MINSALUD - Resolución 1344 de 2012
Ministerio de Salud
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Detalles
- Título
- MINSALUD - Resolución 1344 de 2012
- Autor
- Ministerio de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
RE.PUBLICAD E.C OLOMBIA
MINISTERIOD E SALUDY PROTECCIÓNS OCIAL RESOLUCIÓNN ÚMERO Ü íl Q 13 4 4 DE 2012 < - 4 JUN2 012 > P So isr t ela m c au a Gl es ne e d raic l t da en d Si es gp uo rs ii dc aio dn Se os c s iao lb ere n e Sl ar le up do yr t se e d e e fi en cfo túr am na mci oó dn i d fice a a cf ii oli na ec sió n a a lal Base de Datos Única de Afiliados -BDUA LA MINISTRA DE SALUDY PROTECCIÓNS OCIAL E e 1ln 2 n 8u u 1s m o de ed r e a 2 l 0 s 7 0u 2s d yefa l e c a lu r ntlt í ua c mud le eos r a 1c l7 o 23n 3 s d dt eit e u l la c a i Lo rten ícya u l 1e lo0s 0 2y d dle e eg l 1a D9le e9s c3, r , ee e tn ol e a -s r Ltp í ece yuc l 4i oa 1 l 5, 0 l 7a d s e d l ec Do 2n e 0f ce 1rr 1eid t yoa , s - Lp eo yr
CONSIDERANDO
CONSIDERANDO Q S a m p r Bede au ao tmg re r sd á ou ei i gn am fr ii ri c cd s ae da ta t ifd er vd od ai aoa c s Dn 2iS ó pt age n oo ted orcl d ne a i sa le el o lL l r s Úa ae R e r d ny D tén aí ic ce1 g su ac4 i S m l r d3 oea de e8 tl eu n so 7d pd s °Se u A u 1 éq2 fd b i7 s lu0 e is 0 ae1 di 0 dd 1 l e a oi pya ls s s ode p -3 do rq 8a r i Bmr áu 3d e Dne 0 eo g U rp l d oa rft Aeoa e m d cnr l eo e o hn m n n n aa a t oi s r a s b tce md ap ref io ao lo r srn udp t ean ne eo ña r 2nos (e e 10 o,l l a )1veD l e 1 n l aS e d u ñc yci aes u o r dvt e ra e eeo t l dm o gs d e ia e 9 si sds s t7 prG epq 1 a u oue d éd n aen a se e fme s i lr i2a dea a e0 enl c n 1 id d ó1 ee le ln a a, l generación de la misma. Q p D 4 c l R hao o0u a a éd n2e Bt ygor s3 aaá is t me ni s d tl c u eÚ eeo si i nn dn im d2 dc aic e0 C oi p s a 1 p e oo D 1 oon d n , a bf rs e ti rn t jla l eoa ia ba Ar ts od ul f i s i n e tÚld o ii f dva ce ob n o eldl a nr i ,c oea r n caas r haa o
o -t c ac dí f mic i B ó i bel óu i pna i D n ll A i eo d t U d a nd fo e i8 A r sles i a a gd nyq l d ci oe o ru ioos s ól ve se neD ay -g n d fe eBú ico alc i xn o D a dr s c m d ee Ule eo o st p pAo e sep c d, n2 n qr ie opec2 s u nou v8 a e a arie0 cs f ln r l ii t o ló eod t i dar n g e ee qe c i d n s u in2 ó le t e ar0 r ne a e 0 c sl n qg a4 sea ui d o, ls r a ea bht te sr í racas t E e ru cEt d a a P elo Po r tb S aes Sl ne n 1 g e y e c 4 iy sn ce l E ote d l ral O sosq ea s a su l C DB re ED i, qoa e Oee un s csc e eo Ce rtr en ae d ts e nr ot ee e áo n o sl 4450 de 2005, 4047 de 2006, 3260 de 2007 y 2729 de 2010. Q ta A d nof if ou ri sil n l ve i pia aa e oc d a dsi i oód an icsni dnc i , o eei -o nBr scen e e D dca ss eUal am u oAr laide ro , i on e Pm,t g n e lc ae ta ao nne n dn iel lt a lc e r ap a si nl r i Ida ee naoc rc t e ii eó let gaa ln n r d r a
ay eo e d cp c l a tD oo um drme at a eec lp ir zr Ld cee ao ient qco s ud ii óna4 ie dnfc0 o a i l2 ó r ea cm3 n n ióR aed nlec ane dsi ó e o eB2 nl l 0 u D AaR1 c pU é i1 l ó oa Ag, n r i tBmi etn 4 ea st e 1 ne s -n 3 ieg e Cr Pd ndó eo d Ie L nl o o A2Dt s r 0 .ei a b 0 np tu o 9 r t s ,o ci v c uqÚoe eu, ns n el io o t c ads aq i cd lu d ate e óe s 'lQ S m Sa L rea s eu ai ss l ye lu u pm p d d e1p eo c1o - r m t2sp or o 2elC aA n dR n d dc a ia e eEu sd n e S e 2tqr ée, 0d ub s t 0o eo ee t7 a
s t 0o eo ee t7 a ld n sN eea e y sso fi pql st. ca a eoui 2 o b rep9 s a mo e v, n eb nd am nl de a a d ío e c f aeid ,2 i l ó i i0 a ef s rn i1 d l ec u 1 a maa cb, s onf s oi l nd ie i d naa oox i tld o o c p a Sa s i e es d id pía ns e i atl l d d o e lr oR ao s m c , ié Uabp ag pleo nei oGm nr is d re e el ada f nn li de oc e C i S dqo rao qeu us lm u b e a Pd es i ts ae i rld oi a g ó ri s t ea S on a sd q e p ud eo u g o le l e u t d r aa r e t CiR ri db te í iae a ne cn pg d u dr eá iu l itn o sS a la pr code 1c eice óc 4i nó iri n ab sen d l ai c e qr be h e ue l ln o n a e el I 1 RESOLUCIÓN NÚMERO Ü íl O1 3 4 4 DE ~0~2JUN Z(lligina 2 de 39 C afo íln iati cn ióu na c aió l n S id ste e mla a R Ge es no elu rac li ó dn e " SP eo gr ul ra id c au da Sl os ce i ad l i ec nta n S ad luis dp yo s sic ei o en fee cs t ús ao nb r me oe dl i fr ice ap co ir ote n ed se a la la i Bnf ao sr em a dc ei ó Dn a td oe s Única de Afiliados -BDUA" actualizar los registros que contienen el valor de Subsidio Parcial (SP) al Subsidio
Total (ST), en el campo modalidad de Subsidio contenido en la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA. Que en aras de registrar las novedades de movilidad existentes en los procesos de validación entre los Regímenes Contributivo y Subsidiado se hace n_ecesario habilitar el reporte de este tipo de novedades en la Base de Datos Unica de Afiliados -BDUA, para los Regímenes Especiales y de Excepción. Que por todas las consideraciones expuestas, resulta indispensable efectuar modificaciones a la Base de Datos Única de AfiliadosBDUA, que como tal permitan: i) reconocer novedades de afiliación retroactivas que faciliten el proceso de liquidación mensual de afiliados en el Régimen Subsidiado de que trata el parágrafo 2 del artículo 7 del Decreto 971 de 2011 modificado por los Decretos 1700 y 3830 del mismo año, ii) incorporar las novedades sobre registros que no hayan sido objeto de compensación excepcional de la que tratan los Decretos 4450 de 2005, 4047 de 2006, 3260 de 2007 y 2729 de 2010 y facilitar de esta forma el proceso de compensación en el Régimen Contributivo iii) actualización del dato correspondiente a la variable "Modalidad de Subsidio" iv) el reporte de la novedad por movilidad por parte de los Regímenes de Excepción y Especial v) adicionar algunos códigos que identifiquen nuevos tipos de cotizantes de conformidad con las normativa vigente, y (vi) definir procesos de depuración y control de la información contenida en la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE Artículo 1. Objeto y Campo de Aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución tienen por objeto establecer los datos mínimos de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud, fijar lineamientos de control aplicables al Régimen Contributivo, al Régimen Subsidiado, a los Regímenes Especiales y de Excepción, a las entidades de Medicina Prepagada y Planes Adicionales de Salud, efectuando en lo pertinente, modificaciones a la Base de Datos Única de Afiliados - BDUA. Serán disposiciones de obligatorio cumplimiento por parte de las Entidades Promotoras de Salud de los Regimenes Contributivo y Subsidiado, las Entidades Obligadas a compensar (EOC), al Distrito Capital de Bogotá D.C., a los municipios, a los departamentos que tengan a su cargo corregimientos departamentales, a q lau si e En ne ts id a ad dm esin dis etr e Mn e l do is c inre ag Pím ree pn ae gs a e ds ap ye c aia qle us ie y n d ee s ae dxc me ip nc isió trn e nd e pl ó S lize ac sto or S sa el gu ud r, o a s de salud. Artículo 2. Actualización de la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA. El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA, con base en las novedades generadas previamente por parte de las entidades que administran las afiliaciones en los distintos regímenes procederá a
efectua: la actualización de los datos básicos de dicha afiliación, en la Base de Datos Unica de Afiliados -BDUA. :. 4 JUN2 012
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C afo iln iat cin ióu na c ai ló Sn id se te mla a R Ge es no elu rac li ó dn e " SP eo gr ula ri dc au da Sl os ce i ad l i ec nta Sn ad luis dp yo s si eci o en fee cs t ús ao nb r me oe dl ifr ie cp ao cir ote n ed se a l la a i Bn afo sr em da ec ió Dn a td oe s única de Afiliados -BDUA" Parágrafo. La actualización de la Base de Datos Única de A~li~dos -B~UA no exime a las entidades que administran las afiliaciones en los d1st1ntosr eg1menes de la responsabilidad de mantener actualizadas sus bases de dato~ c~n la totalidad de la información generada desde el momento de la afihac1on o celebración o prórroga de un plan adicional de salud. Artículo 3. Disposición de la información. Las entidades que administran las afiliaciones en los distintos regímenes dispondrán en sus correspondientes bases de datos toda la información concerniente a la afiliación, garantizando su disposición tanto a los titulares de la información como a las autoridades que en el marco de sus competencias la requieran. El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA, dispondrá copia de los resultados de cada proceso de actualización en
la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA, a las entidades que administran las afiliaciones de los distintos regímenes. Parágrafo 1. Para efectos del Régimen Subsidiado, el administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA, dispondrá copia de los resultados de cada proceso de actualización en la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA, a los departamentos, al Distrito Capital, a los municipios, al INPEC y a las entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado y elaborará de forma mensual, un archivo consolidado de Régimen Subsidiado, en el que se incluirán las novedades actualizadas en la Base de Datos Única de AfiliadosBDUA y el cual deberá ser proporcionado por el mencionado administrador a cada entidad. Adicionalmente el administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA, entregará mensualmente a este Ministerio las estadísticas con los resultados finales de la actualización de la Base de Datos Única de DatosBDUA. Artículo 4. Entrega de novedades de actualización y/o correccIon de información. Las entidades que administran las afiliaciones en los distintos regímenes entregarán al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA, las novedades de ingresos, y/o un archivo de novedades de actualización y/o corrección de información y/o los archivos relacionados con el proceso de actualización de novedades de traslados o movilidad por cada entidad obligada a reportar, en las estructuras definidas en el
Anexo Técnico que hace parte integral de la presente resolución.
1. Tipo de archivos a entregar por parte de las Entidades en los procesos de actualización de la BDUA.
R1 Novedad de traslado o movilidad Respuesta a la novedad de traslado o R4 movilidad solicitados en R1 MC MA Novedades de actualización y/o corrección de NC información ~ '""7----------------------l
(<, JUN2 012 • d.
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C afo ilin at cin ióu na c ai ló Sn i d ste e mla a R Ge es no el ru ac l i dó en " SP eo gr ula ri dc au da Sl os ce i ad l i ec nta n S ad luis dp yo s sic ei o en fee cs t u~ ao nb r me oe dl_ 1r fe icp ao co 1e o nd ee sa la la i Bnf ao sr em da eci ó Dn a td oe s única de Afiliados -BDUA" NR Novedad retroactiva 51 Novedad de traslado o movilidad Respuesta a la novedad de traslados o 54 movilidad solicitados en S1 EPSS MS A Nr oc vh eiv do a dm ea se ds etr o a cd te u ain liza are cs ióo ns y/o corrección de NS información Subsidiado NR N No ov ve ed da ad d er se tro da ec ti ava ct ualización de estado de afiliación sobre el resultado de las novedades realizadas por las EPS en el periodo a liquidar. Municipios NS (Retiro por muerte (N09) o Novedad de retiro (N13) o novedad de anulación de ingresos no
autorizados nor el municipio o el INPEC (N15)). E1 Novedad de traslado o movilidad Respuesta a la novedad de traslados o Fondo del E4 movilidad solicitados en E1 Excepción Magisterio, ME Archivo maestro de in¡¡resos ECOPETROL Novedades de actualización y/o corrección de NE información E1 Novedad de traslado o movilidad Respuesta a la novedad de traslados o E4 movilidad solicitados en E1 Universidades ME Archivo maestro de ingresos Especial con Servicios Novedades de actualización y/o corrección de de Salud información NE MP Archivo maestro de in¡¡resos Medicina Prepagada y Planes Novedades de actualización y/o corrección de Complementarios de Salud NP información 2. rP el ca uz ro ss o sp a dr ea l Fla o e nn dt or e dg ea S d oe li dlo as ri da arc dh yiv Go as r aa nl ta íd a m - i Fn Ois Str Ya Gd Aor . fiduciario de los L e d Ga n e as t t rr e ae r ng me tan íin art ái a d -n ra á Fd la ee Os ls S a Yn dq o Gmu v Ae ie n d yisa a dtd d r eam e d asi on cd r uis fe eit d r ra dusn u oc is ca l ora a i nos f i el dia la e d sf i l iol o gia s s uc ie r eio en nn c te u elos r css ao e lh s en o nd r deal ao lr ris Fo io os :nd q dis u ot ei n d t eo p s a S r oar l e ideg al í rm e idfe e an c de t o ys
a) eL no s lap sro c se es mo as n d ae s a dc et lu a mli eza s c qió un e d te e nla g aB nD U mA ín, imse o re 4a l diz íaa srá hn á ú bn ili ec sa ,m ye n st ee denominarán "Semana de Proceso BDUA". b) E l R R la ol e 1 s ús g , l e t í rEi mg em 1u cea n un y d rs e so e Ns o m Rd sE í a a s c dn p o eah e n l á d c b ie r Fa ei ll ol semd npse de u y os ela , sd l dt" a e aS es e pE E Sm oxP r oca S e lpn idp, aa E ac r d t riO eó ie d nC d aP ,, e d r l le ao yn asc t d e rE Gmes Po g aiS n a rB airS sD á nt y n r tU a í al lA da o o" s s -, r F Ee a f Oix n r dcc St ui he d Ycip a v i Gat d ou r Ae s ia o s ,n S d dd 1 ee eo , l siguiente día hábil en los archivos S2, R2 y E2. c) E B E Ml D P eú SU dlt iSAi cm , i" n ,o l aoe d sx í Pca R re eeh p pgá tu aíb ma gil n aed d dne o ae c sla ya E d s Aúa pl dtu ei mmn ca i ia a n d l is e se e ts rm l aya das d o nd e rae a E n sd x o e dcm l eemi pn c Pea isd ló a,a n ns l eya " ssS l ae E Asm P dE ia S cnn i, t o a iE d n P a aO dr leCo e sc , s e l d das eo es
"-T-------------------.....J1t7 t • 4 JUN2 012 Ü Ü Ü 13 4 4 DE 2012 Página 5 de 39 RESOLUCIQN NÚMERO Continuación de la Resolución "Por la cual se dictan disposicioness obre el reporte de la informaciónd e afiliacióna l Sistema Generald e SeguridadS ocia/ en Saludy se efectúanm odificacioneas la Base de Datos Únicad e AfiliadosBDUA' Salud, entregarán los archivos S4, R4, E4, MC, MA, NC, MS, NS, ME, NE, MP y NP con respuesta por parte del administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA el siguiente día hábil, en los archivos correspondientes a los resultados del proceso de actualización de la BDUA. d) El último día hábil de la última "Semana de Proceso BDUA" de cada mes, se realizará el proceso de actualización del Régimen Subsidiado de la BDUA para las Entidades Territoriales, Departamentos que tengan a su cargo corregimientos departamentales y el INPEC, con respuesta el siguiente día hábil. El calendario de presentación de novedades para la actualización de la BDUA; a que refiere el presente numeral se resume a partir de los tiempos, entidades Y archivos a reportar; tal como se describe en el cuadro que se señala a continuación: Segundo Régimen Subsidiado día hábil Régimen Contributivo Archivos S1, R1, E1, Siguiente día dela Régimen de excepción y NR hábil. Semana de semana es ecial Proceso Régimen Subsidiado
- Archivos S4, R4,
BDUA Régimen Contributivo
E4 (Con mínimo Régimen de Excepción y Siguiente día • Maestro de cuatro días Ultimo día Especial hábil.
Ingresos: MS,,MC, hábiles) hábil de la Entidades de Medicina Los archivos MA, ME, MP, semana Prepagada, correspondientes • Novedades de Administradoras de a resultados.
Actualización: NS,
Planes Adicionales de
NC, NE, NP
Salud
Régimen Subsidiado: • Novedades de
Última Las Entidades Siguiente día Último día actualización: Semana del Territoriales, los hábil. hábil de la (retiros incluyendo mes Departamentos que Los archivos semana retiro por fallecidos (con mínimo tengan a cargo correspondientes de mes y/o anulaciones de cuatro días corregimientos y el a resultados. ingresos): NS hábiles INPEC. Parágrafo 1. La información remitida por parte de las entidades que administran las afiliaciones en los distintos regímenes se entenderá entregada al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA, una vez sea verificada con la malla validadora y posteriormente, la misma sea inscrita a través de la página web del citado administrador y acompañada de la comunicación remisoria firmada por el representante legal o delegado de la entidad que administra la afiliación. A partir del 1 de noviembre de 2012, se suprimirá la precitada comunicación y los archivos en los cuales conste la información inscrita a través de la página web del administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía FOSYGA, deberán ser firmados electrónicamente por el representante legal de las
entidades que administran las afiliaciones en los distintos regímenes ~~-----------------------------1 1'-? :--4 JUN2 012
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Continuación de la Resolución "Por la cual se dictan disposiciones sobre el reporte de la información de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud y se efectúan modificaciones a la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA" Parágrafo 2. El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía -FOSYGA, en ningún caso, recibirá archivos maestros de ingresos y/o de novedades de actualización y/o correcciones y/o de novedad de traslados y/o movilidad, en fechas distintas a las señaladas en el numeral 2 del presente artículo ni en horas diferentes a las que para el efecto establezca el administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA. Artículo 5. Calidad de datos de afiliación reportada a la BDUA. Las entidades que administran las afiliaciones en los distintos regímenes serán las responsables de la veracidad y calidad de la información reportada al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, por lo tanto, dichas entidades deberán velar por su oportuna actualización y/o corrección de información de conformidad con los principios de la administración de datos, previstos en el artículo 4 de la Ley 1266 de 2008 y las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Adicionalmente las entidades que administran las afiliaciones en los distintos
regímenes, serán las responsables de gestionar la plena identificación de los afiliados, de acuerdo con el documento de identificación previsto en la normativa legal vigente respecto a los ciudadanos colombianos y residentes extranjeros y también de mantener actualizado el tipo de documento, número de identificación y la respectiva modificación para su correcto registro en la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA. Parágrafo 1. Las Entidades Territoriales serán las responsables de la identificación de la población especial cuyo documento de identificación no haya sido expedido por parte de la autoridad competente, por lo tanto para su identificación y correspondiente registro en la Base de Datos Única de AfiliadosBDUA, dichas entidades deberán utilizar los tipos y número de documentos para población del Régimen Subsidiado, previstos en el Anexo Técnico que hace parte integral de la presente resolución. Parágrafo 2. Tratándose de afiliadas al Régimen Subsidiado, las Entidades Territoriales y el INPEC deberán efectuar seguimiento al reporte de las novedades realizadas por parte de las EPS de su jurisdicción, de tal manera que la información sea actualizada correctamente en la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA. Artículo 6. Cruce y Validación de la información. Las entidades que administran las afiliaciones en los distintos regímenes, deberán efectuar cruces y validaciones entre sus bases de datos con el fin de que la información consolidada y entregada al administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA, sea depurada. El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA, informará a las entidades que administran las afiliaciones en los distintos regímenes, los registros que presentan inconsistencias a que haya lugar con el fin de que estas efectúen la respectiva corrección y posteriormente remitan los ajustes de las novedades correspondientes. 'ff)/ / i.....+----------------J~ ~y - 4 JUM2 012
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Continuación de la Resolución "Por la cual se dictan disposiciones sobre el reporte de la información de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud y se efectúan modificaciones a la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA" El administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA , verificará la estructura y consistenc , ia de los archivos entregados por las entidades, actualizará la Base de Datos Unica de Afiliados -BDUA con las novedades que cumplan con las respectivas validaciones, generará y remitirá los archivos de los registros válidos y los inconsistentes con el fin de que las entidades que administran afiliaciones efectúen las respectivas correcciones y posteriormente remitan los ajustes de acuerdo con el calendario definido en el numeral 2 del artículo 4 de la presente resolución. Articulo 7. Reserva en el manejo de los datos. La información presentada en medio físico, magnético, archivos o bases de datos de los sistemas de información administrados por este Ministerio, incluida la contenida en la Base de Datos ÚnicaBDUA, es de circulación restringida para los terceros totalmente ajenos al ámbito propio en el cual se obtuvo dicha información y deberá ser
protegida con la debida reserva, custodia y conservación. Artículo 8. Actuaciones frente al incumplimiento de los plazos, términos y condiciones de la presente resolución. De conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 116 de la Ley 1438 de 2011, los obligados a reportar información que no cumplan con el suministro oportuno, confiable, suficiente y con la calidad mínima aceptable de la información necesaria para la operación del sistema de monitoreo y de los sistemas de información del sector salud, serán reportados por el administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA ante las autoridades competentes para que impongan las sanciones a que haya lugar. Artículo 9. Actualización de la modalidad del subsidio en la BDUA. El Ministerio de Salud y Protección Social, a través del administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA, procederá a realizar la actualización en la BDUA de los registros que contienen el valor de Subsidio Parcial (SP) en el campo Modalidad del Subsidio a Subsidio Total (ST) con fecha de inicio de la novedad de 1° de enero de 2012. Artículo 10. Procesos de depuración de la información consolidada en la BDUA. Este Ministerio podrá definir procesos de depuración y auditoría posteriores al cruce y validación de la información contenida en la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA, sin perjuicio de los que actualmente existen por parte del administrador fiduciario de los recursos de Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA. Parágrafo. Como resultado de los procesos de depuración y auditoría, el administrador fiduciario de los recursos del Fondo de Solidaridad y GarantíaFOSYGA informará a las entidades que administran las afiliaciones en los distintos regímenes los registros que presentan inconsistencias y el proceso de corrección a seguir. Los registros que actualmente presentan inconsistencias y los que como resultado de este proceso puedan generarse, se bloquearán para los procesos de pago sin perjuicio de la restitución posterior de recursos a que haya lugar. Artículo 11. Soporte para el giro de recursos. El suministro de la información solicitada en los términos y condiciones previstas en el Anexo Técnico que hace parte integral de la presente resolución y que deberá ser registrada y actualizada .. 4 JUU2 012
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Continuación de la Resolución 'Por fa cual se dictan disposiciones sobre el reporte de fa información de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud y se efectúan modificaciones a fa Base de Datos Única de Afiliados -BDUA" en la Base de Datos Única de Afiliados - BDUA, constituirá el soporte para el giro de recursos en los Regímenes Contributivo y Subsidiado, con el fin de evitar pagos o apropiaciones no debidos de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Artículo 12. Especificaciones técnicas. La Oficina de Tecnología de la Información y la Comunicación - TIC de este Ministerio, actualizará el Anexo
Técnico que hace parte integral de la presente resolución cuando surjan modificaciones a las especificaciones técnicas en él contenidas o cuando sea necesario efectuar aclaraciones o ajustes al mismo. Artículo 13. Vigencia y derogatorias. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las Resoluciones 413 de 2009, 3059 de 2010, 2321, 243 y 297 de 2011 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 4 JUN2 012
Dada en Bogotá D. C., - ZLONDOÑOS O SalÚd y Prole ión Social • 4 JUN2 011
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Continuaciónd e la Resolución" Por la cual se dictan disposiciones sobre el reporte de la información de afiliación al Sistema General de Seguridad Social en Salud y se efectúan modificaciones a la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA" ANEXOT ÉCNICO El presentea nexoté cnicoe stád ivididoe n5 partes:
1. Especificacionpeas ra la identificaciódne los afiliadosp aral a poblacióne speciadl el Régimen
Subsidiado.
2. Estructurya especificaciondees los archivosm aestroys de novedadeys/ o actualizacióqnu ed e acuerdoc on el régimend ebenr emitira l administradfoidr uciariod e los recursosd el Fondod e Solidaridayd G arantí-aF OSYGAla se ntidadeosb ligadaas s u reporte.
3. Estructurya especificaciondees l osa rchivops arae l reported e la novedadd e trasladod e EPSo movilidaedn trer egímenes.
4. Glosariod e camposc onl osv alorese specíficoys p ermitidopsa rae l reported e la informaciódne afiliadoys/ o aportantes.
5. Especificacionteésc nicaps aral a remisiódne la información.
1. ESPECIFICACIONPEASR AL AI DENTIFICACIÓDENL OSA FILIADOS Se utilizaráp ara el reported e identificaciódne afiliadosd e poblacioneess pecialesd el régimen subsidiadBo DUA,l a siguienttea bla: Tabla1 . Tiposy Númerod e Documentopsa raP oblacióEns peciadl elR égimeSn ubsidiado: Aplicap aral osa filiadods e PoblacióEns peciadle lR égimeSn ubsidiadqou en oe stánid entificadopso r la RegistradurNíaa cionadle lE stadoC ivil( RNEC).
Códigod ed epartamen+to c ódigod e municipio Personadse la tercerae dade n AS 10 + S + consecutivpoo ra filiado(A lfanumérico). protecciódne a ncianatos. E':0 8001S8125 Códigod ed epartamen+to c ódigod e municipio Indígenams ayoredse e dad AS 10 + 1+ consecutivpoo ra filiado(A lfanuméricdoe 4). Ej:7 600118125 Códigod ed epartamen+to m unicipi+o D +
Habitantedse la callem ayoredse AS 10 consecutivpoo ra filiado(A lfanuméricdoe 4 ). edad. E':0 5001D0008 Habitantedse la callem enoredse Departamen+t om unicipi+o D + consecutivo edad. MS 10 r afiliado4 dí itos. E':0 5001D 0008 Códigod ed epartamen+to c ódigod em unicipio 10 Menoredse e dada cargod elI CBF. MS + A + consecutivpoo ra filiado(A lfanuméricdoe 4 . E':2 500A1 0009 Menoredse e dadd esvinculaddoes l Códigod ed epartamen+to c ódigod em unicipio conflictoa rmadoP. oblacióinn fantil MS 10 +A+ consecutivpoo ra filiado(A lfanuméricdoe vulnerablbea jop roteccióenn 4). Ej:2 5001A0009 institucionedsif erenteasl ICBF. Códigod ed epartamen+to c ódigod e municipio MS 10 + 1+ consecutivpoo ra filiado(A lfanuméricdoe Indígenams enoredse e dad 4). Ej:0 8001418125. Soloa lica araR • imenS ubsidiado. Númerod ed ocumentdoe l a madreo el número ded ocumendtoe lc abezad ef amiliay un Menodr e edadr eciénn acidoc on MS 12 consecutivinoi ciandeon u no( 1). edadm enoor iguala un( 1)m es. Lase ntidadeTse rritorialeys la sE PSSd eben estionalra lenai dentificaciódne lm enor
el: ~q - 4 JUN2 n11· 0001344 DE 2012 Página 10 de 39 RESOLUCIÓNN ÚMERO Continuaciónd e la Resolución" Por fa cual se dictan disposiciones sobre el reporte de la información de afiliación al Sistema General de Seguridad Socia/e n Salud y se efectúan modificaciones a la Base de Datos Única de Afiliados -BDUA" reportalar actualizacióann tesq uec umplae l año, Departamen+t om unicipi+o P + consecutivo pora filiado(4 dígitos)E, j:0 500f10 008 'Lase ntidadeTse rritorialeys la sE PSSd eben Desplazadomse noredse e dad MS 10 gestionalar plenaid entificaciódne lm enoyr reportalra actualizaciódne ld ocumentao l a BDUA. Departamentom+u nicipi+o P + consecutivo pora filiado(4 dígitos)E, j:0 5001f0008. 'Lase ntidadeTse rritorialeys la sE PSSd eben Desplazadomsa yoredse e dad AS 10 gestionalar plenaid entificaciódne e sta poblacióyn r eportalra actualizaciódne l documenato l a BDUA, Númeraos ignadpoo re l INPECP. aram enores MS det res( 3)a ñosq uec onvivacno ns usm adres PoblacióRn eclusaco ni dentificación recluidoesn l ose stablecimientao csa rgod el internaa signadpao re l Instituto 6 INPEC. NacionaPl enitenciaryio C arcelari-o Númeroa signadpoo re l INPECP. arai nternos
INPEC. AS recluidoesn l ose stablecimientdoesr eclusióan car o delI NPEC, Paral as personasid entificadapso r la RegistradurNiaa cionadl el EstadoC ivil( RNEC)s, e tendráe n cuentala identificacióans ignaday,a sea:R egistrCo ivild e NacimientTo,a rjetad e Identidaod Cédulad e CiudadaníaS.o los e permitireál usod e tipoy númerod e identificaciópna rap oblacióens peciapl aral os especificadose n la tabla "1. TIPOSY NÚMEROSD E DOCUMENTOPSA RA POBLACIÓN ESPECIAL.p",a ral os extranjerorse sidenteesn Colombisae utilizaránlo s documentoesx pedidops or la autoridacdo mpetente.
2. ESTRUCTURYA E SPECIFICACIONTEÉSC NICASD E LOSA RCHIVOSM AESTROYS DE NOVEDADES 2.1. Datosq uel asE ntidadeDs ebenS uministraarl administradfoidr uciaridoe losr ecursods el Fondod e Solidaridayd Garantía• FOSYGAp aral a Actualizaciódne la Based e Datos Únicad eA filiados LasE ntidadedse beráne nviara l administradfoidr uciaridoe losr ecursodse l Fondod e Solidaridad y GarantíaFOSYGAa,r chivosm aestrodse datosd e acuerdoc onl as estructurays estándares quea continuaciósne d efinen: Tabla2 . Siglasp araN ombredse A rchivos Se hand e tenere n cuentala ss iguientessi
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