: 1 ~3:]f J DE 2016 HOJA No ~ 3 ABR2 016 Continuación de la Resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos de la vigencia fiscal 2016, para el programa de promoción, prevención y control de las ETV y Zoonosis" Corrientes y 13Recursos del Crédito Externo Previa Autorización, una partida por un valor total de dos mil ochocientos cincuenta millones de pesos ($2.850.000.000) M/Cte. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. Asignación. Asignar recursos del Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Salud y Protección Social, para la vigencia fiscal 2016, Catálogo de Gasto C-320-301-10 Implementación de las Estrategias de Promoción Salud y Prevención Enfermedad; Recurso 1O -Recursos Corrientes y 13Recursos del Crédito Externo Previa Autorización, una partida por un valor de dos mil ochocientos cincuenta millones
de pesos ($2.850.000.000) M/Cte, distribuidos de la siguiente manera: 1 Departamento de Amazonas Secretaría de Salud Departamental $36.210.000 Departamento de Antioquia -Secretaría Seccional de Salud y Protección 2 $42.857.000 Social 3 Departamento de Arauca - Unidad Administrativa Especial de Salud $175.948.000 ··--- 4 Departamento del Atlántico - Secretaría de Salud Departamental $30.957.000 . - ·- ··-·· Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla - Secretaría de Salud 5 $60.649.000 Distrital ··-- ,. ----- .. ····-·· -····· 6 Distrito Capital de Bogotá - Secretaria Distrital de Salud $24 070.000 ... --- 7 Departamento de Bolívar - Secretaría de Salud Departamental $51.437.000 8 Departamento de Boyacá - Secretaría de Salud Departamental $14 7.467.000 Distrito Especial, 1n dustrial, Portuario, Biodiverso y Ecoturístico De 9 $20. 700.000 Buenaventura 10 Departamento de Caldas - Dirección Territorial de Salud de Caldas $73.004.000 11 Departamento de Caquetá - Instituto Departamental de Salud $68.686.000 Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias - Departamento 12 $12.890.000 Administrativo Distrital de Salud 13 Departamento del Casanare • Secretaría de Salud Departamental $131.008.000 14 Departamento del Cauca - Secretaría de Salud Departamental $77.586.000 15 Departamento del Cesar -Secretaría de Salud Departamental $33.935.000
16 Departamento del Choco - Secretaria de Salud Departamental $110.284.000 17 Departamento de Córdoba -Secretaría de Desarrollo de la Salud $20.356.000 18 Departamento de Cundinamarca • Secretaría de Salud Departamental $98.526.000 19 Departamento de Guainía - Secretaría de Salud Departamental $55.191.000 20 Departamento de la Guajira -Secretaría de Salud Departamental $84.906.000 21 Departamento del Guaviare -Secretaría Departamental de Salud $91.303.000 22 Departamento del Huila - Secretaría de Salud Departamental $65.747.000 23 Departamento del Magdalena• Secretaria de Desarrollo de la Salud $37.367.000 24 Departamento del Meta -Secretaría de Salud Departamental $110.748.000 25 Departamento de Nariño - Instituto Departamental de Salud $129.928.000 26 Departamento de Norte de Santander - Instituto Departamental de Salud. $88.171.000 27 Departamento de Putumayo -Secretaria de Salud Departamental $119.783.000 28 Departamento del Quindio - Secretaría de Salud Departamental $66.930.000 29 Departamento de Risaralda • Secretaría de Salud Departamental $119.081.000 ::128'8 RESOLUCION NÚNfERO r D~ 201~ . ,l-lOJA No 4 1 J Atfü2 0'1bContinuación de la Resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos de la vigencia fiscal 2016, para el programa de promoción, prevención y control de las ETV y Zoonosis" Departamento Archipielago de San Andres, Providencia y Santa Catalina30 $37.756.000 Secretaria de Salud Departamental Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta - Secretaria de Salud
31 $37.029.000 Distrital 32 Departamento de Santander • Secretaría de Salud Departamental $184.841 000 Departamento de Sucre • Departamento Administrativo de Seguridad Social 33 $85.371.000 en Salud 34 Departamento del Tolima -Secretaría de Salud Departamental $151.012.000 35 Departamento del Valle del Cauca - Secretaría Departamental de Salud $48.497.000 36 Departamento del Vaupés - Secretaria de Salud Departamental $4.684.000 37 Departamento del Vichada - Secretaria Departamental de Salud $115.085.000
TOTAL ASIGNACIÓN $2.850.000.000
Artículo 2. Destinación. Los recursos trasferidos a las entidades beneficiarías tienen destinación exclusiva para garantizar la operación y gestión del programa de promoción, prevención y control de las ETV y Zoonosis y deben ser programados en los respectivos planes territoriales de salud. Artículo 3. Requisitos para el giro. Los recursos de que trata la presente resolución se girarán, en su totalidad, directamente a la cuenta maestra de la subcuenta de salud pública colectiva vigente de los departamentos y distritos objeto de la presente asignación, previa recepción, dentro de los diez (1 O) días siguientes a la fecha de comunicación del presente acto, en la Subdirección de Enfermedades Transmisibles de este Ministerio, de los siguientes documentos e información: a. Certificación bancaria con fecha de expedición no superior a noventa (90) días calendario, emitida por la entidad financiera, con la identificación de la cuenta maestra, que incluya el nombre completo e identificación del titular, NIT, tipo, número y estado de la cuenta.
b. Copia de Registro Único Tributario. c. El cargo, nombre completo, teléfono y correo electrónico del servidor público responsable de coordinar específicamente la ejecución de los recursos. Parágrafo. Los recursos no comprometidos durante la vigencia fiscal 2016, deberán ser reintegrados con sus respectivos rendimientos financieros dentro de los treinta (30) días calendario siguiente al término de la misma, a la cuenta bancaria que indique el Grupo de Tesorería del Ministerio de Salud y Protección Social. Artículo 4. Seguimiento. Este Ministerio, a través de la Subdirección de Enfermedades Transmisibles, efectuará el seguimiento a la ejecución de los recursos asignados de que trata la presente resolución, conforme a los lineamientos emitidos por la referida Subdirección. En caso de ser necesario, informará a las entidades de vigilancia y control para lo de su competencia. Artículo 5. Obligaciones de las entidades beneficiarias. Las entidades beneficiarias tendrán a su cargo el cumplimiento de las siguientes actividades: a. Velar por la adecuada ejecución de los recursos, garantizando el desarrollo de las actividades inmersas en el programa. b Confirmar la respectiva asignación de los recursos a la cuenta reportada. c. Presentar informes mensuales de la ejecución financiera dentro de los primeros cinco (5) días de cada mes, a la Subdirección de Enfermedades Transmisibles -----------~~~~ JY' ºí':f1KBR '::1288
RESOLUCION NÚ~RO 2~~JA No 5
Continuación de la Resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos de la vigencia fiscal 2016, para el programa de promoción, prevención y control de las ETV y Zoonosis"
de este Ministerio, de conformidad con los lineamientos para la ejecución de la asignación de que trata este acto administrativo, expedido por la Dirección de Promoción y Prevención. Artículo 6. Comunicación. Comunicar el contenido de la presente resolución a las entidades beneficiarias de la trasferencia. Artículo 7. Vigencia.L a presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE o.e., Dada en Bogotá, a los 1 3 /\BR2 016