🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

MINSALUD - Resolución 1352 de 2023

Ministerio de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
MINSALUD - Resolución 1352 de 2023
Autor
Ministerio de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2023

Repúblicad e Colombia MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL GC 1 3 5 2 RESOLUCIÓN NÚMERé> DE 2023 ( · 31 AGO20 23 ) "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión: "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" EL MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL En ejercicio de las facultades, en especial las conferidas en el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, y el numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley 715 de 2001, y, CONSIDERANDO Que el artículo 42 de la Ley 715 de 2001 asigna a la Nación, la dirección del Sector Salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en el territorio nacional, de acuerdo con la diversidad regional y el ejercicio de sus competencias, dentro de las cuales se encuentra la de: "impulsar, coordinar, financiar, cofinanciar y evaluar programas, planes y proyectos de inversión en materia de salud, con recursos diferentes a los del Sistema General de Participaciones". Que por medio de la Ley 1566 de 2012, se reconoció el consumo, abuso y adicción a sustancias psicoactivas, lícitas o ilícitas, como un asunto de salud pública y bienestar de la familia, la comunidad y los individuos, que requiere atención integral por parte del Estado. En tal sentido, el artículo 2 de la fuente normativa en referencia, estableció como atención integral

para toda persona con trastornos mentales o cualquier otra patología derivada del consumo, abuso y adicción a tales sustancias, el derecho a ser atendida en forma integral por las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS). Para tal fin, de conformidad con el parágrafo 3 del citado artículo podrán utilizarse recursos del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (FRISCO) en el fortalecimiento de los programas de prevención, mitigación, superación y desarrollo institucional, establecidos en el marco de la Política Nacional para la reducción del consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas y su impacto. Que el artículo 1 de la Ley 1616 de 2013, tiene por objeto garantizar el ejercicio pleno del derecho a la salud mental de la población colombiana, priorizando a los niños, las niñas y adolescentes, mediante la promoción de la salud y la prevención del trastorno mental, la atención integral e integrada en salud mental en el ámbito del SGSSS. Así mismo, en el citado artículo se establecen los criterios de política para la reformulación, implementación y evaluación de la Política Pública Nacional de Salud Mental, con base en los enfoques de derechos, territorial y poblacional por etapa del ciclo vital. Que el artículo 43 de la referida ley establece que el Consejo Nacional de Estupefacientes a través del FRISCO contribuirá en la financiación en inversión social a través del Ministerio de Salud en programas para la atención y tratamiento de las enfermedades crónicas en salud mental. Que en cumplimiento del artículo traído a colación anteriormente, el Consejo Nacional de

Estupefacientes a través del FRISCO, mediante Resolución 001 de 2022 aprobó el presupuesto para la vigencia 2023, asignando con ese propósito a esta cartera ministerial el valor de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS ($20.000.000.000) M/CTE. 31 AGO20 23 135 2

RESOLUCIÓN NÚMERO 'l '.:, • DE 2023 HOJA Nº 2

Continuaciónd e la resolución" Porl a cual se efectúa una asignaciónd e recursosd el proyectod e inversión "Implementaciónd e Accionesd e Promociónd e la Salud y Prevenciónd e la EnfermedadN acional",v igencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustanciasp sicoactivas" Que el Gobierno Nacional mediante el Decreto 2590 de 2022 liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, detallando las apropiaciones y por tanto, clasificó y definió los gastos. Por lo cual, en el Anexo (p. 105) fue detallado en el presupuesto de gastos de inversión del Ministerio de Salud y Protección Social, vigencia fiscal 2023, lo siguiente: Unidad 1901 C Inversión -01 Gestión General, Programa: 1901 Salud Publica y Prestación de Servicios, Subprograma: 0300 lntersubsectorial de Salud, Proyecto: 29, por concepto a la: "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", una partida por el valor de CINCUENTA MIL NOVECIENTOS ONCE MILLONES

OCHOCIENTOS TREINTA MIL TRESCIENTOS CUATRO PESOS ($50.911.830.304) m/cte, suma que incluye los VEINTE MIL MILLONES DE PESOS ($20.000.000.000) m/cte, del presupuesto del FRISCO. Que este Ministerio en desarrollo de la precitada Ley 1566 de 2012, adoptó, mediante Resolución 089 de 2019, la Política de Atención Integral para la Prevención y Atención del Consumo de Sustancias Psicoactivas, con el objetivo garantizar la atención integral de personas, familias y comunidades con riesgo o consumo problemático de sustancias psicoactivas, orientada a transformar los determinantes sociales, familiares e individuales que favorecen el consumo de sustancias psicoactivas, a través del fortalecimiento de los factores protectores, procesos de prevención, tratamiento, rehabilitación integral e inclusión social. Que, de otro lado, este ente ministerial a través de la Resolución 5514 de 2013, estableció que los actos administrativos que soporten la ejecución de recursos, a través del mecanismo de transferencia o asignación directa a entidades territoriales y sus entidades adscritas o vinculadas, deberán enmarcarse en los requisitos allí previstos y atender a la planeación que la dependencia responsable de la ejecución efectúe para dicha vigencia. Que, en cumplimiento de la Resolución 5514 de 2013, el Ministerio de Salud y Protección Social emitió la Resolución 1232 de 2023, en virtud de la cual determinó los criterios de priorización para la asignación de recursos provenientes del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (FRISCO), estableciendo,

adicionalmente, la metodología para la priorización de departamentos, distritos y municipios Que el Banco Nacional de Programas y Proyectos de Inversión (BPIN), es una herramienta a cargo del Departamento Nacional de Planeación (DNP), el cual tiene por finalidad orientar la asignación de recursos a proyectos viables, prioritarios y elegibles. En virtud de esto, la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio inscribió en el Banco de Proyectos de Inversión Nacional el proyecto "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional" con código 2018011000211. Que el Grupo de Convivencia Social y Ciudadanía de la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio, dando aplicación a los artículos 2 y 3 de la referida Resolución 1232 de 2023, priorizó para la vigencia 2023 los municipios relacionados a continuación: Buenaventura (Valle del Cauca); Orito (Putumayo); Santa Rosa del Sur (Bolívar); Santiago de Cali (Valle del Cauca); Bogotá D.C.; Armenia (Quindio); El Tambo (Cauca); Medellin (Antioquia); Valle del Guamuez (Putumayo); San Miguel (Putumayo); Roberto Payán (Nariño); Magüi Payán (Nariño); San José de Cúcuta (Norte de Santander); Santander de Quilichao (Cauca); Tierralta (Córdoba); Puerto Caicedo (Putumayo); Dosquebradas (Risaralda); San Andrés de Tumaco (Nariño); Argelia (Cauca); San José del Guaviare (Guaviare); Pereira (Risaralda); Timbiqui

(Cauca); El Tarra (Norte de Santander); Sardinata (Norte de Santander); Convención (Norte de Santander); y, Simiti (Bolívar). Que, la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 4 de la Resolución 1232 de 2023 remitió convocatoria a los territorios priorizados el 14 de agosto del 2023, a través de los siguientes radicados, relacionados en la Tabla 1: 31 AGG10 23

RESOLUCIÓN NÚMERÓ

:i 352

DE 2023 HOJA Nº 3

Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" Tabla 1 Territorios Priorizados Radicado Orfeo Departamento Municipio ESE Minsalud Nº Antioquia Medellín ESE Hospital Carisma 202321031614821 Santa Rosa Del E.S.E. Hospital Manuel Elkin 202321031614831 Bolívar Sur Patarroyo (1 nivel) Hospital Nivel I de Argelia (E.S.E. Sur 202321031614841 Bolívar Simití Occidente) Cauca Argelia E.S.E Hospital El Tambo Cauca 202321031614851 Hospital Francisco de Paula 202321031614861 Cauca El Tambo Santander (11n ivel) Cauca Santander De E.S.E. Occidente (1 nivel) 202321031614871 Quilichao

E.S.E. Hospital San José de Tierralta 202321031614881 Cauca Timbiquí (1 nivel) E.S.E Red de servicios de Salud de 202321031614891 Córdoba Tierralta Primer Nivel San Jose del Guaviare. Guaviare San José del E.S.E Saúl Quiñonez 202321031614911 Guaviare ESE Centro Hospital Las Mercedes (1 202321031614921 Naríño Roberto Payan nivel) Nariño San Andrés de E.S.E Centro Hospital Divino Niño 202321031614931 Tumaco Norte de Convención ESE Hospital Regional Noroccidental 202321031614941 Santander Norte de San José de E.S.E Hospital Regional Norte 202321031614961 Santander Cúcuta Norte de El Tarra E.S.E Hospital Regional Norte 202321031614971 Santander Norte de Sardinata E.S.E. Hospital Orito (1 nivel) 202321031614981 Santander E.S.E. Hospital Alcides Jiménez (1 202321031614991 Putumayo Orito nivel)

E. S.E. Hospital Fronterizo La Dorada 202321031615001

Putumayo Puerto Caicedo (1 nivel) E.S.E Hospital Sagrado Corazón de 202321031615011 Putumayo San Miguel Jesús (1 nivel) Putumayo Valle del Guamuez E.S.E Hospital Mental Filandia 202321031615031 Quindío Armenia E.S.E. Hospital Santa Mónica (11n ivel) 202321031615041 Risaralda Dosquebradas E.S.E Hospital Mental Risaralda 202321031615051 E.S.E Hospital Distrital Luis Ablanque 202321031615061 Risaralda Pereira de la Plata (1 nivel)

Valle del Cauca Buenaventura Red de Salud de Ladera ESE 202321031615071 Subred Integrada de Servicios de 202321031615081 Valle del Cauca Santiago de Cali Salud Norte E.S.E Subred Integrada de Servicios de 202321031621171 Distrito Capital Bogotá Salud Norte E.S.E 3 1 AGO20 23

RESOLUCIÓN NÚMERO-·~,. 2023 HOJA Nº 4

Continuaciónd e la resolución" Porl a cual se efectúa una asignaciónd e recursosd el proyectod e inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustanciasp sicoactivas" Que, lo anterior, para que presentaran proyectos conforme a los "lineamientos para la formulación y ejecución de proyectos territoriales dirigidos al desarrollo de acciones, en el abordaje integral del consumo de sustancias psicoactivas a través de la implementación de los CAMAD ", dichos territorios priorizados presentaron a la Dirección de Promoción y Prevención de este Ministerio sus proyectos, salvo los municipios de San José de Cúcuta (Norte de Santander y Simití (Bolívar) los cuales no allegaron propuesta, según la Tabla 2, así: Tabla 2 Presentación de los orovectos Monto Del Radicado Orfeo Departamento Municipio ESE Proyecto Minsalud Nº ($) ESE Hospital Antioquia Medellín 202342401980482 750.999.81O Carisma E.S.E. Hospital Bolívar Santa· Rosa del Sur Manuel Elkin 202342401993372. 615.000.000

Patarroyo (1 nivel) Hospital Nivel 1d e Argelia Cauca Argelia 202342401996612 615.000.000 (E.S.E. Sur Occidente) E.S.E Hospital El Cauca El Tambo 202342401971202 614.993.776 Tambo Cauca Hospital Francisco de Santander de Cauca Paula 202342301950872 751.000.000 Quilichao Santander (11 nivel) E.S.E. Cauca Timbiquí Occidente (1 202342402026302 614.999.000 nivel) E.S.E. Hospital San Córdoba Tierra Ita José de 202342402001442 615.000.000 Tierralta (1 nivel) E.S.E Red de servicios de San José del Salud de Guaviare 202342401996762 751.000.000 Guaviare Primer Nivel San Jase del Guaviare. E.S.E Saúl Nariño Magüí Payán 202342401971342 614.460.000 Quiñonez ESE Centro Hospital Las Nariño Roberto Payán 202342402039812 615.000.000 Mercedes (1 nivel) E.S.E Centro San Andrés de Nariño Hospital 202342401980482 615.000.000 Tumaco Divino Niño 31 AGO20 23 135 2

RESOLUCIÓN NÚMER0° "i :'; :· DE 2023 HOJA Nº 5

Continuaciónd e la resolución" Porf a cual se efectúa una asignaciónd e recursosd el proyectod e inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia

fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustanciasp sicoactivas" ESE Hospital Norte de Convención Regional 202342402030722 615.000.000 Santander Noroccidental E.S.E Norte de Hospital El Tarra 202342401971092 615.000.000 Santander Regional Norte E.S.E Norte de Hospital Sardinata 202342401971142 615.000.000 Santander Regional Norte E.S.E. Putumayo Orito Hospital Orito 202342402026222 615.000.000 /1 nivel) E.S.E. Hospital Putumayo Puerto Caicedo Alcides 202342402062462 614.711.900 Jiménez (1 nivel) E.S.E. Hospital Putumayo San Miguel Fronterizo La 202342401971262 608.850.000 Dorada (1 nivel) E.S.E Hospital Sagrado Putumayo Valle del Guamuez 202342402010572 615.000.000 Corazón de Jesús (1 nivel) E.S.E Hospital Quindío Armenia 202342401971162 751.000.000 Mental Filandia E.S.E. Hospital Risaralda Dosquebradas 202342401985892 751.000.000 Santa Mónica 111n ivel) E.S.E Hospital Risaralda Pereira 202342401971332 751.000.000 Mental Risaralda E.S.E Hospital Distrital Luis Valle del Cauca Buenaventura 202342401996792 750.958.473 Ablanque de

la Plata (1 nivel) Red de salud Valle del Cauca Santiago de Cali de Ladera 202342401991222 751.000.000 ESE Subred Distrito Capital Bogotá, o.e. Integrada de 202342401984982 751.000.000 Servicios de 31 AGO20 23 13 5 2

RESOLUCIÓN NÚMERO. DE . 2023 HOJA Nº 6

Continuaciónd e la resolución" Porl a cual se efectúa una asignaciónd e recursosd el proyectod e inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustanciasp sicoactivas" Salud Norte . E.S.E 1 Que, de conformidad con la presentación de las propuestas, dichos proyectos fueron viabilizados así, según la Tabla 3: Tabla 3 Viabilidad de las oroouestas Radicado Orfeo Departamento Municipio ESE Minsalud Nº Antioquia Medellin ESE Hospital Carisma 202321031699591 ESE Hospital Manuel Elkin Bolívar Santa Rosa Del Sur 202321031699651 Patarroyo (1 nivel) Cauca Argelia ESE Sur Occidente 202321031699711 ESE Hospital El Tambo Cauca El Tambo 202321031699811 Cauca Cauca Timbiqui ESE Occidente 202321031699851 ESE Hospital Francisco de Cauca Santander De Quilichao 202321031700501 Paula Santander 111n ivel\ ESE Hospital San JOSE de Córdoba Tierra Ita 202321031700531

Tierra Ita Subred Integrada de Distrito Capital Bogotá Servicios de Salud Norte 202321031700541 ESE ESE Red de servicios de Guaviare San José del Guaviare Salud de Primer Nivel San 202321031700581 Jase del Guaviare Nariño Tumaco ESE Hospital Divino Niño 202321031700711 ESE Centro Hospital Las Nariño Roberto Payan 202321031700771 Mercedes ESE Centro de salud Saul Nariño Magüipayan 202321031700821 Quiñonez ESE Hospital Regional Norte De Santander El Tarra 202321031700981 Norte ESE Hospital Regional Norte De Santander Sardinata 202321031701141 Norte ESE Hospital Regional Norte De Santander Convencion 202321031701191 Noroccidental ESE Hospital Sagrado Putumayo Valle Del Guamuez 202321031701591 Corazón de JESUS ESE Hospital Fronterizo La Putumayo San Miguel 202321031701991 Dorada Putumayo Orito ESE Hospital O rito. 202321031702331 ESE Hospital Alcides Putumayo Puerto Caicedo 202321031702461 Jimenez ESE Hospital Mental Quindio Armenia 202321031702481 Filandia ESE Hospital Mental Risaralda Pereira 202321031702511 Risaralda 31 AGO20 23 "5

RESOLUCIÓN NÚMERO, .Í. .., /'4> DE 2023 HOJA Nº 7

Continúaciónd e la resolución" Porl a cual se efectúa una asignaciónd e recursosd el proyectod e inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfennedad Nacional", vigencia

fiscal 2023, para la prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustanciasp sicoactivas" ESE Hospital Santa Risaralda Dosquebradas 202321031702731 MONICA (11n ivel) Red de salud de Ladera Valle Del Cauca SantiagoD e Cali 202321031702911 ESE ESE Hospital Distrital Luis Valle Del Cauca Buenaventura 202321031702961 Ablanque de la Plata Que según el Certificado de Disponibilidad Presupuesta! (CDP) No. 218523 del 29 de agosto de 2023, expedido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto del Ministerio de Salud y Protección Social, existe apropiación presupuesta! disponible en la Unidad I Subunidad Ejecutora 19-01-01-000 Gestión General, Posición Catalogo de Gastos C-1901-0300-29 Transferencias Corrientes - Servicio de Gestión del Riego para la Salud PúblicaImplementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad, por valor de QUINCE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS ($15.995.000.000) m/cte. Que la Dirección de Promoción y Prevención de esta cartera evaluó los proyectos antes relacionados y viabilizó aquellos que cumplieron con los criterios para la asignación de recursos provenientes del Fondo para la Rehabilitación, Inversión Social y Lucha contra el Crimen Organizado (FRISCO), en los términos y valores anteriormente relacionados. Que en consecuencia, es necesario asignar a través del presente acto administrativo recursos

del proyecto de inversión denominado: "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", con código BPIN 2018011000211 ", por un valor de QUINCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($15.976.972.959), cifra que corresponde a los valores de los proyectos viabilizados por esta cartera ministerial. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Asignación de recursos. Asignar recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", con código BPIN 2018011000211, por la suma de QUINCE MIL•NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($15.976.972 959)". a las siguientes Empresas Sociales del Estado (ESE),1según la siguiente tabla: Monto del Departamento Municipio ESE Proyecto ($) Antioquia Medellín ESE Hospital Carisma 750.999.81OE.S.E. Hospital Manuel Elkin Bolívar Santa Rosa del Sur 615.000.000 Patarroyo (1n ivel) Hospital Nivel I de Argelia Cauca Argelia 615.000.000 - (E.S.E. Sur Occidente) Cauca El Tambo E.S.E Hospital El Tambo Cauca 614.993.776Santander de Hospital Francisco de PaulaCauca 751.000.000 Quilichao Santander (11n ivel) Cauca Timbiquí E.S.E. Occidente (1n ivel) 614.999.000

E.S.E. Hospital San José de Córdoba Tierralta 615.000.000 Tierralta (1n ivel) 31 AGO20 23

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023 HOJA Nº 8

Continuación de la resolución "Por la cual se efectúa una asignación de recursos del proyecto de inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfennedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para fa prevención y atención de personas con riesgos, problemas y trastornos mentales y consumo de sustancias psicoactivas" E.S.E Red de servicios de Salud San José del Guaviare de Primer Nivel San Jose del 751.000.000 Guaviare Guaviare. Nariño Magüí Payán E.S.E Saúl Quiñonez 614.460.000 ESE Centro Hospital Las Nariño Roberto Payán 615.000.000 Mercedes (1 nivel) E.S.E Centro Hospital Divino Nariño Tumaco 615.000.000 Niño ESE Hospital Regional Norte de Santander Convención 615.000.000 Noroccidental Norte de Santander El Tarra E.S.E Hospital Regional Norte 615.000.000 Norte de Santander Sardinata E.S.E Hospital Regional Norte 615.000.000 Putumayo Orito E.S.E. Hospital Orito (1 nivel) 615.000.000 E.S.E. Hospital Alcides Jiménez Putumayo Puerto Caicedo 614.711.900 (1 nivel) E.S.E. Hospital Fronterizo La Putumayo San Miguel 608.850.000 Dorada (1 nivel) E.S.E Hospital Sagrado Corazón Putumayo Valle del Guamuez 615.000.000 de Jesús (1 nivel)

Quindío Armenia E.S.E Hospital Mental Filandia 751.000.000 E.S.E. Hospital Santa Mónica (11 Risaralda Dosquebradas 751.000.000 nivel) Risar aida Pereira E.S.E Hospital Mental Risaralda 751.000.000 E.S.E Hospital Distrital Luis Valle del Cauca Buenaventura 750.958.473 Ablanque de la Plata (1 nivel) Valle del Cauca Santiago de Cali Red de salud de Ladera ESE 751.000.000 Subred Integrada de Servicios Distrito Capital Bogotá 751.000.000 de Salud Norte E.S.E Valor total de transferencia 15 976.972.95o/ Artículo 2. Destinación. Los recursos asignados en el artículo 1° de esta resolución, serán destinados exclusivamente para ejecutar los proyectos presentados por las Empresas Sociales del Estado (ESE) beneficiarias y viabilizados por la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social. Artículo 3, Incorporación de recursos, Las ESE beneficiarias de los recursos están obligadas a incorporarlos en sus presupuestos de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4. Requisitos para el giro. El giro de los recursos, a las entidades territoriales señaladas en el artículo 1 del presente acto administrativo, se efectuará, previa entrega de los siguientes documentos a la Dirección de Promoción y Prevención de esta cartera ministerial: 4.1. Carta de aceptación de la transferencia por parte de cada una de las beneficiarias de los recursos. 4.2. Certificación bancaria, con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario, emitida por la entidad financiera, que incluya el nombre completo e

identificación del titular, número y estado de la cuenta. 4.3. Copia de Registro Único Tributario (RUT). -·' 31 AGO20 23

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023 HOJA Nº 9

Continuaciónd e la resolución" Porl a cual se efectúa una asignaciónd e recursosd el proyectod e inversión "Implementación de Acciones de Promoción de la Salud y Prevención de la Enfermedad Nacional", vigencia fiscal 2023, para la prevencióny atenciónd e personasc on riesgos,p roblemasy trastornosm entalesy consumo de sustanciasp sicoactivas" 4.4. Cargo, nombre completo, teléfono y correo electrónico del funcionario responsable de coordinar la ejecución de los recursos objeto de la presente resolución. Artículo 5. Obligaciones de las Empresas Sociales del Estado (ESE). Las entidades beneficiarias de los recursos tendrán a su cargo el cumplimiento de las siguientes actividades: 5.1. Velar por la adecuada ejecución de los recursos, garantizando el desarrollo de las actividades inmersas en las lineas de trabajo propuestas en los lineamientos y seleccionadas por los territorios. 5.2. Confirmar la transferencia de los recursos a la cuenta reportada. 5.3. Garantizar la ejecución técnica y financiera del proyecto aprobado por la Dirección de Promoción y Prevención del Ministerio de Salud y Protección Social. 5.4. Presentar dentro de los primeros quince (15) días de cada mes vencido, un informe mensual al grupo de Convivencia Social y Ciudadanía de la Dirección de Promoción y Prevención de esta cartera ministerial, respecto de la ejecución técnica y financiera del

proyecto aprobado, en los términos del lineamiento técnico. 5.5. Remitir a la Dirección de Promoción y Prevención de esta cartera ministerial, en medio físico o magnético los soportes de incorporación y ejecución idónea de los recursos. 5.6. Suministrar oportunamente información a los organismos de control y demás autoridades nacionales que le sea requerida. Artículo 6. Reintegro de recursos y rendimientos. Las entidades beneficiarias de los recursos que a treinta (30) de junio de 2024 cuenten con saldos no comprometidos, deberán reintegrarlos junto con sus rendimientos financieros dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a dicha fecha, a la cuenta que comunique por escrito este ente ministerial. Artículo 7. Seguimiento y Control. El Ministerio de Salud y Protección Social, a través del Grupo de Convivencia Social y Ciudadanía de la Dirección de Promoción y Prevención, realizará con base en los lineamientos emitidos, el seguimiento mensual a la ejecución de los recursos asignados a las ESE relacionadas en el articulo 1° de la presente resolución. Artículo 8. Soportes documentales. Los documentos que soportan la ejecución de los recursos aquí asignados deberán reposar en cada una de las ESE relacionadas en el articulo 1º de la presente resolución, y ser puestos a disposición de las entidades competentes que así lo requieran Artículo 9. Comunicación. Comunicar el contenido de la presente resolución a las Empresas ° Sociales del Estado (ESE) contempladas en el articulo 1 de este acto administrativo, objeto de la presente asignación. Artículo 1O . Vigencia. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su

expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, o.e, a los 3 1A G 2023 ,___,_.,.....+~

GUILLERMO AL ONSO JARAMILLO MARTÍNEZ

Ministro de Salud y Protección Social ;2rf AprobQ:_JaimHee rnánU rregoR .-Vicemini_stdroe SaludP ~'bli y Prestación de Servicios .()j Gina Rojas -Directorad e Promoción P5rev ención _ ·/ Rodolfo Salas F -Director Jurídico .

Consultar sobre este documento ...